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Actividad de plenos

17/07/2023 PLENO EXTRAORDINARIO 26 DE JUNIO

NOVENO.- DESIGNACIÓN DE CONCEJALES CON DEDICACIÓN EXCLUSIVA Y CUANTÍA DE SUS RETRIBUCIONES.

Por el Sr. Secretario se da cuenta, de la siguiente Propuesta de Alcaldía, en relación a los concejales con dedicación exclusiva y cuantía de sus retribuciones:

Teniendo los datos de las retenciones formuladas por los Tenientes de Alcaldes, con dedicación exclusiva, respecto al IRPF se modifica la propuesta de Presidencia de fecha  22 de junio, en aras a indicar no solo las retribuciones brutas mensuales sino también las netas, una vez retenidas las cantidades en concepto de IRPF.

De tal manera que  la propuesta de Alcaldía, queda redactada de la siguiente manera:

“De conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley de Bases de Régimen Local, y el artículo 13 del ROF, se formula las siguientes propuestas:
1º- El Sr. Alcalde, D. Francisco Javier Fernández de los Ríos Torres, y los Tenientes de Alcaldes, Dª Raquel Vega Coca, D. José Manuel Romero Campos, D. Antonio Marín Luque y D. Francisco Manuel Díez Pineda, Dª. Mercedes Bueno Rodríguez, D. Rafael Reyes Soriano, desempañarán sus cargos con dedicación exclusiva.
2º-Fijar el siguiente régimen de retribuciones para estos miembros de la Corporación:
o El Alcalde: cuatro mil cuatrocientos noventa y un euros con veintisiete céntimos mensuales, brutos, pagaderos en 14 mensualidades (Salario neto mensual de 3.083,40 euros).
o Los Tenientes de Alcaldes, Dª Raquel Vega Coca, D. José Manuel Romero Campos, D. Antonio Marín Luque y D. Francisco Manuel Díez Pineda, Dª. Mercedes Bueno Rodríguez, D. Rafael Reyes Soriano: tres mil novecientos dieciocho euros con sesenta y seis céntimos mensuales, brutos, pagaderos en 14 mensualidades. Siendo los salarios netos de Dª Raquel Vega Coca (Salario neto mensual de 2.740,42 euros), D. José Manuel Romero Campos (Salario neto mensual de 2.704,76 euros), D. Antonio Marín Luque (Salario neto mensual incluida antigüedad como funcionario público de 2.834,31 euros) y   D. Francisco Manuel Díez Pineda (Salario neto mensual de 2704,76 euros), Dª. Mercedes Bueno Rodríguez (Salario neto mensual de 2.711,03 euros), D. Rafael Reyes Soriano (Salario neto mensual de 2.704,76 euros).
3º. Estas cantidades, se revisarán anualmente, aplicando el porcentaje de subida que se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, de incremento salarial de los empleados públicos.”

4º. La Corporación asumirá el pago de la cuota empresarial que corresponda.
Por el Sr. Concejal del grupo municipal mixto Vox, Don Amador Manuel Martín expone que entendemos que es una actualización de la propuesta vigente sobre número de cargos de dedicación exclusiva y sus retribuciones, y que además están incluidas en los presupuestos municipales. Nada tiene objetar.

Por la Sra. Concejal del grupo municipal con IU-Podemos, Doña Sheila Guerrero expone que desde nuestro grupo municipal votamos a favor de esta propuesta respecto a la designación de los concejales con dedicación exclusiva ajustado en cuanto a número a la legislación vigente y que está por debajo de los que puede apreciar en otros Ayuntamientos y en lo que permite la Ley, cosa que reconocemos desde nuestro grupo municipal.

También con respecto a la cuantía de sus retribuciones consideramos que se trata de cantidades ajustadas a la legislación vigente y a la racionalidad.

Por la Sra. Concejal del grupo popular, Doña Joanna Moreno, vamos a aprobar esta propuesta de designación de concejales con dedicación exclusiva. Tal como indica la normativa de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, estos sueldos se han incrementando desde la constitución de la anterior Corporación, en un 9.18 por ciento. Y esa subida salarial debe ser conocida por la ciudadanía y que es establecida por la normativa presupuestaria estatal. En este caso se ha incrementado el salario del Alcalde y seis tenientes de alcaldes. Vamos a votar a favor.

Por la Sra. Portavoz del grupo municipal Socialista, Doña Raquel Vega Coca, expone que el incremento salarial de las retribuciones de los concejales con dedicación exclusiva parte del inicio de la legislatura anterior, en junio de 2019. Y afortunadamente el gobierno de España, ha ido planteando, desde el consenso con los agentes sociales y en especial con los sindicatos, y en el marco de la función pública, mejorar salariales, en consonancia con el incremento del coste dela vida. En 2019, se incremento los salarios, un 2.5 por ciento; en 2020, un 5 por ciento; en el 2021, un 0.9 por ciento; en 2022, con un 3.5 por ciento y en el 2023, con un 2 por ciento. Son mejoras salariales que beneficia a la calidad de vida de los empleados y empleadas públicos y que son las propias de un gobierno progresista. Y en ese marco, se propuso por el equipo de gobierno, que cualquier actualización, debe venir regulada en el marco, de la decisión del Gobierno de España, con respecto a los salarios de los trabajadores públicos. Consideramos justo esta propuesta, pues nuestro trabajo va en beneficio de los intereses de la ciudadanía. Es una medida positiva, como el incremento salarial del 8.5 por ciento para los pensionistas.

Como nos indica la Sra. Guerrero en su intervención, estamos en el marco que nos permite la Ley de Bases de Régimen Local y en el marco de las recomendaciones de la FEMP, en la que todos los partidos políticos dieron su aprobación. Se establece una escala de salarios de lo que debe cobrar un Alcalde y concejales con dedicación exclusiva en función del tramo de población de cada municipio.

En este municipio, históricamente se establecía que el Sr. Alcalde ganara un euro más que lo que cobraba el funcionario con habilitación nacional que más cobra. Y que con decisiones adoptadas en algunas ocasiones de bajarnos el sueldo, en el momento de crisis económica, al día de hoy, esa realidad no se da. Y existen varios puestos en la organización que cobra más que el Alcalde, algo que se debe analizar a medio plazo, indicando que ese cargo ostenta la máxima dedicación, exclusividad, y reponsabilidad en el ejercicio de su cargo.

Por otro lado, tenemos una estructura de concejales con dedicación exclusiva que está bastante por debajo del límite máximo que establece la Ley y que tiene otros Ayuntamientos con similar población. Ese límite se establece en 11 cargos y aquí, la dedicación exclusiva afecta a siete cargos públicos. Y eso lo tenemos que poner en valor.

Lo relevante, es que nos ganemos el sueldo, y que cada céntimo de euro que recibamos de nuestra ciudadanía, se empleé en el cumplimiento de un programa electoral, para seguir modernizando este pueblo.

En su segunda intervención, muestra la ilusión de seguir trabajando, como el primer día, y con un programa enorme que tenemos por delante. Y no hablar tanto de políticos como de políticas que beneficien a las personas.

Por el Sr. Alcalde, expone que estos temas, deben ser sacados del debate político y que debemos siempre rehuir de ellos. Valora que todos los grupos municipales apoyen esta propuesta respecto a los concejales con dedicación exclusiva y la cuantía de sus salarios y que considero que ser digna y adecuada al ejercicio exclusivo de sus tareas encomendadas. Es real que hace años se acordó que el Alcalde ganará un euro más que el funcionario que más ganase en el Ayuntamiento, pues era el máximo responsable de la gestión municipal. Esta propuesta va a tener una provisionalidad, pues probablemente en un pleno extraordinario que se convoque a final de julio, se modifique esta propuesta, en función de una serie de circunstancias. Puede que este Alcalde deja de percibir salarios de esta Corporación, por lo que habrá que hacer una serie de ajustes.  Pronto nos podremos a trabajar para elaborar los presupuestos para el ejercicio 2024, y estaremos abierto a sus propuestas.

Seguidamente se formula propuesta del equipo de gobierno sobre designación  de concejales en régimen de dedicación exclusiva y cuantía de sus retribuciones:
Votos a Favor: 21 (16 PSOE, 2 PP, 2 con IU-Podemos y 1 grupo mixto vox).
El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de sus miembros, adopta acuerdo con las siguientes disposiciones:
1º- Prestar aprobación a la siguiente  relación de miembros de la corporación que desempeñaran su cargo con dedicación exclusiva y a las retribuciones brutas y netas que a continuación se relacionan:
El Sr. Alcalde, D. Francisco Javier Fernández de los Ríos Torres, y los Tenientes de Alcaldes, Dª Raquel Vega Coca, D. José Manuel Romero Campos, D. Antonio Marín Luque y D. Francisco Manuel Díez Pineda, Dª. Mercedes Bueno Rodríguez, D. Rafael Reyes Soriano, desempañarán sus cargos con dedicación exclusiva.
2º-Fijar el siguiente régimen de retribuciones para estos miembros de la Corporación:
o El Alcalde: cuatro mil cuatrocientos noventa y un euros con veintisiete céntimos mensuales, brutos, pagaderos en 14 mensualidades (Salario neto mensual de 3.083,40 euros).
o Los Tenientes de Alcaldes, Dª Raquel Vega Coca, Don José Manuel Romero Campos, D. Antonio Marín Luque y D. Francisco Manuel Díez Pineda, Dª. Mercedes Bueno Rodríguez, D. Rafael Reyes Soriano: tres mil novecientos dieciocho euros con sesenta y seis céntimos mensuales, brutos, pagaderos en 14 mensualidades. Siendo los salarios netos de Dª Raquel Vega Coca (Salario neto mensual de 2740,42 euros), D. José Manuel Romero Campos (Salario neto mensual de 2.704,76 euros), D. Antonio Marín Luque (Salario neto mensual incluida antigüedad como funcionario público de 2.834,31 euros) y    D. Francisco Manuel Díez Pineda (Salario neto mensual de 2.704,76 euros), Dª. Mercedes Bueno Rodríguez (Salario neto mensual de 2.711,03 euros), D. Rafael Reyes Soriano (Salario neto mensual de 2.704,76 euros).
La Corporación asumirá el pago de la cuota empresarial que corresponda.
3º. Estas cantidades, se revisarán anualmente, aplicando el porcentaje de subida que se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, de incremento salarial de los empleados públicos.”
4º.- Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia, en la página web municipal, en el Portal de la Transparencia   y en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley de Bases de Régimen Local, el presente acuerdo plenario.
5º.- Dar cuenta a la Intervención y Tesorería de Fondos a los acuerdos consiguientes, y al departamento de Personal para la inclusión de los mismos en el Régimen General de la Seguridad Social, conforme a lo determinado en el art. 75 de la Ley 7/85 de 02 de Abril .

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