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15/11/2004 PLENO ORDINARIO 15 DE NOVIEMBRE DE 2004

SEGUNDO. APROBACIÓN PROVISIONAL ORDENANZAS DE DEPURACIÓN Y ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE.

 

Por el Sr. Secretario se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Hacienda, por la que se propone la aprobación provisional de las Ordenanzas reguladoras de las Tasas por la prestación de los servicios de abastecimiento de agua potable y de depuración, tras ser acordadas por el Consejo de Administración de EMASESA.

Por el Sr. Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Don José Guerra Moreno, expone que en un principio, el acuerdo adoptado por Emasesa, respecto a estas ordenanzas, sobrepasaba el 5.5 por ciento. No obstante, el acuerdo definitivo de la empresa suministradora, rebaja la subida propuesta al 3.3 por ciento. Su grupo apoya esta propuesta, en la medida que viene impuesta por EMASESA, y su no adopción, podría ocasionar salirnos de esta empresa.

Por el Sr. Portavoz del Grupo Municipal, Don Manuel Parrado Velázquez, expone en relación a este punto de la aprobación provisional, de ordenanzas de depuración y abastecimiento de agua potable, que el grupo popular, entiende que no depende de la voluntad del equipo de gobierno el aumento del 3.3 por ciento, en general, y de hasta el 5.7 por ciento, en otras tarifas, ya que resulta complejo incidir en el precio de un servicio público que viene impuesto por EMASESA. Así pues nos vamos a abstener. Por cuanto en nuestro programa electoral de las pasadas elecciones municipales se defendía la congelación de impuestos, por ello debemos ser coherente, y nos abstenemos.

Por el Sr. Concejal delegado de Hacienda, Don Antonio J. Pérez Fernández, explica que en relación a la subida del 3.3 por ciento de los tributos locales ya aprobadas, se ha constatado para el pasado mes de Octubre, una inflación interanual del 3.6 por ciento, siendo difícil, se pueda llegar al 3.3 por ciento. Para las Ordenanzas reguladoras de las tasas cuyo servicio es prestado por Emasesa, las mismas, se acuerda a propuesta del consejo de administración de la entidad suministradora, lo cual deben ser asumidas de forma obligatoria.  Se congratula del apoyo de Izquierda Unida, a esta propuesta, que en otras ocasiones, no ha sido así, y ello debido al pacto que se mantiene con ellos, en la ciudad de Sevilla..

Seguidamente, se somete a votación la Propuesta relativa a modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por el servicio de  abastecimiento domiciliario de agua potable y otras actividades conexas al mismo:

Votos a Favor: 18(16 PSOE y 2 I.U)

Abstención: 3 (3 P.P.)

Seguidamente, se somete a votación la Propuesta relativa a modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por el servicio de depuración de aguas residuales:

Votos a Favor: 18 (16 PSOE y 2 I.U.)

Abstención: 3 (3 P.P.).

Visto todo lo cual, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley de Haciendas Locales, los señores miembros asistentes que el Ayuntamiento Pleno, acuerda por unanimidad, lo siguiente:

 Primero. Aprobar Provisionalmente la modificación de las Ordenanzas Fiscales que afectan a las siguientes Tasas:

 -Tasas por Abastecimiento domiciliario de Agua Potable y otras actividades conexas al mismo.

-Tasa por Depuración de Aguas Residuales.

 Segundo. Someter el expediente a trámite de información pública, durante el plazo de treinta días hábiles, mediante la inserción del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, Tablón de Edictos, y un periódico de los de mayor circulación de la provincia, al objeto de que puedan presentarse reclamaciones y sugerencias al mismo.

 En caso de que no se presenten alegaciones, el acuerdo provisional se considerará aprobado definitivamente.

 Tercero. Publicar el texto íntegro de las ordenanzas con sus modificaciones, si las hubiere, en el Boletín Oficial de la Provincia, para su entrada en vigor.

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