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Servicio de Atención a la Ciudadanía

Ayuntamiento

Actividad de plenos

17/05/2021 PLENO ORDINARIO 15 DE ABRIL

TERCERO. - PROPUESTA NUEVA COMPOSICIÓN COMISIONES INFORMATIVAS.

Por el Sr. Secretario se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Política Económica, Desarrollo y Empleabilidad, relativa a la propuesta del Sr. Alcalde sobre nueva composición de comisiones informativas y demás órganos complementarios, a raíz de la necesaria participación del Sr. Concejal no adscrito en cada una, dando cumplimiento a las diversas Sentencias que interpretan el artículo 73 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local. Indicando que por su asistencia con voz y voto, tienen derecho a percibir las dietas en concepto de indemnización, como el resto de miembros de las comisiones.

Por el Sr. Concejal no adscrito, Don Luis Silva García, expone que hoy es 15 de abril, y por tanto hace 90 años, se proclamó la II República española, y que a los pocos años, unos brutos acabaron con la voluntad democrática del pueblo español, de construir un nuevo futuro. Nos impusieron una forma de vida, durante 40 años. Y eso no lo podemos evitarlo, pero podemos hacer una reflexión, y evitar que nos roben la memoria, y que nos digan que lo que paso, no paso.

En relación a la propuesta, me parece adecuado que se garanticen los derechos democráticos de los que han salidos electas en nuestras elecciones, más allá de la candidatura política con la que haya concurrido. Se debe garantizar pues los derechos de participación política, de información y de opinión. Por ello, me parece adecuado el acuerdo alcanzado con el resto de miembros del grupo mixto, pues facilita el correcto funcionamiento de estas sesiones plenarias. Hemos acordado que tenga el mismo tiempo de intervención que tenía asignado en el grupo mixto, pues me parece que no tiene sentido que tenga más tiempo que antes, por motivo de la burocracia.

Por el Sr. Concejal del grupo mixto popular, Don Juan Pedro Molina López, expone que estamos de acuerdo que el concejal no adscrito se le respete unos derechos que han resuelto por los Tribunales. Por lo tanto apoyamos que se incremente en un miembro más las comisiones informativas, para que tenga voz y voto el concejal no adscrito. Pero no veía adecuado que por el mero hecho de salir del grupo mixto, tuviera mayor tiempo de participación que nosotros. Consideramos que debía de disponer de tres minutos y medio, que era el tiempo que le correspondía dentro del grupo mixto, o que pudiera presentar mociones y dos ruegos y preguntas cada mes. Consideramos que con esa interpretación de la norma, se le estaría reconociendo mayores derechos políticos y económicos al concejal no adscrito que a los que tenía cuando estaba en el grupo mixto. Entendemos que los dos concejales del grupo mixto se vean perjudicado al tener menos derechos que el concejal no adscrito.

Se nos comunica que se va a respetar los tiempos de intervención plenaria, del Sr. Silva, tal copia tenía reconocido cuando pertenecía al grupo mixto, y por tanto apoyamos esta propuesta.

Por la Sra. Concejal del grupo mixto ciudadanos, Doña Elisabeth Niza Millán, expone que considero que todos los concejales, por el mero hecho de ejercer un cargo de concejal, tienen que tener unos derechos mínimos, para poder ejercer dicho cargo que ostenta. En el Reglamento Orgánico municipal existe una falta de regulación del concejal no adscrito, y solo se regula en la Ley reguladora de Bases de Régimen Local, en el que se indica que no puede tener más derechos económicos ni políticos que tenía respecto al grupo de procedencia. La jurisprudencia del Tribunal Supremo con del Tribunal Constitucional, lo que están intentando es reconocerle una serie de derechos, puesta figura ha estado vetada en cuando a derechos políticos y económicos, debido a la figura del antitransfugismo. Esta sentencias, están resolviendo que los concejales no adscritos, deben tener los mismos derechos que puede ostentar cualquier otro concejal, esto es se le debe reconocer el derecho que tiene todo ciudadanos a ejercer un cargo público de la función pública, recogido en el artículo 23.2 de la Constitución Española.

Pero tenemos un problema, cual es que este Ayuntamiento dispone de un reglamento orgánico de funcionamiento, que para formar un grupo municipal, debe obtenerse dos concejales cada candidatura, y esto entra contradicción con lo que indica el Sr. Secretario, en su informe, sobre los derechos del concejal no adscrito. En las dos ligas que tenemos, la primera y segunda división, y nosotros estamos en la segunda, al formar un grupo mixto con tres concejales de cada una de las candidaturas que sacaron un solo concejal en las últimas elecciones municipales, con lo cual tenemos que compartir los mismo derechos que tiene los grupos, entre tres miembros de distinta candidaturas. Por eso, lo que se plantea ahora, como se le va a dar a un concejal no adscrito, que no tenía antes de ese pase, capacidad de formar un grupo independiente, todo el tiempo que tiene el resto de grupos municipales de primera división, más ser adscrito a todas las comisiones informativas con voz y votos.

Considero que la interpretación del Sr. Secretario en su informe, que me merece todo el respeto, solo mira al “arbolito”, pero no al bosque. Y conllevaría que el concejal no adscrito tuviera más derecho que los dos miembros del grupo mixto, que es de donde provenía. Me extraña que las sentencias, quieran limitar los derechos de los demás, agrupándolo en un todo. Pero, además, no veo adecuado que los derechos políticos que ya tenía en el grupo mixto, mejoren con su pase a concejal no adscrito.

Hemos aclarado estas dudas de interpretación, y creemos que es democrático, dada cuenta la existencia de estas dos divisiones en el Reglamento Orgánico, y nuestro voto será favorable.

Por el Sr. Concejal del grupo municipal de Izquierda Unida, Don Ignacio Ruiz González, se suma a la reflexión del Sr. Silva sobre la necesidad de recuperar la memoria sobre la república, que fue un gobierno legítimamente elegido y quiero reconocer y honrar a todos los hombres y mujeres que lucharon contra la barbarie fascista que ocasionó el fin de esa República con una guerra civil.

En cuanto a la decisión del Sr. Silva García, de abandono del partido político sobre el que se presentó en las pasadas elecciones municipales, nada debemos decir, pues se trata de una decisión personal. Pero se nos dice en su escrito, que se han realizado los cambios organizativos y administrativos que fueren necesarios, para adaptarse a esta nueva situación y en segundo lugar la declinación de la responsabilidad de representar a la organización política “Podemos”.

En relación a esta propuesta, vemos que la decisión del Sr. Silva, de declinar la responsabilidad de representar a Podemos, en este Ayuntamiento, pero mantener el cargo de concejal, de forma individual, implica una alteración o falseamiento de la representación política, en cuanto una actuación desleal hacia la voluntad de los ciudadanos, manifestaron sus votos en las pasadas elecciones, a la organización política de “Podemos” y al programa electoral presentado. Ante esa situación, la única decisión correcta en cuanto al bien colectivo, sería que sería renunciar a su cargo de concejal y dejara paso al siguiente que designara su organización política, y con ello pudieran tener su representación en este Ayuntamiento. Es más importante primar los derechos colectivos que los individuales.

Ante la decisión del Sr. Silva, que ha coartado el derecho de participación de parte de la ciudadanía, se nos presenta una propuesta para aumentar el número de miembros que componen las comisiones informativas y así poder mejorar de los derechos económicos y políticos, del ahora concejal individual, pues ya no representa a ninguna organización, Sr. Silva.

En la propuesta se percibe con total nitidez que es un acuerdo compartido con el grupo socialista, y que saldrá adelante con su apoyo.

Ante la propuesta de aumentar los derechos de un concejal que ha falseado la voluntad ciudadana, se le pretende dar cobertura legal a un informe jurídico de la Secretaría Municipal, con el que no estamos de acuerdo y que vamos a estudiar jurídicamente. El amparo legal, que tiene el Sr. Silva, para quedarse con su acta de concejal, estaríamos primando los derechos individuales del mismo pero estaríamos coartando los derechos de los votantes de “Podemos”, a poder participar en este pleno. Pensamos que este punto no debería venir a este pleno, ya que automáticamente cuando el Sr. Silva, comunica que deja de pertenecer a su organización política, el Reglamento es muy claro, al pasar a ser no adscrito, no participaría en Junta de Portavoces, en los Patronatos ni en Soderin. Y además no puede aumentar, como se indica en el Reglamento, ni los derechos económicos ni políticos, que tuvieran anteriormente como miembro del grupo mixto. Ante esta decisión del Sr. Silva, se le va aumentar los derechos políticos y económicos. Se estaría recompensando el transfugismo o la no adscripción. Creemos que la propuesta de cambiar la propuesta aprobada en el primer pleno de organización, van en contra del Reglamento, al obtener más derechos. Se hace una interpretación de Sentencias que no es acorde con otras sentencias, como la del Tribunal Superior de Justicia de Madrid del contencioso, del 2018, en el sentido de no reconocer más derechos políticos y económicos respecto al concejal no adscrito y que abandona su grupo político. Nuestro Reglamento orgánico municipal no recoge la regulación del no adscrito, con lo cual para aprobar estas propuestas, debería antes de modificar ese reglamento.

Por la Sra. Portavoz del grupo socialista, Doña Raquel Vega Coca, expone que también mi grupo quiere hacer mención de la conmemoración de los noventa años, de la proclamación de la II República, y a los valores de concordia, progreso y de reforma que supuso este periodo histórico, reconociendo a todas las personas, que impulsaron, una sociedad más libre, y democrática, con reformas estructurales, que afectaron a los derechos sociales, culturales y a los derechos de los trabajadores. Estamos trabajando desde el área de Memoria democrática, para que no se escriba una postverdad y que no se pierda una parte importante de nuestra historia.

La intervención que me ha precedido, no es acorde con los valores de esa II República, pues existe muy poco respeto a la diferencia de pensamientos, pues la libertad de ideas y el derecho de los concejales de esta Corporación a tomar decisiones en bases a sus reflexiones y por ello debemos respetar esas decisiones. Y además se han dado situaciones similares, como la acontecida en la anterior legislatura, con el candidato del partido popular o en su día, con personas que integraron las listas de Izquierda Unida. Al respecto, esas corporaciones, respetaron esas decisiones y trasladaron esa decisión, en base a informes jurídicos, a su derecho de participación democrática en el seno de la organización municipal y del pleno. Por ello, pide respecto a esa decisión del Sr, Silva, cuya organización política estaba identificado respecto a lo que en su día representó el “15 M” y “podemos” que es diferente a los derroteros que tiene su actual organización política en la actualidad. Por ello no nos compete pronunciarnos sobre una decisión de un concejal que tiene legitimación democrática.

Respecto a la intervención del Sr. Ruiz, le preciso que “tránsfuga”, es una persona que cambia de partido político, y que no se da ahora, en este caso. No se trata de premiar o reconocer, sino simplemente de cabida a una situación de derechos, que sienta jurisprudencia del Tribunal Constitucional y que existe una legislación básica que lo regula. No nos compete a nosotros, establecer esa interpretación de esa normativa, para ello, están los servicios jurídicos, que han informado sobre esta situación y del mismo se desprende que se debe cumplir con la legislación vigente, y que se debe dar cabida en las comisiones informativas a un concejal no adscrito, al no pertenecer a ninguna organización política.

Hemos tenido con el grupo mixto, que es de donde provenía el Sr. Silva, una serie de reuniones, para precisar aspectos relativos al tiempo de las intervenciones plenarias, de la posibilidad de elevar ruegos y preguntas o mociones y que de alguna manera queda aclarado, para que los derechos de este concejal no superen a los derechos políticos que tenía, cuando pertenecía al grupo mixto.

Le aclara a la Sra. Niza, que todos los concejales somos de la primera división, pues defendemos los derechos de la ciudadanía de La Rinconada, y con independencia del número de concejales que tenga cada grupo. Y se ha demostrado en las comisiones y en todos los órganos municipales de representación, la posibilidad de participación de todos ustedes, para que puedan manifestar sus ideas y opiniones sobre los asuntos tratados. Han participado todos ustedes, con independencia de su derecho a participar en ellas, en función de su representación electoral. Agradezco la voluntad del grupo mixto en el acuerdo alcanzado.

Por el Sr. Concejal no adscrito, Don Luis Silva García, explica que nosotros no tenemos derechos económicos, sino una dieta, por asistir a los órganos colegiados.

Hemos alcanzado un acuerdo en Junta de Portavoces, con el grupo mixto y el grupo municipal socialista, pues la Ley no es precisa. Parece razonable, que me quede con el mismo tiempo de intervención en cada sesión plenaria, al que tenía asignado cuando pertenecía al grupo mixto. Este acuerdo nos valora a los que hemos alcanzado este acuerdo y beneficia a la democracia.

Le explica al Sr. Ruiz, que el cargo de concejal no existe, pues ser concejal, es una función. En cuanto a su petición de dejar el acta, permita que la organización política donde provengo, se manifiesten, pues para su conocimiento no me han pedido el acta, personalmente, ni en lo local ni en lo provincial. No existe aumento de derechos políticos, pues el derecho político, que tiene un concejal, es el tratamiento democrático, y el derecho político de un concejal no adscrito debe ser el mismo. Tránsfuga no es igual a concejal no adscrito, ni tampoco es igual el tránsfuga al indecente. Se es tránsfuga cuando uno se cambia de partido, por su propio interés. Y el no adscrito, es el sale de su organización política y el indecente, es el que miente o cobra una asignación sin venir a las sesiones, o mantener una función, sin desarrollarla.

La democracia, debe permanecer, esté uno dentro de un partido o no. Y esa es la conclusión y la interpretación a las que hemos llegado, y que se ajusta a la Ley.

Por el Sr. Concejal del grupo mixto popular, don Juan Pedro Molina López, expone que la Ley nos indica que el concejal no adscrito tiene que asistir a las comisiones informativas, se debe acatar. Así lo dice muchos tribunales. El problema nos viene de la redacción del R.O.F, que no pensó en esta figura.

Como ya se ha reconocido en el informe del Sr. Secretario, el reglamento orgánico municipal está obsoleto, y por ello sería necesario que la figura del concejal no adscrito se incorpore a este Reglamento, reconociéndole su asistencia a las comisiones informativas. Pero también se debe contemplar la no asistencia de un concejal a una sesión plenaria, pues no ve legal que una persona que lleva dos años sin asistir a ningún plenario, cobre 120 € mensuales.

Cuando una persona sale de concejal, por estar incluida en una candidatura, la ley nos dice que el acta, es personal, y si tiene problemas con su organización política, tiene derecho a devolver el acta o no devolverla. Y esto lo vivió el partido popular, en la anterior legislatura, donde el único concejal que dejó al mes, su organización política, seguía percibiendo los 120 € al mes, en concepto de grupo mixto. Y consideramos que quedarse con dinero que no le corresponde, es de sinvergüenza.

Por la Sra. Concejal del grupo mixto ciudadanos, Doña Elisabeht Niza Millán, expone que el tema de la primera o segunda división, sale del R.O.F, pues considera que para que exista democracia, se debe mirar el número de votos, y por eso, se le da a unos grupos políticos, unos derechos más que otro, pues se exige un número mínimo de votos.

Este pleno, desde primera hora, nos dio la potestad discrecional, no prevista en la Ley, para que podamos asistir a todas las comisiones informativas, aunque no seamos miembros, y eso lo he agradecido, porque nos da la posibilidad de debatir antes de las sesiones plenarias. Y el dictamen de la comisión, es preceptivo y no vinculante, con lo cual nos permite obtener información previa, para resolver dudas, antes del pleno. Es una garantía de democracia, para poder ejercer nuestras funciones. Y esto se ha extendido ahora para que el concejal no adscrito, pueda asistir sin voto, a las sesiones de los Patronatos municipales.

Por el Sr. Concejal del grupo municipal de Izquierda Unida, Don Ignacio Ruiz González, indica a la Sra. Vega, que no hemos manifestado que no respetemos los derechos del Sr. Silva, pues ha sido una decisión personal de no pertenecer a una organización política. Si he dicho que primamos, los derechos colecta los particulares. En cuanto a la legalidad, no siempre coincide con lo justo y lo correcto. Y tenemos claros ejemplos, como la inviolabilidad del Rey o el caso de torturadores, como el “Billy el niño”, no ha podido ser juzgado en este país, o el caso de Martín Villa, que ordenó la matanza de Vitoria en 1977, que tampoco pudo ser juzgado.

Hemos dicho, que cuando el Sr. Silva, representaba a una organización política, tenía unos derechos, y ahora que va a representarse individualmente y no a su organización de origen, se le va aumentar su participación en las comisiones informativas. En el propio informe jurídico, se dice, que tendrá voz y voto, en las comisiones a las que pertenece, y por tanto no se le está quitando ningún derecho, pues antes pertenecía a una serie de comisiones.

Nuestro grupo municipal al inicio del mandato, valoramos adecuadamente que los concejales del grupo mixto tuvieran participación en las comisiones, con voz, y lo argumentamos en que se favorecía, la participación política y asi ha funcionado hasta ahora.

En el informe jurídico se deja claro de que el Reglamento Orgánico tiene un vacío legal, referente al concejal no adscrito, y consideramos que ante esta circunstancia, se debe acudir a la normativa superior, y tenemos una Sentencia del año 2020, que fija doctrina, que nos indica que quien pasa a concejal no adscrito, no puede asumir mejoras en sus derechos políticos o económicas. Si el Sr. Silva comunica el abandono de su formación política, debería haber estudiado las consecuencias que ello acarrea, esto es pierde una serie de derechos y no puede aumentar en otros. Se intenta compensar la pérdida de ser miembro de los Patronatos y en la empresa pública, aumentando la participación, en las comisiones informativas. Consideramos que existe una discriminación positiva, con respecto al grupo mixto, pues ellos, no pueden participar, con voz y votos, en todas las comisiones informativas. Por ello, no estamos de acuerdo, con esta propuesta.

Por la Sra. Portavoz del grupo municipal socialista, doña Raquel Vega Coca, expone que estamos ante un punto de trámite, sobre la organización de los políticos, en las comisiones y en los plenos, fuera a generar tanto debate.

Le he dicho en mi intervención, que la postura del Sr. Ruiz en este asunto, ha sido retorcida y fuera de los valores de lo que significó la II República, y como prueba de esto, nos ha manifestado “ha coartado el derecho de participación de sus votantes” o “a falseado la voluntad de la ciudadanía”. Son aseveraciones, poco respetuosa. El mayor derecho político que puede tener un concejal, y más en estos tiempos de pandemia, es venir a este pleno y a las comisiones a defender sus propuestas y mejoras para la ciudadanía de este pueblo. Por eso, le hace la pregunta, de quien verdaderamente no estará coartando la participación y la confianza de sus votantes, si el Sr. Silva, que no ha faltado a ninguna sesión plenaria, desde que se inició esta legislatura, o su compañera de grupo, que lleva casi dos años, con una situación absolutamente extraordinaria, sin dar explicaciones por el motivo de no acudir a ninguna sesión plenaria. Por ello pregunten a los votantes de Izquierda Unida, si quisieran que el cincuenta por ciento de su representación, no acudiera a los plenos, a llevar la voz a esta institución. Me consta personalmente, que mucha personas de su partido político se hace esa pregunta.

Nos dice en su argumentario, la defensa de los derechos colectivos sobre individuales, y me parece que con ese ejemplo que le he dado, los derechos particulares se anteponen a los derechos colectivos.

Deduzco de sus palabras, que también se ha expresado en redes sociales, que ante el anuncio de una persona, que ha adoptado bajo su libertad, el poco respeto, que es impropio de un concejal de esta Corporación. Ustedes no predican con el ejemplo, para intentar dar trigo. No engañan a nadie.

Aclara, que se trata de un concejal, que en su libertad, decide no continuar con miembro de una organización política, y al respecto se emite un informe por los servicios jurídicos, de como se debe regular esa situación, en base al Reglamento Orgánico y la legislación básica, y en el mismo informe se indica que esta situación no puede conllevar más derechos económico, pues este concejal no percibe retribuciones, sino que percibe son indemnizaciones por asistencia a comisiones. Se indica que en el informe que debe estar en las comisiones informativas, pero no en los Patronatos o en la empresa pública, al no formar parte de ningún grupo municipal.

Y hemos adoptado una decisión, por calidad democrática, que con independencia del derecho o titularidad en esos organismos autónomos o comisiones, que todas las organizaciones políticas representadas en este Ayuntamiento incluido el concejal no adscrito pueda tener presencia en el seno de las mismas, para llevar la voz de los vecinos a lo que representan. Y quien no está, es porque no viene.

De eso se trata el punto, de ordenar y ajustarse al derecho ante una situación que ya se ha producido con anterioridad en la Corporación.

Por el Sr. Secretario interviene en aras a aclarar el sentido de la Sentencia del Tribunal Supremo, sala de lo Contencioso Administrativo sección cuarta, de 26 de octubre de 2020, en el que se indica sobre la interpretación del artículo 73.3.3º de la LRBRL que las limitaciones que impone al concejal no adscrito no puede afectar a los derechos políticos y económicos ligados al ejercicio del mandato representativo otorgado, por los electores como concejal electo. Y por el contrario el pase a la condición de concejal no adscrito como consecuencia o por razón de un supuesto de transfuguismo, si impide que se asuman cargos o que perciban retribuciones que antes no ejercía o percibía e impliquen mejoras personales, políticas o económicas. Queda excluida de esta limitación la incorporación a las comisiones informativas.

Por lo expuesto esa Sentencia, bajo ningún concepto impide que el Sr. Silva García, en su condición de concejal no adscrito, sea miembro de cada una de las comisiones informativas de este Ayuntamiento. Cualquier limitación de su pertenencia en alguna de ellas, podría acarrear la interposición de un recurso contencioso administrativo por vulneración del derecho fundamental al cargo estipulado en el artículo 23 de la Constitución, por parte del interesado.

Por el Sr. Alcalde, agradece la explicación dada por el Sr. Secretario sobre el derecho del concejal no adscrito en las comisiones informativas, según la Sentencia del Tribunal Supremo, al que aludido, mostrando mi reconocimiento y respecto a los servicios jurídicos de la Secretaría de la Casa. Se siente orgulloso y los vecinos tienen la suerte de tener sentado en el cargo de Secretario, al Sr. Roncero Vilarrubí.

Como nos dice la Sra. Vega, en su intervención, se trata de una situación planteada por un concejal que abandona su organización política, y que no es la primeva vez, que se produce en esta Corporación, como fue el caso de Izquierda Unida, hace años, y se le dio una solución parecida a la ahora planteada, sin que nadie pusiera en tela de juicio aquella propuesta de participación. Aquella persona se cambio de organización política, hacia un partido de nueva creación, y no hubo este debate que ahora se está dando. Simplemente se respecto la decisión personal adoptada por el concejal y se le permitió lo mismo que ahora se le permite al Sr. Silva, como cargo electo. Nadie lo acusó de transfuguismo y no se puso en tela de juicio ningún informe jurídico. Se elevó a un miembro, el número de asistentes en las comisiones y no se perjudicó a ninguna fuerza política. Creo que este debate que se ha seguido aquí de cerca de una hora, más lo debatido anteriormente desde el pasado Lunes, puede conllevar que la ciudadanía piensen que se están dedicando hablar de cosas de políticos, con 350 casos de incidencia acumulada de contagios por covid en 14 días y con numerosos problemas generados por la crisis sanitaria, social y económica que están padeciendo muchas personas. Tenemos que estar preocupados en adoptar medidas para salir de esta crisis.

Ya es la tercera vez, que Izquierda Unida, pone en tela de juicio, un informe del Sr. Secretario General, y que van a estudiar jurídicamente el tema, lo deja en el aire, y nunca plantea la alternativa jurídica al informe de secretaría. Plantean una “amenaza velada” y lo que hacen es atacar ese informe, aludiendo a que existe una connivencia ´con el grupo socialista. Y eso para nada se ha producido. Nos parece una osadía, pronunciarse sobre una decisión personal de alguien que está dentro de una organización política, y ha decidido su abandono. Tiene que ser muy complicado desde todo punto de vista la decisión personal que ha adoptado el Sr. Silva. Los demás debemos respetar su decisión y callarnos. No pueden confundir esta decisión personal a un caso de transfuguismo.

Hemos seguido las indicaciones del Sr. Secretario, sobre la situación legal que tiene el concejal no adscrito en nuestra Corporación. Nos indica que derechos le asisten.

Tampoco entiendo la postura del grupo mixto, pues ninguno de sus derechos se ven limitados, con el pase de uno de sus miembros a no adscritos. Van a tener más tiempo de intervención sus dos integrantes y van a tener mayor presencia en las comisiones y Patronatos, al reducirse su número de tres a dos. No se puede reabrir el debate de plantear grupos municipales de un solo miembro, pues es un debate que debe plantearse al inicio de la legislatura, con ocasión del pleno de organización. No todos los Ayuntamientos reconocen el grupo unipersonal. En el Congreso, las candidaturas electorales que no alcanzan cinco diputados, no tienen derecho a formar grupo y pasan al mixto. Parece lógico que en este Ayuntamiento no existan cinco grupos municipales, de los que tres, serían unipersonales.

Según lo manifestado por el Sr. Ruiz, parece que la intervención de todos los concejales, con voz pero sin votos en todas las comisiones informativas no ha sido por una voluntad política del grupo municipal mayoritario, para que todos ustedes participen lo más posible, para enriquecer el debate, ganando la pluralidad política del municipio. Hemos otorgado al grupo mixto, más derechos de lo que tenían. Y tienen que agradecer que el concejal no adscrito esté renunciando a derechos que le corresponde según el informe jurídico del Secretario. Yo, estoy en desacuerdo con la normativa, que debería revisarse conforme a sentencias judiciales. Pero en aras a mantener un buen clima democrático en este plenario y haciendo abstracción de lo que le ha ocurrido en su organización, a renunciado a una serie de derechos que le correspondían.

Valoro positivamente, que exista un acuerdo que entiendo que no era necesario. Lo que se trata es una reorganización de las comisiones informativas, por la nueva situación de concejal no adscrito, del Sr. Silva, al que le desea suerte y que siga aportando su sabiduría y experiencia a esta Corporación. Espero que los problemas internos de anterior organización política se solucione por el bien del pluralismos democrático del municipio.

Tras el oportuno debate, seguidamente, se somete a votación la citada propuesta, con el siguiente resultado:

Votos a Favor: 17 (14 PSOE, 2 grupo mixto y 1 Concejal no adscrito)

Voto en contra: 1 (1 I.U.)

Visto que por acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 21 de junio de 2021, se aprobó la creación de las Comisiones Informativas Permanentes, con un total de nueve miembros cada una de ellas, siete de los cuales pertenecerán al grupo socialista, uno al grupo Izquierda Unida y uno al grupo mixto.

Las comisiones informativas existentes en este mandato corporativo 2019-2023, son las siguientes:

-COMISIÓN DE POLÍTICA ECONÓMICA, DESARROLLO Y EMPLEABILIDAD. Engloba las Delegaciones de Economía, Hacienda, Empleo y Formación, Innovación, Comercio y Agroindustria y Vivienda.

-COMISIÓN INFORMATIVA DE URBANISMO SOSTENIBLE, MICROPOLÍTICA Y SEGURIDAD. Engloba las Delegaciones de Hábitat Urbano, Movilidad, Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Nuevos Desarrollos Urbanos y Empresariales, Servicios Generales, Seguridad Ciudadana, Tráfico y Bomberos y Protección Civil.

-COMISIÓN INFORMATIVA DE EDUCACIÓN, IGUALDAD Y POLÍTICA SOCIAL. Engloba las Delegaciones de Bienestar Social, Salud, Educación, Igualdad y Mayores.

-COMISIÓN INFORMATIVA DE CULTURA, JUVENTUD Y RECURSOS HUMANOS. Engloba las Delegaciones de Cultura, Memoria Histórica, Fiestas Mayores, Juventud, Cooperación Internacional, Recursos Humanos y Gobierno Interior.

-COMISIÓN INFORMATIVA DE RUEGOS Y PREGUNTAS.

-COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS.

-CONSEJO MUNICIPAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA.

-CONSEJO MUNICIPAL DE DERECHOS SOCIALES.

Visto que el Sr. Concejal de este Ayuntamiento, Don Luis Silva García, por escrito presentado por registro de entrada número 9136/2021, de fecha 17 de marzo de 2021, da a conocer el abandono de la organización política por la que se presentó en las últimas elecciones municipales celebradas el 26 de mayo de 2019:

Visto que el artículo 73.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LA LEY 847/1985). se establece que a efectos de su actuación corporativa, los miembros de las corporaciones locales se constituirán en grupos políticos, en la forma y con los derechos y las obligaciones que se establezcan con excepción de aquéllos que no se integren en el grupo político que constituya la formación electoral por la que fueron elegidos o que abandonen su grupo de procedencia, que tendrán la consideración de miembros no adscritos.

Visto el Informe jurídico del Sr. Secretario, en el que se concluye lo siguiente:

“Por todo lo expuesto, sería necesario modificar el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria, el día 21 de Junio de 2019, sobre el número de miembros componentes de las comisiones informativas, comisión especial de Cuentas, ruegos y preguntas, consejo sectorial de Servicios Sociales, y consejo municipal de participación ciudadanas, en aras a dar cabida al concejal no adscrito en el seno de cada una de esas comisiones”.

Dichas conclusiones se basan en Sentencias del Tribunal Constitucional, que avalan la necesidad de que los concejales no adscritos participen con voz y voto en el seno de las comisiones informativas, para garantizarles su derecho constitucional al ejercicio de un cargo público elegido democráticamente, artículo 23 de la Constitución Española.

Por todo lo cual, se acuerda por mayoría absoluta legal de los miembros que compone el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:

Primero. Modificar el número de miembros que componen las Comisiones Informativas Permanentes, comisión especial de Cuentas, Ruegos y Preguntas, Consejo Sectorial de Servicios Sociales, y Consejo Municipal de Participación Ciudadana, con un total de diez miembros cada una de ellas, siete de los cuales pertenecerán al grupo socialista, uno al grupo Izquierda Unida, uno al grupo mixto y uno a concejal no adscrito.

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