15/10/2012 PLENO ORDINARIO 15 DE OCTUBRE DE 2012
PUNTO SEXTO.-ACUERDO DE IMPOSICIÓN Y ORDENACIÓN DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE COBRO EN PERÃODO EJECUTIVO Y APROBACIÓN DE SU ORDENANZA FISCAL.
Por el Sr. Secretario General, se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Hacienda, por la que se propone la de aprobación de implantación de la Tasa por la prestación del servicio de cobro en periodo ejecutivo y aprobación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa.
Seguidamente, se somete a votación la propuesta de la implantación de la Tasa por la prestación del servicio de cobro en periodo ejecutivo y aprobación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa.
- Votos a Favor: 20, (13 PSOE, 4 P.P. y 3 I.U.)
Visto lo dispuesto en los artículos 15 y 16 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales 2/2004, por el que se determina que las entidades locales deberán acordar la imposición de sus tributos propios y aprobar las correspondientes ordenanzas fiscales reguladoras de éstos, determinándose el contenido de las Ordenanzas Fiscales.
Visto todo lo cual, se acuerda por unanimidad de los miembros asistentes que componen el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar la imposición y ordenación de la Tasa reguladora por servicio de cobro en periodo ejecutivo .
Segundo. Aprobar provisionalmente la Ordenanza Fiscal reguladora por el servicio de cobro en periodo ejecutivo.
Tercero. Someter el expediente a trámite de información pública, durante el plazo de treinta días hábiles, mediante la inserción del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, Tablón de Edictos, y un periódico de los de mayor circulación de la provincia, al objeto de que puedan presentarse reclamaciones y sugerencias al mismo.
En caso de que no se presenten alegaciones, el acuerdo provisional se considerará aprobado definitivamente.
Cuarto. Publicar el texto íntegro de las ordenanzas con sus modificaciones, si las hubiere, en el Boletín Oficial de la Provincia, para su entrada en vigor.