21/06/2019 PLENO DEL 21 DE JUNIO DE 2019
DÉCIMO TERCERO.- FIESTAS LOCALES 2020
Por el Sr. Alcalde, informa que este punto, no forma
parte de esta sesión organizativa, pero por tema de calendario, pues no puede
esperar al 22 de julio, tenemos que aprobarla para remitirla a la Junta de
Andalucía.
La
propuesta de declaración como fiestas locales para el ejercicio 2020,
para el municipio de La Rinconada, las siguientes:
-Día 19 de marzo, Jueves, Día del
Patrón San José.
-Día 15
de Septiembre, Martes, Día de Nuestra Señora de los Dolores.
Seguidamente,
se somete a votación la propuesta relativa a fiestas locales 2020, con el
siguiente resultado:
Votos a
Favor: 20 (15 PSOE, 2 I.U y 3 Grupo
Mixto)
Visto el artículo tercero del
Decreto 461/2019, de 7 de mayo, por el que se determina el calendario de
fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020, determina que la propuesta de cada municipio
de hasta dos fiestas locales, se realizará ante la Consejería de Empleo,
Empresa y Comercio, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la
publicación en el BOJA del presente Decreto, en la forma prevista en la Orden
de la Consejería de Trabajo de 11 de octubre de 1993, por la que se regula el
procedimiento a seguir para la determinación de las fiestas locales inhábiles
para el trabajo, retribuidas y no recuperables, en los municipios de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
Visto que el citado Decreto, ha sido
publicado en el BOJA n.º 90, de 12 de mayo de 2019.
Visto todo lo cual, se
acuerda por unanimidad de los miembros legales que componen esta Corporación,
lo siguiente:
Primero.- Aprobar como fiestas
locales para el ejercicio 2020, para el municipio de La Rinconada, las
siguientes:
-Día 19 de marzo, Jueves, Día del
Patrón San José.
-Día
15 de Septiembre, Martes. Día de Nuestra Señora de los Dolores.
Segundo. Dar traslado de ese acuerdo
a la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo para su debido conocimiento y efectos
oportunos.
Y no habiendo más asuntos que tratar y siendo las once horas y treinta minutos del día al principio indicado, el Sr. Presidente da por terminada la sesión de la que se extiende la presente acta, que deberá firmar, conforme a lo establecido en el art. 110 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades Locales, de 20 de Noviembre de 1986, conmigo el Secretario que certifico.