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Actividad de plenos

08/04/2020 PLENO EXTRAORDINARIO Y URGENTE CELEBRADO DEL DÍA 8 DE ABRIL DE 2020

CUARTO.- APROBACIÓN INICIAL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA POR CRÉDITO EXTRAORDINARIO, PARA LA DOTACIÓN DE UN FONDO SOCIAL EXTRAORDINARIO POR LA CRISIS DEL COVID-19

Por la Sra. Concejal delegada de Hacienda, Doña Raquel Vega Coca, formula propuesta de aprobación de aprobación inicial expediente de modificación presupuestaria por crédito extraordinario, para la dotación de un fondo social extraordinario por la crisis del Covid-19, por el procedimiento excepcional regulado en el artículo 177.6. del texto refundido de la ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por real decreto legislativo 2/2004.

Seguidamente se somete a votación la citada propuesta con el siguiente resultado:

Votos a Favor: 20 (16 PSOE, 1 IU y 3 grupo mixto).

Visto todo lo cual, se acuerda por unanimidad de los miembros que compone el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:

Primero.- Aprobar inicialmente el expediente de modíficación presupuestaria por crédito extraordinario, GEST-DOC 5161/2020 por una cuantía de 614.090,00 euros, para la dotación de un fondo social extraordinario por la crisis del Covid-19, por el procedimiento excepcional regulado en el artículo 177.6. del texto refundido de la ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por real decreto legislativo 2/2004. a la vista de la situación de excepcional interés general motivado por la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 sobre los pequeños empresarios autónomos de La Rinconada que se han tenido que cerrar sus establecimientos, tras la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Con este crédito extraordinario se financiaría ayudas públicas para paliar el impacto derivado de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 sobre los pequeños empresarios autónomos de La Rinconada.

Esta modificación presupuestaria se financiaría con cargo a mayor ingresos derivado del canon proveniente de concesión demanial ingresado por EN EL GREEN POWER ESPAÑA.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 177.6 del texto refundido de la ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por real decreto legislativo 2/2004, este acuerdo será inmediatamente ejecutivo, sin perjuicio de las reclamaciones que contra ellos se promovieran, las cuales deberán sustanciarse dentro de los ocho días siguientes a la presentación, entendiéndose desestimadas de no notificarse su resolución al recurrente dentro de dicho plazo.

Igualmente este plazo , no quedará suspendido por la aplicación de la disposición adicional tercera apartado cuarto, del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma y sus prórrogas aprobadas por el Congreso de los Diputados, y por el Decreto de Alcaldía n.º 446/2020, de 16 de marzo, decretada para los expedientes administrativos de este Ayuntamiento, dada cuenta que este expediente viene referido a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma.

Segundo.- Someter el expediente de modíficación presupuestaria por créditos extraordinario GEST-DOC 5161/2020 durante el plazo de ocho días hábiles, contados a partir de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, al objeto de que pueda ser examinado, y en su caso, presentarse las reclamaciones y sugerencias que estime oportunas, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.6 en relación al artículo 158 de la Ley 39/88, de 28 de Diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, entendiéndose desestimadas de no notificarse su resolución al recurrente dentro de dicho plazo. .

Tercero.- Dar cuenta de este acuerdo al Sr. Interventor y al Sr. Tesorero, para su debido conocimiento y efectos oportunos.

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