24/11/2017 PLENO ORDINARIO 24 DE NOVIEMBRE DE 2017
OCTAVO.- APROBACIÓN DOCUMENTO COMPLEMENTARIO DE LEVANTAMIENTO TOTAL DE LAS SUSPENSIONES DE LAS DETERMINACIONES DE LOS ÁMBITOS DEL PLAN Y ARTÍCULOS DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS, CORRESPONDIENTES AL EXPEDIENTE DE REVISIÓN PARCIAL DEL PGOU DE LA RINCONADA
Por la Presidencia, expone que por acuerdo de Junta de Portavoces, se va a unificar el debate de los puntos octavo y noveno.
Por el Sr.
Secretario General se da cuenta del dictamen
de
la comisión Informativa
de Urbanismo, Movilidad, Medio Ambiente, Vivienda, Vía Pública, Parques y
Jardines, Servicios Generales, Seguridad Ciudadana, Bomberos y Protección
Civil, por la que se propone la aprobación del documento complementario al
documento de levantamiento de suspensiones, redactado por el Sr. Arquitecto
redactor, don Carlos López Cantos, para su unión al expediente de revisión
parcial del Plan General para su adaptación al POTAUS de Sevilla. Igualmente se
propone acordar que no se estima necesario la solicitud de informes sectoriales
previos a su remisión a la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y
Urbanismo de Sevilla, así como a la inncesariedad de la publicación del
presente acuerdo y del documento complementario en el Boletín Oficial de la
Provincia, dada cuenta de su carácter no sustancial..
Por el Sr. Portavoz del
Grupo Mixto, Don Angel Seisdedos Gavira, expone que estamos antes propuestas
técnicas, y a la vista de las explicaciones dadas por la Sra. Arquitecta
Municipal, en el seno de la comisión informativa, vamos a apoyar ambas
propuestas.
Por el Sr. Portavoz
del grupo municipal de Izquierda Unida, Don Antonio Torres Carnerero, explica
que en una anterior sesión plenaria se aprobó el documento de aprobación
provisional de la revisión parcial del PGOU, para adaptarla al POTAUS, sobre
todo lo que afectaba a los Serafines y Los Labrados. En su momento, planteamos
nuestras objeciones, respecto a las viviendas de protección oficial, y
entendimos perfectamente los argumentos técnicos que se nos dio en su momento.
Ahora estamos cumplimentando un requerimiento que se nos ha hecho desde la
Consejería de Urbanismo, para subsanar en algunos casos unas deficiencias del
acuerdo plenario, y en otras para aclarar algunas cuestiones del primer
documento complementario. Por lo expuesto el voto sera favorable.
Por el Sr. Concejal
del grupo municipal de La Rinconada si se puede, don Fernando La Chica Mera,
expone que estamos ante una cuestión técnica, con una documentación extensa, y
que ha conllevado un trabajo importante. Estamos adaptarnos nuestro
planeamiento general a la normativa surgida por el planeamiento superior, como
el Potaus, por ello nuestro voto sera favorable.
Por el Sr. Concejal
Delegado de Urbanismo, Don Francisco Manuel Díez Pineda, agradece el
posicionamiento favorable de los distintos grupos municipales a estas dos
propuestas. En el pasado pleno del 16 de junio aprobamos tres documentos
vinculados a la revisión parcial de nuestro planeamiento general para su
adaptación al Potaus. El primero de ellos, era de subsanación, para la mejor
aclaración del documento de revisión parcial, y que ha conllevado que el pasado
tres de noviembre, se haya publicado en BOJA, el documento urbanístico de la
revisión parcial de nuestro plan general del 2007, con lo cual el grueso de
nuestro planeamiento urbanístico está ya aprobado y en vigor. El segundo
documento que se aprobó fue el de levantamiento de la suspensión aprobada por
la Comisión Territorial de Sevilla de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y
cuyo documento complementario aclaratorio es lo que llevamos a aprobación en
este plenario. El tercer documento que aprobamos era el relativo al de
asentamientos urbanísticos en suelo no
urbanizable.
Tras la aprobación de
aquellos documentos urbanísticos, y tras mantener reuniones de trabajo con los técnicos de la
Delegación Territorial, nuestros servicios técnicos han entendido requerir al
Sr. Arquitecto, don Carlos López Cantos, la redacción de un documento
complementario, al documento de levantamiento de suspensiones que aprobamos en
junio, al objeto de clarificar dos cuestiones fundamentales, una relacionada
con el sector de los Serafines, que se eximía en aquel acuerdo, la presencia de
vivienda protegida, y por la cual se compensaba esa plusvalía generada, con un
incremento del aprovechamiento público, pasando de esa propuesta, del 10 por
ciento a un 13,45 por ciento. Ahora se indica con mayor claridad, como se
calcula ese incremento de aprovechamiento. Respecto al sector de los Labrados,
aclara cómo se reparte el aprovechamiento excedentario de dos de los tres
sectores, para la obtención de los sistemas generales de espacios libres,
parques, y los sistemas generales de equipamientos, suelo para dotaciones. Por
parte de la Sra. Arquitecta municipal se informa de forma favorable al respecto
así como del informe favorable de la Secretaría Municipal. Y en un segundo
orden se propone que se declare innecesario de solicitar de nuevo los informes
sectoriales previos ni de una nueva información, dada cuenta que se entiende
salvaguardado todos los intereses públicos tutelados, y por ser un documento
urbanístico no sustancial ni afectar a la regulación estructural del
planeamiento.
En cuanto al documento
del inventario de asentamientos urbanísticos en suelos urbanísticos, que es donde se recoge ese diseminado de los
Serafines, atendemos a un requerimiento de la Delegación Territorial, en orden
a que en el acuerdo plenario se indique lo que ya se decía en los informes
técnicos de que se declare innecesario
de solicitar de nuevo los informes sectoriales previos, dada cuenta que se
entiende salvaguardado todos los intereses públicos tutelados.
Estos acuerdos serán
trasladado a la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo
de Sevilla, para su aprobación definitiva, esperando que se produzca el próximo
mes de diciembre. Posteriormente aprobaremos en este plenario, un texto
refundido que aglutine estos dos documentos urbanísticos con el documento de la
revisión del Plan General de 2007.
Tras el oportuno debate, seguidamente, se somete a
votación esta propuesta, con el siguiente resultado.
Votos a favor: 20 (14 PSOE, 3 La Rinconada, Sí se Puede, 2
IU y 1 Grupo Mixto)
Visto
que la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla
en sesión celebrada el día 2 de marzo de 2017, adoptó el Acuerdo de aprobar
definitivamente de manera parcial la Revisión Parcial del PGOU de La Rinconada
para su adaptación al POTAUS, de acuerdo con el artículo 33.2.c) de la Ley
7/2002, de 17 de diciembre, suspendiendo la aprobación de la parte restante del
documento aprobado por el Ayuntamiento Pleno.
Visto que el Ayuntamiento Pleno aprobó el
Documento de Levantamiento de Suspensiones en sesión ordinaria celebrada el 26
de junio de 2017.
Visto que los
Servicios Técnicos municipales han entendido necesario que el Equipo Redactor
de la Revisión Parcial, presente un Documento Complementario al Documento de
Levantamiento de Suspensiones con el objeto de complementar y clarificar
dos puntos incluidos ya en el Documento de Levantamiento de Suspensiones,
y que como consecuencia de ello, se ha redactado el Documento Complementario al
Documento de Levantamiento de Suspensiones que ha sido redactado por el
arquitecto D. Carlos López Cantos, encargado de la Revisión Parcial del PGOU
para su adaptación al Potaus.
En el citado documento
complementario, se aclara respecto a
la UE/UR-11 “Los Serafines” en el que se
exime de la reserva de edificabilidad para viviendas protegidas, debiendo
compensar las plusvalías generadas por dicha exención mediante el incremento de
la cesión de aprovechamiento prevista en el art.10.1.A.b de la LOUA.
En el Documento de
Levantamiento de Suspensiones se incrementa el aprovechamiento de la cesión de
aprovechamiento prevista en el art. 51.1.C.e LOUA, elevando la cesión del 10% al
13,345%. El Documento Complementario aclara de una forma más precisa cómo se
realiza el cálculo de ese incremento de cesión, es decir, cómo se llega a la
obtención del 13,345%, entendiendo el que suscribe que queda perfectamente
claro las operaciónes aritmética realizada para obtener este porcentaje.
Igualmente para los sectores SUS/LB, en concreto para el
SUS/LB-2 y 3 “Los Labrados”, que son dos
sectores con aprovechamiento excedentario con el objeto de compensar el
aprovechamiento subjetivo correspondiente a los propietarios de los Sistemas
Generales incluidos, SGEL-4 y SGEQ-2. El Documento Complementario amplía la
información, con la asignación específica de Sistemas Generales a dicho
sectores, con carácter de directriz, en virtud del artículo 19.1.b)
“Normas
Urbanísticas, que deberán contener las determinaciones de ordenación y de
previsión de programación y gestión, con el grado de desarrollo propio de los
objetivos y finalidades del instrumento de planeamiento. Podrán tener el
carácter de ordenanzas urbanísticas, así como efectuar la regulación por
remisión a las correspondientes Normativas Directoras para la Ordenación
Urbanística. Las Normas Urbanísticas serán vinculantes y de aplicación directa,
pudiendo incorporar también directrices o recomendaciones de carácter
indicativo”.
Es decir los porcentajes que mas abajo se indican son con
carácter orientativo pudiendo el ayuntamiento, previo informe técnico oportuno
que se deberá incorporar al
planeamiento de desarrollo, porque se utilizan otros porcentajes distintos. No
obstante, la compensación a priori que se propone en el Documento Complementario
y que se considera correcta por el técnico que suscribe, es: Sector SUS/LB-2
--→ 48,0579 % SGEL-4 --→ 100 %
SGEQ-2 y Sector SUS/LB-3 --→ 51,942 %
SGEL-4.
Como bien señala la arquitecta
municipal dicha ampliación se debe incorporar en el apartado 2.3.2., página 17,
entre la cuantificación de las determinaciones y el párrafo
“Las siguientes
condiciones actuales y de ordenación...”
Además se incluyen en las Fichas,
de las páginas 39 y 40, en las Observaciones del Cuadro de Ordenación de
Carácter Pormenorizado Preceptivo.
VIsto
que conforme al art. 32.1.3ª.2º párrafo
LOUA, se informa por la Secretaría Municipal, que el Documento Complementario
que se va aprobar, así como el Documento de Suspensiones no se afectan
sustancialmente a determinaciones pertenecientes a la ordenación estructural ,
ni a intereses públicos tutelados por los órganos y entidades administrativas,
por lo que no es necesaria la solicitud de nuevos informes sectoriales.
Visto todo lo cual, se
acuerda por unanimidad de los miembros que compone el Ayuntamiento Pleno el siguiente acuerdo:
Primero.- Aprobar el Documento Complementario al Documento de
Levantamiento de Suspensiones, redactado por el arquitecto D. Carlos López
Cantos, para su unión al expediente de Revisión Parcial del PGOU para su adaptación
al POTAUS.
Segundo.-
Estimar no necesario la solicitud de informes sectoriales previos a su remisión
a la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla,
así como la innecesariedad de la publicación del presente acuerdo y del
Documento Complementario en el BOP, por no ser su carácter sustancial al no
afectar determinaciones de ordenación estructural.
Tercero.-
Dar cuenta del presente acuerdo a la Comisión Territorial de Ordenación del
Territorio y Urbanismo de Sevilla.