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15/03/2017 PLENO ORDINARIO 15 DE MARZO DE 2017

PUNTO SEGUNDO.- APROBACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO Y SOLIDARIDAD CON PAÍSES EMPOBRECIDOS, SENSIBILIZACIÓN Y ACCIÓN SOCIAL 2017.-

Por el Sr. Secretario, se da cuenta del dictamen favorable de la comisión informativa de Cultura, Juventud, Fiestas Mayores, Recursos Humanos y Cooperación Internacional, por la que se propone la aprobación de las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la financiación de proyectos de cooperación al desarrollo y solidaridad con países empobrecidos, sensibilización y acción social, para 2017.

Por el Sr. Portavoz del grupo mixto, Don Ángel Seisdedos Gavira, expone que valora positivamente las bases que rige esta convocatoria de subvenciones, cuya cuantía asciende a 95.000 €. Los cambios producidos respecto a la anterior convocatoria, se refiere a la puntuación al valorarse con más puntos, a las asociaciones solicitantes que hagan una actividad en el municipio y en aras a dar mayor visibilidad a los proyectos de cooperación y solidaridad a realizar en el tercer mundo. Siempre es positivo colaborar con asociaciones y grupos de personas que se vuelcan en la ejecución de esos proyectos solidarios, y que destinan parte de su tiempo, en mejorar la calidad de vida de otras personas. Por todo lo expuesto apoya estas bases.

Por la Sra. Concejal del grupo municipal de Izquierda Unida, doña Beatriz de los Reyes Lara, expone que lo deseable sería que no tuviéramos que dedicar dinero, a proyectos de cooperación en países empobrecidos, pues ello significaría que no existiría problemática alguna. Pero la realidad desgraciadamente es distinta. Sería deseable que todos los países y Administraciones Públicas españolas destinaran el 0.7 por ciento de sus presupuestos a ejecutar proyectos de cooperación en estos países del tercer mundo, sobre todo, los que se encuentran en una situación extrema y en la que gran parte de su población no tiene garantizado el acceso a sus necesidades más básicas, como la luz, el techo, la alimentación, la educación y la sanidad. Y esta injusticia se debe principalmente a que muchos países ricos, se están beneficiando de estos países, bien por motivos geográficos u otro tipo de circunstancias. Ello se fruto, del sistema capitalista y poder que impera en el mundo que vivimos.

El contenido de las bases de esta convocatoria, es muy similar a las ya aprobadas el año pasado, a excepción de la mayor relevancia que se da en el baremo, a las asociaciones solicitantes que contemple la realización de un proyecto de sensibilización en el municipio, sobre las actividades realizadas, y con ello mejorar la visualización de estos proyectos en el municipio. Izquierda Unida, apoya, estas bases, que van a propiciar que se lleven a cabo estos proyectos de solidaridad y cooperación en estos países pobres, y en muchas ocasiones es imprescindible nuestro apoyo para llevar a cabo estos proyectos, que minimizarían la problemática existente y que afecta a gran parte de su población. Con ello, se mejoraría su calidad de vida, y su futuro, para que sea más digno y justo.

Por el Sr. Portavoz del grupo municipal de La Rinconada si se puede, D. Luis Silva García, expone que las bases reguladoras para la concesión de ayudas para proyectos de cooperación al desarrollo y solidaridad nos parecen correctas. En el seno de la comisión informativa, hicimos un apunte, para que se incluyera en futuras bases, la valoración de la perspectiva de género, no tanto en el destino, que si se valora en estas bases, sino otros aspectos vinculados a la mujer, como generadoras de los proyectos de desarrollo en el tercer mundo, pues en una realidad que estadísticamente los proyectos dirigidos y gestionados por mujeres, son más eficientes y tienen mayor perdurabilidad en el tiempo.

Por la Sra. Concejal delegada de cooperación internacional, Doña Trinidad Romera Albacete, expone que traemos a aprobación las bases reguladoras y convocatoria de las ayudas del área de cooperación internacional, para 2017, con una dotación de 95.000 €, dividas en tres líneas, las cuales considera de igual importancia, pese a que cada una esté dotada con mayor o menor cantidad. La primera línea, es la que tiene mayor dotación económica, con un 81 por ciento del total del gasto, y en la que se subvenciona proyectos de cooperación dirigidos a países empobrecidos. La segunda línea, dotado con un dos por ciento, se subvencionaría los proyectos de sensibilización y educación a realizar en nuestro municipio y la tercera línea, dotado con el 17 por ciento del total del gasto, vendría a subvencionar los proyectos relativos a “Vacaciones en Paz”.

Las bases se estudian todos los años y se introducen mejoras técnicas. Como principal novedad, hemos puntuado con mayor porcentaje dentro de la primera línea, para las asociaciones solicitantes que realicen en el municipio, acciones de sensibilización relacionada con sus proyectos, pues entendemos que la base de la cooperación internacional debe ser potenciar la consciencia y sensibilización de la población, y pese a que los habitantes de este municipio son sensibles y solidarios con estos países del tercer mundo, pues avalan en las urnas el proyecto de cooperación que aprobamos año tras año. Con esta mayor importancia de este criterio, buscamos que las ONG destine tiempo y esfuerzo en visualizar lo que hacen en esos países empobrecidos. Otra modificación de las bases deriva de la reforma de la normativa de subvenciones públicas, cual es la publicación del extracto de la convocatoria en el boletín de la Provincia, una vez dada de alta la subvención en la base nacional de subvenciones del Ministerio.

Queremos informar de primera mano el contenido de estas bases, además de las asociaciones locales de cooperación, a las ONGS que han concurrido en estos últimos años a la convocatoria.

En definitiva, son bases bastantes objetivas, con criterios claros, y aún así es muy difícil valorar los diferentes proyectos que se presentan a esta convocatoria, pues a nuestro juicio muchos de estos proyectos de cooperación internacional son merecedores de ser financiados en su totalidad. Pero el dinero es limitado, y debemos priorizar conforme a los criterios que nos hemos marcado en las bases.

Esperamos que se presenten muchos proyectos de cooperación y de sensibilización y con ello atender necesidades derivadas de los pueblos empobrecidos del mundo, y esperamos que este año, demos respuestas. Seguimos siendo un referente de municipio solidario.

Tras el oportuno debate, seguidamente, se somete a votación esta propuesta, con el siguiente resultado.

Votos a Favor. 21 (15 PSOE, 3 La Rinconada, Sí se Puede, 2 IU y 1 Grupo Mixto)

Visto el expediente de aprobación de las bases reguladoras del otorgamiento de ayudas tienen por objeto regular el régimen de concurrencia competitiva de las ayudas del Ayuntamiento de La Rinconada a Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo para la cofinanciación de Proyectos de Cooperación al Desarrollo y Solidaridad con países empobrecidos, proyectos de Educación y Sensibilización al Desarrollo que se realicen en La Rinconada, y proyectos específicos de Acción Social, destinados a núcleos de población desfavorecidos en países en vías de desarrollo a ejecutar en La Rinconada, ejercicio económico 2017:

Visto que el Municipio para la gestión de sus intereses y el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunicad vecinal en los términos previstos en el artículo 25 de la Ley de Bases de Régimen local.

Que conforme al escrito remitido por la Dirección General de Administración Local, de fecha 5 de noviembre de 2014, las Administraciones Locales de Andalucía, ostentan competencias propias en materia de cooperación al desarrollo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 7 del Estatuto de Autonomía, y en especial por el artículo 20.1 de la Ley 23/98, de 7 de de julio, de cooperación internacional para el desarrollo, que establece que la cooperación para el desarrollo que se realice desde las comunidades autónomas y las entidades locales, expresión solidaria de sus respectivas sociedades, se inspira en los principios objetivos y prioridades establecida en la sección segunda del capítulo I de la presente ley. En igual sentido y de manera más definida, la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la acción y del servicio exterior del Estado, ha venido a reafirmar esa competencia local en esta materia, al reconocer la capacidad de acción exterior de las entidades locales, en su artículo 11, y concretando en su artículo 24, el ámbito, objeto y alcance de la acción exterior en materia de cooperación para el desarrollo.

Visto que el artículo 17.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones determina que las bases reguladoras de las subvenciones de las corporaciones locales, puede llevarse a efecto, bien en las Bases de Ejecución del Presupuesto, bien a través de una Ordenanza General de Subvenciones, o bien, por último, mediante una Ordenanza específica para las distintas modalidades de subvenciones.

Visto la base 46 de los presupuestos para 2017, reguladora de la ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de La Rinconada, así como del plan estratégico de subvenciones, detallada en la base 47, que contempla como línea estrategica segunda, el área de cooperación internacional

Visto que en las bases de concesión de las subvenciones, se determina el objeto de la subvención, los requisitos que deberán reunir los beneficiarios para la obtención de la subvención, forma y plazo en que deben presentarse las solicitudes, el procedimiento de concesión de la subvención, los criterios objetivos de otorgamiento de la subvención y en su caso ponderación de los mismos, cuantía individualizada de la subvención o criterios para su determinación, órgano competente para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de la subvención y plazo para su notificación, plazo y forma de justificación del beneficiario, etc.

Conforme al artículo séptimo de las bases, las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de La Rinconada, se publicarán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, y las bases reguladoras de la convocatoria y un extracto de la misma en el "Boletín Oficial" de la provincia de Sevilla, además a efectos informativos en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la página web municipal ( www.larinconada.es ).

Visto todo lo cual, se acuerda por unanimidad de los miembros asistentes que compone el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:

1º. Aprobar las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la financiación de e Proyectos de Cooperación al Desarrollo y Solidaridad con países empobrecidos, proyectos de Educación y Sensibilización al Desarrollo que se realicen en La Rinconada, y proyectos específicos de Acción Social, destinados a núcleos de población desfavorecidos en países en vías de desarrollo a ejecutar en La Rinconada, 2017.

2º.- Publíquense las citadas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia, así como copia del extracto de la convocatoria, en la base de datos nacional de subvenciones, en la Página Web y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

3º.- Dar cuenta de este acuerdo, al Sr. Interventor y al Sr. Tesorero para su debido conocimiento y efectos oportunos.

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