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Actividad de plenos

17/10/2005 PLENO ORDINARIO 17 DE OCTUBRE DE 2005

PUNTO NOVENO. APROBACIÓN DEFINITIVA DEL ESTUDIO DE DETALLE LUIS BRAILLE.

Por el Sr. Secretario General, se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo, a propuesta del Instituto Municipal de Planeamiento y Suelo, por el que se aprueba el Estudio de Detalle Carretera Bética esquina calle Luis Braille.
 
Por el Sr. Portavoz del Grupo municipal de Izquierda Unida, Don José Guerra Moreno, expone que examinado el expediente, no tiene ninguna objeción, habiendo sometido el expediente a trámite de información pública, sin que se haya presentado alegaciones. Con este Estudio de Detalle, se ordena dos parcelas, de 8 viviendas unifamiliares cada una de ellas.
 
Por la Sra Portavoz del Grupo Municipal Popular, Doña Virginia Pérez Galindo, expone que su voto va  a ser favorable a la vista de los informes jurídicos y técnicos que obra en el expediente.
 
Por el Sr. Concejal delegado de Urbanismo, Don  José Manuel Alcauza Núñez, se expone que con este Estudio de Detalle se ordena una amplia parcela de 2300 metros cuadrados, existente en la Carretera Bética, esquina con Luis Braille, y en la que se permite la construcción  en dos parcelas de 8 viviendas unifamiliares cada una. Como aspecto a resaltar de este Estudio de detalle, es la solución que contempla en relación al aparcamiento subterráneo, con ello se evita las autorizaciones de vados permanentes, siendo esta filosofía la que va a inspirar la revisión del Plan General.
 
Seguidamente, se somete a votación, con el siguiente resultado:
Votos a Favor: 20 (15 PSOE, 3 P.P y 2 I.U)
 
Visto que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, aprobó, en su sesión de 31 de Mayo de dos mil, con carácter definitivo el proyecto del Plan General de Ordenación Urbana de la Rinconada.
 
Visto que en el citado Plan General, clasifica la superficie que se encuentra ubicada en la calle carretera Bética  esquina a calles Louis Braille del núcleo de San José de la Rinconada, como suelo urbano, zona 3, residencial unifamiliar en manzana cerrada..

Visto que  el citado Estudio de Detalle, ha sido promovido, por Doña Matilde del Rocío Sánchez Gómez y la empresa Construcciones Jamad S.L  como propietarios del  terreno incluido en el ámbito de actuación del Estudio de Detalle., y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, cuyo objeto es definir el trazado de viarios interiores, zonificación, estructura urbanística y alineaciones de la  unidad de Ejecución.
Que el citado documento técnico ha sido redactado por el Sr Arquitecto  Don Alberto Ballesteros Rodríguez, número de visado por el Colegio Oficial de Arquitectos, 01633/05T01,  de fecha de 4 de Marzo de 2005.

Visto que sometido el expediente a trámite de información pública,  mediante inserción de los correspondientes anuncios en un periódico de circulación provincial y  en el  BOP, no se han presentado alegaciones.
 
Visto que el artículo 15 de Ley 7/2003, de Ordenación Urbanística de Andalucía, dispone que el objeto de los Estudios de detalle, tienen por objeto completar o adaptar algunas determinaciones del planeamiento en áreas de suelos urbanos de ámbito reducido, y para ello podrán:
a) establecer, en desarrollo de los objetivos definidos por los Planes Generales, la ordenación de los volúmenes, el trazado local del viario secundario y la localización del suelo dotacional público.
b) Fijar las alineaciones y rasantes de cualquier viario, y reajustarlas, así como las determinaciones de ordenación referidas en la letra anterior, en caso de que estén establecidas en dichos instrumentos de planeamiento.
 
Visto lo dispuesto en el Artículo 66 del Reglamento de Planeamiento urbanístico, sobre la documentación que debe tener un  Estudio de Detalle.
 
Visto que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley //2002, los Planes de desarrollo, pueden iniciarse a instancia de persona interesada acompañada del correspondiente proyecto del instrumento de planeamiento, completo en su contenido sustantivo y documental.
 
Visto lo dispuesto en el  Artículo 32 de la Ley 7/2003, de Ordenación Urbanística de Andalucía, que  determina el procedimiento y tramitación de los instrumentos de planeamiento.
 
Visto lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 7/2002,  que determina el trámite de aprobación definitiva, y las decisiones que pueden adoptar el Ayuntamiento Pleno, órgano competente para la aprobación definitiva del Estudio de Detalle.
Dada cuenta que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, en relación a lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley de Bases de Régimen local,   los acuerdos de aprobación definitiva de todos los instrumentos de planeamiento se publicaran en el Boletín Oficial correspondiente y  las Corporaciones Locales publicaran las normas urbanísticas en el BOP, y no entraran en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2. Los Estudios de Detalle carecen, de normas urbanística, por lo que sólo será necesaria la publicación del acuerdo aprobatorio.
     
Visto el Informe Jurídico del Sr. Secretario y el informe del Sr. Arquitecto Municipal que obra en el expediente.
 
Visto todo lo anterior, se acuerda por unanimidad de los miembros que componen el Ayuntamiento Pleno, lo siguiente:
Primero. Aprobar  definitivamente la documentación técnica denominada "Estudio de Detalle correspondiente a la carretera bética esquina calle Louis Braille,  promovido por  la empresa Jamad S.L y Doña  Matilde del Rocío Sánchez Gómez y redactado por el Sr. Arquitecto Superior, Don Alberto Ballesteros Rodríguez.
Segundo. Proceder a la inscrIPCión de este acuerdo, en el Registro Municipal de Planeamiento, mandándose publicar el mismo en el BOP, para su entrada en vigor, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la LOUA.
Tercero. Dar traslado de este acuerdo a los propietarios del sector afectados y a la Unidad de Rentas,  para su debido conocimiento y efectos oportunos.

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