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15/02/2006 PLENO ORDINARIO DE 15 DE FEBRERO DE 2006

PUNTO DÉCIMO. APROBACIÓN DEFINITIVA DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE LA CORPORACIÓN PARA EL EJERCICIO 2006.

Por el Sr. Secretario, se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Hacienda, por la que se propone la aprobación definitiva de los presupuestos generales de la Corporación, para el ejercicio 2006, y la desestimación de la única alegación presentada por Izquierda Unida-los verdes, convocatoria por Andalucía, en base al informe jurídico que obra en el expediente.

 Por el Sr. Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Don José Guerra Moreno, expone que el pasado día 30 de Diciembre, se aprobaron provisionalmente los presupuestos, sometiéndose el mismo, a tramite de información pública. Durante esta tramitación, su grupo ha presentado una alegación, que reproduce la enmienda número quince presentada a los presupuestos, planteándose que no se incluya las cantidades percibidas a cuenta como ingreso de los convenios urbanísticos, hasta la aprobación definitiva de la revisión del Plan General. Y ello es así, por cuanto la reforma de la Ley de Suelo de Andalucía, en su artículo 24.3, estipula que todas las cantidades que se perciban anticipadamente por los convenios, tendrán el carácter de depósitos, por lo que no se puede financiar inversiones, con esas cantidades, hasta la aprobación definitiva de la revisión. Por todo lo expuesto, su grupo ha solicitado la anulación del citado acuerdo.

 Por la Sra. Portavoz del Grupo Municipal Popular, Doña Virginia Pérez Galindo, expone que el pasado 30 de Diciembre, se aprobaron provisionalmente los presupuestos, y tanto en la comisión informativa convocada al efecto, como en el propio pleno, se debatió esta propuesta de izquierda Unida, explicando en aquellos momentos, los motivos de la desestimación de su enmienda, ahora se vuelve a presentar la misma enmienda, como alegación, lo cual considera que no es positivo, y dilata la entrada en vigor del presupuesto. En cuanto al sentido del voto, va a ser en contra de la aprobación definitiva, al igual que votó en el trámite de aprobación provisional, habiéndose manifestado su postura respecto a la alegación de Izquierda Unida.

 Por el Sr. Alcalde, expone que tanto el Secretario como el Interventor, informan técnicamente tanto estas alegaciones, como las modificaciones de planes urbanísticos, y en sus informes se ajustan escrupulosamente de la legalidad vigente, y en sus años de alcalde, nunca se ha salido de al legalidad vigente. La alegación de izquierda unida, ha provocado  la demora de la entrada en vigor del presupuesto, considerando que la misma, es un pataleo de la minoría, y que es obligación de la mayoría rechazarlo, y posibilitar la ejecución de infraestructuras y equipamientos necesarios, como pudiera ser el nuevo centro de salud, la nueva guardería municipal, los nuevos pabellones cubiertos en tres centros escolares, el nuevo centro escolar, y las infraestructuras de transportes, como son el metro y el tranvía, las nuevas infraestructura deportivas anexas a la piscina cubierta . En definitiva el producto de los convenios, se destinan a equipamientos e infraestructuras que benefician a los ciudadanos. Se ha informado por los técnicos municipales, que en virtud del principio de caja única, se debe consignar en ingresos esas cantidades provenientes de convenios.  Expone que en caso de que no se pudiera disponer de esos fondos, se debería acudir a otra financiación, como pudiera ser el préstamo bancario, con el aumento de costos, que le ocasionaría a la Hacienda Municipal, por el pago de intereses.  Se pregunta, en relación a la alegación de Izquierda Unida, a qué se va a esperar, los ciudadanos demandan los equipamientos, y no pueden esperar. Los convenios van a financiar estas inversiones, y no obedecen al modelo  a los que ustedes participan en otros municipios donde gobiernan.

 Por el Sr. Concejal delegado de Hacienda, Don Francisco Javier Fernández de los Ríos Torres, expone que Izquierda Unida, ha querido forzar un debate, que ya se trató por dos ocasiones el pasado mes de Diciembre, y que por segundo año consecutivo, presenta alegaciones, dilatando la entrada en vigor del presupuesto. Este Ayuntamiento siempre elabora los presupuestos, con la suficiente antelación, para que sean aprobados antes de la terminación del año, para su entrada en vigor en el año en curso,  a diferencias de otros municipios, que se retrasan en la aprobación de sus presupuestos. Se quiere manchar y distraer la atención, respecto a la verdadera trascendencia de este presupuesto, que es histórico, y que sobrepasa los 9 mil millones de pesetas, con un treinta y tres por ciento de incremento, y con un fuerte paquete de inversiones, como la construcción de un centro educativo o un centro de salud, o la creación de 43 nuevas plazas en la plantilla del Ayuntamiento. La alegación de izquierda unida pone en duda la profesionalidad de los técnicos, que ha informaron en la correspondiente comisión informativa sobre la legalidad de la previsión de ingresos, provenientes de convenios, no teniendo  duda, que en caso de que los 13 millones de euros, no pudieran ser consignados legalmente, los técnicos hubieran informado de manera negativa. Izquierda Unida, no tiene capacidad para paralizar el presupuesto, pero si retrasar su aplicación, el recorrido de la alegación acaba aquí. Esta alegación, ha retrasado la aprobación de la convocatoria de las cuatro plazas de agentes de la policía local. Se ha intentado marcar el debate político, cuando las enmiendas presentadas por izquierda unida, no modificaban sustancialmente la propuesta de presupuesto de equipo de gobierno. En definitiva en virtud del informe del Sr. Interventor y Sr. Secretario, se desestima su alegación.

 Por el Sr. Portavoz del grupo municipal de Izquierda Unida, Don José Guerra Moreno, explica el motivo por el qué su grupo ha presentado la alegación. No le causa extrañeza, que el grupo Popular no esté de acuerdo con el contenido de la alegación, por cuanto ello votaron en contra de la nueva Ley de la Vivienda y Suelo, por cuanto el espíritu de la normativa, aprobada en el parlamento andaluz, no es otro que controlar los ingresos derivados de los convenios urbanísticos, y no puedan ser gastados, hasta que se apruebe la revisión del plan general.  La postura de Izquierda Unida, presentando la alegación, parece que molesta al equipo de gobierno, parece eso, existe el periodo de información pública, por plazo de quince días hábiles, por ello, no ha paralizado el presupuesto. No ha puesto en duda, la profesionalidad de los técnicos, del contenido del informe, en sus apartado sexto y séptimo, se indica en primer lugar que el documento de la revisión, puede ser aprobado de forma definitiva en este ejercicio, y que en caso de que no se aprobara, se tendría  que acudir a una modificación presupuestaria, por ello, se les viene a dar la razón, en el sentido de que no se puede utilizar esos recursos, hasta que no se apruebe de forma definitiva  la revisión del plan, no obstante, informan desfavorablemente la alegación, en el sentido de que es posible consignar estos ingresos, en la partidas de ingresos.

 Por el Sr. Alcalde, explica que el espíritu de la ley, es conocido, es evitar que los ayuntamientos se gasten el dinero provenientes de los convenios, anticipadamente, en nóminas. En cuanto a lo manifestado por el Sr. Guerra sobre el contenido del informe jurídico que obra en el expediente, procede a la lectura, que dice lo siguiente:

 "Apartado sexto. La aprobación definitiva de la revisión del Plan General de Ordenación Urbana, pudiera, perfectamente, producirse dentro del presente ejercicio, habida cuenta que, actualmente, el expediente se encuentra en el trámite de información pública"

 "Apartado séptimo. En caso de no producirse la aprobación definitiva del documento de revisión del Plan General de Ordenación Urbana, o que  algún convenio urbanístico formalizado no fuera ejecutable, por no clasificarse determinado suelo, habría que proceder a la correspondiente modificación presupuestaria para equilibrar el presupuesto, como ocurriría con cualquiera otro gasto con financiación afectada o bien no se ingresaran otras cantidades por otros conceptos".

 Concluye el informe, proponiéndose la desestimación de la única alegación presentada por Izquierda Unida, y con ello procedería la aprobación del presupuesto de la Corporación, 

 A la vista de este informe firmado por el Sr. Interventor y Sr. Secretario, se confirma la legalidad del presupuesto municipal, señalando que este Ayuntamiento tiene  capacidad financiera para afrontar las modificaciones presupuestarias que pudieran devenir en caso de que  se ejecutara una inversión, financiada por convenio, y no pudiera ser aprobado un determinado convenio. Además informa que la Administración General del Estado ha subido la asignación a los municipios, cumpliéndose la recomendación de destinar el 15 por ciento de los ingresos total del Estado, a favor de los municipios. Nuestra arcas están saneadas, para poder afrontar la eventualidad de financiar estas inversiones. Recuerda que el grupo municipal de Izquierda Unida, votó en contra de los convenios urbanísticos, que son un referente en Andalucía, cuando sin embargo en los municipios en donde gobiernan, como La Algaba o Alcalá del Río, o en Burguillos, donde gobierna el Partido socialista, se  realizan actuaciones urbanísticas que aquí son rechazadas. En este Ayuntamiento no se financia el capítulo uno, por los convenios urbanísticos, sino que sirven para financiar infraestructuras y equipamientos, como por ejemplo la segunda fase del complejo natatario, cuya primera fase, va a ser inaugurado el próximo día 24 de Febrero, con la presencia del nadador David Meca, que va a compartir sus primeras brazadas en la piscina, con personas discapacitadas. Izquierda Unida, no quiere a La Rinconada, no es partícipe de la puesta en marcha de este servicio.

 Por la Sra. Portavoz del Grupo Popular, Doña Virginia Pérez Galindo, expone que su Partido ha justificado su negativa a la nueva Ley del Suelo y la Vivienda. En cuanto a la intervención de izquierda Unida, le parece ilógica, dada cuenta que por tres ocasiones, se le ha dado la misma respuesta a la misma pregunta.

 Por el Sr. Concejal Delegado de Hacienda, Don Francisco Javier Fernández de los Ríos Torres, expone que el Sr. Guerra tiene la capacidad de distraer la atención, está en un mundo feliz, por cuanto dice, que se le está dando la razón,  y sin embargo se le desestima su alegación. No le quepa la duda, de que en caso de que se tuviera que modificar los presupuestos, por no salir adelante algún convenio, tendría capacidad financiera para afrontar los gastos, los bancos estarían dispuestos a facilitar préstamos a este Ayuntamiento.  Usted ha puesto en duda la opinión de los técnicos municipales, con la única intención de atrasar la aplicación de los presupuestos municipales, al igual que sucedió en el ejercicio anterior. En definitiva nos encontramos con unos presupuestos históricos, que alcanzan los 9 mil millones de pesetas.

 Por el Sr. Alcalde, cierra el debate, indicando que de la lectura del informe técnico, se demuestra la legalidad del presupuesto, por lo que no entiende la felicidad de Izquierda Unida, la única felicidad que existe, es la de los ciudadanos que van a ver ejecutadas muchas inversiones en equipamientos. La alegación obedece a una obsecación de Izquierda Unida.

 Seguidamente se somete a votación, el citado acuerdo, con el siguiente resultado:

Votos a Favor: 15  PSOE,
Votos en contra: 5 ( 3 P.P y 2 I.U).

 Visto que por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de Diciembre de 2005, se aprobó de manera provisional el proyecto de presupuesto para el ejercicio 2006, sometiendo el citado a expediente a trámite de información pública durante quince días hábiles desde la publicación en el BOP.

 Visto que durante el periodo de información pública, se ha presentado una única alegación, presentada por el grupo municipal de izquierda Unida-Los Verdes, convocatoria por Andalucía, en el que se solicita la elaboración de un nuevo documento presupuestario, por no poderse incluir las cantidades percibidas a cuenta como ingreso de convenios urbanísticos, hasta la aprobación definitiva de la revisión del Plan General de Ordenación Urbana.

 Visto el Informe jurídico de Secretaría e Intervención que obra en el expediente cuyo tenor literal es el siguiente:

"Primero.- La parte expositiva del escrito, registrado el día 1 de febrero de 2.006, contiene una serie de datos y fechas que son exactos.

Segundo.- Lo que se solicita por el Grupo municipal de Izquierda Unida es la elaboración de un nuevo documento presupuestario "por no poderse incluir las cantidades percibidas a cuenta como ingreso de Convenios Urbanísticos, hasta la Aprobación Definitiva de la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana".

Tercero.- El artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (en lo sucesivo TRLHL) determina que "aprobado inicialmente el presupuesto general, se expondrá, al público, previo anuncio en el boletín oficial de la provincia,..., por 15 días, durante los cuales los interesados podrán examinarlos y presentar reclamaciones ante el Pleno, que dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

Cuarto.- El artículo 170.2 del TRLHL establece que "unicamente podrán entablarse reclamaciones contra el presupuesto:

 a) Por no haberse ajustado su elaboración y aprobación a los trámites establecidos en esta  Ley.
 b) Por omitir el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones exigibles a la entidad  local, en virtud de precepto legal o de cualquier otro título legítimo.
 c) Por ser de manifiesta insuficiencia los ingresos con relación a los gastos presupuestados o bien de éstos respecto a las necesidades para las que esté previsto.

Quinto.- Que las reclamaciones que se presentan ante el Pleno se fundamentan en lo dispuesto en el artículo 24.tres de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo. En este caso, el sentido que, entendemos, hay que dar al término "depósito" viene marcado por los siguientes principios básicos del régimen financiero público:

1º.- Principio de universalidad.

 El presupuesto ha de incluir todos los gastos e ingresos de la Entidad.

2º.- Unidad de caja.

 Todos los ingresos públicos, así como los gastos del Ente, se han de canalizar exclusivamente a través de un órgano específico, la Tesorería municipal. No se trata de unidad física sino unidad contable y de fiscalización.
 El artículo 196.1.b) del TRLHL incluye, entre las funciones encomendadas a la Tesorería de la Entidad local, la de "servir al principio de unidad de caja, mediante la centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y extrapresupuestarias".

 Es difícil de admitir que la voluntad del legislador, respecto de la Tesorería, consista en que esta deba mantener rigidamente diferenciados los flujos monetarios de pagos y cobros, según deriven de operaciones de ejecución del presupuesto o de operaciones no presupuestarias. Será el sistema de información contable el que garantice que determinados recursos, calificados como afectados, se apliquen con arreglo a los preceptos legales de referencia. En este sentido, el artículo 24.ocho de la Ley 13/2005 crea un nuevo apartado 3 en el artículo 71 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanísitica de Andalucía y establece que "los órganos de control y fiscalización de la Administración titular de los patrimonios públicos de suelo velarán por la correcta gestión de los bienes y recursos que los integran. En tal sentido, la cuenta de liquidación anual de dicho patrimonio se integrará, de forma separada, en los presupuestos de la Administración Pública titular del mismo".

 Este precepto no viene más que a reafirmar lo dispuesto en la Orden EHA/4041/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo normal de Contabilidad local. Esta disposición establece que las cuentas anuales que deben rendir la entidad y sus organismos autónomos comprenden:

 a) El Balance.
 b) La cuenta del resultado económico-patrimonial.
 c) El Estado de Liquidación del Presupuesto.
 d) La Memoria.

 El modelo de memoria de la Instrucción de contabilidad contiene en su punto noveno la información relativa al seguimiento del Patromonio público de suelo.

Sexto.- La aprobación definitiva de la revisión del Plan General de Ordenación Urbana, pudiera, perfectamente, producirse dentro del presente ejercicio, habida cuenta que, actualmente, el expediente se encuentra en el trámite de información pública.

Séptimo.- En caso de no producirse la aprobación dfinitiva del documento de revisión del Plan General de Ordenación Urbana, o que algún convenio urbanístico formalizado no fuera ejecutable, por no clasificarse determinado suelo, habría que proceder a la correspondiente modificación presupuestaria para equilibrar el presupuesto, como ocurriría con cualquier otro gasto con financiación afectada  o bien no se ingresaran otras cantidades por otros conceptos.

 Visto todo lo cual, se propone la desestimación de la única alegación presentada por el Grupo municipal de Izquierda Unida los Verdes Convocatoria por Andalucía, y la aprobación definitiva del Presupuesto General del Ayuntamiento para el ejercicio económico 2.006."

 Visto todo lo cual, se acuerda por mayoría absoluta de los miembros asistentes que conforman la Corporación, al siguiente acuerdo:

 Primero. Aprobar definitivamente los Presupuestos Municipales para el ejercicio económico 2006, desestimando la alegación presentada  por el grupo municipal de Izquierda Unida, por los motivos descritos en el informe jurídico más arriba transcrito.

 Segundo. Publíquese en el  BOP, anuncio de aprobación definitiva de los presupuestos municipales para 2006, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169 del texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales.

 Tercero. Dar cuenta de este acuerdo, al Sr. Interventor, Sr. Tesorero y al  grupo municipal de Izquierda Unida, para su debido conocimiento y efectos oportunos.

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