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15/02/2005 PLENO ORDINARIO DE 15 DE FEBRERO DE 2005

PUNTO CUARTO. APROBACIÓN DEFINITIVA DE PRESUPUESTO GENERAL A CORPORACIÓN, SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS Y SOCIEDADES MERCANTILES, PARA EJERCICIO 2005, PLANTILLA PERSONAL FUNCIONARIO, LABORAL Y EVENTUAL

Por el Sr. Secretario, se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Hacienda, por la que se propone la aprobación definitiva del presupuesto de la Corporación, sus Organismos Autónomos y Sociedades Mercantiles, para el ejercicio 2005, y Plantilla de Personal funcionario, laboral y eventual, desestimando la única alegación recibida en trámite de información pública, formulada por Sr. Majúa García.
 
Por el Sr. Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Don José Guerra Moreno, se expone que se ha planteado en la Junta de Portavoces si es posible votar por separado el documento presupuestario y la alegación recibida. Dada cuenta que parece ser que no es posible votar este acuerdo por separado, su voto va a seguir siendo negativo a la aprobación de los presupuestos, en coherencia con el sentido del voto manifestado en el trámite de la aprobación inicial, dado en su día. Respecto a la alegación recibida, y teniendo conocimiento de que se ha interpuesto por el interesado, un recurso judicial en el orden social, y en la línea de defender que no se extinga ningún puesto de trabajo en la plantilla, su grupo hubiera apoyado aceptar dicha alegación, no obstante, de seguir votando en contra el presupuesto.
 
Por el Sr. Secretario, se informa que el acuerdo de aprobación definitiva de los presupuestos, lleva implícito la desestimación de las alegaciones, por lo que la votación es única.
 
Por la Sra. Concejal del Grupo Popular, Doña Virginia Pérez Galindo, se expone que tras haberse registrado una alegación, y en orden a cumplir los plazos escrupulosamente, se debe aprobar estos presupuestos de forma definitiva, para no paralizar la ejecución del presupuesto. Su voto, va a ser negativo a la aprobación de los presupuestos, en orden a ser consecuente con lo votado cuando se aprobaron inicialmente, no obstante, informa que hubiere votado a favor, de aceptar la alegación del interesado.
 
Por el Sr. Portavoz de Grupo Municipal Socialista, Don Francisco Javier Fernández de los Ríos Torres, se explica que ya se aclarado que la votación es única, y no se puede separar la votación, si fuera separado, votaba a favor de los presupuestos, y en contra de la alegación presentada. La intención del equipo de gobierno, al aprobar la plantilla de personal, para este presupuesto de 2005, no es otra que extinguir la plaza vacante de Director del centro ocupacional, y asignar estas funciones, junto a la de director de la Residencia para discapacitados, como de la futura Unidad de Día, al puesto de trabajo de administrador de instituciones sociales, que gestionaría todos los centros. Explica que en 1999, se creó la plaza de Director del centro ocupacional, habiéndose incluido esta plaza en los pasados presupuestos a extinguir, no teniendo duda de la legalidad de esta decisión, por lo que rechaza la alegación presentada por este trabajador del Ayuntamiento. Se estará a lo que disponga los tribunales de Justicia, asuméndose democráticamente lo que decida en orden al recurso planteado por el interesado.
 
Cierra el debate, el Sr. Concejal delegado de Hacienda, Don Antonio J. Pérez Fernández, quien explica que es la primera vez, en catorce años, que lleva asumiendo esta responsabilidad, que se presenta una alegación a los presupuestos, en este caso de un trabajador de este Ayuntamiento. Parece curioso la postura de los grupos de la Oposición, por cuanto reclaman de que son Ayuntamiento, y por otro lado nunca se posicionan a favor del mismo, en caso de conflicto, por cuanto siguen el lema, de que los enemigos de mis amigos, no son mis amigos. El interés general, debe prevalecer sobre el interés particular, considerando anecdótico esta alegación, de alguien que defiende sus intereses legítimamente, respecto al proyecto de presupuesto de la Corporación, que sobrepasa los 6 mil millones de pesetas.
 
Seguidamente, se somete a votación, este acuerdo, con el siguiente resultado:
Votos a Favor: 16 (16 PSOE).
Votos en Contra: 4 ( 2 P.P y 2 I.U).
Visto el Informe del área de Personal, así como el informe  jurídico obrante en el expediente, cuyo tenor literal es el siguiente:
 
 "ANTECEDENTES DE HECHO:
 
Primero. Que por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria, celebrada el día 28 de Diciembre de 2004, se aprobó  inicialmente los Presupuestos Generales de la Corporación para el ejercicio económico 2005, estableciéndose que en caso de que no hubiese reclamaciones al expediente, se entendería aprobado con carácter definitivo, de conformidad con lo estipulado en el artículo 150 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.
 
Segundo. Que sometido el expediente, a trámite de información pública, se presenta una alegación al citado documento, por parte del empleado municipal, Don Recadero Majúa García, solicitando que se rectifique el presupuesto municipal, adscribiendo los puestos de Director y Maestro Taller al Patronato Municipal Pro-Disminuídos, por cuanto considera irregular dicha modificación, al no tenerse en cuenta el funcionamiento de los centros ocupacionales.
 
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
 
Primero. El Artículo 22.2  del Real Decreto 500/1990, de 20 de Abril, que desarrolla la Ley de Haciendas Locales, estipula que únicamente podrán establecerse reclamaciones contra el Presupuesto, por los siguientes motivos:
 
a) Por no haberse ajustado su elaboración y aprobación a los trámites legales.
 
b) Por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones exigibles a las entidades locales, en virtud de precepto legal o de cualquier título legítimo.
 
c) Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los gastos presupuestados
 
Segundo. Que la alegación presentada por el Sr. Majúa García, parece aunque no se especifica con claridad estar basada en el supuesto a) del artículo anteriormente expuesto.
 
Tercero.- Recabado informe del Área de Personal, se informa que la Fundación Patronato Pro-Disminuídos, depende del Ärea de Derechos Sociales de este Ayuntamiento.
 
Que por lo expuesto en el apartado primero y en función de la ampliación de los servicios que tenía proyectados prestar la Fundación, a saber, Centro Ocupacional, Residencia de Discapacitados y Centro de Día, el Área de Derechos Sociales  se ha visto obligada a reestructurar su organigrama funcional.
 
Que dentro de la reestructuración funcional, y cumpliendo el procedimiento necesario de creación, extinción y modificación de puestos de trabajo en las plantillas del personal al servicio de este Ayuntamiento, y organismos de él dependientes, no procede la modificación planteada por el Sr. Majúa García, por entender que se ajuste a Derecho, lo reflejado en la Relación de puestos de trabajo, contemplada en los presupuestos municipales de esta Corporación, para el ejercicio 2005.
 
Visto todo lo cúal procede desestimar la alegación presentada por el Sr. Majúa García."
Visto lo dispuesto en el artículo 150 del texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, referente a la aprobación definitiva de los Presupuestos, en caso de que se presenten alegaciones.
Visto todo lo cual, se acuerda por mayoría absoluta de los miembros que componen el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:
 
Primero. Aprobar de forma definitiva el Presupuesto General de la Corporación, sus Organismos Autónomos y Sociedades Mercantiles, para el ejercicio 2005, y plantilla de personal funcionario, laboral y eventual, desestimando la alegación recibida de Don Recaredo Majúa García, por las razones expuestas en el informe más arriba descrito.
 
Segundo. Publíquese el Presupuesto General definitivamente aprobado, en el Boletín Oficial de la Provincia, resumido por capítulos de cada uno de los presupuestos que lo integran.
 
Tercero. Dar cuenta de este acuerdo, al Sr. Majúa García, para su debido conocimiento y efectos oportunos.

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