SAC
Servicio de Atención a la Ciudadanía

Noticias

La Rinconada aprueba por decreto medidas excepcionales para la gestión de la emergencia sanitaria por el Coronavirus

coronavirus |

Inciden en la salud y en la seguridad ciudadana y constan de la creación de un Consejo de Crisis por Estado de Alarma y activación de Actuaciones Extraordinarias de Emergencia Municipal en contacto permanente con el Gobierno de España, Junta de Andalucía y la Unidad Clínica de Gestión de La Rinconada, la activación de la Mesa Local de Salud para elevar la coordinación e información vecinal a través del tejido asociativo y clubes federados, y la activación del Comité de Salud y Seguridad Laboral para el refuerzo de las actuaciones preventivas y la adopción de las medidas de contigencias y extraordinarias que procedan

DECRETO DE MEDIDAS AYUNTAMIENTO DE LA RINCONADA

La Organización Mundial de la Salud elevó el pasado 11 de marzo de 2020 la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19 a pandemia internacional. Como establece el Real Decreto 463/2020, la rapidez en la evolución de los hechos, a escala nacional e internacional, requiere la adopción de medidas inmediatas y eficaces para hacer frente a esta coyuntura. Las circunstancias extraordinarias que concurren constituyen, sin duda, una crisis sanitaria sin precedentes y de enorme magnitud tanto por el muy elevado número de personas afectadas como por el extraordinario riesgo para sus derechos.

Estos hechos excepcionales han exigido que el Gobierno por parte del Gobierno de España se haya declarado el Estado de Alarma y que por parte de la Comunidad Autónoma de Andalucía se haya activado la emergencia de grado 2. Con el objetivo de anticipación y máxima agilidad en las decisiones que preserven la salud y seguridad pública, el Ayuntamiento de La Rinconada ha adoptado muchas y diversas medidas que incluiremos en este instrumento normativo. Al mismo tiempo, consideramos necesaria la activación de Actuaciones Extraordinarias de Emergencia Municipal para La Rinconada que refuercen la coordinación con el Gobierno de España y la Junta de Andalucía y otorguen mayores garantías en la meta compartida de frenar el avance de la curva de contagio.

El Ayuntamiento de La Rinconada ofrece al Gobierno de España y a todas las autoridades competentes o colaboradoras en la gestión del Estado de Alarma, una labor incansable bajo las premisas de absoluta lealtad, responsabilidad institucional y una proactividad absoluta que nos facilite blindar en lo posible la salud y seguridad colectiva. A tal efecto, el Ayuntamiento de La Rinconada pondrá a disposición del Gobierno de España la estructura organizativa municipal y los recursos humanos y materiales que se determinen y en el marco de sus competencias en servicios establecerá el refuerzo de cuantas actuaciones permitan contener la progresión de la enfermedad y mitigar el impacto sanitario, social y económico del COVID-19.

Con esta resolución se realiza un compendio de aquellas medidas urgentes adoptadas y se recopilan y ordenan las instrucciones ya establecidas desde la Alcaldía de La Rinconada. Ante la extrema gravedad de la situación nacional, procederemos a adaptar a las circunstancias de La Rinconada a todas las recomendaciones y disposiciones de las autoridades competentes.

Conviene recordar que el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma, establece la suspensión de los plazos administrativos y de prescripción y caducidad en la Administración Pública. Esto, unido al hecho de que la ciudadanía solo podrá circular por las vías de uso público para la realización de determinadas actividades y al cierre efectivo de determinados edificios, supone la imposibilidad de prestación de servicio presencial para una parte importante de los empleados y empleadas públicos de las funciones que vienen desempeñando por lo que en todos los Departamentos donde sea viable el Ayuntamiento de La Rinconada implantará el teletrabajo y la atención general por medios telefónicos o telemáticos.

Por lo expuesto, el Alcalde de La Rinconada dicta para su aprobación la siguiente


RESOLUCIÓN


1. Constitución de Consejo de Crisis por Estado de Alarma en La Rinconada y activación de Actuaciones Extraordinarias de Emergencia Municipal que tendrán revisión y evaluación diarias. El Consejo estará presidido por el Alcalde e incluirá a las personas titulares de las Delegaciones de Salud, Seguridad Ciudadana y Bomberos, Protección Civil, Gobierno Interior y Portavocía del Gobierno de La Rinconada. Estará en contacto permanente en todas las situaciones que así lo requieran con los componentes de la Junta de Gobierno y de Portavoces.

2. El Consejo estará en contacto permanente con el Gobierno de España, Junta de Andalucía y la Unidad Clínica de Gestión de La Rinconada.

3. Activación de la Mesa Local de Salud junto a la Unidad Clínica de Gestión de La Rinconada para elevar la coordinación e información vecinal a través del tejido asociativo y clubes federados, incidiendo en la socialización de medidas y recomendaciones preventivas.

4. Activación del Comité de Salud y Seguridad Laboral para el refuerzo de las actuaciones preventivas y la adopción de las medidas de contigencias y extraordinarias que procedan, así como su seguimiento y evaluación.


Adoptar con carácter de urgencia las siguientes medidas :

Limitación de la libertad de circulación de las personas

Se adopta, como medida de apoyo a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, la instrucción a Protección Civil de colaboración y coordinación para garantizar el cumplimiento del artículo 7 del Decreto de Estado de Alarma.

Se aprueba el desarrollo bajo la coordinación de Protección Civil de campaña informativa, calle a calle, para informar de las limitaciones de la libertad de circulación de las personas, incidiendo en que la misma queda circunscrita a la realizaciones de las siguientes actividades:

-Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos o de primera necesidad.

-Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

-Desplazamientos al lugar de trabajo para efectuar su prestación, laboral, profesional o empresarial.

-Retorno al lugar de residencial habitual.

-Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

-Desplazamiento a entidades financieras y de seguros

-Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad

-Otros supuestos análogos individuales o de acompañamiento a personas con discapacidad o de razón justificada.


Centros públicos


Suspensión de todos los actos en instalaciones de titularidad municipal con aglomeración o concentración significativa de personas. Este cierre se suma al de todos los centros educativos y formativos decretado por las Administraciones competentes.

Servicios culturales

Quedan suspendidas todas las actividades, programas, espectáculos o eventos culturales organizados o promovidos por el Ayuntamiento de La Rinconada o que se desarrollen en centros de su propiedad, incluidos los del Museo, Centro de Artes Escénicas y Visuales (CRAES), Casa de la Música y Banda Municipal Cristo del Perdón de La Rinconada. Esta decisión afecta al Archivo, salas de exposiciones, bibliotecas, colecciones museográficas, visitas generales y también a las concesiones públicas con servicios de restauración o cafetería.


Servicios deportivos


Se procede al cierre temporal de todas las instalaciones deportivas municipales, en gestión directa e indirecta, así como a la suspensión de todos los cursos, eventos, actividades y competiciones deportivas que promueve o impulsa el Ayuntamiento de La Rinconada. Se trasladará esta decisión a las empresas adjudicatarias de los contratos públicos afectados.

Centros cívicos y de participación activa

Los centros cívicos permanecerán cerrados y suspenden todas sus actividades. Se garantizará que permanecerá operativo de cara a la atención de urgencias, el Centro Municipal de Atención a la Mujer.

Al igual que los dependientes de la Junta de Andalucía, permanecerán cerrados los centros de participación activa municipales y los de las actividades socioculturales dependientes del Áreas de Bienestar Social, Igualdad, Deportes, Juventud y Empleo.

Cierre de parques y zonas infantiles


Permanecerán cerrados los parques de la Ciudad y las zonas de juegos infantiles que se encuentren en un recinto que pueda cerrarse. En otro caso, estas zonas de juego serán balizadas y señaladas con la idea de que no en utilizadas por la población.

Puntos limpios

El servicio de gestión de puntos limpio se mantendrá abierto en sus dos centros para dar respuestas a las necesidades de gestión de residuos y salubridad de la ciudadanía.

Empleo público

Quedan suspendidas la totalidad de pruebas de oposiciones municipales y procesos selectivos. Con la mayor brevedad posible se harán públicas las nuevas fechas de las pruebas. Para garantizar la disponibilidad de los recursos humanos necesarios, se prorrogarán las bolsas de empleo que hubieran caducado y aquellas que estando en activo estén próximas a caducar.

Por parte de los servicios municipales se realizarán aquellas contrataciones por el procedimiento de emergencia que se consideren imprescindibles para responder a la situación de pandemia.

Cementerios municipales

Se tomarán las medidas necesarias en los cementerios municipales, evitando el acceso si fuera necesario, en el caso de prever una superación de un tercio del aforo máximo.

Refuerzo de la frecuencia y protocolos de limpieza y desinfección

Durante la cuarentena se instruye con carácter general el refuerzo de trabajos extraordinarios de limpieza y desinfección en:

-Todas las zonas de juegos infantiles del municipio.

-Zonas comerciales y de alta concentración de público.

-Islas de recogida de residuos.
-Colegios y centros públicos municipales.

Además, de la frecuencia se extremarán las recomendaciones y protocolos preventivos en todos los casos.

Transporte público

Se mantienen los horarios del transporte urbano para garantizar el desplazamiento de ciudadanos/as a que lo requieran dentro de los términos y supuestos para concesiones locales establecidos en el Decreto de Alarma del Gobierno central.

No se admitirá el pago en metálico. Los abonos de billetes se realizarán exclusivamente con tarjeta.

Las ventanas de los distintos autobuses deberán permanecer abiertas para extremar las medidas preventivas. Se cancelarán las dos filas de asientos delanteros para preservar distancias de seguridad con la persona responsable de la conducción. Las personas usuarias deberán guardar la mayor distancia posible dentro del autobús.

Se extremarán los protocolos de desinfección y limpieza diarios de todos los autobuses del transporte urbano de La Rinconada.

Bodas civiles


En la celebración de bodas (Ayuntamiento de La Rinconada y Hacienda Santa Cruz) se evitará la aglomeración de personas. Se establecerán limitaciones en función de las dimensiones de cada espacio habilitado, garantizando las restricciones bajo la recomendación de asistencias imprescindibles y el imperativo de respetar la distancia entre los asistentes, de al menos, un metro.

Mercadillos y comercio ambulante

Queda prohibida la celebración de ferias o mercadillos de comercio ambulante durante la cuarentena decretada por el Estado de Alarma.


Licencias y veladores


No se otorgarán licencias de ocupación del dominio público municipal ni licencias de actividades ocasionales que impliquen actividades con gran concentración de personas. Las licencias de este tipo concedidas con anterioridad quedan suspendidas durante el periodo de vigencia de estas

medidas. Quedan suspendidas todas las licencias de ocupación del espacio público con veladores.


Medidas tributarias


El área de Hacienda y Administración Pública estudiará la implantación de medidas fiscales para reducir el impacto económico del cierre de establecimientos y de la paralización de la actividad que se está produciendo con motivo de las medidas necesarias en la lucha contra la pandemia del conocido como coronavirus.

Se suspende con carácter inmediato la liquidación de tasas municipales a autónomos y comercios minoristas afectados por la crisis del Coronavirus. La medida tendrá vigencia durante todo el periodo de cuarentena decretado por el Gobierno de España, así como en los casos de prórrogas sucesivas.

Entre otras figuras, se instruye la paralización de las liquidaciones por las tasas de ocupación de vía pública y veladores o de recogida de basura comercial, que será asumida por el Consistorio, como medida que contribuya a minorar los costes fijos de negocios obligados a cerrar instalaciones o suspender su actividad.

Otra tasa suspendida durante el periodo de Estado de Alarma será la relativa a mercadillos ambulantes, teniendo en cuenta las prohibiciones de estas actividades establecida con carácter nacional.

Hacienda coordinará la implantación de procedimientos telefónicos y telemáticos para solicitar la devolución de entradas de espectáculos de la programación cultural o ingresos abonados por acciones formativas que no puedan impartirse a distancia, escuelas y actividades deportivas que no puedan prestarse durante el periodo de cuarentena.

Medidas socioeconómicas


El Área de Bienestar Social habilitará el teléfono 672 627 152 para el establecimiento de una red municipal asistencial de apoyo a personas mayores y dependientes, con atención a la gestión de compras y otras necesidades básicas.

Se dota un fondo económico extraordinario de carácter social para suministro vital alimentario a familias en riesgo de exclusión o especial vulnerabilidad.

Se inician los estudios para la activación de un Plan de Apoyo al Comercio Minorista y Personas Autónomas especialmente afectadas por los cierres y restricciones decretados.

Desarrollo Económico, a través de Soderin, habilitará un servicio telemático y/o telefónico para información en materia de ayudas comunitarias, estatales, autonómicas o locales.


Servicios esenciales


Se garantizará por parte del Ayuntamiento la prestación de servicios esenciales, es decir aquellos que sean necesarios para el mantenimiento de las funciones sociales básicas, la salud, la seguridad, el bienestar social y económico de los ciudadanos, o el eficaz funcionamiento del Ayuntamiento.

La Policía Local queda bajo las órdenes directas del Ministro del Interior, a los efectos de lo dispuesto en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en cuanto sea necesario para la protección de personas, bienes y lugares.

Además, serán considerados servicios esenciales a los efectos de esta disposición el de protección civil, prevención y extinción de incendios, evaluación, información y medidas de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social, el de limpieza pública, abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales, conservación de la infraestructura viaria, tráfico de vehículos y movilidad, transporte colectivo urbano, servicios de mercado de abastos, protección de la salubridad pública, cementerio y actividades funerarias, servicio de mantenimiento y limpieza de edificios. Para el adecuado funcionamiento del Ayuntamiento deberán garantizarse los servicios de contratación, y las actuaciones necesarias para la autorización y disposición de gastos y el reconocimiento y pago de obligaciones. Asimismo, se determinan servicios esenciales los de las tecnologías de la información y la comunicación, y los prestados en el Centro Municipal de Información a la Mujer.

A estos efectos, antes del día 16 de marzo a las 15 horas todas las Direcciones de Áreas deberán indicar en la dirección de correo encarna.leon@aytolarinconada.es, el personal que se estima necesario para la prestación de los servicios de manera presencial y el que puede ejercer sus funciones a través de teletrabajo.

La Delegación de Recursos Humanos dictará cuantas instrucciones considere oportunas para garantizar la prestación de estos servicios. Estas instrucciones contendrán las medidas organizativas que sean de aplicación para conciliar la vida familiar con la necesaria y adecuada prestación del servicio, así como para preservar de la exposición a un riesgo no necesario a las personas más vulnerables o que convivan con éstas. Podrán contemplar modificación del horario o cambios de turno de la mañana a la tarde o viceversa, o el trabajo en domicilio, siempre que las circunstancias del servicio lo permitan.

En cualquier caso, se procurará la no asistencia presencial al trabajo, cuando lo soliciten, las empleadas y empleados municipales especialmente vulnerables por padecer patologías previas o por convivir con personas de riesgo. Estas personas, siempre que sea posible, realizarán sus funciones mediante teletrabajo.

Siempre que la naturaleza del servicio lo permita, las Jefaturas de Servicio autorizarán que el trabajo se ejerza de manera no presencial. Para ello la empleada o empleado deberá disponer de los requisitos que desde el Área de Innovación se informe. Las diferentes Direcciones de Área, solicitarán al departamento de Recursos Humanos las conexiones VPN necesarias en mail dirigido a encarna.leon@aytolarinconada.es.

Prevención de riesgos laborales


En el supuesto de que un trabajador dé positivo por el coronavirus SARSCoV2 se seguirán las recomendaciones del Ministerio de Sanidad y se procederá a la inmediata desinfección del puesto de trabajo y de todo el material que pudiera haber sido utilizado por el mismo. Se establecerán los protocolos de contingencias instruidos por el Gobierno de España.

Suspensión de plazos administrativos

El Gobierno de España ha decretado la suspensión de los términos y la interrupción de los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. Todos los relativos al Ayuntamiento de La Rinconada se reanudarán en cómputo de plazos en el momento en que pierda vigencia el presente Real Decreto, o en su caso, las prórrogas del mismo.

Los plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos quedan suspendidos durante el plazo de vigencia del Estado de Alarma y, en su caso, de las prórrogas que se adopten.


Medidas telemáticas


Se adoptarán las medidas que sean posibles y necesarias para la tramitación telemática de solicitudes, especialmente en aquellos servicios que concentren un mayor volumen de personas.

Registros

El registro presencial de documentos, permanecerá cerrado. Igualmente estarán cerradas todos los accesos a instalaciones municipales. Los documentos se registrarán preferentemente de manera telemática.

De manera excepcional podrá autorizarse por parte de la Secretaría municipal el registro presencial de algún documento siempre que por parte del interesado se justifique causa de fuerza mayor o situación de necesidad de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. A tal fin, la ciudadanía dispondrá de teléfonos y direcciones de correo electrónico de cada Departamento a través de los cuales podrá hacer constar esta u otras necesidades. Esto se evaluará por los responsables del Área correspondiente. En el caso de que el trámite presencial se autorice, se le dará cita previa a la persona interesada. En todo caso, siempre se respetarán las medidas higiénico sanitarias recomendadas por las autoridades sanitarias para evitar la propagación del virus.

En otras situaciones, para las que no sea necesario el registro presencial, y el ciudadano/a no disponga de los medios para la tramitación por Sede electrónica o correo electrónico, se habilitará en las entradas del Ayuntamiento y la tenencia de Alcaldía buzones en los que la ciudadanía podrá depositar los documentos para el registro, así como solicitudes relacionadas con el padrón municipal de habitantes.

La persona responsable del registro remitirá por correo electrónico el documento debidamente registrado o, en caso de que no disponga de mail, se contactará telefónicamente para constatar el registro.

Medios de comunicación institucionales


Centralización y priorización de la labor informativa en todos aquellos aspectos que puedan contribuir a frenar la curva de contagio y considerados de utilidad pública (campañas divulgativas, acciones preventivas, recomendaciones sanitarias…).

Los medios de titularidad pública insertarán los mensajes, anuncios y comunicaciones que las autoridades competentes para la gestión del Estado de Alarma consideren necesario emitir.

Los medios de comunicación institucional facilitarán el conocimiento ciudadano de las vías telemáticas, telefónicas y a distancia de acceso a los distintos servicios públicos.

Canales oficiales de información pública

La información del Ayuntamiento de La Rinconada sobre cualquier aspecto del estado de emergencia recogido en esta resolución será proporcionada exclusivamente a través del Alcalde a través de los siguientes canales:

* Página web municipal: www.larinconada.es

* Facebook: www.facebook.com/larinconada.web

* Radio Rinconada (104.7 fm)

* Periódico Toma Nota

Vigencia de las medidas


Estas medidas estarán vigentes en el plazo que se determina en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus SARSCoV2. La duración es pues de 15 días naturales a contar desde el día 15 de marzo del presente, o las prórrogas que se establecieses por el Congreso de los Diputados

Dación de cuenta

De esta resolución se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se convoque.

Fdo. D. Javier Fernández

Alcalde de La Rinconada

Este sitio web usa cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y recoger información sobre su navegación. Si pulsa "aceptar" o continua navegando consideraremos que admite el uso e instalación en su equipo o dispositivo. Encontrará más información en nuestra Política de Cookies.