SAC
Servicio de Atención a la Ciudadanía

Ayuntamiento

Actividad de plenos

15/03/2019 PLENO EXTRAORDINARIO 30 DE ABRIL

QUINTO.- APROBACIÓN BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE PRIMERA VIVIENDA PROTEGIDA EN RÉGIMEN ESPECIAL Y GENERAL EN VENTA EN LA RINCONADA.

Por Por el Sr. Secretario General, se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo, Movilidad, Medio Ambiente, Vivienda, Vía Pública, Parques y Jardines, Servicios Generales, Seguridad Ciudadana, Bomberos y Protección Civil por la que se propone la aprobación de las bases reguladoras para el otorgamiento de para el otorgamiento de ayudas para la adquisición de primera vivienda protegida (VPO) en La Rinconada.

Habiéndose debatido este asunto, en el punto anterior, seguidamente se somete a votación esta propuesta, con el siguiente resultado:

Votos a Favor: 19 (14 PSOE, 1 IU, 3 La Rinconada, Sí se Puede y 1 Grupo Mixto).

Visto que el Municipio para la gestión de sus intereses y el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunicad vecinal en los términos previstos en el artículo 25 de la Ley de Bases de Régimen local. En su apartado segundo, apartado a), se indica que los municipios ejercerá en todo caso como propias, en los términos de la legislación del Estado y las Comunidades autónomas en las siguientes materias: promoción y gestión de la vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera.

En el artículo noveno, apartado segundo de la Ley de Autonomía Local de Andalucía se establece que Los municipios andaluces tienen las siguientes competencias propias

Segundo.- Planificación, programación y gestión de viviendas y participación en la planificación de la vivienda protegida, que incluye:

a) Promoción y gestión de la vivienda.

b) Elaboración y ejecución de los planes municipales de vivienda y participación en la elaboración y gestión de los planes de vivienda y suelo de carácter autonómico.

c) Adjudicación de las viviendas protegidas.

d) Otorgamiento de la calificación provisional y definitiva de vivienda protegida, de conformidad con los requisitos establecidos en la normativa autonómica.

Conforme a esta disposición, el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 21 de diciembre de 2018, aprobó de forma definitiva del Plan Municipal de Vivienda y Suelo 2018-2020 del Ayuntamiento de La Rinconada, que consta en el Expediente. El Plan Municipal de Vivienda y Suelo se redacta en el marco de las competencias que la Constitución, el Estatuto de Autonomía de Andalucía y la legislación de régimen local, en especial la Ley de Autonomía Local de Andalucía, otorgan al Ayuntamiento para diseñar y desarrollar políticas y actuaciones de vivienda; y de la regulación de este instrumento en la Ley 1/2010, de 8 de marzo, Reguladora del Derecho a la Vivienda en Andalucía, como un “Instrumento para la definición y desarrollo de la política de vivienda del Municipio”. El artículo 13 de esta Ley regula el contenido mínimo de los Planes.

Visto que el Ayuntamiento gestiona la competencia en materia de viviendas, a través de la empresa pública SODERIN VEINTIUNO SAU que fue constituida en el año 2008 por la fusión empresas municipales SODERINSA y Rinconada SXXI, aunque esta última ya desarrollaba funciones en el ámbito de la promoción de viviendas protegidas desde el año 1995.

En el programa de actuación del Plan Municipal de Vivienda y Suelo de La Rinconada, se recogen los objetivos Municipales derivados de las políticas de vivienda:

· Promover la cohesión social con especial atención a los colectivos más vulnerables.

· Avanzar en que todas las personas puedan acceder de forma permanente a una vivienda digna independientemente de su capacidad económica.

· Establecer medidas que mejoren la eficiencia y la eficacia en la gestión interna del parque municipal de viviendas en alquiler.

· Fomentar el uso adecuado de las viviendas del parque municipal en alquiler, fomentando la cultura de la corresponsabilidad.

· Fomentar la construcción de viviendas protegidas en régimen de propiedad, canalizando todas las ayudas de las diferentes administraciones para los adjudicatarios, estableciendo incluso incentivos municipales para ellos allí donde no lleguen los de otras administraciones.

· Fomentar actuaciones de rehabilitación de vivienda canalizando recursos propios y de otras administraciones y colaborando incluso con asociaciones y entidades que puedan sumar en este objetivo.

· Aumentar los servicios que en materia de vivienda y asesoramiento en esta materia se ofrecen desde la sociedad municipal Soderinsa Veintiuno, Desarrollo y Vivienda, SAU.

· Fomentar la regeneración de las zonas más antiguas del Municipio con actuaciones que aumenten el atractivo de las mismas y favorezcan fijar y atraer población.

· Estudiar fórmulas de acceso a la vivienda alternativas a las tradicionales de la propiedad o el alquiler convencional. Implementando medidas diferentes para dar solución a situaciones diferentes, adaptándonos a las necesidades y cambios en la sociedad.

· La activación definitiva de los suelos de Pago de Enmedio como el proyecto más importante desarrollado desde la iniciativa pública en el Municipio para ordenar el crecimiento del mismo y conseguir dar respuesta a las necesidades de vivienda de la población con una reserva del 70% para vivienda con algún tipo de protección.

Igualmente en el documento de Plan de Actuaciones, en relación a la programación de vivienda protegida en venta, se recoge lo siguiente:

“1.2.1. PROGRAMA DE VIVIENDA PROTEGIDA EN VENTA

Hemos visto que en el municipio de La Rinconada existe una demanda de vivienda protegida, sobre todo jóvenes, dispuestos y con recursos a acceder a una vivienda de estas características. Aunque actualmente no existe ninguna línea que subvencione este tipo de viviendas, ni en el ámbito estatal ni en el autonómico, el Ayuntamiento de La Rinconada a través de SODERIN ha puesto en marcha un programa para la promoción y construcción de viviendas protegidas en venta para jóvenes.

Uno de los ejes sobre los que se mueve esta línea de trabajo es rebajar el precio del coste de las viviendas al no repercutirse en el precio de la misma el valor del suelo, ya que los suelos son de titularidad pública. La rebaja del valor del coste de repercusión del suelo, permite por tanto la construcción del inmueble dentro de los parámetros económicos para las viviendas protegidas que se recogen en el Capítulo I del Título II del PVRA.

Por otro, lado para poder financiar la construcción de las promociones que puedan llevarse a cabo, el Ayuntamiento transferirá la cantidad necesaria para la ejecución de las obras a Soderin, quien se encargará de todo el proceso, recuperando el valor de este dinero transferido, salvo el correspondiente al valor del suelo.

Se va a realizar una primera promoción de estas características en la parcela MA-1 propiedad de SODERIN en el Plan de Sectorización UUI-1 “Sureste” del Área SUNS-1 Pago de En medio. Se trata de la primera actuación en materia de vivienda protegida que se proyecta en esta zona de desarrollo urbano y con ella la se quiere dar respuesta a una población preferente joven, menor de 35 años, ofertando viviendas a un precio asequible.

Se trata de un programa de construcción de viviendas protegidas en edificios plurifamiliares que se ejecutarían por fases de entre 25 a 45 viviendas, de aproximadamente 70 m² útiles y sumando un número total de viviendas de en torno a 165, si bien el artículo 42.2 del Plan de Sectorización, posibilita que sobre el 50% del número de viviendas indicado (165), puedan sustituirse 2 unidades por 3 de menor dimensión con un programa máximo de 2 dormitorios, todo ello sin aumento de la edificabilidad.

Las actuaciones que se lleven a cabo podrán acogerse a las ayudas para actuaciones de vivienda protegida en régimen de compraventa que puedan convocarse con esta finalidad mediante órdenes por la administración autonómica.”

Visto que en base a la propuesta del Área de Vivienda, se propone la aprobación de unas bases reguladoras de ayudas para la adquisición de primera vivienda de protegida en La Rinconada, que tienen por objeto regular en régimen de concurrencia no competitiva, las ayudas que el Ayuntamiento de La Rinconada pone en marcha para facilitar la adquisición de viviendas de protección oficial, de nueva construcción y preferentemente localizadas en suelo de naturaleza pública en el municipio de La Rinconada.

Esta propuesta de fomento para la adquisición de viviendas protegidas en venta tendría amparo en este Plan de Vivienda y Suelo, en el que se contempla la ejecución de viviendas en Pago de Enmedio en su primer sector.

Visto que las bases reguladoras de estas subvenciones tienen su justificación en lo siguiente:

“Es notorio que la mayor barrera con que se encuentra la ciudadanía, especialmente los jóvenes, para acceder a una vivienda en compra es el hacer frente al abono de las cantidades en concepto de entrada o pagos previos a la firma de la escritura de compra-venta.

Estas cantidades previas, en el caso de financiación mediante préstamo hipotecario, alcanzan de media el 20% del precio de compra, a lo que hay que sumar el total del IVA que grava la operación. Por ello, el objetivo de las subvenciones que se regulan con estas Bases es ayudar a los compradores/as de viviendas protegidas de nueva promoción en La Rinconada a sufragar los pagos que deben realizar antes de la firma de la escritura.

Con ello se busca intervenir en el mercado de la vivienda de La Rinconada, facilitando el acceso a las mismas a compradores/as que, si bien pueden hacer frente al abono de las mensualidades derivadas del préstamo hipotecario que suscriban, pueden encontrarse con dificultad para hacer frente al pago de las cantidades no financiadas por este medio. Al mismo tiempo pretendemos fijar la población, preferentemente joven, en La Rinconada, ofreciendo ayudas para que encuentren soluciones habitacionales que les permitan plantear su proyecto de vida en nuestro Municipio.

Para ello, se establecen ayudas a tanto alzado de 12.000,00€ por adquisición de vivienda a abonar de forma previa a la elevación a público de la compra-venta con los requisitos y formalidades que se recogen a lo largo de las presentes Bases l:

La cuantía de la ayuda establecida para la ayuda a la adquisición de vivienda de protección oficial calificadas como de Régimen Especial o Régimen General y los anejos vinculados a la misma reguladas en estas Bases consistirá en una subvención directa a tanto alzado de 12.000 euros por vivienda.

En el supuesto de adquisición de la propiedad de una misma vivienda por más de un comprador el importe de la ayuda a efectos fiscales se atribuirá a cada uno de los compradores en el mismo porcentaje en el que participen en la adquisición, si bien la justificación, así como las consecuencias del incumplimiento de las condiciones se realizará como una sola unidad.

La cuantía global mínima a repartir entre los y las beneficiarias, asciende a la cantidad de 360.000,00 €, a razón de 30 ayudas por cuantía de 12.000,00 cada una de ellas. La partida presupuestaria con la que irán a cargo se definirá en la correspondiente convocatoria

Las solicitudes presentadas se resolverán en régimen de concurrencia no competitiva, atendiendo al cumplimiento de los requisitos indicados en la Cláusula Segunda de las Bases reguladoras.

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, salvo que en la Resolución de convocatoria se establezca otro distinto.

Este plazo podrá ser prorrogado o ampliado excepcionalmente por Resolución del Ayuntamiento de La Rinconada.

Segundo. Los Municipios, en virtud del artículo cuarto de la Ley de Bases de Régimen Local, tiene encomendada la potestad reglamentaria.

Visto que conforme al artículo 17.2 de la Ley 38/2993, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, atribuye la competencia para la aprobación de las Bases Reguladoras de las subvenciones al Pleno. Aprobación que puede llevarse a efecto, bien en las Bases de Ejecución del Presupuesto, bien a través de una Ordenanza General de Subvenciones, o bien, por último, mediante una Ordenanza específica para las distintas modalidades de subvenciones.

En las normas reguladoras de las bases de concesión de las subvenciones, se determinan los extremos que debe contener las bases reguladoras, tales como definición del objeto de la subvención, los requisitos que deberán reunir los beneficiarios para la obtención de la subvención, forma y plazo en que deben presentarse las solicitudes, el procedimiento de concesión de la subvención, órgano competente para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de la subvención y plazo para su notificación, plazo y forma de justificación del beneficiario, etc.

Visto que de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2013, se publicará el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la base de datos nacional de subvenciones.

Visto todo lo cual, se aprueba por unanimidad de los miembros asistentes que compone el Ayuntamiento Pleno el siguiente acuerdo:

Primero.- Aprobar las bases reguladoras para el otorgamiento de para el otorgamiento de ayudas para la adquisición de primera vivienda protegida (VPO) en La Rinconada.

Segundo.- Publíquese las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de edictos municipal y en la página web municipal y en el Portal de la Transparencia.

Tercero.- Dar cuenta de este acuerdo al Sr. Interventor y al Sr. Tesorero, para su debido conocimiento y efectos oportunos.

Este sitio web usa cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y recoger información sobre su navegación. Si pulsa "aceptar" o continua navegando consideraremos que admite el uso e instalación en su equipo o dispositivo. Encontrará más información en nuestra Política de Cookies.