15/03/2007 PLENO ORDINARIO 15 DE MARZO DE 2007
PUNTO CUARTO. APROBACIÓN PROVISIONAL DE MODIFICACION DE LAS ORDENANZAS FISCALES 2007
Por el Sr. Secretario, se da cuenta del dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, por la que propone la modificación de las ordenanzas fiscales reguladoras del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, y del precio público por la prestación del Patronato Municipal de Deportes, de los servicios de Escuelas Deportivas, Cursos de Natación, uso del pabellón Cubierto y Estadio Municipal de Deportes.Por el Sr. Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Don José Guerra Moreno, expone que estudiada la propuesta elaborada por los Técnicos Municipales, que por un lado, propone eliminar la bonificación que se otorgaba en el ICIO, para la implantación de aprovechamientos térmicos y solares, en aquellas obras, que de conformidad con el nuevo Código de la Edificación, su utilización es obligatorio, y por otro lado, corregir la omisión del bono de diez baños de la Piscina Cubierta, ya aprobada por el Consejo de Gobierno del Patronato, su voto va a ser favorable. Todo ello, recordando el sentido de su voto negativo en la Ordenanza reguladora de los precios públicos del Patronato, al entender que no debe hacerse distinción de precios, por el mero hecho de estar empadronados.
Por la Sra. Portavoz del Grupo Popular, Doña Virginia Pérez Galindo, expone que en el informe técnico, se trae tres cuestiones, una primera relativa a la supresión de la bonificación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, a aquellas obras que incorporen sistemas de aprovechamiento solar o térmico, y que como consecuencia de la nueva normativa sobre edificación es obligatoria. La segunda cuestión, es incluir en el texto de la Ordenanza sobre precios públicos del Patronato, una omisión, relativa a los bonos de 10 baños de nado libre. Y En tercer lugar, rectificar un mero error de la publicación en el BOP, relativo a que en la disposición adicional de cada Ordenanza Fiscal, no se recoge ni la fecha del Pleno, donde se aprobaron ni tampoco la fecha de la entrada en vigor de la misma. Visto que no se altera sustancialmente el acuerdo adoptado en su momento con respecto a las Ordenanzas Fiscales, apoya esta propuesta, recordando no obstante nuestro posicionamiento respecto a estas Ordenanzas, del pasado pleno del mes de Octubre.
Por el Sr. Concejal delegado de Hacienda, Don Francisco Javier Fernández de los Ríos Torres, explica que el pasado 16 de Octubre, en este plenario, se aprobaron las distintas Ordenanzas Fiscales, en la que se propuso por el equipo de gobierno la congelación de todas las figuras impositivas, no subiendo pues, la presión fiscal a los ciudadanos. La propuesta que se debate ahora, de modificar dos Ordenanzas, se basa en la nueva normativa de la edificación, que obliga a determinadas edificaciones, a contar con sistemas de aprovechamiento térmico y solares, por lo que evidentemente deja de tener sentido, bonificar algo, que ahora es obligatorio, y por otro lado, se corrige una omisión de la tarifa de los diez bonos en el baño libre de la piscina cubierta, que fue acordada por el consejo de gobierno del Patronato y este Plenario. Por último se corrige un error en la publicación en el BOP respecto, a la fecha de aprobación plenaria, y fecha de entrada en vigor de las Ordenanzas Fiscales.
Seguidamente, se somete a votación, con el siguiente acuerdo:
Votos a Favor: 21 (16 PSOE, 3 P.P y 2 I.U).
Visto lo dispuesto en el artículo 17 del R.D Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, así como lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley de Régimen Jurídicos y Procedimiento Administrativo Común, se acuerda por unanimidad de los miembros que componen el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar provisionalmente la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Instalaciones, Construcciones y Obras, en el sentido de eliminar la bonificación del veinte por ciento para aquellas sujetos pasivos que realicen obras e instalaciones relativas a sistemas de aprovechamientos térmico o eléctrico de la energía solar para el autoconsumo, que sea obligatoria por la aplicación de lo dispuesto en el artículo 15.4 del R.D 314/2006.
Segundo. Aprobar provisionalmente la modificación de la Ordenanza reguladora del precio público por la prestación del Patronato Municipal de Deportes de los servicios de Escuelas Deportivas, cursos de Natación, uso del Pabellón cubierto y Estadio Municipal de Deportes, añadiendo al cuadro tarifario de cursos de natación en Piscina Cubierta, el concepto de Natación Libre, bono 10 usos, abonados, 15 €, y no abonados 20 €.
Tercero. Someter ambas modificaciones a trámite de información pública, por plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el BOP.
Cuarto. En caso de que no se presenten alegaciones en el citado trámite de información pública, este acuerdo, se entenderá adoptado de forma definitiva.
Quinto. Proceder a rectificar el error producido en la publicación en las Ordenanzas fiscales para el ejercicio 2007, en el BOP, en el sentido de indicar la fecha del acuerdo plenario por el que se aprobaron las Ordenanzas, e indicar las fechas de entrada en vigor, (1 de Enero de 2007), y vigencia.
Sexto. Dar cuenta de este acuerdo al Sr. Interventor y al Sr. Tesorero, para su debido conocimiento y efectos oportunos.