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15/02/2006 PLENO ORDINARIO DE 15 DE FEBRERO DE 2006

PUNTO CUARTO. PROPUESTA DE CESIÓN DE USO A LA ASOCIACIÓN PEÑA SEVILLISTA DE LA RINCONADA.

Por el Sr. Secretario General, se da cuenta de dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, a propuesta del Instituto de Planeamiento y Suelo, por la que se  propone cesión de uso de parcela de titularidad municipal, sita en la avenida Francisco García de la Fuente, colindante con una parcela municipal del Plan Parcial Lomas del Charco,  a la Peña Sevillista cultural-recreativa, "Leal Graciani".

Por el Sr. Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Don José Guerra Moreno, expone que las administraciones públicas, y máxime la local, que es la administración más próxima al ciudadano,   debe dar respuesta a las necesidades que planten las asociaciones, en este  caso de búsqueda de local. En la Comisión Informativa se abstuvo, en la medida que solicitó una relación de solicitudes de asociaciones, pendientes de resolver, que demandaran locales sociales, así como copia de convenio firmado con el titular de la concesión del kiosco existente en la zona, y que ha de ser trasladado. Se ha entregado copia del convenio, pero no del listado de asociaciones que han solicitado local, pese a ello, vota a favor de esta petición, dada cuenta de la necesidad de plantearle una solución a la peña sevillista.

Por la Sra. Portavoz del Grupo Popular, Doña Virginia Pérez Galindo explica, que hace un año, esta asociación, solicitó la cesión de un local de titularidad municipal, para sede social. Ahora se propone la cesión de un solar, para que esta asociación construya en él, su sede local, siendo la cesión por tiempo de cuarenta años. En una sesión plenaria anterior, su grupo se abstuvo, respecto a la cesión de un local, a la agrupación local, del Partido socialista, al entender que la temporalidad de la cesión, era excesiva, por cuanto era una remodelación de la sede. Ahora se cede un terreno a la peña sevillista, por el mismo tiempo, para que se costeen desde sus bolsillos, la construcción del inmueble.

Por el Sr. Concejal delegado de Urbanismo, Don Antonio González Rubio, expone que el grupo Popular, tiene un doble discurso, no puede decir que se está hipotecando el suelo municipal, por cuanto entiende que es obligación de este Ayuntamiento, de compartir el patrimonio público del suelo, con los ciudadanos y las asociaciones,  bien mediante el  uso de infraestructuras municipales , o bien para ceder en uso, solares, donde poder ubicar su sede, y con ello impulsar las actividades que desarrollan estas asociaciones, en beneficio de la sociedad, como es este caso, significando que la peña sevillista de La Rinconada, es una asociación activa y consolidada, y que desarrolla actividades en beneficio de la colectividad, en cuanto al  Sr. Guerra, recuerda que en la Comisión correspondiente, dio instrucciones al Secretaría para que facilitaran dicho listado al Grupo Municipal IU-CA.

Por el Sr. Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Don José Guerra Moreno, expone que en su intervención, no ha querido expresar que haya ningún tipo de oscurantismo, en la decisión de la cesión del terreno,  simplemente ha manifestado que está pendiente de entrega de un listado de asociaciones, que han solicitado local.

Por la Sra. Portavoz del Grupo Popular, Doña Virginia Pérez Galindo, expone que su grupo está de acuerdo, con la necesidad de compartir con los vecinos y asociaciones, infraestructuras municipales, y cederle locales, lo único que expone, es que debe haber algunos criterios o parámetros, para adjudicar los locales, a las asociaciones que solicitan un local. Su grupo está de acuerdo con el fomento del asociacionismo.

Por el Sr. Concejal delegado de Urbanismo, Don Antonio González Rubio, expone que el parámetro utilizado con la agrupación local del Partido socialista, y la peña sevillista, ha sido la misma, atender dos peticiones, de local, ajustándose ambas cesiones, conforme a ley. Le explica al Partido Popular, que debería haber tenido la suficiente capacidad, para no sacar este tema, en este punto. Explica que la agrupación local del Partido socialista, disfruta de la cesión de un local municipal, desde 1979,  por acuerdo de un alcalde franquista, como fue Don Carlos Jiménez, ahora se le ha aumentado el plazo de cesión, por cuarenta años, por unas obras de adecuación del local, El plazo de cuarenta años, le trae malos recuerdo, por cuanto, le recuerda que al Partido socialista, y a los sindicatos, le fueron requisado por el régimen franquista, su patrimonio. Fue de justicia, que se le devolviera al Partido, el patrimonio requisado. Recuerda que el Partido Popular, tuvo su sede en un local, de titularidad municipal, y que ustedes devolvieron la llave, como Boadil. Ustedes conocerán de los motivos por las que rehusaron del local municipal.

Por el Sr. Alcalde, expone que la agrupación local de su Partido, dispone de sede en un local de titularidad municipal, desde su cesión por el alcalde franquista, Don Carlos Jiménez, en 1977, y que se ha venido utilizando durante  treinta años, desarrollando actividades. Igual oportunidad se le dió al Partido Popular, y que por problemas internos, rehusaron de la posesión del local municipal cedido, entregando las llaves a este Ayuntamiento. La peña sevillista de La Rinconada, que es una asociación histórica de la localidad, ha planteado una necesidad de disponer de un local, para seguir desarrollando sus actividades, al igual que plantearon en su momento la peña sevillista de San José de La Rinconada, o la peña bética, y a la que se dió respuesta. Las últimas asociaciones a las que se le ha cedido un local, ha sido las asociaciones deportivas, que disponen de un local, en el polideportivo, "Castañita". Recuerda que Izquierda Unida, en su momento no apoyó la cesión del terreno a la peña sevillista de San José, ahora sin embargo si apoya esta cesión. Esta cesión es acorde a derecho, y da respuesta a la demanda de local, planteada por esta asociación, que es un grupo humano ilusionado con el deporte. Es importante compartir el patrimonio municipal con estas asociaciones, que realizan actividades sociales, que benefician a todos, al igual, que se arbitran medios, para recuperar la posesión del suelo, en caso de incumplimiento del fin social del uso del local. Por último señala, que esta cesión, no altera la edificación de las viviendas proyectadas en el solar colindante, para ejecutar las  viviendas proyectadas en el Plan Andaluz de la Vivienda.

Seguidamente, se somete a votación, este acuerdo, con el siguiente resultado:

 Votos a Favor: 20 (15 PSOE, 3 P.P y 2 I.U).

Visto que el Ayuntamiento de La Rinconada, es propietario, de un bien patrimonial, de una parcela urbana, sita en la Avenida Francisco García de La Fuente, número 2A, inventariado.

Visto que el día 7 de Febrero de 2005, la Peña Sevillista Cultural Recreativa, "Leal Graciani", solicita a este Ayuntamiento, la cesión de un local, donde poder ubicar su sede social, dado el estado de deterioro del edificio donde se ubica actualmente y la demanda judicial planteada por el actual propietario del inmueble para que abandone su emplazamiento.

Visto lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 7/99, de Bienes de Entidades Locales de Andalucía, posibilita la cesión gratuita, con carácter temporal, de un bien patrimonial, previa tramitación de procedimiento, a entidades, o instituciones públicas para fines que redunden, en beneficio de los habitantes del término municipal. Y que igualmente podrán cederse a instituciones privadas, de interés público, sin ánimo de lucro, para el cumplimientos de aquellos fines.

Visto el Informe Jurídico del Sr. Secretario que obra en el expediente, y en uso de las competencias asignadas al Ayuntamiento Pleno en materia de bienes por la legislación vigente, se acuerda por unanimidad, de los miembros asistentes que componen el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:

Primero. Aprobar la cesión gratuita y temporal, por un periodo de 40 años, del  inmueble  de titularidad municipal, sito en calle Francisco García de la Fuente, a la asociación denominada "Peña Sevillista cultural recreativa "Leal Graciani", de La Rinconada, en tanto en cuanto cumpla con los objetivos a que va a ser destinado el bien inmueble.

Segundo. La cesión del local, comportará la obligación del cesionario, de mantener y conservar el mismo, y abonar los consumos de agua, luz, gas o cualquier otro suministro, y hasta la finalización del periodo de cesión, momento en que revertirá a la propiedad municipal, la posesión del inmueble, con las mejoras e instalaciones que se hayan ejecutados, sin indemnización alguna al cesionario.

Tercero. El destino del local, será  sede social de la asociación cesionaria,  en cuanto que su funcionamiento, es lo que se considera de interés público. No podrá cederse o subarrendarse por el cesionario a persona física ni jurídica alguna.

Cuarto. Autorizar al Sr. Alcalde, para la formalización del correspondiente contrato de cesión de uso.

Quinto. Dar cuenta de este acuerdo a la  Asociación Peña Sevillista cultural recreativa "Leal Graciani",  para su debido conocimiento y efectos oportunos.

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