15/05/2019 PLENO ORDINARIO 15 DE MAYO
SEXTO.- APROBACIÓN CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTE EL CONSORCIO DE PRE-VENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTO DE SEVILLA Y EL AYUN-TAMIENTO DE LA RINCONADA EN DESARROLLO DEL PROGRAMA OPERATIVO 2018 DEL SISTEMA BOMBEROS
Por el Sr. Por el Sr. Secretario General, se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo, Movilidad, Medio Ambiente, Vivienda, Vía Pública, Parques y Jardines, Servicios Generales, Seguridad Ciudadana, Bomberos y Protección Civil por la que se propone la propuesta de formalización de convenio de colaboración entre el Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de Sevilla y este Ayuntamiento en desarrollo del programa operativo 2019 del sistema de bomberos de la Provincia de Sevilla.
Por
el Sr. Portavoz del grupo municipal Mixto, Angel Seisdedos Gavida, expone que
el convenio de extinción de
incendios que se nos propone por el Consorcio Provincial es muy similar al
texto aprobado el año pasado con unas pequeñas novedades como es el caso de
que La Rinconada entra
en una nueva zona como consecuencia de una nueva restructuración zonal del
Parque de Bomberos y también que se amplia el numero de bomberos profesionales
adscritos al servicio pasando de dos a tres por turnos. Evidentemente como sube
el costo del servicio la
aportación municipal de incrementa en 90.000 euros alcanzando la
aportación municipal a 240.000 euros anuales por todo lo cual apoyamos esta
propuesta.
Por
la Sra. Concejal del grupo municipal Izquierda Unida, Beatriz de los Reyes
Lara, Indica que con este convenio se mejoran varios aspectos en relación al
anterior y el más importante es el
compromiso de incrementar el numero de bomberos profesionales llegando a tres
bomberos por turno y durante las 24 horas del día. Esta cuestión, esta
justificado por el informe técnico que obra en el expediente. Esto supondrá un aumento de la aportación municipal
al convenio que supone un incremento del gasto de 90.000 euros más pasando a
pagar 240.000 euros anuales. Este tipo de acuerdo son necesarios e
imprescindibles hasta que no se concluya la puesta en marcha del servicio por parte del Consorcio
Provincial de Extinción de Incendios y Salvamento de Sevilla.
Es
importante que los Parques de bomberos estén bien dotados de personal
profesional y debemos seguir trabajando para que el número de profesionales
aumente, y asimismo incrementar de medios materiales y de mejor calidad. La
seguridad no debe tener precio y pues es también importante invertir también en
prevención y no solo la extinción de incendios. Es verdad que existe una serie
de protocolos que se ponen en marcha en el momento de que hay una urgencia por
lo que también contamos con los efectivos de otros Parques de Bomberos cercanos
y así, controlar mejor los efectos de los siniestros. Es un protocolo muy bien
cerrado por tanto debemos apostar por
el incremento de medios humanos y
materiales de ultima generación para beneficio de la ciudadanía garantizando
también la seguridad propia de los profesionales afecto a este servicio. Por
todo lo expuesto, apoyamos esta
propuesta.
Por
el Sr. Concejal del grupo municipal La Rinconada, Sí Se Puede, Fernando La
Chica Mera, indica que en esta cuestión nos preocupan dos cuestiones.
Entendemos que se esta
haciendo una política adecuada en la prestación de este servicio y que
ya hemos superado la prestación de
servicios por voluntarios pues es importante que el servicio se preste por
bomberos profesionales y nos preocupa este tema y que por tanto, esta
transición se termine cuanto antes. La segunda cuestión que nos preocupa es que
en el convenio no se aclara que el servicio se preste por tres bomberos por
turno pues en la clausula tercera del convenio dice literalmente en el punto a
de que son obligaciones de la Diputación mantener el funcionamiento normal del
parque de bomberos en función de la disponibilidad de los recursos humanos y
materiales del sistema de bomberos de la Provincia de Sevilla mediante la
dotación de tres bomberos funcionarios. Pero dice que si no hubiera oportunidad de realizar la
guardia voluntaria ya sea por falta de voluntarios o por el cumplimiento de la legalidad vigente
la dotación de las guardias sera de dos bomberos funcionarios. Y luego cuando
se analiza la clausula cuarta del convenio en la valoración económica se hace
un presupuesto de dos bomberos. Por eso de pregunta cuantos bomberos
funcionarios van a estar por turno.
Por
el Sr. Concejal delegado de Seguridad Ciudadana, Don José Antonio Ruiz
Dorado, expone que esta propuesta va
relacionada con la formalizacion de un nuevo Convenio de Prevención y extinción de
incendios que es continuación del ya firmado por la Diputación con algunas novedades. En primer lugar se
firma por vez primera con el Consorcio Provincial de Incendios y Salvamento de Sevilla
una vez constituido legalmente y ello conlleva una nueva restructuración zonal del servicio
pues de estar integrado en la zona operativo I- Centro pasamos de estar en otra
zona operativa Zona Norte y la otra gran novedad es que el servicio sera
prestado por turnos de tres bomberos profesionales las 24 horas del día los 365
días del año y por tanto, la
aportación económica del Ayuntamiento se incrementa en 90.000 euros
llegando la misma a 240.000 anuales. Pero no nos podemos quedarnos
exclusivamente en la aportación económica
municipal pues dicha cantidad aportada esta muy por debajo de lo que
realmente cuesta el servicio, pues debemos también hacer hincapíe en el
incremento no solo de los medios profesionales si no de medios materiales que
tiene tanto el actual parque de bomberos como el que tendrá en un futuro y que
se esta actualmente ejecutandose con una inversión cercana al 1.400.000 euros.
Por lo tanto, recibimos del Consorcio más recursos que lo que nosotros
aportamos. La seguridad pues no tiene precio debemos elevar un poco más del
aspecto meramente económico, pues debemos hace hincapié en la mejora del
servicio que garantiza la seguridad de la ciudadanía.
En
cuanto a la cuestión planteada por el Sr. La Chica sobre el numero de efectivos
del parque de bomberos le puedo
garantizar que serán tres bomberos funcionarios por turnos. Así en los costes
económicos que vienen en la clausula cuarta del convenio se indica que son
365.000 euros al año por el servicio
de dos bomberos funcionarios y luego se hace un desglose de lo que seria el coste del tercer bombero.
POr
el Sr. Concejal del grupo municipal La Rinconada Si Se Puede, Fernando La Chica
Mera expone que he interpretado correctamente el sentido literal del texto del
Convenio y sigue sin quedarme claro en este punto tercero respecto a si se
adscriben dos o tres bomberos por turnos pero si usted me asegura en esta
sesión plenaria que el servicio sera prestado por tres bomberos profesionales
por turnos nosotros le aprobaremos esta propuesta. Nosotros vigilaremos que
se ejecute este Convenio y que la
dotación real sea de tres bomberos profesionales. La seguridad no iene precio en eso coincidimos y consideramos
que una dotación de tres bomberos profesionales por turno es necesaria pero
debemos aspirar a tener seis.
Por
el Sr. Concejal delegado de Seguridad Ciudadana Don José Antonio Ruiz
Dorado, expone que es cierto que la
prestación del servicio por tres bomberos profesionales por turno puede ser en
algunas ocasiones insuficiente pero no es menos cierto que una vez puesta en
marcha el Parque de Bomberos que se esta construyendo en Pago del Medio se
podrá incrementar el numero de bomberos entres seis y siete efectivos como
mínimo, pues seremos cabecera de salida de la zona norte de la Provincia de
Sevilla y a esto se sumara nuevos equipamientos como puede ser la adscripción
de un camión escala de 32 metros de altura y cuyo valor económico superior el
1.000.000 de euros, por tanto a media que se consolide el funcionamiento del
Consorcio Provincial y el nuevo parque de bomberos se irán incrementando los
medios humanos y materiales adscritos al servicio y con ello para que los
vecinos se sientan mas seguros y teniendo en cuenta la solidaridad que tenemos
que tener con los pueblos mas cercanos al nuestro y que dependerán de este
parque de bomberos.
Por
el Sr. Alcalde indica que uno de los
diez puntos que eran retos de esta legislatura este era uno de ellos, como es
el resolver tanto la situación de la seguridad en la extinción y prevención de
incendios, que aunque es verdad que no tiene precio pero que finalmente tiene
un coste económico y ademas de
mejorar la seguridad para mejorar la seguridad jurídica del servicio. Se empezó la legislatura con una situación
precaria del servicio que requería mejoras al mismo y acabaremos esta
legislatura con una mejora sustancial que aun no siendo la óptima que se
pretende llegar en la próxima legislatura. Se empezó la legislatura con un
parque de bomberos voluntarios del Ayuntamiento y terminara con la constitución
de un Consorcio Provincial de Prevención e extinción de Incendios y Salvamento
en el que nosotros hemos sido partícipe y con la construcción de un nuevo
parque de bomberos en el Pago del Medio cuyas obras ya han dado comienzo e
igualmente contaremos con tres bomberos profesionales por turnos las 24 horas
del día y con servicio
presencial.
Todavía
nos quedan por dar pasos para mejorar el servicio en el futuro y en ello
estamos trabajando, pero para ello es necesario que el Consorcio Provincial
pueda sacar las plazas vacantes de la oferta de empleo publico que conlleva
unos tramites. El objetivo es que sea un parque central y que como mínimo tenga
la doble salida. Esto es que cuando se produzca una salida, haya un retén. Por lo tanto el cambio sustancial
del servicio llevado a cabo estos años ha sido importante y por ello debemos
sentirnos satisfechos dentro de la seguridad que debemos cubrir aunque esta no
es absoluta. No todos los municipios tienen parque de bomberos ni tienen la
seguridad de la Prevención y
extinción de incendios para ello la Diputación Provincial con los parques
centrales de Bomberos se le da servicio todo esta protocolizado en un operativo
así cuando los bomberos de La Rinconada tienen que atender a otro municipio
colindante se pone de inmediato en operativo el parque de bomberos de Santiponce, del
Aljarafe y de Cantillana, garantizando así una cobertura del servicio a La
Rinconada.
Por
otro lado, hace pocos meses tuve la oportunidad de recibir del Sr. Presidente
de la Diputación de un nuevo camión
de bomberos valorado en 400.000 euros y
mañana vamos a recoger otro
vehículo de bomberos a estrenar. Por lo tanto, poco a poco se va dotando de
medios materiales de primer nivel
entre ellos un camión de una escala de 32 metros de altura que podrá actuar en incendios de bloques de pisos de
cierta altura que actualmente dada cuenta de las dimensiones de los bloques de
pisos de la localidad no es necesario. Pero como el ámbito de acción del parque
de bomberos de la Rinconada tiene un ámbito superior al termino municipal al
ampliar su zona de influencia es necesario contar con ese vehículo.
No
nos damos por satisfechos al cien por cien pero si estamos satisfechos de que
uno de los grandes retos del inicio de la legislatura se haya cumplido como lo
he expuesto anteriormente y debemos seguir trabajando para mejorar el servicio
para que sea el mejor parque de bomberos de la provincia debemos ser
inconformistas en este tema y estas cuestiones hay que analizarlas desde una perspectiva.
Debemos miras el pasado y hace cuatro años a esta hora no había bomberos en el
parque de la Rinconada pues con el plan Director de la diputación estaba
integrado exclusivamente por bomberos voluntarios del Ayuntamiento y ahora
tener un parque de bomberos compuesto por tres bomberos profesionales por turno
y con vehículos nuevos.
El
nuevo parque de bomberos que se esta construyendo no nace por casualidad y
tiene dos grandes connotaciones uno que su sistema operativo va a ser un lugar
de referencia en materia de extinción y prevención de incendios para toda la
comarca de la Vega y zona norte de Sevilla. Y segundo, el parque nuevo no tiene una
localización casual en el Pago del Medio pues tendrá una conexión directa con
la S-40 y el viaducto que esta en licitación y con todas las carreteras comarcales para que se actué de
forma inmediata en los municipios donde se prestara el servicio pues llegar un
minuto antes es muy importante y puede salvar vidas.
Pese
que ahora se indica en el Convenio que el servicio esta cubierto por tres
bomberos profesionales ya desde principios de este año se viene prestando el
servicio de forma real por tres bomberos, ahora si tenemos la cobertura del
convenio y a la espera de que el Consorcio pueda culminar el proceso selectivo de la
totalidad de las plazas vacantes. Tenemos mayor seguridad ciudadana para actuar sobre los incendios
pero evidentemente la seguridad completa no se puede obtener, como puede ocurrir
con el servicio de urgencia de los Centros de Salud que puede darse el caso que
los pacientes tengan que esperar ser atendidos cuando exista otro paciente en
la consulta. En el caso de los incendios ocurre lo mismo, cuando existen dos
incendios a la misma hora se debe poner los medios de forma que planificada
teniendo en cuenta los medios disponibles.
También
ganamos en seguridad jurídica tal como nos indico el Sr. Secretario en la prestación del servicio por ello
hemos sido los principales impulsores de este nuevo sistema operativo de bomberos en la Provincia
siempre hemos apostado por este sistema consorcial a diferencia de otros municipios de igual
o mayor población que han apostado por tener un cuerpo propio de bomberos a
diferencia de nuestro modelo en el que los bomberos profesionales pertenecen a un ente supramunicipal
al actuar en un territorio que va mas allá de nuestro termino municipal.
Nuestro papel en este convenio es sufragar
parte de los costos económicos de este
servicio dando respuesta a la competencia municipal de extinción y
prevención de incendios por tener una
población mayor de 20.000 habitantes damos solución a una situación que
nos preocupaba al inicio de
la legislatura y que ahora nos preocupa menos pero aun nos ocupa pues estamos a mitad de camino del escenario
ideal que queremos definir en este servicio.
Tras
el oportuno debate,
se procede a a votación de esta propuesta con el siguiente resultado:
Voto a Favor: 19 (15 PSOE, 2 La Rinconada, Sí se Puede, 1
IU y 1 Grupo mixto)
Visto que con
fecha 18 de julio de 2018 se firmó entre la Diputación Provincial de Sevilla y
el
Ayuntamiento de La Rinconada, un “Convenio de
Colaboración entre la Diputación de Sevilla y el Ayuntamiento de La Rinconada
en desarrollo de Programa Operativo 2018 del Sistema de Bomberos de la provincia de Sevilla”,
en donde se preveía que la Diputación Provincial dotaría con DOS Bomberos
funcionarios el servicio y que la contribución económica del Ayuntamiento seria
de 150.000 euros anuales como colaboración en la financiación de los gastos
ocasionados por el Servicio Público Provincial de Prevención y Extinción de
Incendios.
La Diputación
suministraría al Parque de Bomberos Municipal material de intervención correspondiéndole al Municipio de La
Rinconada hasta un máximo de 3.868,69 euros/año. También se estimó que la cuota
proporcional del seguro de accidentes colectivo, que le correspondía al Parque de La Rinconada, sería como máximo
de 195,73 euros.
Visto que en la misma fecha de
la firma del Convenio anterior, el Consorcio para la Prevención y Extinción de Incendios
y Salvamento de la Provincia de Sevilla obtuvo la tarjeta acreditativa del Número de Identificación
Fiscal. Por eso, el oficio de remisión (registro de entrada: 5461/2019), en el
que se nos envía para su aprobación un nuevo Convenio de Colaboración (Programa Operativo 2019), se firmaría
con el Sr. Presidente de la Excma Diputación Provincial en nombre de la Diputación Provincial y en
nombre del Consorcio para la Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de la Provincia de
Sevilla.
Visto que este nuevo
Convenio para la anualidad 2019 especifica que el Ayuntamiento de La Rinconada
se integra en la Zona Operativa 1, Margen derecho del Guadalquivir y que acepta
la integración del Parque de Bomberos Municipal en la Dirección Operativa del
Servicio de Bomberos de la Provincia de Sevilla, asumiendo los protocolos de
actuación y circulares operativas que de la misma dimanen.
Las diferencias con el
que Convenio firmado en el año 2018 son de tipo económico básicamente, dado que la Diputación
Provincial se obliga a mantener el funcionamiento del Parque Municipal con la dotación
de TRES Bomberos funcionarios para atender las obligaciones que se derivan del Programa Operativo 2019 (además
de esto, hay diferencias de poca importancia en cuanto a las cantidades
previstas para material de intervención, que ahora pasan de 3868,69 euros/año a
un máximo de 3.736,80 euros/año y Prima de Seguro que pasa de 195,73
euros/año a 260,98 euros /año).
Con el Convenio de colaboración se
nos remite un Informe del Director de Servicios Públicos
Supramunicipales, en el que se justifica la necesidad de incrementar la
dotación de dos a tres funcionarios de guardia en los Parques de Carmona,
Mairena del Alcor y La Rinconada, dado que estos tres Municipios dan servicio a
un total de 8 Municipios de una población de 161.054 habitantes y con más de 1.600 km² de
superficie a atender, siendo tanto La Rinconada como Carmona, los Parques territoriales que
tienen más actividad del sistema, por encima de Parques como Écija, Sanlúcar La
Mayor o Lebrija, donde sus dotaciones en ningún momento están por debajo de tres efectivos de guardia.
En el Informe del
Técnico de la Diputación se hace una valoración de la inversión a realizar para
aumentar el mínimo a tres efectivos en los Parques de Carmona, Mairena del
Alcor y La Rinconada.
Como consecuencia de
lo anterior, el Convenio de colaboración que ahora se nos remite fija la
aportación del Ayuntamiento de La Rinconada en la cantidad de 240.000
euros/anuales, pagaderos en
cuatro trimestres, a razón de 60.000 euros /trimestre
La Secretaría General informa
favorablemente la aprobación del Programa 2019 del Sistema de Bomberos
de la Provincia de Sevilla de fecha 2 de
mayo.
Consta en el expediente, Memoria
justificativa del convenio de colaboración conforme a lo dispuesto en el
artículo 50 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico de las Administración
Públicas.
Visto la competencia sobre la prevención y extinción de incendios es municipal
en virtud de lo previsto en el artículo 25.2 Ð de la Ley 7185, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local. En el caso de los Municipios de
población superior a 20.000 habitantes, el artículo 26.1 c) de la LBRL,
establece el servicio de prevención y extinción de incendios como uno de los
servicios mínimos obligatorios para
estos Municipios. En todo caso, en virtud del artículo 36.1.a) de la LRBRL es
una competencia propia de Diputación la coordinación de los servicios
municipales entre sí para la garantía de la prestación integral y adecuada a
que se refiere el apartado a) del número 2 del artículo
31.
Visto que los convenios de colaboración se rigen por lo dispuesto en los artículos 57
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (en
adelante, LBRL), 30.6 del Real Decreto Legislativo 78111986, de l8 de abril,
por el que se aprueba el Texto refundido de las disposiciones legales vigentes
en materia de Régimen Local (en adelante, TRRL), 83 de la Ley 512010, de l l de
junio, de Autonomía Local de Andalucía (en adelante, LAULA) y 47 a 53 de la Ley
4012015, de I de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público (en adelante, LRJSP).
La suscripción
de convenios deberá mejorar la eficiencia de la gestión pública, facilitar
la utilización conjunta de medios y
servicios públicos, contribuir a Ia realización de actividades de utilidad pública y cumplir con la
legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera (artículo 48.3 de la LRJSP), lo que debe
quedar acreditado en el expediente.
De acuerdo con el artículo
48.7 de la LRJSP, "cuando el convenio instrumente una subvención, deberá cumplir con lo
previsto en la Ley 38/2003, de I7 de noviembre, General de Subvenciones y en la normativa
autonómica de desarrollo que, en su caso, resulte aplicable".
Visto que el artículo
49 de la LRJS establece el siguiente contenido mínimo de los convenios:
a) Sujetos que
suscriben el convenio y la capacidad jurídica con que actúa cada una de las
partes.
b) La competencia en
la que se fundamenta la actuación de la Administración Pública, de los
organismos públicos y las entidades de derecho público vinculados o
dependientes de ella o de las Universidades públicas.
c) Objeto del convenio
y actuaciones a realizar por cada sujeto pala su cumplimiento, indicando, en su caso, la titularidad
de los resultados obtenidos.
d) Obligaciones y
compromisos económicos asumidos por cada
una de las partes, si los hubiera, indicando su distribución temporal por anualidades
y su imputación concreta al presupuesto correspondiente de acuerdo con lo
previsto en la legislación presupuestaria.
e) Consecuencias
aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos
por cada una de las las partes y, en su caso, los criterios para determinar la
posible indemnización por el
incumplimiento.
f) Mecanismos de
seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los
compromisos adquiridos por los firmantes. Este mecanismo resolverá los
problemas de
interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto de los
convenios.
g) El régimen de
modificación del convenio. A falta de regulación expresa la modificación del
contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.
h) Plazo de vigencia
del convenio teniendo en cuenta las siguientes reglas:
Los convenios deberán
tener una duración determinada, que no podrá ser superior a cuatro años, salvo
que normativamente se prevea un plazo superior.
En cualquier momento,
antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los
firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período
de hasta cuatro años adicionales o su extinción.
Respecto a la tramitación, el ar1ículo 50 de la LRJSP prevé que será necesario que
cada convenio se acompañe de una memoria justificativa donde se analice su
necesidad y oportunidad, su impacto económico, el carácter no contractual de la
actividad en cuestión, así como el cumplimiento de lo previsto en esta Ley.
El artículo 51 prevé
que el incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes podrá conllevar la indemnización de los perjuicios
causados si así se hubiera previsto.
El artículo 52 establece que "el cumplimiento y la resolución de los convenios
dará lugar a la liquidación de los mismos con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos
de cada una de las partes".
El artículo 53 prevé
que "dentro de los tres meses siguientes
a la suscripción de cualquier convenio cuyos compromisos económicos
asumidos superen los 600.000 euros, estos deberán remitirse electrónicamente al Tribunal
de Cuentas u órgano externo de fiscalización de la Comunidad Autónoma, según
corresponda."
Finalmente, los convenios deberán sel publicados en el portal de transparencia
conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley 1912013, de 9 de
diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno,
así como el artículo l5 de la Ley 112014
de Transparencia Pública de
Andalucía, sin perjuicio de la posible publicación, con carácter facultativo o
en su caso con carácter preceptivo si la normativa sectorial así lo dispusiera,
en el Boletín Oficial que corresponda.
El objeto de este
convenios se contiene en su cláusula primera, consistiendo en la colaboración
de las entidades locales en la prestación del Servicio de Prevención y
Extinción de Incendios en la provincia de Sevilla, a través de la red
Provincial del Sistema de Bomberos de la Provincia de Sevilla, conforme a las
cláusulas establecidas.
Se desprende que la
organización del servicio municipal se integrará en una de las Áreas Operativas
de Intervención, colaborando con los parques de bomberos existentes en la
misma, asumiendo así mismo una serie de obligaciones para garantizar la
adecuada prestación del servicio. Por su parte, Diputación destaca la previsión
de asistencia económica a los parques de bomberos municipales, el suministro de
material y la impartición de cursos de formación.
En la cláusula sexta
se regula la vigencia del convenio hasta el 31 de diciembre de 2019. Respecto
de la eventuales prórrogas que se prevén, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 49 de la LRJSP antes aludido, deberá precisarse que las prórrogas no
podrán exceder de cuatro años.
Visto que el
art. 26 de la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias de
Andalucía, establece la posibilidad de que los municipios de población inferior
a 20.000 habitantes, dispongan de un servicio propio de prevención y extinción
de incendios. Dicha posibilidad se
configura como obligación para los municipios de población superior a
20.000 habitantes. Estos deberán
prestar el servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento, según
la estructura que se determina
reglamentariamente, ya sea directamente por el Ayuntamiento, o bien a través de
una entidad local de carácter supramunicipal en la que podrá participar la
Diputación Provincial.
Visto que el art. 57 de la LBRL, así como el art. 47 de la Ley 40/2015 de 1 de Octubre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, contemplan a los convenios como instrumentos reguladores de los acuerdos de cooperación económica, técnica y administrativa, de las Administraciones Públicas.
Visto que también el art. 30.6 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, del TRLL, recoge entre las formas posibles, de cooperación de la Diputación, la suscripción de Convenios Administrativos.
Y visto por último, el art. 83 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, establece que las provincias, los municipios y las entidades de cooperación territorial, podrán celebrar convenios entre sí, o con la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la más eficaz gestión y prestación de servicios de su competencia, señalándose su finalidad y contenido mínimo.
Visto que el Pleno Municipal es el órgano legalmente competente para ello, conforme al art. 22 de la Ley de Bases de Régimen Local.
Visto todo lo cual, se acuerda por
unanimidad de los miembros que compone el Ayuntamiento Pleno, el siguiente
acuerdo:
Primero.- Aprobar convenio de colaboración entre el Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento y el Ayuntamiento de La Rinconada, en materia de prevención y extinción de incendios, en desarrollo del Programa operativo 2019, del Sistema de Bomberos de la Provincia de Sevilla, remitido por el Área de Servicios Públicos y Supramunicipales de la Diputación de Sevilla, el día 09 de abril de 2019 registro de entrada 5461/2019, con la precisión de que la aportación municipal al convenio, será de 240.000 € anuales, y los efectivos por turno, serán de tres Bomberos funcionarios, dos de ellos en régimen de guardia localizadas y una voluntaria de la Diputación Provincial para atender el cumplimiento de las obligaciones que se derivan del Programa Operativo 2019. Si no hubiera posibilidad de realizar la guardia voluntaria, ya sea por falta de voluntarios o de cumplimiento de la legalidad laboral vigente, la dotación de la guardia será de dos bomberos funcionarios.
Segundo.- Autorizar el Sr. Alcalde, para que proceda a la formalización del correspondiente convenio de colaboración
Tercero.- Dar cuenta de este acuerdo a la Excma. Diputación Provincial de Sevilla, al Sr. Interventor y al Sr. Tesorero para su debido conocimiento y efectos oportunos.