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17/12/2007 PLENO ORDINARIO DE 17 DE DICIEMBRE DE 2007

PUNTO CUARTO. APROBACIÓN DE CONVENIO URBANÍSTICO SUELO INDUSTRIAL MAJARAVIQUE.

Por el Sr. Secretario General, se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo a propuesta del Instituto Municipal de Planeamiento y Suelo, por la que se propone la aprobación del Convenio urbanístico para la cesión del aprovechamiento urbanístico mediante pago de cantidad sustitutoria en metálico entre la entidad "Activo Inmobiliarios San José S.L y el Ayuntamiento de La Rinconada, en relación con el sector SUNS-5, "Majaravique" del Plan General de Ordenación Urbana de La Rinconada.
 
 Por el Sr. Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Don José Guerra Moreno, expone que en el anterior punto, se argumentó la necesidad de suscripción del convenio, en la necesidad de disponer suelo, para ejecutar la política municipal de viviendas, y ahora se propone la monetarización del aprovechamiento urbanístico, en una cantidad que asciende a cerca de 6 millones de pesetas. Esta posibilidad, venía ya contemplada en el convenio formalizado el 25 de Septiembre de 2006, en su cláusula sexta. Su grupo no está de acuerdo en la venta de patrimonio municipal de suelo, por ello, votamos en contra.
 
 Por la Sra. Portavoz del Grupo Popular, Doña Virginia Pérez Galindo, expone que este convenio, tiene su origen en uno anterior, que se aprobó con ocasión de la revisión del Plan General, y en la que su grupo se abstuvo, por ello, por coherencia, mantiene el mismo sentido del voto.
 
 Por el Sr. Concejal delegado de Urbanismo, Don Cristóbal Blázquez Sánchez, expone que como consecuencia del convenio urbanístico formalizado el pasado 25 de Septiembre de 2006, con las empresas mercantiles promotoras, de la actuación en suelo industrial, de los terrenos situados junto a Nacoisa, se propone la aprobación de un nuevo convenio, en desarrollo de aquel, en donde se establece la monetarización ya planteada en el anterior convenio, del aprovechamiento urbanístico que le corresponde al Ayuntamiento. Además, recuerda que este suelo urbanizable sectorizado, tenía una importante carga, cual es el desdoblamiento de la Carretera A-8002, entre las dos glorietas previstas, que deberá tener en visto bueno del servicio de Carretera de la Consejería, para su ejecución, así como la construcción de una vía de servicio. Con la firma de este convenio, vamos a recibir cerca de 6 millones de euros, para su destino a los fines del patrimonio municipal del suelo. No tenemos necesidad de obtener el dinero, la verdadera razón de este convenio, es hacer compatible la actividad privada de los promotores, con la actuación pública, en los suelos productivos de las diferentes fases del Cáñamo o en los desarrollos de las nuevas zonas vinculada a la A-4. Los promotores, nos han pedido que se aplique lo dispuesto en la estipulación sexta del anterior convenio, y no vemos inconveniente acceder a lo solicitado. Nosotros disponemos de suficiente suelo productivo, para seguir generando empleo y riqueza.
 
 Por el Sr. Portavoz del grupo municipal de Izquierda Unida, Don José Guerra Moreno, expone que este convenio de monetarización, trae su origen en el firmado, con ocasión del proceso de revisión del Plan General. Fueron aprobados en el inicio del expediente de revisión, y manifestamos en su momento, que conllevaría una hipoteca con los promotores, pues no habría posibilidad de modificarlos. La finalidad de los convenios, es solucionar en las actuaciones urbanísticas que tengan algún tipo de problemas o cuando exista necesidad de suelo. En este caso, no lo había, y optaron por defender los intereses de la iniciativa privada, dejando al margen la actuación del Pago de Enmedio, cuando tuvieron que adaptar la revisión, al POTA. Ahora se lleva a pleno, el desarrollo del convenio formalizado en su día, por intereses de los propietarios. Se coartó el proceso de participación ciudadana del documento de revisión, pues si hubiera habido alegación de algún vecino, asociación o grupo político, sobre la ordenación urbanística, derivada del convenio, no hubiera sido aceptada. En relación a este convenio, tampoco, estamos de acuerdo en la venta del patrimonio municipal del suelo, y por el que vamos a ingresar 6 millones de euros. Tampoco estuvimos de acuerdo, con la calificación urbanística de los suelos productivos del Cáñamo V.
 
 Por la Sra. Portavoz del Grupo Popular, Doña Virginia Pérez Galindo, expone que en relación a este convenio, mantiene su mismo planteamiento, de respetar la autonomía de voluntad de ambas partes. Pero quiere hacer una serie de reflexiones. Cuando se aprobó el avance de la revisión, empezaron a aprobarse protocolos con diversos promotores, y en este caso, nos encontramos que el mismo empresario, es propietario de las dos sociedades que convenían tanto el convenio relativo al punto anterior, como a éste. La justificación del anterior punto, se basaba en la dificultad de contar con suelo, para poder desarrollar la política municipal de la vivienda, y dada cuenta de la difícil situación financiera y del mercado de la vivienda por la que se está atravesando, ahora sin embargo es la empresa mercantil, las que nos compra el aprovechamiento urbanístico. Las causalidades no existen, supone que las negociaciones con el sector privado son complicadas. Se verá el desarrollo urbanístico propiciado por la revisión, amparado en los convenios urbanísticos.
 
 Por el Sr. Concejal Delegado de Urbanismo, Don Cristóbal Blázquez Sánchez, le sorprende el argumento del grupo popular, sobre su extrañeza sobre la gestión del sector, por mano de la iniciativa privada, ojalá se pudiera gestionar desde lo público, pero no siempre es posible, por ello, en este caso, las plusvalías generadas por el convenio, van a reinvertirse en la comunidad. En cuanto al Sr. Guerra, le indica que las negociaciones con los propietarios y promotores, que han firmado convenios, se hace siempre que se apruebe inicialmente el documento, pues no tiene sentido negociar algo, que ya estuviera recogido en el documento urbanístico. Cuando se planifica, es cuando se llega a convenios. No tiene ninguna duda que el anterior equipo de gobierno, defendió a ultranza los intereses municipales públicos. En el convenio aprobado en el anterior punto, se justifica la necesidad de formalizar un convenio, para empezar la construcción de viviendas protegidas, implantadas en la cesión del aprovechamiento urbanística, en este, en cambio, que se refiere a suelo industrial, no tenemos inconveniente en vender el aprovechamiento al propietario promotor, pues disponemos de suficiente reserva de suelo productivo, para actuar desde lo público. Si nos dispusiéramos de estos fondos, cómo se podría financiar la adquisición de los suelos de la Unidad de Ejecución diez, que aprobamos en el anterior plenario, o la ampliación del parque del Majuelo, o la adquisición de los suelos del Corredor Verde. Si no existiera los convenios, de donde sacamos dinero, para financiar la adquisición de estos sistemas generales. Con la entrada en vigor del POTA, tendremos preservados los terrenos en donde se va a desarrollar el Pago de Enmedio, así como los suelos productivos colindantes con la Nacional Cuarta, que quedaron sin sectorizar.
 
 Por el Sr. Alcalde, expone que analizando el convenio urbanístico, que se lleva a aprobación, ha observado que no existe nada nuevo, respecto a lo acordado en el anterior de Septiembre de 2006, en donde se establecía la posibilidad de monetarizar el aprovechamiento urbanístico. De las dos vías posibles, hemos optado por ingresar 6 millones de euros, para su destino al patrimonio municipal del Suelo. Dice Izquierda Unida, que está en contra de la venta de terrenos, por ello, le pide que explique qué hacemos con el suelo. En la actuación pública de los suelos productivos, de los Cáñamos, la empresa municipal, enajena a los empresarios, el terreno ya urbanizado. Esa es la única diferencia con lo acordado por este convenio, pues aquí, el promotor, es el que urbaniza, y vende a un tercero. La nueva sociedad municipal, va a disponer de suficiente suelo productivo, en donde llevar su política industrial y económica, ya sea en las fases del polígono del Cáñamo, o en los nuevos suelos productivos de la A-4, puesto en funcionamiento con la aprobación del POTA. Tenemos cancha suficiente, para construir y urbanizar polígonos industriales, en un horizonte de diez años. En el convenio aprobado en el anterior punto, retrasamos en un año, el calendario de pago de las cantidades económicas pendientes de ingresar por el promotor, y a cambio conseguimos su compromiso de iniciar las obras de urbanización, para compatibilizar las obras de construcción de viviendas de promoción pública.
 
 Los ingresos derivados de los convenios urbanísticos, nos sirven para financiar la adquisición y ejecución de los sistemas generales y dotaciones públicas, sin tener que acudir al préstamo, ni acudir a la subida de los impuestos por encima del IPC. Estoy orgulloso de tener una Hacienda Municipal saneada, que nos permite afrontar las inversiones en equipamientos. Nosotros somos referencia del desarrollo industrial del área metropolitana de Sevilla.
 
Seguidamente, se somete a votación, esta propuesta, con el siguiente resultado:
Votos a Favor: 14 (14 PSOE)
Abstenciones: 3 (3 P.P)
Votos en Contra: 3 (3 I.U)
 
 Visto que por el Ayuntamiento de La Rinconada se han suscrito Convenios Urbanísticos de Planeamiento para facilitar la formulación y ejecución de la Revisión del Plan General de Ordenación Urbanística, así como la realización de las políticas municipales de suelo industrial y residencial.
 
 Visto que el día 15 de Julio de 2005 se aprobó el Avance de la Revisión del Plan General y con fecha 29 de Diciembre de 2005 se aprobó inicialmente la revisión del mismo. En dicha aprobación se contemplan los suelos objeto de este convenio y se clasifican como " suelos urbanizables no sectorizados".
 
 Visto que el texto del Convenio Urbanístico objeto de este informe consta en el expediente y se refiere a dos fincas propiedad de Activos Inmobiliarios San José, S.L. y Rodeto, S.L. en el entorno de la carretera A-8002, en la zona denominada " Majaravique". Lo que se pretende con él es contemplar en la Revisión Provisional del PGOU los suelos, manteniendo la clasificación de urbanizable, pero cambiando la categoría pasando de no sectorizado a sectorizado.
 
 Visto que los Convenios Urbanísticos de Planeamiento constituyen una manifestación de una actuación convencional frecuente en las Administraciones Públicas, que tiene por objeto la preparación de una modificación o revisión del planeamiento en vigor ( STS de 15 de marzo de 1997). Los Convenios Urbanísticos de Planeamiento aparecen como instrumentos de acción concertada que, en la práctica pueden asegurar una actuación urbanística eficaz, la consecución de objetivos concretos y la ejecución efectiva de actuaciones beneficiosas para el interés general ( STS de 28 de Noviembre de 1998).
 
 Visto que los Convenios Urbanísticos de Planeamiento están previsto en el art. 30 de la LOUA, aunque su regulación es escasa, tienen a todos los efectos carácter jurídico administrativo:
 
 Visto que aunque del tenor literal del precepto antes citado no se desprende que deban aprobarse inicial y definitivamente los Convenios, por aplicación del apartado 3º de este artículo 30 de la LOUA ( Principio de transparencia y publicidad) entendemos que deben aprobarse inicialmente, someterse a información pública mediante su inserción en el B.O.P. y posteriormente aprobarse definitivamente por acuerdo Plenario si existieren alegaciones, resolviendo éstas o bien dejar presto que en el caso de no existir reclamaciones el acuerdo inicial se elevará a definitivo.
 
 Visto que el Convenio Urbanístico que se somete a la aprobación del Pleno se ajusta a lo dispuesto en la LOUA y no va contra Ley, generando obligación y derecho para las dos partes que lo suscriben, debiendo interpretarse conforme a las normas generales sobre contratación establecidas en las leyes civiles pero matizándose que por su específica naturaleza, objetivos y fines, que es la satisfacción del interés general no pueden vincular la potestad de planeamiento del Ayuntamiento, como función pública que es.
 
 Que en el Convenio Urbanístico se sigue el esquema de anteriores convenios referidos a suelos industriales, contemplándose una edificabilidad de 0,2861 M2T/M2 de suelo incluido en el sector que aporte el propietario, abonando el 50% de los costes de la urbanización interior y exterior resultantes, incluidas las cargas extraordinarias de urbanización ( estipulación 5ª). También este Convenio prevé la venta de los aprovechamientos correspondientes al Ayuntamiento de La Rinconada, que se reserva la decisión al respecto una vez que se presente por los propietarios una propuesta de Ordenación del Sector.
 
 Visto que el Convenio que se somete a la consideración del Pleno elimina puntos de fricción y obstáculos que puedan derivarse de las actuaciones urbanísticas aunque no integrarán el planeamiento hasta tanto no se incorporen a él.
 
 Visto el Informe del Sr. Arquitecto Municipal, referente a la valoración del aprovechamiento urbanístico así como el Informe jurídico del Sr. Secretario.
 
 Visto todo lo cual, se acuerda por mayoría absoluta de los miembros asistentes que componen el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:
 
 Primero. Aprobar provisionalmente el convenio urbanístico para la cesión del aprovechamiento urbanístico mediante pago de cantidad sustitutoria en metálico entre la entidad "Activo Inmobiliarios San José S.L, y el Ayuntamiento de La Rinconada, en relación con el sector SUNS-5, "Majaravique".
 
 Segundo Someter este documento, a trámite de información pública, por periodo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOP, a efectos de reclamaciones y sugerencias.
 
 Tercero. En caso de que no se presenten alegaciones y sugerencias al mismo, se entenderá, este acuerdo adoptado de forma definitiva, ordenándose su publicación en el BOP, en los términos indicados en el artículo 30.4 de la LOUA, previo depósito en el Registro Municipal de Convenios Urbanísticos.
 
 Cuarto. Dar cuenta de este acuerdo a la empresa mercantil, que han formalizado la correspondiente addenda al convenio urbanístico.

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