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Actividad de plenos

07/05/2018 PLENO EXTRAORDINARIO 7 DE MAYO

TERCERO.- APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN NÚMERO DOS DE RANGO PARCIAL DEL PLAN DE SECTORIZACIÓN CON ORDENACIÓN PORMENORIZADA DE LA UU1-1º.

Por el Sr. Secretario General, se da cuenta de dictamen de la comisión informativa de Economía, Hacienda, Empleo, Formación, Desarrollo Económico, Comercio y Agroindustria, por la que se propone propuesta de aprobación definitiva la Documentación Técnica denominada la “Modificación nº2 de rango de Plan Parcial, del Plan de Sectorización con Ordenación Pormenorizada de la Unidad Urbanística Integrada 1 (UUI-1), de Pago de Enmedio”, redactado por la Sra. Arquitecta, Doña María del Mar Mora Gutiérrez, el cual tiene por finalidad la de desafectar la demanialidad del subsuelo, hasta una profundidad de una planta bajo rasante, de modo que se convierte en subsuelo patrimonial con la finalidad de atribuirle lucratividad y poder constituir un aparcamiento susceptible de ser comercializado, solamente si es para constituir junto con la parcela residencial que la rodea un complejo inmobiliario, y poder cumplir con la dotación de aparcamiento establecida en el art. 31 de las ordenanzas en una sola planta sótano.

Por el Sr. Portavoz del grupo mixto, Don Ángel Seisdedos Gavira, expone que estamos ante el tramite de aprobación definitiva de la modificación número dos del plan de sectorización del Pago de Enmedio y que contó con nuestro apoyo en los anteriores tramites, y tras haber obtenido el informe favorable del consejo consultivo de Andalucía, me ratificó en dicho apoyo.

Por el Sr. Portavoz del grupo municipal de Izquierda Unida, Don Antonio Torres Carnerero, expone que apoyamos esta aprobación definitiva de este expediente de modificación número tres del plan de sectorización del Pago de Enmedio, cuyo objeto es cambiar la posibilidad de construir dos plantas del subsuelo en donde se van a construir las viviendas protegidas del Plan General, para aparcamiento subterráneo, permitiendo la construcción de una sola planta en la zona dotacional de espacios libre colindante a cada promoción. Hemos visto que se tiene el informe favorable de la Consejo consultivo de Andalucía como de la Consejería competente y los servicios jurídicos municipales.

Como aspecto a reseñar, es que una vez que se aprueba este expediente de forma definitiva, el subsuelo donde se va a ejecutar los aparcamientos subterráneos pasan a ser patrimoniales, y con ello se podrá construir una sola plaza de aparcamiento, dando cumplimiento a la ratio de aparcamiento por vivienda construida. Nuestro voto será favorable.

Por el Sr. Concejal del grupo municipal La Rinconada, Sí se Puede, Don Fernando La Chica Mera, expone que estamos ante un cambio de planeamiento que afecta al soterramiento para construir aparcamientos en el Pago de Enmedio, y consideramos que fue una buena idea, que se confirma jurídicamente con los informes favorable tanto de la Consejería como del Consejo Consultivo de Granada. Por ello, votamos a favor.

Por el Sr. Concejal delegado de Urbanismo, Don Francisco Manuel Díez Pineda, expone que estamos ante la culminación del recorrido de este expediente de modificación del Plan de Sectorización del Pago de Enmedio, número dos, de rango parcial. El documento técnico ha sido redactada por la Sra. Arquitecta Municipal, y el objeto era desafectar la demanialidad del subsuelo, para ejecutar un aparcamiento subterráneo en un sola planta, pasando a bien patrimonial, y dotándole de lucratividad, y poner en servicio del promotor de estos suelos, AVRA y Soderinsa, la capacidad de obtener la ratio exigida de aparcamiento por número de viviendas construidas en ese sector. Se utiliza para tal fin el subsuelo de las plazas prehabitacionales de la parcela. De esa forma se consigue optimización de costes, al no tener que construir dos plantas subterráneas en cada promoción de vivienda protegida. Esta desafectación genera un ingreso compensatorio para el Ayuntamiento cifrado en 91.523 € a satisfacer al cincuenta por ciento por cada promotor, quedando la entrada en vigor de esta modificación mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, al pago efectivo de dicha cantidad.

Esta modificación puntual nace del acuerdo de aprobación inicial de la Junta de Gobierno local, de fecha 27 de julio de 2017, y culmina con el posicionamiento del consejo consultivo de Andalucía, y cuya justificación para darle el visto bueno a esta modificación no tiene desperdicio.

Con esta finalización de este expediente, nos va a permitir desarrollar de forma más sostenible, los próximos proyectos de planes de vivienda protegida en el Pago de Enmedio.

Por el Sr. Alcalde, quiere agradecer y felicitar a la Sra. Arquitecta Municipal, Doña María del Mar Mora Gutiérrez, pues el informe técnico elaborado que ha sido analizado en su informe por el consejo consultivo de Andalucía, ha sido muy bien valorado tanto por el propio consejo como por la Delegación Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la profundidad y calidad de ese documento técnico elaborada por la Sra Arquitecta Municipal. Abre una línea de continuidad para el resto de municipios andaluces, en la tramitación de esta clase de expedientes urbanísticos. Con ello queremos resaltar el trabajo importante que está realizando esta profesional en materia de ordenación y planeamiento, conjuntamente con el resto del área de Urbanismo, pues todos los documentos técnicos que se elabora por esta profesional, siempre vienen avalado en sus informes por el resto de Administraciones competentes. Considero importante que todos elevemos esa felicitación a esta profesional, por su trabajo como Arquitecta Municipal.

Tras el oportuno debate, seguidamente se somete a votación la citada propuesta con el siguiente resultado.

Votos a Favor 20 (14 PSOE, 3 La Rinconada si se puede, 2 IUCA y 1 Grupo Mixto)

Visto que por la arquitecta municipal Dª María del Mar Mora Gutiérrez, se ha redactado el documento técnico de modificación en donde se justifica la desafectación del subsuelo del parte de las plazas prehabitacionales, calificadas como SL-EL- 4 y SL-EL-5, para poder dar lugar a la formación de un complejo inmobiliario junto con la parcela residencial que rodea dichos espacios y que se convierta en aparcamiento privado de la misma.

El bien (subsuelo) pasa de demanial a patrimonial para su posible destino a aparcamiento de las manzanas MA1, MA2, MA3 y MA4, de la Zona de edificación residencial de manzana abierta.

Visto que por el Área de Urbanismo del Ayuntamiento de La Rinconada, se propuso a la Junta de Gobierno Local la aprobación inicial del documento técnico adjuntando informe jurídico en el que se hacía constar la competencia del Sr. Alcalde (art 21.1 j de la LBRL), facultad que había sido delegada en la Junta de Gobierno Local de la corporación en virtud de la resolución 284/2015 SEC de 13 de junio, y en el que se especificaba también el procedimiento a seguir.

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 27 de julio de 2017, se aprobó inicialmente el “Modificación nº2 de rango de Plan Parcial, del Plan de Sectorización con Ordenación Pormenorizada de la Unidad Urbanística Integrada 1 (UUI-1), de Pago de Enmedio”.

Visto que en el Boletín Oficial de la Provincial núm 192 de 21 de agosto de 2017, se publicó el anuncio de la aprobación inicial para que en el plazo de un mes se pudieran presentar alegaciones. En el Diario de Correo de Andalucía de fecha 28 de julio de 2017, se insertó el correspondiente anuncio. En el Portal de la Transparencia asimismo se dio publicidad al acuerdo aprobatoria en la misma fecha en la que se publicó en el BOP.

Por otro lado, el acuerdo fue notificado a la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA), y a la Sociedad para el Desarrollo de La Rinconada (SODERINSA), como propietario de los suelos.

Concluido el trámite de información pública, no se presentó alegación alguna, como se acredita con el certificado del Sr. Secretario que obra en el expediente.

Visto que no se solicitaron informes sectoriales, de conformidad con el art 32.1 regla tercera de la LOUA, al no ser necesaria la procedencia de evaluación ambiental estratégica ni valoración de impacto en salud.

Visto que remitido el expediente a la Delegación Territorial en Sevilla de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio se emitió informe del Servicio de Urbanismo (expediente TIP/2017/001243) , en el que se realizan las siguientes consideraciones:

En cuanto a la legislación urbanística

a) La aprobación definitiva de la modificación n.º 2 alterará automáticamente la calificación del subsuelo pasando de bien demanial a bien patrimonial.

El documento debe aclarar que la modificación no es para “permitir la posibilidad de ……...”, sino que se producirá la alteración de la calificación del suelo de forma automática.

b) El documento justifica la innecesariedad de establecer medidas compensatorias.

La Delegación Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, considera que no es adecuada la justificación de la innecesariedad y que no se da cumplimiento por tanto a lo establecido en el art. 36.2 a. segunda, de la LOUA.

En cuanto a el planeamiento superior vigente

a) Sería preciso modificar el capitulo tercero de las ordenanzas del Plan de Sectorización relativo a la “Zona de edificación en manzana abierta para asegurar que unicamente se pudiera ejecutar una sola planta bajo la rasante”.

Visto que la modificación planteada no afecta a determinaciones de carácter estructural, si no a determinaciones de ordenación pormenorizadas, y por tratarse de modificaciones que tienen por objeto una diferente zonificación o uso urbanístico de parques, jardines o espacios libres, dotaciones o equipamientos requerirán dictamen favorable del Consejo Consultivo de Andalucía, conforme a lo determinado en el art. 36.2. c, regla segunda de la LOUA.

Visto que por la arquitecta municipal Dª María del Mar Mora Gutiérrez, se ha redactado documento técnico corregido y al que se le ha añadido un punto 11 en el que se incorpora las consideraciones establecidas en la Delegación Territorial en Sevilla de la Consejería de Medio ambiente y Ordenación del Territorio.

Visto que por acuerdo de Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 13 de febrero de 2018, se aprobó las rectificaciones del documento técnico “Modificación n.º 2 de Rango de Plan Parcial, del Plan de Sectorización con Ordenación Pormenorizada de la Unidad Urbanística Integrada 1 (UUI-1), “Pago de Enmedio”, que tienen en cuenta las consideraciones establecidas en el informe del Servicio de Urbanismo de la Delegación Territorial en Sevilla de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y proponer la aprobación definitiva del expediente, de modificación n.º 2 de Rango de Plan Parcial, del Plan de Sectorización con Ordenación Pormenorizada de la Unidad Urbanística Integrada 1 (UUI-1), “Pago de Enmedio”.

Visto que por el Consejo Consultivo de Andalucía, de fecha 9 de abril de 2018, se emite dictamen favorable respecto al expediente de la Modificación n.º 2 de Rango de Plan Parcial, del Plan de Sectorización con Ordenación Pormenorizada de la Unidad Urbanística Integrada 1 (UUI-1), “Pago de Enmedio”.

Visto que por los Servicios Técnicos de este Ayuntamiento se informó en sentido favorable el proyecto de la MODIFICACIÓN Nº 2 DE RANGO DE PLAN PARCIAL DEL PLAN DE SECTORIZACIÓN CON ORDENACIÓN PORMENORIZADA DE LA UUI-1, el cual se encuentra en disposición de ser objeto de aprobación definitiva siendo su contenido plenamente conforme con las previsiones del planeamiento general y el planeamiento de sectorización objeto de desarrollo.

Visto que en cuanto a la competencia, teniendo en cuenta que los planes de sectorización tienen la consideración de planeamiento general, estando regulados por el art.12 de la LOUA y que están incluidos, en la estructura de la citada Ley, dentro de la subsección 2ª “otros instrumentos de planeamiento general”, (de la sección primera, del capítulo primero, Titulo Primero de la LOUA), es por lo que corresponde al Pleno municipal, la aprobación definitiva de esta modificación del planeamiento de sectorización, que no afecta a la ordenación estructural del citado Plan, según el art. según lo establecido en el artículo 22.2. c) Ley de Bases del Régimen Local, Ley 7/1985, de 2 de abril, en relación con el art. 31.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística Andaluza.

Visto que en cuanto al procedimiento: Como consecuencia de todo lo anterior, procede que por el pleno municipal de forma definitiva la Modificación nº 2, que no afecta a la ordenación estructural del citado Plan de Sectorización, con ordenación pormenorizada de la UUI-1.

Visto que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 7/2002, en relación a lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley de Bases de Régimen local, los acuerdos de aprobación definitiva de todos los instrumentos de planeamiento se publicarán en el Boletín Oficial correspondiente y las Corporaciones Locales publicarán las normas urbanísticas en el BOP, y no entrarán en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2. Igualmente se publicará el texto de la documentación urbanística en el Portal de la Transparencia.

No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36.2. 2ª de la LOUA, que determina que toda innovación que aumente el aprovechamiento lucrativo de algún terreno, desafecte el suelo de un destino público a parque y jardines, dotaciones o equipamientos, o suprime determinaciones que vinculen terrenos al uso de viviendas protegidas, deberá contemplar las medidas compensatorias precisas para mantener la proporción y calidad de las dotaciones previstas respecto al aprovechamiento sin incrementar éste en detrimento de la proporción ya alcanzada entre unas y otros.

Conforme al documento urbanístico, dictaminado favorablemente por el Consejo Consultivo, la cantidad compensatoria queda establecida en la cantidad de 91.523,93 €, que deberá ser depositado en la cuenta destinada a tales fines, por parte de los promotores de la actuación. Conforme al artículo 139.2 de la LOUA, esa aportación económica se realizará con ocasión de la aprobación definitiva de la modificación del planeamiento, quedando condicionado la publicación del documento en el Boletín Oficial de la Provincia que corresponda a la efectiva entrega de dicha cantidad.

Visto todo lo cual, se acuerda por unanimidad de los miembros asistentes que compone el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo.

Primero.- Aprobar de forma definitiva la Documentación Técnica denominada la “Modificación nº2 de rango de Plan Parcial, del Plan de Sectorización con Ordenación Pormenorizada de la Unidad Urbanística Integrada 1 (UUI-1), de Pago de Enmedio”, redactado por la Sra. Arquitecta, Doña María del Mar Mora Gutiérrez“, el cual tiene por finalidad la de desafectar la demanialidad del subsuelo, hasta una profundidad de una planta bajo rasante, de modo que se convierte en subsuelo patrimonial con la finalidad de atribuirle lucratividad y poder constituir un aparcamiento susceptible de ser comercializado, solamente si es para constituir junto con la parcela residencial que la rodea un complejo inmobiliario, y poder cumplir con la dotación de aparcamiento establecida en el art. 31 de las ordenanzas en una sola planta sótano.

Segundo.- Proceder a su inscripción en el Registro Municipal de Planeamiento Urbanístico, ordenándose su publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el BOP de Sevilla, para su publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley de Bases de Régimen Local. Asimismo, se publicará telemáticamente en la pagina web municipal y Portal de la Transparencia. Dicha publicación estará condicionada al depósito de la cantidad compensatoria 91.523,93 €, en la cuenta municipal a los efectos prevenidos en el artículo 36 de la LOUA.

Tercero.- Dar traslado de este acuerdo a la Delegación Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de Sevilla, para su debido conocimiento y efectos oportunos.

Cuarto.- Dar cuenta de este acuerdo a AVRA, a Soderin, al Sr. Interventor y al Sr. Tesorero, para su debido conocimiento y efectos oportunos.

Quinto. Dar cuenta de este acuerdo a la Sra. Arquitecta Municipal, doña María del Mar Mora Gutiérrez, , en aras a que tome conocimiento de la felicitación y agradecimiento de la Corporación Municipal, por el trabajo realizado en la elaboración de la documentación técnica de este expediente.

QUINTO.- APROBACIÓN DE LA PROPUESTA PRIORIZADA DE INVERSIÓN A INCLUIR EN EN EL PROGRAMA DE INVERSIONES FINANCIERAMENTE SOSTENIBLES, 2018, (PLAN SUPERA VI).-

Por el Sr. Secretario General, se da cuenta de dictamen de la comisión informativa de Economía, Hacienda, Empleo, Formación, Desarrollo Económico, Comercio y Agroindustria, por la que se propone la aprobación de propuesta priorizada de inversión, para ser financiada a cargo del Programa de inversiones municipales financieramente sostenibles, 2018 Supera VI, de la Excma. Diputación Provincial de Sevilla, acordándose formalmente la solicitud de la financiación de las mismas a cargo de los créditos del Plan SUPERA VI.

Por el Sr. Concejal delegado de Urbanismo, Don Francisco Manuel Díez Pineda, expone que vamos a proponer la propuesta priorizada de inversión a incluir en el programa “SUPERA VI”, de inversiones financieramente sostenibles, de la Diputación Provincial de Sevilla.

En el Pleno del 17 de abril de 2018, de la Diputación Provincial de Sevilla, aprobó las bases reguladoras para el programa de inversiones financieramente sostenibles 2018, (Plan supera VI), y en la que se indica entre otras cuestiones, que el plazo de presentación de la solicitud de adhesión al programa, finaliza el próximo 8 de mayo, de ahí la convocatoria de este pleno extraordinario. Nos asignan a este Ayuntamiento, la cantidad de 578.862,05 €, para abordar ese paquete de inversiones financieramente sostenibles.

La propuesta incluye cual es la relación priorizada de las inversiones financieramente sostenible a financiar a cargo de este programa. Son tres inversiones vinculadas a tres grandes objetivos. El primero es en seguir trabajando en la mejora de la escena urbana, en concreto con el programa 153 de “Vías Públicas”, con un proyecto de pavimentación de vías públicas de ambos núcleos de población, por importe de 208.862,05 €.

El segundo objetivo es la mejora del patrimonio inmobiliario del Ayuntamiento, dedicado a la rehabilitación y mejora de edificios municipales dedicados a la prestación de servicios públicos. En este caso, se ha incluido una reforma del centro joven “La Estación”, del área de Juventud, valorada en 95.000 €. Esta inversión va a permitir reordenar las distintas plantas, de tal manera se pueda mejorar la prestación de servicios en materia de formación, asesoramiento y atención a los jóvenes.

La tercera de las actuaciones vinculadas a dos aspectos esenciales, uno en el aspecto educativo, a nivel general, y otro a nivel particular, respecto a la mejora de los centros de educación infantil y primaria de la Barriada “La Paz”. Estas actuaciones tienen encaje en el programa 323, que es novedoso y que habilita la nueva Orden del Ministerio sobre inversiones financieramente sostenibles, y que se refiere a inversiones vinculadas al funcionamiento de centros docentes de enseñanza infantil y primaria y educación especial. La inversión, se cifra en 425.000 €, de los que el plan Supera de Diputación financia 275.000 €, correspondiendo una aportación municipal, de 150.000 €. Con este proyecto, se pretende mejorar el envolvente y cubierta de los edificios número uno y dos del CEIP “La Paz”, que va a mejorar no solo la imagen exterior del centro educativo, sino en el ahorro energético del edificio escolar, al mejorarse sustancialmente en la climatización y habitabilidad del mismo. Igualmente va a ver una mejora total de los cerramientos de los inmuebles educativos, de las carpinterías metálicas. Por último, va a mejorar los cerramientos perimetrales de ambos edificios, que propicie un mejor control y visibilidad de esos edificios escolares.

En total, el importe total de la inversión, alcanza la cantidad de 728.862,05 €.

También se propone la delegación en el Sr. Alcalde, tanto en la facultad de modificar o introducir mejoras voluntarias propuestas por la Diputación, a estas inversiones financieramente sostenibles como de la aprobación de los correspondientes proyectos básicos y de ejecución, que luego irán a Pleno, para su refrendo.

Por el Sr. Concejal del grupo mixto, Don Angel Seisdedos Gavira, expone que el equipo de gobierno nos ha presentado esa batería de proyectos, para ejecutar a cargo del Plan Supera VI de la Diputación Provincial de Sevilla, y que suponen una inversión de 578.862,05 €, que sumado la aportación municipal, alcanza la cantidad total de 728.862, 05 €. Se pretende ejecutar tres proyectos. El primero se refiere a pavimentacíón de vías públicas en el municipio, con una cuantía de 208.862, 05 €. El segundo reforma del centro joven “La Estación”, por cuantía de 95.000 €. Y el último proyecto, son obras de actuaciones en la envolvente y cerramiento del CEIP “La Paz”, por cuantía de 425.000 €.

Son inversiones necesarias e importantes, y redundará en beneficio de la ciudadanía, por lo cual apoyamos la propuesta.

Por el Sr. Portavoz del grupo municipal de Izquierda Unida, Don Antonio Torres Carnerero, que ya hemos dado el visto bueno en la comisión informativa, y allí hicimos algunas observaciones, y expusimos que es el equipo de gobierno, el que establece la prioridades y podemos comprender que todos los proyectos son necesarios, pero también es verdad que existen otras inversiones que también son necesarias, y en algunos casos han sido señaladas por este grupo. Consideramos necesario la pavimentación de las vías públicas deterioradas del municipio, como también la reforma del centro joven “La Estación”, como la actuación envolvente del CEIP “La Paz”, pues ello va a mejorar la climatización de un centro escolar de educación infantil y primaria del municipio, pero que no puede hacerse extensible a los centros de educación secundaria que depende de la Consejería de Educación. Por ello vemos necesario seguir insistiendo a la Junta de Andalucía para que acometa esas obras, mientras este Ayuntamiento acomete las obras en el resto de centros infantiles del municipio. Otra propuesta que en su día, trajimos, y que puede ser financiado a cargo de este programa “Supera VI”, cual es la adaptación de las piscinas de aire libre de verano, a la normativa de accesibilidad, en especial para que las personas con movilidad reducida puedan usar los vasos de las piscinas. Se nos informó de que estas obras no eran urgentes. Nosotros si lo consideramos necesarios, y puede estar incluidas en este Plan “Supera”. Esperamos que esta propuesta de inversión sea tenido en cuenta en las nuevas propuestas de inversiones que se acometan próximamente.

Por todo lo expuesto, apoyamos esta propuesta priorizada de inversiones a financiar por el Plan Supera VI, pues son necesarios, pues contribuyen a la mejora del entorno urbano y van a generar empleo.

Por el Sr. Concejal del grupo municipal La Rinconada, Sí se Puede, Don Fernando La Chica Mera, expone que la subvención que le corresponde al Ayuntamiento a cargo del Plan Supera, supone más de 570 mil euros, y cuyo empleo en tres inversiones financieramente sostenible, va a mejorar nuestras calles, con la renovación del asfaltado. Las prioridades las marca el equipo de gobierno, pero podemos tener diferencia en la prioridad de las inversiones, pues consideramos que la renovación del pavimento no es prioritaria respecto a la Avenida de Portugal, y lo es respecto a la calle Juan de la Cueva, a la altura del CEIP “La Paz”, esta ondulado, como consecuencia de una obra ejecutada en verano. La segunda actuación se refiere a la remodelación del centro joven “La Estación”, nos parece absolutamente adecuado, pues allí, se está realizando una gran labor y adaptarlo a las necesidades de formación y empleo de la juventud e información es algo que compartimos. Por último apoyamos la renovación de las instalaciones del centro escolar del CEIP “La Paz”, que presenta ya una antigüedad destacada. Se va renovar la climatización del centro escolar así como el cerramiento perimetral, que ya expuse en una anterior sesión, en cuanto a su peligrosidad, por el deterioro que presenta. Por eso agradezco que se arregle ese cerramiento a cargo de este programa de inversión. Ganamos en seguridad.

Por el Sr. Concejal Delegado de Urbanismo, Don Francisco Manuel Díez Pineda, agradezco el apoyo de todos los grupos municipales. En relación a la continuidad de las obras de envolventes en otros centros escolares, para mejorar el aislamiento climático, estamos trabajando en su extensión a otros centros escolares de educación infantil y primaria, como es el caso, del PUA. Esta mejora se basa en la estructura existente, y su puesta en marcha va a redundar en una mejora significativa en ahorro energético y en la calidad del servicio.

En relación, a la accesibilidad de edificios municipales, que es uno de los programas definidos en esta normativa, me consta que el área de deportes, está trabajando en el estudio sobre la accesibilidad a distintos vasos de la piscina municipal, analizando la normativa regulatoria existente. Las últimas propuestas que se plantean van por poner una rampa de acceso a los vasos, en vez de soluciones de carácter mecánico. Estamos pues trabajando en ello, y más pronto que tarde traeremos soluciones satisfactoria respecto a la accesibilidad a los vasos de las piscinas municipales.

En cuanto a la intervención del Sr. La Chica, las calles propuestas para su pavimentación, obedece a las necesidades expuestas por el área de Vía Pública y Servicios Generales. Cuando se contempla la Avenida de Portugal, es porque técnicamente requiere esa actuación. En cuanto al tramo de la calle “Juan de la Cueva”, a la altura del CEIP “La Paz”, evaluaremos dicha circunstancia expuesta, para ver si la podemos incluir en el siguiente paquete de obras de pavimentación.

En relación al cerramiento del CEIP “La Paz”, conoce a través de la memoria técnica que lo que se hace es un revestimiento del exterior, con la retirada de la valla metálica existente, y una incorporación del cerramiento metálico de nueva factura. No nos consta, por parte del arquitecto municipal, que el cerramiento existente presente cualquier situación de riesgo.

Nos congratulamos de que exista un paquete de inversiones de este nivel, y gracias a la voluntad clara de la Diputación Provincial de Sevilla, y que todos estemos de acuerdo en invertir en educación, en la escena urbana y en la recuperación, rehabilitación y mejora del patrimonio municipal inmueble, que están afectos a un servicio público.

Por el Sr. Alcalde, explica que en la próxima sesión plenaria, a celebrar el próximo 22 de mayo, pretendemos llevar al orden del día, del uso para inversiones financieramente sostenibles financiado del superávit local resultando de la liquidación presupuestaria. La preocupación del Sr. Torres, también es la nuestra, y forma parte de la agenda del equipo de gobierno. Una de los proyectos que vamos a traer es la construcción de cuatro ascensores, a instalar en cuatro centros escolares, como son el PUA, el Maestro Antonio Rodríguez y los dos edificios de la Paz. Y vinculado a la discapacidad, vamos a traer la adquisición de dos vehículos adaptados para los usuarios del Patronato Municipal de personas con discapacidad. La cantidad que vamos a emplear en el Supera Local va a duplicar a lo que ahora estamos aprobando. En cuanto a lo que plantea sobre la accesibilidad a los vasos de las piscinas de verano, es algo que nos hemos planteado, pero estamos a la espera de que se clarifique de forma definitiva, la normativa aplicable en esta materia. No tiene sentido plantear una inversión como la que existe en la piscina del “Castañita”, como es un elemento mecánico para las personas con movilidad reducida, que no es costoso, y que puede incorporarse a las otras dos piscinas, para al final tener que ejecutar una rampa, porque así lo exija la normativa. No le quepa duda que haremos esa inversión. Su propuesta es coherente y razonable, y la tendremos en cuenta. Estaremos abierto a sus propuestas, si son necesarias.

En cuanto al planteamiento del Sr. La Chica, sobre si prioritario la inversión en Juan de la Cueva, antes que la Avenida de Portugal, para la pavimentación, se basa exclusivamente en motivos técnicos a la hora de priorizar las inversiones. Pero tienen que tener en cuenta que antes de proponer arreglar una calle, tenemos que contactar con Emasesa, para evitar que se actúe sobre una misma calle, en un periodo breve de tiempo, y ese es el caso de la calle “Cádiz”, calle perpendicular a la calle “Carretera Bética” y “Avenida de Andalucía” que es la única que no se ha arreglado en el actual proyecto de inversiones que está llevando a cabo la empresa Emasesa, en la parte antigua de “San José”. Y ello tiene una razón, cual es que esa calle va a ser remodelada en pocos años, por la propia compañía suministradoras, en aras a soterrar el arroyo “del Mocho”, desplazándolo de su actual emplazamiento, pues transcurre por medio de viviendas, pasando por la calle Córdoba, carretera Bética para culminar su conexión con el arroyo “Almonazar”. Ese ovoide transcurrirá por la calle Cádiz. Es un ejercicio de planificación. Por lo tanto el ámbito de planificación en el arreglo de calles, viene en primer lugar por un criterio técnico, luego por cuestión política y por último por la coordinación con la empresa “Emasesa”.

Nos parece satisfactorio de que apoyemos todos, la propuesta priorizada de inversiones, para ser financiada por el Plan “Supera VI” que gestiona la Diputación Provincial. Cuando veamos el proyecto global de los dos superas, se verá con mejor perspectiva el puzle de la totalidad de las inversiones que se van a acometer, Sus propuestas de mejora en las inversiones, la estudiaremos y si son viables, la ejecutaremos bien por modificaciones presupuestarias o bien se detallarán en los presupuestos del año que viene, del que ya estamos trabajando.

Tras el oportuno debate, se procede a la votación de esta propuesta:

Votos a Favor: 20 (14 PSOE, 3 La Rinconada, Sí se Puede, 2 IUCA y 1 Grupo Mixto)

Visto que por acuerdo del Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Sevilla, en sesión celebrada el día 17 de abril de 2018, se aprobó las Bases Regulatorias para el Programa de Inversiones financieramente sostenibles, 2018 (Plan SUPERA VI). En las citadas Bases Regulatorias se establece la distribución de los fondos, así como el modo y la forma de acceso a los mismos, así como el marco de gestión del Plan. Los fondos se aplicarán a los Proyectos de Inversión financieramente sostenibles, de acuerdo a la Disposición Adicional decimosexta del Texto Refundido la Ley Reguladora de la Haciendas Locales.

Asimismo, este programa es de libre configuración por los municipios, de entre los Programas presupuestarios contenidos en el Real Decreto-Ley 1/2018, de 23 de marzo, por el que se prorroga para 2018 el destino del superávit de las Corporaciones Locales para inversiones financieramente sostenibles y se modifica el ámbito objetivo de éstas, en los términos actualmente vigentes derivados de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre modificado por Orden HAP/419/2014, de 14 de marzo, de conformidad con la Base nº 4 Regulatoria de este Programa.

El plazo para presentación de la solicitud de adhesión a este programa, con remisión del acuerdo plenario de la propuesta priorizada de inversiones sostenible finaliza el 8 de mayo, de conformidad con la Base nº 8 Regulatoria de este Programa.

Visto que al Ayuntamiento de La Rinconada, le corresponde la cantidad de 578.862,05 €, en función del anexo 1, (Plan Provincial de inversiones financieramente sostenibles 2018. Programa General Municipal) que detalla la tabla de la distribución municipal de fondos del programa de inversiones municipales financieramente sostenibles Supera VI.

Visto que por los servicios técnicos municipales se han elaborado Memorias Técnicas referidas a las inversiones a incluir en el Programas General Municipal del Plan Supera VI de la Excma. Diputación.

Visto que las propuestas de inversión son Proyectos de Inversión financieramente sostenible y que se encuentran dentro de las actuaciones, programas elegibles y gastos subvencionables, que se recogen expresamente en la Base nº 7 Regulatoria de este Programa.

Visto que conforme a la Base 8.1 Regulatoria de este programa, cada Ayuntamiento debe solicitar y presentar a la Excma. Diputación Provincial, hasta el 8 de mayo, sus propuestas priorizadas de inversión sostenible, según modelo publicado, con especificación de los presupuestos asignados a cada actuación, conforme a la Memoria Técnica que fundamenta la misma.

Visto todo lo cual, se acuerda por unanimidad de los miembros asistentes que compone el Ayuntamiento Pleno, conforme a lo dispuesto en el artículo 22.2.ñ) de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, lo siguiente:

Primero.- Aprobar la siguiente propuesta priorizada de inversión, para ser financiada a cargo del Programa de inversiones municipales financieramente sostenibles, 2018 Supera VI, de la Excma. Diputación Provincial de Sevilla, acordándose formalmente la solicitud de la financiación de las mismas a cargo de los créditos del Plan SUPERA VI:

Las actuaciones priorizadas, con cargo al Programa General SUPERA VI son por su orden correlativo, las que siguen:

DENOMINACIÓN

PROGRAMA PRESUPUESTARIO

PRESUPUESTO TOTAL

1º. “Proyecto de Pavimentación de Vías Públicas en el municipio de La Rinconada”. Programa 153. “Vías Públicas”. 208.862,05 €.

2º. “Reforma del Centro Joven La Estación. Área de Juventud”. Programa 933. “Gestión del Patrimonio”. 95.000 €.

3º. “Remodelación CEIP La Paz”. Programa 323.

“Funcionamiento de Centros docentes de enseñanza infantil y primaria y educación especial”. 425.000 €. (275.000 €, Plan Supera General y 150.000 €, aportación municipal).

TOTAL 728.862,05 €, (578.862,05 €, Plan Supera General y 150.000 €, aportación municipal).

Segundo.- Que como parte del expediente de solicitud, se acompañas tantas certificaciones anexas como proyectos de inversión se solicitan para cada programa.

Tercero.- Delegar en el Sr. Alcalde, la facultad tras el trámite de modificación-mejora voluntaria de su propuesta dictada por Resolución de Presidencia, y dispuesta en la Base 8.2, de presentar en atención a corregir los inconvenientes relacionados con el objeto, naturaleza, cuantía, programas, elegibilidad, etc, de la propuesta inicial, y de presentar las variaciones que sean necesarias

Cuarto.- Delegar en el Sr. Alcalde, la aprobación del proyecto básico y de ejecución de las inversiones financieramente sostenibles antes indicadas del Programa General Municipal, una vez que se apruebe la Resolución de la Presidencia de la Excma. Diputación, aprobando la inclusión de estas inversiones en el Programa de Inversiones municipales financieramente sostenibles SUPERA VI, así como cuantas gestiones sean precisan para la ejecución de este acuerdo.

Quinto.- Dar cuenta de este acuerdo a la Excma. Diputación Provincial de Sevilla, al Sr. Interventor y al Sr. Tesorero, para su debido conocimiento y efectos oportunos.

Y no habiendo más asuntos que tratar y siendo las diez horas y treinta minutos del día al principio indicado, la Sra. Presidenta da por terminada la sesión de la que se extiende la presente acta, que deberá firmar, conforme a lo establecido en el art. 110 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades Locales, de 20 de Noviembre de 1986, conmigo el Secretario que certifico.

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