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Ayuntamiento

Actividad de plenos

16/01/2006 PLENO ORDINARIO DE 16 DE ENERO DE 2006

PUNTO CUARTO. APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN DEL PROYECTO DE EXPROPIACIÓN DE LA UNIDAD DE EJECUCIÓN NÚMERO DIEZ.

 Por el Sr. Secretario, se da cuenta del dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, a propuesta del Instituto Municipal de Planeamiento y Suelo, por el que se propone la aprobación inicial de la modificación del proyecto de expropiación de la Unidad de ejecución número diez.

 Por el Sr. Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Don José Guerra Moreno, explica que en Noviembre de 2003, se aprobó de forma definitiva, el proyecto de expropiación de la Unidad de Ejecución número diez, proponiéndose la modificación de este proyecto, en cumplimiento de una Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en virtud de un recurso presentado por uno de los propietarios. Su voto va a ser favorable.

Por la Sra. Portavoz del Grupo Municipal Popular, Doña Virginia Pérez Galindo, explica que la unidad de ejecución, contemplaba la construcción de ocho viviendas, así como la ampliación del Ayuntamiento. A raíz de una Sentencia recaída en un recurso planteado por un propietario, se le otorga a éste, mayor aprovechamiento urbanístico, que el dispuesto en el plan general, por ello en la medida que el proyecto da cumplimiento a la Sentencia, su voto es favorable.

 Cierra el turno de intervenciones, el Sr. Concejal delegado de Urbanismo, Don Antonio González Rubio, explica que el Ayuntamiento cumple una Sentencia, por la que se le reconoce parcialmente las pretensiones de un propietario, en el sentido de que se otorga un mayor aprovechamiento urbanístico, no aceptando el Tribunal la pretensión del particular, que demandaba que no era procedente el sistema de expropiación, ni la calificación del suelo, que consideraba como suelo urbano consolidado. Con la ejecución de este sistema, el Ayuntamiento dispone de un patrimonio del suelo, en orden a la ampliación del Ayuntamiento.

 Seguidamente, se somete a votación, el citado acuerdo, con el siguiente resultado:

 Votos a Favor: 21 (16 PSOE, 3 P.P y 2 I.U).

 Visto que por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 17 de Noviembre de 2003, se aprobó el Proyecto de Expropiación de la Unidad de Ejecución número diez.

 Visto que con fecha de 2 de Abril de 2004, la sección cuarta de la Sala de los Contencioso-administrativo con sede en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, dictó Sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 632/2000, por varios propietarios del sector.

 Visto que del contenido de la Sentencia, se considera justificado el cambio del sistema de actuación de compensación por el de expropiación en la Unidad de Ejecución número 10, la clasificación del suelo como urbano no consolidado, la delimitación de la unidad de ejecución, y los usos previstos en la ficha. No obstante, estima parcialmente el recurso interpuesto, en cuanto a que el valor del aprovechamiento tipo debía ser de 0.74 u.a/metro cuadrado, en lugar de 0.5937 u.a/metros cuadrados, lo cual ha motivado la modificación del proyecto de expropiación antes referido, en orden a calcular y valorar los aprovechamientos expropiados conforme al nuevo aprovechamiento tipo indicado en la referida Sentencia.

 Visto que por el Sr. Arquitecto Municipal, se ha redactado modificado del proyecto de expropiación de la Unidad de Ejecución número diez, que se ajusta en sus determinaciones al cumplimiento de la Sentencia antes reseñada.

 Visto todo lo cual, se acuerda por unanimidad, de los miembros asistentes que componen el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:

 Primero. Aprobar  inicialmente la modificación del proyecto de expropiación de la Unidad de ejecución número 10, que fue aprobado  de manera definitiva, por acuerdo plenario de fecha de 17 Noviembre de 2003.

Segundo. Someter el expediente a trámite de información pública, por plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOP.

Tercero. Dar cuenta de este acuerdo a los expropiados, para el cumplimiento del trámite de alegaciones al expediente.

 Cuarto. Dar cuenta de este acuerdo al Sr. Interventor y al Sr. Tesorero, para su debido conocimiento y efectos oportunos.

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