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La Policía Local ha incoado 53 sanciones por no usar mascarilla de la Orden de la Junta de 19 de julio

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El Ayuntamiento de La Rinconada llama a cumplir las medidas establecidas para evitar la propagación del Covid-19

El Ayuntamiento de La Rinconada ha hecho un llamamiento a la población para que cumpla las medidas de seguridad establecidas por las diferentes administraciones para evitar un posible rebrote del Covid-19. El alcalde, Javier Fernández, escribía en su muro de Facebook que “estamos volviendo al punto de partida, casi 1.000 nuevos contagios en España en un día. No es tan difícil, mascarillas obligatorias, distancia social y lavado frecuente de manos. Los pasos hay que darlos hacia adelante. Depende de nosotros”.

Desde que entró en vigor la Orden de 19 de junio de la Junta de Andalucía, la Policía Local de La Rinconada ha incoado más de cincuenta sanciones por el no uso de la mascarilla. “Por encima de la normativa o de las medidas que podamos implementar, debe estar la responsabilidad individual de la ciudadanía, la altura de miras para pensar en sí mismos y en el resto de sus vecinos y vecinas”, afirma el primer edil.

Recientemente, antes que lo hiciese también la Junta de Andalucía, el Consistorio publicaba un decreto en el que prohibía el botellón en la vía pública, así como la aglomeración de personas en la escena urbana y se incrementaban las medidas de control en los locales de ocio nocturno.

Nuevas medidas autonómicas

El pasado 29 de julio, la Junta de Andalucía aprobaba nuevas medidas para minorizar los riesgos de una posible propagación del Coronavirus. Así, tal y como recoge el BOJA, “ante la aparición de numerosos brotes de personas contagiadas por Covid-19 en diversas ciudades y pueblos de la geografía andaluza, el Gobierno andaluz ha adoptado nuevas medidas de prevención en materia de salud pública, propuestas por salud pública y pactadas tanto con el sector como con los alcaldes de las ocho capitales de provincias”.

Entre las nuevas directrices, en espacios cerrados, se prohíbe la participación en cualquier agrupación a reunión de carácter privado o no regulado de más de 15 personas que tengan lugar en espacios públicos, ajenos a los establecimientos de hostelería a similares en la vía pública y en otros lugares de tránsito, y serán considerados como situaciones de “insalubridad”. También se reduce al 40% el aforo de establecimientos de esparcimiento cerrados, distribuidos en mesas o agrupaciones de mesas y se limita a doce personas el número máximo por mesa, existiendo una distancia mínima de dos metros entre una mesa y otra.

En terrazas al aire libre el aforo es limitado al 75 por ciento, en mesas o agrupaciones de mesa con ocupación máxima de 12 personas por mesa. Los pubs tendrán un aforo máximo del 60 por ciento, y no se permite el uso de dispositivos de inhaladores de tabaco, pipas de agua, cachimbas, o asimilados en cualquier tipo de establecimiento abierto al público.

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