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Actividad de plenos

16/10/2019 PLENO DEL 16 DE SEPTIEMBRE 2019

SÉPTIMO.- APROBACIÓN PROVISIONAL DE LAS ORDENANZAS RELATIVAS A PRECIOS PÚBLICOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2020

Por el Sr. Secretario General, se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Economía, Hacienda, Empleo, Formación, Desarrollo Económico, Comercio y Agroindustria por la que se propone la aprobación provisional de las Ordenanzas Fiscales relativas a los precios públicos para el ejercicio económico 2020.

Seguidamente, se formula la votación de las enmiendas del grupo municipal de Izquierda Unida, número 13, 14 y 15, ambas inclusive, cuyo tenor literal es el siguiente:

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DIRIGIDOS, POR USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES Y OTROS PROVENIENTES DEL AGENCIA PÚBLICA ADMINISTRATIVA LOCAL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES (ORDENANZA Nº 34)

Enmienda 13.-Se propone la sustitución de la palabra “podrá” por “deberá” dentro de las bonificaciones en el siguiente párrafo: “Esta bonificación, con carácter excepcional, podrá legar hasta el 100 % sobre el precio de abonado con tarifa reducida, por situación calamitosa o de precariedad económica familiar. Esta situación debe estar informada por los Servicios Sociales Municipales”. POR LA PRESTACIÓN DE CURSOS Y TALLERES DE FORMACIÓN Y ESPECTÁCULOS, VIAJES CULTURALES Y VISITAS AL MUSEO DE LA RINCONADA.

Enmienda 14.-Se propone la supresión del párrafo: “los anteriores beneficios fiscales no se aplicaran a los espectáculos de entrada única”, entendiendo que el Ayuntamiento debe bonificar en todo caso a las familias que no disponen de los recursos necesarios para acceder al derecho universal que todos deberíamos tener a la cultura, y que se adecúen a la situación de “familia desfavorecida” reconocida por asuntos sociales como tal. No significa esto que no se pague a las compañías el precio estipulado, sino que éste, hasta su totalidad, sea asumido por el consistorio y no por los propios usuarios.

Enmienda 15.-Se propone la modificación de la relación del callejero estructurado y aprobado por el Consistorio para la tributación municipal con el fin de incluir en la primera categoría (de mayor tributación) a aquellas empresas que tienen una mayor facturación entendiendo que la aportación de tributos debe ser mayor en proporción a unos mayores beneficios económicos de las mismas.

El Resultado de la votación de las enmiendas de izquierda Unida, número 13 y 14 es el siguiente:

- Votos a Favor: 3 (1 I.U, 1 mixto Popular y 1 mixto Ciudadanos)

- Abstención: 1 (mixto Podemos)

- Votos en Contra: 16 (16 PSOE)

El Resultado de la votación de la enmiendas de izquierda Unida, números 15 es el siguiente:

- Votos a Favor: 1 (1 I.U)

-Abstención: 1 ( 1 mixto Podemos)

- Votos en Contra: 18 (16 PSOE, 1 mixto Popular y 1 mixto Ciudadanos)

Seguidamente, se somete a votación las propuestas del equipo de gobierno sobre las Ordenanzas municipales referidos a los precios públicos, para su aplicación en el ejercicio económica 2020, con el siguiente resultado:

- Votos a Favor: 20 (16 PSOE, 1 IU) y (3 grupo mixto)

Visto todo lo cual, se acuerda por unanimidad los miembros asistentes que componen el Ayuntamiento Pleno el siguiente acuerdo:

Primero.- Aprobar Provisionalmente las siguientes Ordenanzas relativas a los Precios Públicos Municipales, para su aplicación para el año 2020, desestimando las enmiendas presentadas por el grupo municipal de Izquierda Unida:

– Ordenanza reguladora de precio público por la prestación de servicio de fotocopiadora en la Biblioteca Municipal.

– Ordenanza reguladora de Precio Público de la prestación del servicio de campamentos de Verano.

– Ordenanza reguladora de Precio Públicos por prestación por parte del P.M.J de los servicios de Escuelas Deportivas, Cursos de Natación, uso del pabellón cubierto y Estadio Municipal de Deportes y Polideportivo.-Ordenanza reguladora de precio público del servicio de la guardería infantil.

– Ordenanza reguladora de precio público por la prestación de cursos y talleres de formación y espectáculos y viajes culturales y visitas al museo de La Rinconada.

– Ordenanza reguladora de precio público de Servicio de Ayuda a Domicilio.

– Ordenanza reguladora de precio público del Servicio de Teleasistencia domiciliaria.

– Ordenanza reguladora de precios públicos por utilización de la Emisora Local para emisión de anuncios.

Segundo.- Someter el expediente a trámite de información pública, durante el plazo de treinta días hábiles, mediante la inserción del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, Tablón de Edictos, Portal de la Transparencia y un periódico de los de mayor circulación de la provincia, al objeto de que puedan presentarse reclamaciones y sugerencias al mismo. En caso de que no se presenten alegaciones, el acuerdo provisional se considerará aprobado definitivamente.

Tercero.- Publicar el texto íntegro de las modificaciones de las ordenanzas fiscales, en el Boletín Oficial de la Provincia, para su entrada en vigor.

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