16/07/2012 PLENO ORDINARIO 16 DE JULIO DE 2012
PUNTO TERCERO. APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL NÚMERO TRES DEL PLAN PARCIAL DE ORDENACIÓN SUP 1-08 "EL CÃÑAMO III"
Por el Sr. Secretario General, se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo y Medio Ambiente, a propuesta del Instituto Municipal de Planeamiento y Suelo para la aprobación definitiva de la modificación número tres del Plan Parcial de ordenación SUP 1.08 “El Cáñamo III” del Plan General de Ordenación Urbana redactado por el Sr. Arquitecto, para el trámite de aprobación definitiva, Dº Jaime Suárez
Obel, promovido por la sociedad SODERIN VEINTIUNO, DESARROLLO Y VIVIENDA, S.A.U.
Obel, promovido por la sociedad SODERIN VEINTIUNO, DESARROLLO Y VIVIENDA, S.A.U.
Por el Sr. Alcalde, se expone que por decisión de la Junta de Portavoces, se va a unificar el debate del punto tercero y cuarto de este orden del día.
Por la Sra. Concejal del grupo municipal de Izquierda Unida, Dª Flora Rendón del Río, se expone que con estos dos puntos, se trata de modificar dos planes parciales, los relativos al Cáñamo II y Cáñamo III, concretamente a los artículos de la ordenanza que regulan los usos de estos dos polígonos industriales, esto es, los artículos 49 y 53, ampliando los usos asignados en la actualidad aquellos polígonos industriales así como asignar a una parcela
del Cáñamo III, otro uso distinto al que se le asigna al resto de parcelas, para la instalación de un tanatorio crematorio. Esta parcela es de titularidad de la sociedad municipal. Para el resto de parcelas también se amplían los usos para que se puedan desarrollar con otras actividades no industriales.
Tras esta modificación, emite informes preceptivo la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas, e indica que es necesario subsanar una cuestión, cual es la aclaración en el texto del articulado, lo referente al concepto de dotaciones, recogidos en la Ley, que son públicas, y que suponen un determinado porcentaje del total de la superficie de un plan parcial, y que se deben respetar, amen de que puedan existir otros usos dotacionales de carácter privado. Estas deficiencia que detecta este órgano supervisor, es subsanada en un documento de 9 de julio.
En Comisión Informativa, le preguntamos sobre las intenciones del equipo de gobierno, para ampliar los usos de ambos polígonos industriales, teniendo en cuenta que el Cáñamo II, se encuentra en una fase bastante desarrollada, no así el Cáñamo III. Se informó, que además de la propuesta de la posible ubicación de un tanatoriocrematorio, existe otras propuestas que le ha llegado al equipo de gobierno, y que es el motivo de estas dos modificaciones, por el que se amplia estos usos. Desde Izquierda Unida, considera que debido a la situación económica del momento, existe una necesidad de dar salida a estos suelos industriales, pero que a su vez no es menos cierto, que el objetivo que tenían ambos polígonos, eminentemente industrial, con la creación de empleo de estos sector productivo, con la ampliación de usos, pese a que se dé salida a las naves y se permita el desarrollo completo de los Cáñamos, se pierde. Esperamos que estos futuros usos no industriales, vengan a generar empleo
en nuestro municipios, con la implantación de nuevos proyectos empresariales, y con ello se estimule la actividad económica.
Son dos Parques industriales, bastante importante para la economía del municipio, y nuestro grupo siempre ha apostado por estos desarrollos industriales, pero recordamos que en el desarrollo de la vigente revisión del Plan General aprobado en 2007, nos opusimos a contemplar como suelo industrial a los terrenos en donde se pretende construir el Cáñamo V, en la zona de la Jarilla, con una superficie aproximada de 100 hectáreas, y que en su
momento, vimos que no era necesario contemplar aquella zona como industrial, pues conllevaría la destrucción de empleo agrario.
Por lo tanto, tenemos que reconocer que como consecuencia de la crisis económica por la que atravesamos, puede existir la necesidad de ampliar estos usos, y que es fundamental darle salida a esas naves industriales y darle salida a la venta de las parcelas contempladas en el Cáñamo III, esperando que con esta medida se estimule la economía local y se den puestos de trabajo, culminando la ocupación tanto del Cáñamo II y sobre todo del Cáñamo III.
Por la Sra. Portavoz del grupo popular, Dª Virginia Pérez Galindo, se expone que con la aprobación de estas dos modificaciones de los Planes Parciales de los Cáñamo II y III, se pretende ampliar la compatibilidad de usos, introduciendo la compatibilidad entre usos, los de carácter educativo y religioso, y todo aquel que no altere el orden de los polígonos, y tal como se contempla en los artículos 49 y 53 de las ordenanzas urbanísticas. Con las
difíciles circunstancias económicas con las que nos encontramos actualmente, todo lo que facilite la implantación de nuevas empresas del sector económico que sea y siempre que se salvaguarde la vertebración de ambos polígonos
y que generaran empleo, entendemos que es momento adecuado para realizar este tipo de modificaciones puntuales al planeamiento.
En el Cáñamo III, hay una especialidad y que se ha visto en el seno del consejo de administración de Soderinsa, y que es la particularidad de una parcela industrial, del Cáñamo III, cuyo emplazamiento está alejado de los núcleos urbanos de población, y en donde se podía emplazar un crematorio-tanatario.
Hemos estado analizando la documentación, y se ha subsanado alguna aclaración que solicitada la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas, y por tanto apoyamos esta propuesta.
Por el Sr. Concejal delegado de Urbanismo y Medio Ambiente, D. Francisco Manuel Diez Pineda, se expone que presentamos para este plenario, para su aprobación definitiva, la modificación puntual número tres del Plan Parcial Cáñamo III y la 1 del Plan Parcial Cáñamo II. Estas modificaciones se plantean a iniciativa de nuestra Sociedad Municipal, como muestra clara y evidente de la búsqueda de nuevas acciones que potencien los valores que nuestros parques industriales, tienen. El objeto fundamental de estas modificaciones, es introducir determinadas compatibilidades de usos que no están contempladas en las vigentes ordenanzas urbanísticas de los Planes
Parciales, ni en sus condiciones generales de uso y edificación. Se centran en los artículos 49 y 53, el primero nos detalla los usos de los servicios de interés social y general, los llamados SIPS, y en el nuevo texto se describen y se
relacionan cada uno de esos usos. Por relacionar algunos de ellos, usos de carácter administrativo, asistencial, social, comercial, de servicio funerario, religioso, educativo, deportivos, etc. Por otro lado el artículo 53, nos detalla
los usos compatibles con el uso industrial, que es compatible con el uso terciario o comercial, con oficinas, con servicios de garaje, con almacén etc. En ese artículo, se incorporan todas aquellas prestaciones de servicios dotacionales, mencionados antes, en relación al artículo 49, y que van a ser compatibles, con el uso industrial, fundamentalmente en todas aquellas parcelas, que hasta el momento, solo tenían como uso exclusivo, el industrial.
Existe una salvedad, que recae sobre la parcela UI.4 del Cáñamo III; en el sentido de que está parcela, a parte mantiene todas las posibilidades de uso dotacionales, incluido la de uso funerario, policía mortuoria, tanatoriocrematorio, a mayores de otros usos dotacionales públicos o privados.
El procedimiento que se ha llevado a cabo, hasta la aprobación definitiva de estas dos modificaciones puntuales, parte de la aprobación inicial, información pública, y sobre la que no ha habido alegaciones, y además he significar que los propios empresarios y propietarios de suelos y naves, se han felicitado, pues con esta modificación, ven nuevas oportunidades para el desarrollo y comercialización de su suelo industrial. A partir de aquí, se fue al tramite de la aprobación provisional, y se le dio traslado del expediente, a la Comisión Provincial de Obra Públicas, la cual no presenta un informe favorable, con una recomendación, cual es que indiquemos en el documento definitivo, que el carácter de público, de los suelos dotacionales existentes, por el desarrollo urbanístico, no puede perderse ni compatibilizarse con el carácter privado, por tanto, serán independientes y añadido, a los usos dotacionales públicos existentes.
Por lo tanto, traemos a aprobación definitiva esos dos documentos urbanísticos, donde ya se incorpora la observación manifestada por la Delegación Provincial. Se ha manifestado por la Sra. Rendón, que se ha podido perder con estas modificaciones de los Planes Parciales del Cáñamo II y III, el objetivo inicial, el uso industrial. Todo lo contrario, estamos ante un complemento ideal , idóneo y necesario, de que esa cantidad de suelo, tenga ese carácter de polivalencia y capacidad de que pueda desarrollarse, en un amplio espectro de uso. Con respecto a la observación del Cáñamo III, respecto al Cáñamo V, no es otro, que el resultado de la planificación urbanística y que permitirá que todos los desarrollos industriales que se generen a mayores del Cáñamo II y III disponer de una reserva de suelo, para dar cabida a cualquier iniciativa, de carácter industrial, y fundamentalmente agro-alimentario.
Por la Sra. Concejal del grupo municipal de Izquierda Unida, Dª Flora Rendón del Río, se indica que el equipo de gobierno quiere justificar y fundamentar la ampliación de los usos previstos en ambos planes parciales para adecuarlo a la dura realidad económica por la que atravesamos, lo cual comprendemos, pero no quiera venderlo como si esto fuera una panacea. Nos adaptamos a la realidad existente, permitiendo ampliar los usos permitidos, para que puedan verse desarrollados ambos polígonos industriales por completo y se pueda vislumbrar la venta de esas parcelas y con ello tenga liquidez la Sociedad Municipal. Ojalá que con la ampliación de usos, se vendiera todas las parcelas y se desarrollasen los Cáñamo, con creación de empleo. La implantación de un centro dedicado al culto religioso, no va a generar el mismo empleo, que otra actividad industrial, al uso de las que vienen implantándose. Ahora bien, que se le quiera dar salida a esas parcelas, con estas modificaciones de los dos planes parciales, la consideramos justificada por el equipo de gobierno, que es quien tiene la iniciativa de la propuesta. No tenemos nada que objetar por tanto a estas aprobaciones definitivas. La Delegación Provincial, no ha puesto otro tipo de reparos, que la de la aclaración de la reserva de las dotaciones públicas, y por tanto es compatible con la legislación urbanística. Por lo tanto apoyamos estas propuestas, y deseamos que sobre todo el Cáñamo III, se
pueda desarrollar con total normalidad, pese a los graves problemas económicos que estamos viviendo.
Por el Sr. Concejal delegado de Urbanismo y Medio Ambiente, D Francisco Manuel Diez Pineda, se expone que con estos dos expedientes, damos un paso importante, pues es una apuesta firme para garantizar y facilitar la viabilidad urbanística y económica de muchos usos emergentes. Nos habla usted de un centro dedicado al culto, y yo le hablaba de un centro dedicado a la formación, de un uso deportivo de iniciativa privada, de un centro sanitario
privado. Esas modificaciones suponen un respaldo a nuevas iniciativas productivas, para que puedan tener un encaje urbanísticos en nuestros parques empresariales. Van a ser un punto de generación de riqueza, de desarrollo
económico y por ende de empleo. De la mano de Soderinsa, posibilitamos que en nuestros espacios industriales, puedan desarrollarse actividades de servicios dotacionales, en el más amplio sentido de la palabra.
Cierra el turno de intervenciones, el Sr. Alcalde, indicando que desde Izquierda Unida, ha dejado caer en su discurso, que con esas modificaciones puntuales, los Cáñamos puedan convertirse en un “campo santo”, cuestión
que no es real. Si en el Cáñamo III,como así nos lo reclama las empresas, se monta una tanatorio-crematorio, tienen incluido entre sus servicios, el de una capilla, y por lo tanto los técnicos de la Casa, para que no tengan problemas a la hora de informar las licencias, ha incluido ese concepto. No estamos en la idea de vender suelo, para construir Iglesias. Por eso está el concepto de espacio reservado al culto. Seguiremos con un parque empresarial, en la que nos hemos hecho eco de las propuestas de los empresarios, a lo largo de estos años, y queremos ampliar los usos, para ponernos en circulación.
Tras el oportuno debate, se procede a la votación de esta propuesta con el siguiente resultado:
- Votos a Favor: 21 (15 PSOE, 4 P.P. y 3 I.U.)
Visto que por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria, celebrada el día 15 de Marzo de 2005 , se aprobó de forma definitiva el Plan Parcial SUP 1.08 “Cáñamo III”.
Visto que la modificación propone la ampliación de usos desde el punto del servicio público mediante la modificación de los artículos 49 y 53 del Plan parcial original. La modificación se plantea para facilitar la viabilidad
urbanística y económica del desarrollo de Nuevos usos emergentes que encajan perfectamente en la configuración de la Ordenación Pormenorizada (Zonificación) de determinadas Áreas Industriales. Del mismo modo, con esta
modificación se da impulso a nuevas iniciativas, que dentro de una realidad que ha cambiado sustancialmente, enriquezcan e incrementen los servicios ofertados dentro del término municipal de La Rinconada. La modificación
supone una mejora para el bienestar de la población y se fundamenta en el mejor cumplimiento de los principios y fines de la actividad pública urbanística y de las reglas y estándares de ordenación regulados en esta Ley. La
modificación no afecta a determinaciones de carácter estructural, ya que versa sobre la ampliación de compatibilidad de usos desde el punto de vista de servicio público.
Que el documento técnico, ha sido elaborado, por el arquitecto del departamento de proyectos y obras de la sociedad municipal, Soderin Veintiuno, D. José Miguel Chaparro Mora.
Visto que durante el período de información pública del expediente relativo a la aprobación de la modificación puntual número tres del Plan Parcial de ordenación SUP 1.08, (SUO/API-SUP 1.08), del PGOU de La
Rinconada, polígono industrial Cáñamo III, esto durante un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOP de Sevilla, número 31, de 8 de febrero de 2012, no se han presentado alegaciones al expediente.
Igualmente se ha publicado anuncio de información pública en el periódico El Correo de Andalucía, de fecha de 3 de enero de 2012 y en el tablón de edictos municipal.
Que igualmente, se ha procedido a efectuar el llamamiento a los propietarios incluidos en el ámbito de actuación del citado Plan, bien mediante notificación individualizada o publicación en el BOP de Sevilla, a los que no se ha podido practicar la notificación.
Visto que a instancia del área de Urbanismo, se ha considerado oportuno concretar la nueva redacción del articulado propuesto, con el fin de clarificar y delimitar los nuevos usos de equipamientos compatibles según sea uso industrial o comercial, y en un caso particular, por su posición en el sector y características técnicas de una parcela para un uso concreto.
Visto que por el Sr. Arquitecto Redactor del documento, D. José Miguel Chaparro Mora, ha redactado el documento de modificación del Plan Parcial de Ordenación SUP 1.08, (SUC-API-SUP 1.08 del PGOU de La
Rinconada), parque Industrial "El Cáñamo III", en el que se contienen las propuestas formuladas por el área de Urbanismo y que afecta a la redacción de los artículos 49 y 53, con el fin de clarificar y delimitar los nuevos usos de
equipamientos compatibles según sea su uso industrial o comercial, y en un caso particular, por su posición en el sector y características técnicas de una parcela para un uso concreto, parcela OI-4.
Visto que por acuerdo de Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 29 de mayo de 2012, se aprobó provisionalmente la documentación de la modificación puntual número tres del Plan Parcial Cáñamo III, redactado para su aprobación provisional.
Visto que por la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta de Andalucía, de fecha 5 de julio, se ha emitido informe favorable de la tramitación de este expediente de conformidad con el artículo 31.2.c) de la LOUA. En relación a la legislación urbanística, se recomienda la corrección de una deficiencia respecto a los artículos 49 y 53 de esta ordenanza, en aras a respetar las reservas de terrenos dotaciones de carácter público.
Visto que por la promotora, Soderinsa Veintiuno, presenta el día 9 de julio de 2012 documento para aprobación definitiva, redactado por el Sr. Arquitecto, D. Jaime Súarez Obel en el que se da respuesta a lo dispuesto en el informe emitido por la Delegación Provincial de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio.
Visto que por el Sr. Arquitecto Municipal, se emite informe favorable para la tramitación de la aprobación definitiva de este documento Visto el Informe jurídico de la Secretaría municipal, obrante en el expediente.
Visto que en virtud de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 7/2003, que determina que la innovación de la ordenación establecida por los instrumentos de planeamiento se podrá llevar a cabo mediante su revisión o innovación.
Y que cualquier innovación de los instrumentos de planeamiento deberá ser establecida por la misma clase de instrumento, observando iguales determinaciones y procedimiento regulados por su aprobación, publicidad y
publicación, teniendo idéntico efectos.
Visto que el artículo 32 de la Ley 7/2003, de Ordenación Urbanística de Andalucía, que determina el procedimiento y tramitación de los instrumentos de planeamiento.
Visto que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, en relación a lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley de Bases de Régimen local, los acuerdos de aprobación definitiva de todos los instrumentos de planeamiento se publicarán en el Boletín Oficial correspondiente y las Corporaciones Locales publicarán las normas urbanísticas en el BOP, y no entraran en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2.
Visto la competencia para la aprobación definitiva de una modificación de un Plan Parcial corresponde al Ayuntamiento Pleno conforme al 22.2.c) de la Ley de Bases de régimen local, se acuerda por unanimidad de los miembros asistentes que conforman el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar definitivamente la documentación técnica denominada Modificación Puntual nº 3 del Plan Parcial de Ordenación SUP 1.08 (SUO-API-SUP 1.08 del PGOU 2007) Polígono Industrial “Cáñamo III, redactado para la tramitación definitiva, por el Sr. Arquitecto, D. Jaime Suárez Obel y promovido por la sociedad SODERIN VEINTIUNO, DESARROLLO Y VIVIENDA, S.A.U
Segundo. Dar cuenta de este acuerdo a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, junto con copia diligenciada del documento urbanístico, para su inscripción en el Registro Autonómico de Planeamiento.
Tercero. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, el presente acuerdo, con el texto de la Ordenanza urbanística, una vez inscrito en los registros autonómicos y municipal de planeamiento urbanísticos.
Cuarto. Dar traslado de este acuerdo a la empresa municipal Soderin Veintiuno para su debido conocimiento y efectos oportunos.