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15/10/2009 PLENO ORDINARIO DE 15 DE OCTUBRE DE 2009

DÉCIMO.- APROBACIÓN PROVISIONAL DE LAS ORDENANZAS FISCALES RELATIVAS A IMPUESTOS LOCALES PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2010.

Por el Sr. Secretario General, se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Hacienda, por la que se propone la aprobación provisional de las Ordenanzas Fiscales relativas a impuestos locales para el ejercicio económico 2010.
 
Seguidamente se formula la votación de las enmiendas del grupo municipal de Izquierda Unida, número1 al cinco ambos inclusive, y 22 y 23 cuyo tenor literal es el siguiente:

IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES.

 Enmienda 1: Se propone la bonificación para familias con hijos teniendo en cuenta el valor catastral de la vivienda:

· A)  Hasta 24.000 euros: 3 hijos: 60% bonificación / 4 hijos: 70% bonificación / 5 hijos: 80% bonificación / 6 hijos en adelante: bonificación 90 %.

· B)  Desde 24.000 euros... hasta 35.000 euros: 3 hijos: 40% bonificación / 4 hijos: 50% bonificación/ 5 hijos: 60% bonificación / 6 hijos en adelante: 70% bonificación.

· C)     De 35.000 euros en adelante: 3 hijos: 30% bonificación / 4 hijos: 40% bonificación / 5 hijos: 50% bonificación /  6 hijos en adelante 60% bonificación.

· A efectos de cómputo, se consideran doblemente los hijos que tengan la condición de discapacitado. Todo ello, siempre que los hijos convivan y estén empadronados en el domicilio objeto de tributo.

 Enmienda 2: Se propone la bonificación del 25%  en la cuota de IBI (urbano) durante 10 años a aquellas viviendas que instalen placas de energía solar.

 IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA.

 Enmienda 3: Se propone la ampliación de la bonificación al 75% del artículo 5.1 de este impuesto, así como la inclusión de  motores que utilicen  combustibles de origen vegetal, o los híbridos que usan la electricidad combinada con otras fuentes de energía.

IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS

 Enmienda 4: .Se propone el paso de la A4 de  la 3ª a 1ª categoría y la creación de una mesa con participación de los agentes afectados con el fin de actualizar nuestro callejero.

Enmienda 5: Se propone la posibilidad de fraccionar el pago en todos los impuestos recaudados a través del OPAEF.

ENMIENDAS TRANSVERSALES DE MEJORA DE LA CALIDAD DE VIDA DE LOS CIUDADANOS/AS.

Enmienda 22: Se propone la bonificación del 25% de la cuota  en todos los Impuestos, Tasas y Precios Públicos de estas Ordenanzas Fiscales para el año 2010, a aquellas familias (unidad familiar) que mantengan alguno de sus miembros en situación de desempleo y cuyos ingresos per cápita no superen  el 75% del IPREM.

Enmienda 23: Se propone la bonificación del 50% en todos los Impuestos, Tasas y Precios Públicos a aquellas unidades familiares que tengan sus miembros en situación de desempleo y no perciban ningún ingreso (no considerándose ingreso la nueva ayuda del Gobierno Estatal).
-- En caso de posibilidad de aplicación de varias bonificaciones de estas Ordenanzas Fiscales para el ejercicio 2010,  se aplicaría sólo aquella más beneficiosa.
 
El Resultado de la votación, es el siguiente:
Votos a Favor: 3 (3 I.U).
Votos en Contra: 18 (15 PSOE y 3 P.P).

Seguidamente, se somete a votación la propuesta del grupo popular, sobre la rebaja de estos impuestos, por un importe del 0.8 por ciento, con el siguiente resultado:
Votos a Favor: 3 (3 P.P).
Votos en Contra: 18, (15 PSOE y 3 I..U)

Seguidamente, se somete a votación las propuestas del equipo de gobierno sobre las Ordenanzas municipales referidos a los impuestos, para su aplicación en el ejercicio económica 2010, con el siguiente resultado:
Votos a Favor: 18 (15 PSOE y 3 I.U)
Abstenciones: 3 (3 P.P)

Visto todo lo cual, se acuerda por mayoría absoluta de los miembros asistentes que componen el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar Provisionalmente las Ordenanzas Fiscales, para el ejercicio económico 2010, que afectan a los siguientes impuestos, desestimando las enmiendas presentadas por el Grupo Municipal de Izquierda Unida y Grupo Popular:

-Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
-Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
-Impuesto sobre el incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
-Impuesto sobre Actividades Económicas y su callejero.
-Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

Segundo. Someter el expediente a trámite de información pública, durante el plazo de treinta días hábiles, mediante la inserción del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, Tablón de Edictos, y un periódico de los de mayor circulación de la provincia, al objeto de que puedan presentarse reclamaciones y sugerencias al mismo.

En caso de que no se presenten alegaciones, el acuerdo provisional se considerará aprobado definitivamente.

Tercero. Publicar el texto íntegro de las ordenanzas con sus modificaciones, si las hubiere, en el Boletín Oficial de la Provincia, para su entrada en vigor.
 
 
 
 
 

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