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Actividad de plenos

15/03/2005 PLENO ORDINARIO 15 DE MARZO DE 2005

PUNTO SEXTO. APROBACIÓN DEFINITIVA DE PROYECTO DE ACTUACIÓN DE COMERCIALIZACIÓN DE SEMILLAS, PROMOVIDOS POR DAMALISCO Y APROBACIÓN DE CONVENIO.

Por el Sr. Secretario, se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo, a propuesta de Instituto de Planeamiento y Suelo, por la que se aprueba el Proyecto de Actuación de comercialización de semillas, promovido por la empresa mercantil Damalisco S.L, y su correspondiente convenio.
 
Por el Sr. Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Don José Guerra Moreno, expone que el expediente se ha tramitado con arreglo a la normativa vigente, existiendo un informe favorable de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo. para la implantación en suelo no urbanizable común, de esta actividad de comercialización de semilla, para lo cual se va a acondicionar y ampliar la nave existente de 22 mil metros cuadrados. En el informe se detallaba que no  se especifica las obligaciones y compromisos que debe asumir el promotor, que si vienen contemplado en el convenio que se incorpora al expediente. No está de acuerdo, al considerar que este comportamiento es una falta de respeto a los grupos de la oposición, que se lleve a aprobación plenaria, un convenio ya firmado, por lo que el pleno, sólo ratifica lo ya firmado. Considera que lo más adecuado es supeditar la firma, a la previa aprobación plenaria. No obstante está de acuerdo con el contenido del convenio y el proyecto de actuación.
 
Por la Sra. Concejal del grupo Popular, Doña Virginia Pérez Galindo, está a favor de la aprobación del proyecto de actuación, y del correspondiente convenio, en donde se recoge los compromisos del promotor, considerando que no se falta el respeto a su grupo, el hecho de que el convenio venga firmado, por cuanto la cláusula quinta del convenio, supedita la validez del convenio a la ratificación plenaria. En su opinión, el equipo de gobierno, debe tener más libertad, para adoptar sus decisiones, no siempre se puede esperar, a aprobar estos asuntos, en los plenos.
 
Por el Sr. Concejal delegado de Urbanismo, Don José Manuel Alcauza Núñez, se explica que el proyecto de actuación, se lleva a cabo en las antiguas instalaciones, de una empresa del mismo sector económico al que plantea instalarse, en una parcela de 22 mil metros cuadrados, siendo la actividad pues adecuada a la nave existente. Consta el informe favorable de la Comisión provincial de Ordenación del Territorio, así como el convenio formalizado con la promotora, en donde se contempla los compromisos y obligaciones asumidas, entre ello una compensación económica, que va a ir destinada a los usos descritos del patrimonio municipal del suelo. Considera que no existe falta de respeto con la oposición, por cuanto en el convenio, consta una cláusula, que supedita la validez del convenio, a su ratificación plenaria, habiendo ingresado la mitad del importe de la compensación, y la otra mitad, una vez aprobado el mismo, por esta sesión plenaria.
 
Por el Sr. Concejal delegado de Medio Ambiente, Don Antonio González Rubio, considera penoso, que el partido popular, esté más próximo en su postura con el equipo de gobierno, que Izquierda Unida, quien intenta paralizar la acción de gobierno, con su metodología y directrices políticas.
 
Por el Sr. Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Don José Guerra Moreno, se alegra de no coincidir con los planteamientos del grupo popular, considerando una falta de respeto, el que se lleve a aprobación un convenio, ya firmado, en ningún momento, su grupo ha querido paralizar la acción de gobierno. Se podría haber negociado con el promotor las condiciones del proyecto, a la espera de su firma, una vez se viera en la sesión plenaria, y tras el estudio en la comisión informativa.
 
Por la Sra. Concejal del Grupo Popular, Doña Virginia Pérez Galindo, indica que coincidir con el grupo popular, no es tan malo, y máxime cuando tiene el respaldo de nueve millones de votantes su partido, algo que no tiene su grupo. Se debe dar facilidades al equipo de gobierno, para gestionar y llegar acuerdos con particulares, siempre que se dé la oportuna información.
 
Cierra el turno de intervenciones, el Sr. Concejal delegado de Medio Ambiente, Don Antonio González Rubio, explica que el informe del Sr. Secretario, da luz verde al proyecto de actuación, a su tramitación, y a la aprobación del convenio. Recuerda que según el convenio, el mismo no tiene validez, hasta su ratificación por este plenario, por lo que en nada se le ha faltado el respeto al grupo municipal de izquierda Unida.
 
Seguidamente, se somete a votación, el citado acuerdo, con el siguiente resultado:
Votos a Favor: 20 (15 PSOE, 3 P.P y 2 I.U).
Visto el informe jurídico del Sr. Secretario, cuyo tenor literal es el siguiente:
 
 ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Que por acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, de fecha de 29 de Octubre de 2004, admitió a trámite la solicitud del promotor, Damalisco Sociedad Limitada,   para promover en suelo no urbanizable, Carretera Nacional Cuarta, Kilómetro 531,  una actividad de comercialización de semillas
 
Segundo. Que sometido el expediente a información pública durante veinte días hábiles, a contar desde la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, nº 268, de 18 de Noviembre de 2004, no se han presentado alegaciones.
 
Tercero. Que por parte de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas, se emite informe en virtud de lo dispuesto el artículo 43.1.d) de la Ley 7/2002, de 17 de Diciembre, informando que el interés público se puede justificar en el artículo 42 de la Ley //2002, de 17 de Diciembre de Ordenación Urbanística cumpliendo la normativa urbanísticas. No obstante establece que el expediente deberá cumplir con lo  dispuesto en el artículo 42.5 la LOUA.
Se hace constar que en el expediente, contiene  convenio urbanístico, que recoge todas las determinaciones del artículo 42.5 de la LOUA.
Cuarto. Que por el Sr. Arquitecto Municipal, informa favorablemente la implantación de la actividad en suelo no urbanizable.
 
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. Los Artículos 42 y 43 de la LOUA, determina el régimen de las actuaciones de interés público del suelo no urbanizable.
Se estipula que son actuaciones de interés público en terrenos que tenga el régimen del suelo no urbanizable las actividades de intervención singular, de promoción pública o privada, con incidencia en la ordenación urbanística, en las que concurran los requisitos de utilidad pública o interés social, así como la procedencia o necesidad de implantación en suelos que tengan este régimen jurídico. Dicha actuación habrá de ser compatible con el régimen de la correspondiente categoría de este suelo y no inducir a la formación de nuevos asentamientos.
Dichas actuaciones pueden tener por objeto la realización de edificaciones, construcciones, obras e instalaciones, para la implantación en este suelo de infraestructuras, servicios, dotaciones o equipamientos, así como para usos industriales, terciarios, turísticos no residenciales u otros análogos.
Segundo. En el artículo 42.5 se establece las determinaciones que debe contener el Proyecto de Actuación.
Tercero. El Artículo 43 de la LOUA, se establece el procedimiento para la aprobación  del proyecto de actuación, estableciendose la competencia del Ayuntamiento Pleno, para aprobar o denegar el Proyecto de Actuación, una vez que se someta a trámite de información pública el expediente, y se obtenga el informe de la Consejería competente en materia urbanística, que tiene carácter de perceptivo, pero no vinculante.
 
A la vista de todo lo expuesto, se formula la siguiente propuesta de resolución:
Primero. Aprobar el Proyecto de Actuación de interés público en suelo no urbanizable, promovido por el promotor, Damalisco S.L, para promover en suelo no urbanizable, una actividad de comercialización de semillas. La parcela afectada está ubicada en la Carretera Nacional cuarta, kilómetro 531.
Segundo. Aprobar  el convenio que obra en el expediente, a formalizar con el promotor regulador de los compromisos asumidos entre las partes en la tramitación y desarrollo del Proyecto de Actuación de interés público en suelo no urbanizable, inscribiendo el mismo, en el Registro Municipal de Convenios Urbanísticos.
Tercero. Dar cuenta de este acuerdo a la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Pública y Transportes, y a la empresa promotora para su debido conocimiento y efectos oportunos.
 
Visto todo lo cual, se acuerda por unanimidad de los miembros que componen el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar el Proyecto de Actuación de interés público en suelo no urbanizable, promovido por el promotor, Damalisco S.L, para promover en suelo no urbanizable, una actividad de comercialización de semillas. La parcela afectada está ubicada en la Carretera Nacional cuarta, kilómetro 531.
Segundo. Aprobar  el convenio que obra en el expediente, a formalizar con el promotor regulador de los compromisos asumidos entre las partes en la tramitación y desarrollo del Proyecto de Actuación de interés público en suelo no urbanizable, inscribiendo el mismo, en el Registro Municipal de Convenios Urbanísticos.
Tercero. Dar cuenta de este acuerdo a la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Pública y Transportes, y a la empresa promotora para su debido conocimiento.

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