SAC
Servicio de Atención a la Ciudadanía

Ayuntamiento

Actividad de plenos

24/11/2017 PLENO ORDINARIO 24 DE NOVIEMBRE DE 2017

OCTAVO.- APROBACIÓN DOCUMENTO COMPLEMENTARIO DE LEVANTAMIENTO TOTAL DE LAS SUSPENSIONES DE LAS DETERMINACIONES DE LOS ÁMBITOS DEL PLAN Y ARTÍCULOS DE LAS NORMAS URBANÍSTICAS, CORRESPONDIENTES AL EXPEDIENTE DE REVISIÓN PARCIAL DEL PGOU DE LA RINCONADA

Por la Presidencia, expone que por acuerdo de Junta de Portavoces, se va a unificar el debate de los puntos octavo y noveno.

Por el Sr. Secretario General se da cuenta del dictamen de la comisión Informativa de Urbanismo, Movilidad, Medio Ambiente, Vivienda, Vía Pública, Parques y Jardines, Servicios Generales, Seguridad Ciudadana, Bomberos y Protección Civil, por la que se propone la aprobación del documento complementario al documento de levantamiento de suspensiones, redactado por el Sr. Arquitecto redactor, don Carlos López Cantos, para su unión al expediente de revisión parcial del Plan General para su adaptación al POTAUS de Sevilla. Igualmente se propone acordar que no se estima necesario la solicitud de informes sectoriales previos a su remisión a la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, así como a la inncesariedad de la publicación del presente acuerdo y del documento complementario en el Boletín Oficial de la Provincia, dada cuenta de su carácter no sustancial..

Por el Sr. Portavoz del Grupo Mixto, Don Angel Seisdedos Gavira, expone que estamos antes propuestas técnicas, y a la vista de las explicaciones dadas por la Sra. Arquitecta Municipal, en el seno de la comisión informativa, vamos a apoyar ambas propuestas.

Por el Sr. Portavoz del grupo municipal de Izquierda Unida, Don Antonio Torres Carnerero, explica que en una anterior sesión plenaria se aprobó el documento de aprobación provisional de la revisión parcial del PGOU, para adaptarla al POTAUS, sobre todo lo que afectaba a los Serafines y Los Labrados. En su momento, planteamos nuestras objeciones, respecto a las viviendas de protección oficial, y entendimos perfectamente los argumentos técnicos que se nos dio en su momento. Ahora estamos cumplimentando un requerimiento que se nos ha hecho desde la Consejería de Urbanismo, para subsanar en algunos casos unas deficiencias del acuerdo plenario, y en otras para aclarar algunas cuestiones del primer documento complementario. Por lo expuesto el voto sera favorable.

Por el Sr. Concejal del grupo municipal de La Rinconada si se puede, don Fernando La Chica Mera, expone que estamos ante una cuestión técnica, con una documentación extensa, y que ha conllevado un trabajo importante. Estamos adaptarnos nuestro planeamiento general a la normativa surgida por el planeamiento superior, como el Potaus, por ello nuestro voto sera favorable.

Por el Sr. Concejal Delegado de Urbanismo, Don Francisco Manuel Díez Pineda, agradece el posicionamiento favorable de los distintos grupos municipales a estas dos propuestas. En el pasado pleno del 16 de junio aprobamos tres documentos vinculados a la revisión parcial de nuestro planeamiento general para su adaptación al Potaus. El primero de ellos, era de subsanación, para la mejor aclaración del documento de revisión parcial, y que ha conllevado que el pasado tres de noviembre, se haya publicado en BOJA, el documento urbanístico de la revisión parcial de nuestro plan general del 2007, con lo cual el grueso de nuestro planeamiento urbanístico está ya aprobado y en vigor. El segundo documento que se aprobó fue el de levantamiento de la suspensión aprobada por la Comisión Territorial de Sevilla de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y cuyo documento complementario aclaratorio es lo que llevamos a aprobación en este plenario. El tercer documento que aprobamos era el relativo al de asentamientos urbanísticos en suelo no urbanizable.

Tras la aprobación de aquellos documentos urbanísticos, y tras mantener reuniones de trabajo con los técnicos de la Delegación Territorial, nuestros servicios técnicos han entendido requerir al Sr. Arquitecto, don Carlos López Cantos, la redacción de un documento complementario, al documento de levantamiento de suspensiones que aprobamos en junio, al objeto de clarificar dos cuestiones fundamentales, una relacionada con el sector de los Serafines, que se eximía en aquel acuerdo, la presencia de vivienda protegida, y por la cual se compensaba esa plusvalía generada, con un incremento del aprovechamiento público, pasando de esa propuesta, del 10 por ciento a un 13,45 por ciento. Ahora se indica con mayor claridad, como se calcula ese incremento de aprovechamiento. Respecto al sector de los Labrados, aclara cómo se reparte el aprovechamiento excedentario de dos de los tres sectores, para la obtención de los sistemas generales de espacios libres, parques, y los sistemas generales de equipamientos, suelo para dotaciones. Por parte de la Sra. Arquitecta municipal se informa de forma favorable al respecto así como del informe favorable de la Secretaría Municipal. Y en un segundo orden se propone que se declare innecesario de solicitar de nuevo los informes sectoriales previos ni de una nueva información, dada cuenta que se entiende salvaguardado todos los intereses públicos tutelados, y por ser un documento urbanístico no sustancial ni afectar a la regulación estructural del planeamiento.

En cuanto al documento del inventario de asentamientos urbanísticos en suelos urbanísticos, que es donde se recoge ese diseminado de los Serafines, atendemos a un requerimiento de la Delegación Territorial, en orden a que en el acuerdo plenario se indique lo que ya se decía en los informes técnicos de que se declare innecesario de solicitar de nuevo los informes sectoriales previos, dada cuenta que se entiende salvaguardado todos los intereses públicos tutelados.

Estos acuerdos serán trasladado a la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, para su aprobación definitiva, esperando que se produzca el próximo mes de diciembre. Posteriormente aprobaremos en este plenario, un texto refundido que aglutine estos dos documentos urbanísticos con el documento de la revisión del Plan General de 2007.

Tras el oportuno debate, seguidamente, se somete a votación esta propuesta, con el siguiente resultado.

Votos a favor: 20 (14 PSOE, 3 La Rinconada, Sí se Puede, 2 IU y 1 Grupo Mixto)

Visto que la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla en sesión celebrada el día 2 de marzo de 2017, adoptó el Acuerdo de aprobar definitivamente de manera parcial la Revisión Parcial del PGOU de La Rinconada para su adaptación al POTAUS, de acuerdo con el artículo 33.2.c) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, suspendiendo la aprobación de la parte restante del documento aprobado por el Ayuntamiento Pleno.

Visto que el Ayuntamiento Pleno aprobó el Documento de Levantamiento de Suspensiones en sesión ordinaria celebrada el 26 de junio de 2017.

Visto que los Servicios Técnicos municipales han entendido necesario que el Equipo Redactor de la Revisión Parcial, presente un Documento Complementario al Documento de Levantamiento de Suspensiones con el objeto de complementar y clarificar dos puntos incluidos ya en el Documento de Levantamiento de Suspensiones, y que como consecuencia de ello, se ha redactado el Documento Complementario al Documento de Levantamiento de Suspensiones que ha sido redactado por el arquitecto D. Carlos López Cantos, encargado de la Revisión Parcial del PGOU para su adaptación al Potaus.

En el citado documento complementario, se aclara respecto a la UE/UR-11 “Los Serafines” en el que se exime de la reserva de edificabilidad para viviendas protegidas, debiendo compensar las plusvalías generadas por dicha exención mediante el incremento de la cesión de aprovechamiento prevista en el art.10.1.A.b de la LOUA. En el Documento de Levantamiento de Suspensiones se incrementa el aprovechamiento de la cesión de aprovechamiento prevista en el art. 51.1.C.e LOUA, elevando la cesión del 10% al 13,345%. El Documento Complementario aclara de una forma más precisa cómo se realiza el cálculo de ese incremento de cesión, es decir, cómo se llega a la obtención del 13,345%, entendiendo el que suscribe que queda perfectamente claro las operaciónes aritmética realizada para obtener este porcentaje.

Igualmente para los sectores SUS/LB, en concreto para el SUS/LB-2 y 3 “Los Labrados”, que son dos sectores con aprovechamiento excedentario con el objeto de compensar el aprovechamiento subjetivo correspondiente a los propietarios de los Sistemas Generales incluidos, SGEL-4 y SGEQ-2. El Documento Complementario amplía la información, con la asignación específica de Sistemas Generales a dicho sectores, con carácter de directriz, en virtud del artículo 19.1.b) “Normas Urbanísticas, que deberán contener las determinaciones de ordenación y de previsión de programación y gestión, con el grado de desarrollo propio de los objetivos y finalidades del instrumento de planeamiento. Podrán tener el carácter de ordenanzas urbanísticas, así como efectuar la regulación por remisión a las correspondientes Normativas Directoras para la Ordenación Urbanística. Las Normas Urbanísticas serán vinculantes y de aplicación directa, pudiendo incorporar también directrices o recomendaciones de carácter indicativo”. Es decir los porcentajes que mas abajo se indican son con carácter orientativo pudiendo el ayuntamiento, previo informe técnico oportuno que se deberá incorporar al planeamiento de desarrollo, porque se utilizan otros porcentajes distintos. No obstante, la compensación a priori que se propone en el Documento Complementario y que se considera correcta por el técnico que suscribe, es: Sector SUS/LB-2 --→ 48,0579 % SGEL-4 --→ 100 % SGEQ-2 y Sector SUS/LB-3 --→ 51,942 % SGEL-4.

Como bien señala la arquitecta municipal dicha ampliación se debe incorporar en el apartado 2.3.2., página 17, entre la cuantificación de las determinaciones y el párrafo “Las siguientes condiciones actuales y de ordenación...” Además se incluyen en las Fichas, de las páginas 39 y 40, en las Observaciones del Cuadro de Ordenación de Carácter Pormenorizado Preceptivo.

VIsto que conforme al art. 32.1.3ª.2º párrafo LOUA, se informa por la Secretaría Municipal, que el Documento Complementario que se va aprobar, así como el Documento de Suspensiones no se afectan sustancialmente a determinaciones pertenecientes a la ordenación estructural , ni a intereses públicos tutelados por los órganos y entidades administrativas, por lo que no es necesaria la solicitud de nuevos informes sectoriales.

Visto todo lo cual, se acuerda por unanimidad de los miembros que compone el Ayuntamiento Pleno el siguiente acuerdo:

Primero.- Aprobar el Documento Complementario al Documento de Levantamiento de Suspensiones, redactado por el arquitecto D. Carlos López Cantos, para su unión al expediente de Revisión Parcial del PGOU para su adaptación al POTAUS.

Segundo.- Estimar no necesario la solicitud de informes sectoriales previos a su remisión a la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, así como la innecesariedad de la publicación del presente acuerdo y del Documento Complementario en el BOP, por no ser su carácter sustancial al no afectar determinaciones de ordenación estructural.

Tercero.- Dar cuenta del presente acuerdo a la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla.

Este sitio web usa cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y recoger información sobre su navegación. Si pulsa "aceptar" o continúa navegando consideraremos que admite el uso e instalación en su equipo o dispositivo. Encontrará más información en nuestra Política de Cookies.