15/10/2010 PLENO ORDINARIO DE 15 DE OCTUBRE DE 2010
SEGUNDO.- APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO DOS DEL PLAN PARCIAL DE ORDENACIÓN CON USO INDUSTRIAL CÃÑAMO III.
Por el Sr. Secretario General, se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de urbanismo, a propuesta del Instituto Municipal de Planeamiento y Suelo, por la que se aprueba de forma definitiva la documentación técnica denominada "Modificación Puntual Segunda del Plan Parcial con uso Industrial del sector SUP 1.08 del Plan General de Ordenación Urbana de la Rinconada, "Cáñamo III", redactado por el Arquitecto superior, Don Luis Ybarra Gutiérrez, de la empresa consultora Eddea Arquitectura e Urbanismo S.L.P. con número visado 10/000092-T002, de 25 de junio de 2010 promovido por la empresa mercantil Cabrera Sur S.A.
Por el Sr. Portavoz del grupo municipal de Izquierda Unida, Don José Guerra Moreno expone que se está planteando la aprobación definitiva de una modificación puntual del Plan Parcial del Cáñamo III, que permitiría incrementar la altura máxima en varias subzonas, en 20 metros, para así dar respuesta a la demanda de altura de las empresas que deseen instalarse en este polígono, y todo ello, sin modificar los parámetros de edificabilidad, ocupación, o altura mínima. Esta modificación fue aprobada inicialmente y posteriormente por Junta de Gobierno Local. Consta e el expediente informe del Sr. Secretario y la Sra. Arquitecta Municipal favorable, en este último se indica que ha sido subsanada una serie de errores que la Junta de Andalucía, detectó, una vez comprobada la nueva documentación visada aportada por los promotores. En esta línea, vamos a votar a favor, pues consideramos positivo, el planteamiento de cuantas cuestiones que beneficien la implantación de nuevas industrias en nuestro municipio, potenciando con ello, el empleo en nuestro municipio.
Por la Sra. Portavoz del grupo popular, Doña Virginia Pérez Galindo, expone que no existe ningún tipo de inconveniente, pues los informes tanto técnicos como jurídicos, son favorable para aprobar de forma definitiva esta modificación puntual número dos, del Plan Parcial Cáñamo III. Nos alegramos, que con ello, se pueda implantar una nueva empresa que va a generar empleo, esperando que vengan más.
Por el Sr. Concejal delegado de Urbanismo, Don Cristóbal Blázquez Sánchez, indica que esta modificación puntual a la ordenanza del Plan Parcial del Cáñamo III, fue promovido en su día, por la mercantil, Cabrera Sur, requería, elevar la altura máxima establecida en la actual ordenanza, de 12 metros de altura, a 20 metros, al objeto de dar cabida a ciertos proyectos empresariales, que necesitaban esa altura, para poder implantarse en el polígono Cáñamo III. Esta modificación afecta a una serie de subzonas, distribuidas en parcelas tanto de titularidad privada en algunos casos, como otras, de titularidad de la sociedad municipal Soderin Veintiuno. Los problemas técnicos observados en la tramitación inicial, han sido subsanados en el tramité de aprobación provisional. Esta modificación se aprobó inicialmente por junta de Gobierno Local, de 9 de Febrero de 2010, con el informe favorable de la Sra. Arquitecta Municipal, ha tenido su periodo de información pública, y se ha recibido con fecha 20 de septiembre de 2010, informe favorable de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y hoy procede su aprobación definitiva. El principal objetivo, es permitir que cualquier proyecto empresarial, que tenga esas necesidades de altura, no tenga que buscar otra ubicación, que no sea nuestro polígono industrial.
Seguidamente, se somete a votación, esta propuesta con el siguiente resultado:
Votos a Favor: 21 (15 PSOE, 3 P.P y 3 I.U)
Visto que por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria, celebrada el día 15 de Marzo de 2005 , se aprobó de forma definitiva el Plan Parcial SUP 1.08 "Cáñamo III".
Visto que por la empresa mercantil, Cabrera Sur S.A, promueve la modificación del citado Plan Parcial, conforme al documento técnico, redactado por el arquitecto superior, Don Luis Ybarra Gutiérrez, de la empresa consultora Eddea Arquitectura e Urbanismo S.L.P., número de visado 10/000092-T001.
Que la modificación propone algunas variaciones en cuanto a los parámetros urbanísticos correspondientes al uso lucrativo industrial en las Subzonas IN-1-a (ficha 1), IN-1b (ficha 2), IN-2 (ficha 3), IN-3 (ficha 4), In-4 (ficha 5), In-5 (ficha 6), IO-1 (ficha 9), I0-2 Ficha 10) y IO-3 (ficha 11), entre las que se propone la modificación de altura máxima, todo ello, sin modificar los parámetros de edificabilidad, ocupación, altura libre mínima y demás parámetros urbanísticos de las normas generales y particulares del Plan Parcial
Visto que por acuerdo de Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 9 de Febrero de 2010, se acordó, aprobar inicialmente la modificación puntual del Plan Parcial del Sector SUP-108, del "Cáñamo III", habiéndose notificado individualmente a la promotora del expediente administrativo, condicionado la aprobación definitiva de este documento, a la corrección de varios errores observados en el citado documento.
Visto que el citado expediente, ha sido sometido a tramite de información pública, mediante inserción de anuncio en el BOP número 59, de fecha 13 de marzo de 2010, y el periódico de diario de Sevilla, de fecha 12 de mayo de 2010, y en el tablón de anuncios, sin que se hayan presentado alegaciones al expediente.
Visto que por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 15 de Junio de 2010, se acordó aprobar provisionalmente la modificación puntual del Plan Parcial del Sector SUP -1.08, del Cáñamo III.
Visto que con fecha de 20 de septiembre de 2010, se emitió informe preceptivo por parte de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, respecto a este expediente, siendo esta favorable, no obstante se reitera la necesidad de corregir errores detectados en el documento aprobado inicialmente, para el tramite de aprobación definitiva
Visto que la promotora, presenta documento de la modificación puntual 2, del Plan Parcial de Ordenación con uso industrial, Sector SUP 1.08, "Cáñamo III", número de visado 10/000092-T002, de 25 de junio de 2010, en la que se corrige todos los errores detectados en el informe de la Sra. Arquitecta Municipal, según consta en nuevo informe emitido por la Sra. Arquitecta Municipal.
Visto que en virtud de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 7/2003, que determina que la innovación de la ordenación establecida por los instrumentos de planeamiento se podrá llevar a cabo mediante su revisión o innovación.
Que cualquier innovación de los instrumentos de planeamiento deberá ser establecida por la misma clase de instrumento, observando iguales determinaciones y procedimiento regulados por su aprobación, publicidad y publicación, teniendo idéntico efectos.
Visto que el artículo 32 de la Ley 7/2003, de Ordenación Urbanística de Andalucía, que determina el procedimiento y tramitación de los instrumentos de planeamiento.
Visto que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, en relación a lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley de Bases de Régimen local, los acuerdos de aprobación definitiva de todos los instrumentos de planeamiento se publicaran en el Boletín Oficial correspondiente y las Corporaciones Locales publicaran las normas urbanísticas en el BOP, y no entraran en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2.
Visto que en cuanto a la competencia para la aprobación inicial del Plan Parcial corresponde a la Junta de Gobierno local, por delegación del Sr. Alcalde, por Resolución de Alcaldía de 16 de Junio de 2004, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1.j) de la Ley de Bases de Régimen Local, siendo del Ayuntamiento Pleno, el artículo 22.2.c) de la Ley de Bases de régimen local, la competencia para la aprobación definitiva de la citada modificación del Plan Parcial
Visto todo lo cual, se acuerda por unanimidad de los miembros que compone el Ayuntamiento Pleno, lo siguiente:
Primero. Aprobar de forma definitiva la documentación técnica denominada "Modificación Puntual Segunda del Plan Parcial con uso Industrial del sector SUP 1.08 del Plan General de Ordenación Urbana de la Rinconada, "Cáñamo III", redactado por el arquitecto superior, Don Luis Ybarra Gutiérrez, de la empresa consultora Eddea Arquitectura e Urbanismo S.L.P, con número visado 10/000092-T002, de 25 de junio de 2010 promovido por la empresa mercantil Cabrera Sur S.A.
Segundo. Dar cuenta de este acuerdo, a la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, junto con copia diligenciada del documento urbanístico, para su inscripción en el Registro Autonómico de Planeamiento.
Tercero. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, el presente acuerdo, con el texto de la Ordenanza urbanística, una vez inscrito en los registros urbanísticos más arriba indicados.
Cuarto. Dar traslado de este acuerdo a los propietarios del sector afectados para su debido conocimiento y efectos oportunos.