17/04/2006 PLENO ORDINARIO DE 17 DE ABRIL DE 2006
PUNTO QUINTO. TOMA EN CONSIDERACIÓN DE MEMORIA SOBRE PARTICIPACIÓN SOCIAL EMASESA.
Por el Sr. Secretario General se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo, por la que se toma en consideración la Memoria redactada por la Comisión de Estudio, en lo relativo al aspecto social, jurÃdico, técnico y financiero de la actividad económica de la prestación de los servicios de abastecimiento de agua potable y alcantarillado, mediante la participación en el capital social de la empresa EMASESA, mediante la suscripción de las nuevas acciones que se emitan y en correspondencia con los porcentajes de participación descritos en la Memoria.
Por el Sr. Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Don José Guerra Moreno, expone que el pasado 15 de Julio de 2005, se acordó por el Ayuntamiento Pleno, la instrucción de un expediente para constituir una entidad mercantil metropolitana, para prestar los servicios de abastecimiento de agua potable y depuración y vertidos de aguas residuales, ampliando el capital social de Emasesa, nombrando al efecto una comisión técnico y polÃtica para redactar una Memoria justificativa. Desde Izquierda Unida se valora positivamente la Memoria redactada por los técnicos de la Casa y Emasesa, y da el visto bueno a la aprobación inicial del expediente, que va a conllevar una mejora en la calidad de los servicios públicos y en la estabilidad de los trabajadores de EMASESA.
Por la Sra. Portavoz del Grupo Popular, Doña Virginia Pérez Galindo, expone que con la aprobación de este expediente, se va a participar en el capital social de EMASESA, y con ello se va tomar parte del consejo de administración, y ser partÃcipe de las decisiones que se adopten. La Memoria analiza los aspectos jurÃdicos, financieros, técnicos y económicos, asà como los Estatutos que van a regular la sociedad metropolitana. La participación de este Ayuntamiento, en función de su población y servicios que va prestar la nueva sociedad, es del 2.61 por ciento. La aportación municipal será la concesión del uso de las instalaciones, por lo que no supone gasto alguno para la Hacienda, el aumento del capital social. Pregunta sobre el grado de participación de este municipio en el consejo, pues asà como viene reflejado dicha participación en la Junta General, no en el consejo, en el que tan sólo se dice que participaran 7 Alcaldes.
Por el Sr. Alcalde, se informa que el 70 por ciento del capital social, será controlado por el Ayuntamiento de Sevilla.
Por el Sr. Concejal delegado de Medio Ambiente, Don Antonio González Rubio, expone que el Ayuntamiento de La Rinconada, ha participado en el consejo de administración de EMASESA, como un acto graciable del Ayuntamiento de Sevilla, ahora se va a participar como accionista, y dado el peso de este municipio, tendrá un representante en el consejo. El 70 por ciento del capital social corresponderá al Ayuntamiento de Sevilla. En el consejo también existe representación de los trabajadores de la empresa. Es el primer Ayuntamiento que adopta este acuerdo, y tras nosotros irá el resto de Ayuntamientos del área metropolitana, cediendo el uso de las instalaciones, a cambio de recibir acciones en el capital social. En cuanto al saneamiento de aguas residuales, se irá a convenio, una vez que se ejecuten las obras previstas, para su cesión a EMASESA.
Seguidamente, se somete a votación este acuerdo, con el siguiente resultado:
Votos a Favor: 20 (16 PSOE, 2 P.P y 2 I.U).
Visto que por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el dÃa 15 de Junio de 2005, se acordó aprobar inicialmente y de acuerdo con lo previsto en el artÃculo 128.2 de la Constitución Española, el artÃculo 86 de la Ley 7/85, y 97 del R.D legislatura 781/86, la instrucción de expediente municipal para el ejercicio de actividades económicas por las entidades locales a fin de acreditar la conveniencia y oportunidad de las siguientes medidas consistentes en :
A). La constitución de una entidad metropolitana de la que formen parte, además de EMASESA, los Ayuntamientos incluidos en su ámbito metropolitano de actuación, Alcala de Guadaira, Alcala del RÃo, Camas, Coria del RÃo, Dos Hermanas, El Garrobo, Gelves, La Rinconada, Mairena del Alcor, Puebla del RÃo y San Juan del Aznalfarache, o bien la modificación del accionariado de EMASESA, como fórmula de integración en el capital social de los Ayuntamientos dichos, mediante aumento del capital de la Sociedad con suscripción de las nuevas acciones por los Ayuntamientos citados, sin que, ni en una ni en otra alternativa, ello suponga modificación de la actual forma de gestión que se prestan por Emasesa acordada y establecida en su dÃa por el Ayuntamiento de Sevilla para la prestación de los servicios de abastecimiento domiciliario de agua, alcantarillado y depuración de aguas residuales.
B). Redacción de los estatutos por lo que, en su caso, habrÃa de regirse la nueva entidad municipal o la modificación de los ya existentes, y la denominación social de Emasesa a fin de adaptarlos a la nueva estructura del capital.
Segundo. Aprobar la constitución de una comisión especial de estudio integrada por miembros de la Corporación y personal técnico, a fin de seguir los trámites necesarios para la eficacia del anterior acuerdo, redactando la correspondiente Memoria relativa a los aspectos social, jurÃdico, técnico y financiera.
Tercero. Encomendar a la referida Comisión, la redacción de la memoria referente a los diversos aspectos de la actividad económica que se pretende ejercer y en la que habrán de determinarse los diversos elementos que señala el apartado b) del número 1 del artÃculo 97 del TRRL, complementándolo con el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, en lo que se refiere al contenido a tener en cuenta respecto a cada uno de los citados aspectos, social, (Art 59 RSCL), jurÃdico (art 60 RSCL), técnico (Art 61 RSCL) y financiero (Art 62 RSCL).
Cuarto. Se proceda a los demás trámites que en relación a la propuesta sean precedentes.
Quinto. Facultar al Sr. Alcalde como tan ampliamente proceda en Derecho, para resolver cuantas incidencias plantee la ejecución del presente acuerdo.
Visto que por la Comisión creada al efecto, el pasado dÃa 3 de Abril, por unanimidad aprobó el borrador de Memoria en lo relativo al aspecto social, jurÃdico, técnico y financiero de la actividad económica de la prestación de los servicios de abastecimiento de agua potable y alcantarillado, mediante participación en el capital social de la empresa Emasesa, mediante la suscripción de las nuevas acciones que se emitan, y en correspondencia a los porcentaje de participación descrito en la Memoria y elevar la misma al Ayuntamiento Pleno, para su toma en consideración e información pública durante un plazo no inferior a treinta dÃas naturales.
Visto lo dispuesto en el artÃculo 97 del Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de régimen Local, y en uso de las competencias conferidas al Ayuntamiento Pleno, por lo dispuesto en el artÃculo 22..2.f) de la Ley de Bases de Régimen Local, se acuerda por unanimidad de los veinte miembros asistentes, el siguiente acuerdo:
Primero. Tomar en consideración la Memoria redactada por la Comisión de estudio, en lo relativo al aspecto social, jurÃdico, técnico y financiero de la actividad económica de la prestación de los servicios de abastecimiento de agua potable y alcantarillado, mediante participación en el capital social de la empresa Emasesa, mediante la suscripción de las nuevas acciones que se emitan, y en correspondencia a los porcentaje de participación descrito en la Memoria.
Segundo. Someter la Memoria, a trámite de información pública, por plazo no
inferior a treinta dÃas naturales, a contar desde el dÃa siguiente al de la
publicación del correspondiente anuncio en el BOP, durante los cuales, podrán
formular observaciones los particulares y entidades.