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15/04/2008 PLENO ORDINARIO DE 15 DE ABRIL DE 2008

PUNTO QUINTO. APROBACIÓN DEFINITIVA DEL ESTUDIO DE DETALLE UE-R9 "TERCIARIO NORTE PAGO DEL MEDIO".

Por el Sr. Secretario General, se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo, a propuesta del Instituto Municipal de Planeamiento y Suelo, por la que se propone la aprobación definitiva del Estudio de Detalle correspondiente a la Unidad de Ejecución R-9, "Terciario Norte del Pago de Enmedio", promovido por la Promotora "Angeles Guzmán",  redactado por el Sr. Arquitecto, Don Jesús Barrigón Perucha, número de visado 08871/07T03.
 
 Por el Sr. Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Don José Guerra Moreno, expone que este Estudio de Detalle, ha sido promovido por la empresa "Angeles Guzmán", y que fue aprobado por acuerdo de Junta de Gobierno Local de 14 de Enero, consta un informe jurídico del Sr. Secretario y de la Sra. Arquitecta Municipal, en donde consta que no existe problemas, para su aprobación definitiva, tampoco han existido alegaciones por parte de particulares ni de otras administraciones públicas. En el Informe de la Sra. Arquitecta Municipal, hace varias recomendaciones. En base a todo lo cual, votamos a favor.
 
 Por la Sra. Portavoz del Grupo Popular, Doña Virginia Pérez Galindo, expone que este Estudio de Detalle, fue aprobado en Junta de Gobierno Local, del pasado mes de Enero, y que habiéndose sometido a trámite de información pública, según consta en el informe del Sr. Secretario, no ha habido alegaciones. El Informe de la Sra. Arquitecta Municipal, detalla varias cuestiones, que deben ser solventadas, antes de que se ejecute su urbanización. Deberá elevarse la cota de la rasante, la vía de acceso, que debe tener siete metros de ancho, el acerado, de al menos dos metros y medio, aumentar el acerado previsto, de un metro, a un metro y veinte. También se refiere a las plazas de garajes. Y por último, y es cuestión que debemos reflexionar, pues en el citado informe, se indica, que para el acceso del sector, se hará conforme a una rotonda, que se detalla en el Plan de Sectorización del Pago de Enmedio. Este Plan, está aprobado inicialmente, y esta pendiente, de que se apruebe el POTAU, que incluye este área, como de reserva, para poder actuar en él. En este plenario, se ha dado información sobre el avance del proyecto de urbanización, Entendemos que se intente agilizar los trámites burocráticos, para empezar urbanizar, pero debemos seguir un orden lógico, para evitar que después tengamos que volver a modificar los documentos, que se han aprobado con anterioridad por este Ayuntamiento. Quizá no tenga incidencia en este Estudio de Detalle, pero si debemos tener en cuenta esta reflexión.
 
 Por el Sr. Concejal delegado de Urbanismo, Don Cristóbal Blázquez Sánchez, explica que este Estudio de Detalle, ordena el suelo urbano no consolidado, R-9, Acceso Norte Pago de Enmedio, ha sido promovido por la empresa mercantil Angeles Guzmán, y ha sido redactado por el Sr. Arquitecto, , Don Jesús Barrigón. El uso global, es terciario. Tiene una superficie de 5.500 metros cuadrados, y una edificabilidad de 6.500 metros cuadrados. Ha sufrido una modificación no sustancial, respecto al documento aprobado inicialmente, pues no se tuvo en cuenta la necesidad de elevar la cota del terreno, al igual que el Pago de Enmedio. La parcela edificable se separa de la carretera SE-117, por una vía de servicio. Garantiza una plaza de aparcamiento, por cien metros de edificación, y la parte reservada a espacios libres, que son de 750 metros cuadrados, limita con una parcela de titularidad municipal, también de espacios libres. También nos indica la Sra. Arquitecta Municipal, que la cesión del aprovechamiento urbanístico, será del diez por ciento, se cederá en metálico, a través de un convenio urbanístico.
 La importancia de la tramitación de este Estudio de Detalle, no es otro que relanzar el sector de la construcción, que actualmente está pasando por una época de decaimiento, bien apoyando las iniciativas de los particulares, o bien ejecutando obra pública. Sobre esta parcela, se tiene previsto ejecutar un Hotel.
 Respecto al grupo popular está actuación, nada tiene que ver con la fecha de ejecución y desarrollo del Pago de Enmedio. Es suelo urbano consolidado, según el documento de la revisión, que nada tiene que ver con la aprobación del POTAU. Se va a enfrentar a una sóla dificultad, a la hora de desarrollarse, cual es, la de compatibilidad la elevación de cotas, con la existencia de la actual SE-117., lo mismo que se ha tenido que hacer con la actuación del Plan Parcial "Secadero de Gutiérrez". Entiende pues que cabe la aprobación, tal como nos indica la Sra. Arquitecta, esperando que pronto aprobemos nuevos documentos, para la aprobación de este actuación. Nada tiene que ver con la aprobación del POTAU, cuyo avance, si contempla la existencia de esta rotonda de acceso al pago de Enmedio.
 Por la Sra. Portavoz del Grupo Municipal Popular, Doña Virginia Pérez Galindo, expone que no ha existido ningún lapsus en su intervención. Se contempla un acceso a esta actuación, a través de una rotonda, prevista en el plan de sectorización del Pago de Enmedio, cuya tramitación está en suspenso, hasta que se apruebe el POTAU. Eso esta ahí, pues viene reflejado en el informe técnico, y por ello ha planteado la reflexión, de que los suelos colindantes al Pago de Enmedio, están pendiente del desarrollo de esa actuación. No pone en duda la aprobación del Estudio de Detalle, que va a tener su voto favorable, pero es obvio que el acceso, se va a hacer mediante una rotonda prevista en el Plan de Sectorización, que está paralizado, hasta la aprobación del POTAU.
 Por el Sr. Concejal delegado de Urbanismo, Don Cristóbal Blázquez Sánchez, explica que en el Pago de Enmedio, tan sólo se va a actuar en la construcción de la Central Mixta de Seguridad, y posiblemente en los terrenos de ampliación del Recinto Ferial. Lo que dice la ficha de ordenación, es que el acceso definitivo a la misma, se hará mediante una glorieta, que se ejecutará cuando se urbanice el Pago de Enmedio. Mientras tanto, los técnicos tendrán que darle una solución provisional.
 
 Seguidamente, se somete a votación la citada propuesta, con el siguiente resultado:
 
 Votos a Favor: 20 (15 PSOE, 3 P.P y 2 I.U)
 
 Visto que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, aprobó, en su sesión de 29 de Junio de 2007, con carácter definitivo la revisión del Plan  General de Ordenación Urbana de la Rinconada. Por acuerdo plenario en sesión celebrada el día 17 de Septiembre, se aprobó el Texto Refundido del citado documento de revisión.
 
 Visto que el citado documento de la revisión del  Plan General, clasifica la superficie correspondiente al ámbito de actuación del Estudio de Detalle, como suelo urbano no consolidado, de uso terciario.
 
 Visto que el citado Estudio de Detalle,  ha sido promovido, por el  propietario de la actuación, Promotora Ángeles Guzmán S.L,  cuyo documento para aprobación inicial que ha sido redactado por el Arquitecto, Don Jesús  Barrigón Poyo, con visado colegial número 8871/07, T02, de fecha de 5 de Noviembre  de 2007, y que tiene por objeto el desarrollo de las determinaciones del documento de la revisión, para el ámbito de la Unidad de Ejecución en suelo urbano no consolidado, UE/R-9, "Terciario Norte del Pago de Enmedio", para su posterior desarrollo.
 
 Visto que por acuerdo adoptado por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 14 de Enero de 2008, se aprobó inicialmente el Estudio de Detalle.
 
 Visto que sometido el expediente a trámite de información pública,  por plazo de veinte días hábiles, a partir de su publicación en el BOP número 39, de fecha de 16 de Febrero de 2008, así como en el periódico "El Diario de Sevilla", de fecha de 31 de enero de 2008, no habiéndose producido alegaciones y/o reclamaciones contra el mismo. 
 
 Visto que se ha presentado por la promotora de la actuación, Estudio de Detalle para su aprobación definitiva, y redactado por el Sr. Arquitecto, Don Jesús Barrigón Poyo, con visado colegial nº 08871/07T03,  en la que se adapta a la ordenación estructural y pormenorizada de la ficha del Plan General, y así como a la medida correctora propuesta en la misma, sobre cotas.
 
 Visto el Informe favorable emitido por la Sra. Arquitecta Municipal, de fecha 7 de Abril, para la aprobación definitiva del Estudio de Detalle.
 
 Visto que el artículo 15 de Ley 7/2003, de Ordenación Urbanística de Andalucía, dispone que el objeto de los Estudios de detalle, tiene por objeto completar o adaptar algunas determinaciones del planeamiento en áreas de suelos urbanos de ámbito reducido, y para ello podrán:
 

 a) establecer, en desarrollo de los objetivos definidos por los Planes Generales, la ordenación de los volúmenes, el trazado local del viario secundario y la localización del suelo dotacional público.
 

 b) Fijar las alineaciones y rasantes de cualquier viario, y reajustarlas, así como las determinaciones de ordenación referidas en la letra anterior, en caso de que estén establecidas en dichos instrumentos de planeamiento.
 
 Visto que los Estudios de Detalle en ningún caso pueden, modificar el uso urbanístico del suelo, fuera de los límites del apartado anterior, el incrementar el aprovechamiento urbanístico, el suprimir o reducir la superficie dotacional público o afectar negativamente a su funcionalidad, por disposición inadecuada de su superficie, y alterar las condiciones de la ordenación de los terrenos o construcciones colindantes.
 
 Visto que el Artículo 66 del Reglamento de Planeamiento urbanístico, regula la documentación que debe tener un  Estudio de Detalle.
 
 Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley //2002, los Planes de desarrollo, pueden iniciarse a instancia de persona interesada acompañada del correspondiente proyecto del instrumento de planeamiento, completo en su contenido sustantivo y documental.
 
 Visto que el Artículo 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se determina el procedimiento y tramitación de los instrumentos de planeamiento.
 
 Visto que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, en relación a lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley de Bases de Régimen local,   los acuerdos de aprobación definitiva de todos los instrumentos de planeamiento se publicaran en el Boletín Oficial correspondiente y  las Corporaciones Locales publicaran las normas urbanísticas en el BOP, y no entraran en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2. Los Estudios de Detalle carecen, de normas urbanísticas, por lo que sólo será necesaria la publicación del acuerdo aprobatorio.
 
 Visto que en cuanto a la competencia para la aprobación definitiva de Estudio de Detalle corresponde al Ayuntamiento Pleno, por lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la LBRL se acuerda por unanimidad de los miembros asistentes que componen el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:
 
 Primero. Aprobar definitivamente la documentación técnica denominada "Estudio de Detalle de la Unidad de Ejecución R-9, "Terciario Norte del Pago de Enmedio", de la revisión del Plan General de Ordenación Urbana, promovido por la entidad mercantil "Promotora Ángeles Guzmán S.L,  redactado por el Sr. Arquitecto D Jesús Barrigón Poyo, con visado colegial número 08871/07T03, de fecha de 1 de Abril de 2008.
 
 Segundo. Proceder a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el BOP, previa inscripción en el Registro Municipal de Planeamiento.
 
 Tercero. Dar traslado de este acuerdo al propietario del sector afectado para su debido conocimiento y efectos oportunos.
 
 Cuarto. Dar cuenta de este acuerdo, a la Unidad de Rentas para su debido conocimiento y efectos oportunos.

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