15/06/2022 PLENO ORDINARIO 23 DE MAYO DE 2022
CUARTO.- APROBACIÓN INICIAL EXPEDIENTE MODIFICACIÓN DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO GESTDOC 9555/2022.
Por el Sr. Secretario General se da cuenta de dictamen favorable de la comisión informativa de Política Económica, Desarrollo y Empleabilidad, por la que se propone aprobación inicial del expediente de modificación presupuestaria por suplemento de créditos GEST-DOC 9555/2022 por cuantía de 1.495.385,16 €, para complementar los siguientes programas; Apoyo municipal a los usuarios del servicio del taxi desde La Rinconada al centro de Salud y de La Jarilla Residencial al núcleo Urbano; PFEA 2021, acabado nave 2 del centro multidisciplinar (nueva sede de servicios generales); PFEA 2021, Acabado de nave de oficios (nueva sede de servicios Generales).
Este expediente se financia íntegramente a cargo del remanente de tesorería para gastos generales, aplicación 87000.
Tras el oportuno debate, Seguidamente, se somete a votación la citada propuesta con el siguiente resultado:
Votos a Favor: 19 (16 PSOE, 1 I.U, 1 grupo mixto y 1 concejal no adscrito)
Visto todo lo cual, se acuerda por unanimidad de los miembros asistentes que componen el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar inicialmente el expediente de modificación presupuestaria por suplemento de crédito, GEST-DOC 9555/2022 por cuantía de 467.966,86 € , para el suplemento de los siguientes créditos:
APLICACIONES DENOMINACIÓN DEL GASTO PRESUPUESTO
0403 44120 2260204 ACCIONES DE APOYO SECTOR DEL TAXI 53.968,60 €
FINANCIACIÓN
87000 RTGG 53.968,60 €
APLICACIONES DENOMINACIÓN DEL GASTO PRESUPUESTO
0301 15330 6224121 PFOEA ESTABLE 2021/2022 141.515,47 €
FINANCIACIÓN
87000 RTGG 141.515,47 €
APLICACIONES DENOMINACIÓN DEL GASTO PRESUPUESTO
0202 24120 6224221 PFEA 2021, GARANTIA DE RENTAS 2021/2022 272.482,69 €
FINANCIACIÓN
87000 RTGG 272.482,69 €
Segundo.- Someter el expediente de modificación presupuestaria por suplemento de crédito, GEST-DOC 9555/2022 por cuantía de 467.966,86 €, durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, al objeto de que pueda ser examinado, y en su caso, presentarse las reclamaciones y sugerencias que estime oportunas, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 en relación al artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Ley 39/88, de 28 de Diciembre, reguladora de las Haciendas Locales
Tercero.- En caso de que no se presenten alegaciones ni sugerencias, durante el trámite de información pública, el presente acuerdo, se entenderá aprobado definitivamente.
Cuarto.- Dar cuenta de este acuerdo al Sr. Interventor y al Sr. Tesorero, para su debido conocimiento y efectos oportunos.