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15/05/2019 PLENO ORDINARIO 15 DE MAYO

SEXTO.- APROBACIÓN CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTE EL CONSORCIO DE PRE-VENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTO DE SEVILLA Y EL AYUN-TAMIENTO DE LA RINCONADA EN DESARROLLO DEL PROGRAMA OPERATIVO 2018 DEL SISTEMA BOMBEROS

Por el Sr. Por el Sr. Secretario General, se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo, Movilidad, Medio Ambiente, Vivienda, Vía Pública, Parques y Jardines, Servicios Generales, Seguridad Ciudadana, Bomberos y Protección Civil por la que se propone la propuesta de formalización de convenio de colaboración entre el Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de Sevilla y este Ayuntamiento en desarrollo del programa operativo 2019 del sistema de bomberos de la Provincia de Sevilla.

Por el Sr. Portavoz del grupo municipal Mixto, Angel Seisdedos Gavida, expone que el convenio de extinción de incendios que se nos propone por el Consorcio Provincial es muy similar al texto aprobado el año pasado con unas pequeñas novedades como es el caso de que La Rinconada entra en una nueva zona como consecuencia de una nueva restructuración zonal del Parque de Bomberos y también que se amplia el numero de bomberos profesionales adscritos al servicio pasando de dos a tres por turnos. Evidentemente como sube el costo del servicio la aportación municipal de incrementa en 90.000 euros alcanzando la aportación municipal a 240.000 euros anuales por todo lo cual apoyamos esta propuesta.

Por la Sra. Concejal del grupo municipal Izquierda Unida, Beatriz de los Reyes Lara, Indica que con este convenio se mejoran varios aspectos en relación al anterior y el más importante es el compromiso de incrementar el numero de bomberos profesionales llegando a tres bomberos por turno y durante las 24 horas del día. Esta cuestión, esta justificado por el informe técnico que obra en el expediente. Esto supondrá un aumento de la aportación municipal al convenio que supone un incremento del gasto de 90.000 euros más pasando a pagar 240.000 euros anuales. Este tipo de acuerdo son necesarios e imprescindibles hasta que no se concluya la puesta en marcha del servicio por parte del Consorcio Provincial de Extinción de Incendios y Salvamento de Sevilla.

Es importante que los Parques de bomberos estén bien dotados de personal profesional y debemos seguir trabajando para que el número de profesionales aumente, y asimismo incrementar de medios materiales y de mejor calidad. La seguridad no debe tener precio y pues es también importante invertir también en prevención y no solo la extinción de incendios. Es verdad que existe una serie de protocolos que se ponen en marcha en el momento de que hay una urgencia por lo que también contamos con los efectivos de otros Parques de Bomberos cercanos y así, controlar mejor los efectos de los siniestros. Es un protocolo muy bien cerrado por tanto debemos apostar por el incremento de medios humanos y materiales de ultima generación para beneficio de la ciudadanía garantizando también la seguridad propia de los profesionales afecto a este servicio. Por todo lo expuesto, apoyamos esta propuesta.

Por el Sr. Concejal del grupo municipal La Rinconada, Sí Se Puede, Fernando La Chica Mera, indica que en esta cuestión nos preocupan dos cuestiones. Entendemos que se esta haciendo una política adecuada en la prestación de este servicio y que ya hemos superado la prestación de servicios por voluntarios pues es importante que el servicio se preste por bomberos profesionales y nos preocupa este tema y que por tanto, esta transición se termine cuanto antes. La segunda cuestión que nos preocupa es que en el convenio no se aclara que el servicio se preste por tres bomberos por turno pues en la clausula tercera del convenio dice literalmente en el punto a de que son obligaciones de la Diputación mantener el funcionamiento normal del parque de bomberos en función de la disponibilidad de los recursos humanos y materiales del sistema de bomberos de la Provincia de Sevilla mediante la dotación de tres bomberos funcionarios. Pero dice que si no hubiera oportunidad de realizar la guardia voluntaria ya sea por falta de voluntarios o por el cumplimiento de la legalidad vigente la dotación de las guardias sera de dos bomberos funcionarios. Y luego cuando se analiza la clausula cuarta del convenio en la valoración económica se hace un presupuesto de dos bomberos. Por eso de pregunta cuantos bomberos funcionarios van a estar por turno.

Por el Sr. Concejal delegado de Seguridad Ciudadana, Don José Antonio Ruiz Dorado, expone que esta propuesta va relacionada con la formalizacion de un nuevo Convenio de Prevención y extinción de incendios que es continuación del ya firmado por la Diputación con algunas novedades. En primer lugar se firma por vez primera con el Consorcio Provincial de Incendios y Salvamento de Sevilla una vez constituido legalmente y ello conlleva una nueva restructuración zonal del servicio pues de estar integrado en la zona operativo I- Centro pasamos de estar en otra zona operativa Zona Norte y la otra gran novedad es que el servicio sera prestado por turnos de tres bomberos profesionales las 24 horas del día los 365 días del año y por tanto, la aportación económica del Ayuntamiento se incrementa en 90.000 euros llegando la misma a 240.000 anuales. Pero no nos podemos quedarnos exclusivamente en la aportación económica municipal pues dicha cantidad aportada esta muy por debajo de lo que realmente cuesta el servicio, pues debemos también hacer hincapíe en el incremento no solo de los medios profesionales si no de medios materiales que tiene tanto el actual parque de bomberos como el que tendrá en un futuro y que se esta actualmente ejecutandose con una inversión cercana al 1.400.000 euros. Por lo tanto, recibimos del Consorcio más recursos que lo que nosotros aportamos. La seguridad pues no tiene precio debemos elevar un poco más del aspecto meramente económico, pues debemos hace hincapié en la mejora del servicio que garantiza la seguridad de la ciudadanía.

En cuanto a la cuestión planteada por el Sr. La Chica sobre el numero de efectivos del parque de bomberos le puedo garantizar que serán tres bomberos funcionarios por turnos. Así en los costes económicos que vienen en la clausula cuarta del convenio se indica que son 365.000 euros al año por el servicio de dos bomberos funcionarios y luego se hace un desglose de lo que seria el coste del tercer bombero.

POr el Sr. Concejal del grupo municipal La Rinconada Si Se Puede, Fernando La Chica Mera expone que he interpretado correctamente el sentido literal del texto del Convenio y sigue sin quedarme claro en este punto tercero respecto a si se adscriben dos o tres bomberos por turnos pero si usted me asegura en esta sesión plenaria que el servicio sera prestado por tres bomberos profesionales por turnos nosotros le aprobaremos esta propuesta. Nosotros vigilaremos que se ejecute este Convenio y que la dotación real sea de tres bomberos profesionales. La seguridad no iene precio en eso coincidimos y consideramos que una dotación de tres bomberos profesionales por turno es necesaria pero debemos aspirar a tener seis.

Por el Sr. Concejal delegado de Seguridad Ciudadana Don José Antonio Ruiz Dorado, expone que es cierto que la prestación del servicio por tres bomberos profesionales por turno puede ser en algunas ocasiones insuficiente pero no es menos cierto que una vez puesta en marcha el Parque de Bomberos que se esta construyendo en Pago del Medio se podrá incrementar el numero de bomberos entres seis y siete efectivos como mínimo, pues seremos cabecera de salida de la zona norte de la Provincia de Sevilla y a esto se sumara nuevos equipamientos como puede ser la adscripción de un camión escala de 32 metros de altura y cuyo valor económico superior el 1.000.000 de euros, por tanto a media que se consolide el funcionamiento del Consorcio Provincial y el nuevo parque de bomberos se irán incrementando los medios humanos y materiales adscritos al servicio y con ello para que los vecinos se sientan mas seguros y teniendo en cuenta la solidaridad que tenemos que tener con los pueblos mas cercanos al nuestro y que dependerán de este parque de bomberos.

Por el Sr. Alcalde indica que uno de los diez puntos que eran retos de esta legislatura este era uno de ellos, como es el resolver tanto la situación de la seguridad en la extinción y prevención de incendios, que aunque es verdad que no tiene precio pero que finalmente tiene un coste económico y ademas de mejorar la seguridad para mejorar la seguridad jurídica del servicio. Se empezó la legislatura con una situación precaria del servicio que requería mejoras al mismo y acabaremos esta legislatura con una mejora sustancial que aun no siendo la óptima que se pretende llegar en la próxima legislatura. Se empezó la legislatura con un parque de bomberos voluntarios del Ayuntamiento y terminara con la constitución de un Consorcio Provincial de Prevención e extinción de Incendios y Salvamento en el que nosotros hemos sido partícipe y con la construcción de un nuevo parque de bomberos en el Pago del Medio cuyas obras ya han dado comienzo e igualmente contaremos con tres bomberos profesionales por turnos las 24 horas del día y con servicio presencial.

Todavía nos quedan por dar pasos para mejorar el servicio en el futuro y en ello estamos trabajando, pero para ello es necesario que el Consorcio Provincial pueda sacar las plazas vacantes de la oferta de empleo publico que conlleva unos tramites. El objetivo es que sea un parque central y que como mínimo tenga la doble salida. Esto es que cuando se produzca una salida, haya un retén. Por lo tanto el cambio sustancial del servicio llevado a cabo estos años ha sido importante y por ello debemos sentirnos satisfechos dentro de la seguridad que debemos cubrir aunque esta no es absoluta. No todos los municipios tienen parque de bomberos ni tienen la seguridad de la Prevención y extinción de incendios para ello la Diputación Provincial con los parques centrales de Bomberos se le da servicio todo esta protocolizado en un operativo así cuando los bomberos de La Rinconada tienen que atender a otro municipio colindante se pone de inmediato en operativo el parque de bomberos de Santiponce, del Aljarafe y de Cantillana, garantizando así una cobertura del servicio a La Rinconada.

Por otro lado, hace pocos meses tuve la oportunidad de recibir del Sr. Presidente de la Diputación de un nuevo camión de bomberos valorado en 400.000 euros y mañana vamos a recoger otro vehículo de bomberos a estrenar. Por lo tanto, poco a poco se va dotando de medios materiales de primer nivel entre ellos un camión de una escala de 32 metros de altura que podrá actuar en incendios de bloques de pisos de cierta altura que actualmente dada cuenta de las dimensiones de los bloques de pisos de la localidad no es necesario. Pero como el ámbito de acción del parque de bomberos de la Rinconada tiene un ámbito superior al termino municipal al ampliar su zona de influencia es necesario contar con ese vehículo.

No nos damos por satisfechos al cien por cien pero si estamos satisfechos de que uno de los grandes retos del inicio de la legislatura se haya cumplido como lo he expuesto anteriormente y debemos seguir trabajando para mejorar el servicio para que sea el mejor parque de bomberos de la provincia debemos ser inconformistas en este tema y estas cuestiones hay que analizarlas desde una perspectiva. Debemos miras el pasado y hace cuatro años a esta hora no había bomberos en el parque de la Rinconada pues con el plan Director de la diputación estaba integrado exclusivamente por bomberos voluntarios del Ayuntamiento y ahora tener un parque de bomberos compuesto por tres bomberos profesionales por turno y con vehículos nuevos.

El nuevo parque de bomberos que se esta construyendo no nace por casualidad y tiene dos grandes connotaciones uno que su sistema operativo va a ser un lugar de referencia en materia de extinción y prevención de incendios para toda la comarca de la Vega y zona norte de Sevilla. Y segundo, el parque nuevo no tiene una localización casual en el Pago del Medio pues tendrá una conexión directa con la S-40 y el viaducto que esta en licitación y con todas las carreteras comarcales para que se actué de forma inmediata en los municipios donde se prestara el servicio pues llegar un minuto antes es muy importante y puede salvar vidas.

Pese que ahora se indica en el Convenio que el servicio esta cubierto por tres bomberos profesionales ya desde principios de este año se viene prestando el servicio de forma real por tres bomberos, ahora si tenemos la cobertura del convenio y a la espera de que el Consorcio pueda culminar el proceso selectivo de la totalidad de las plazas vacantes. Tenemos mayor seguridad ciudadana para actuar sobre los incendios pero evidentemente la seguridad completa no se puede obtener, como puede ocurrir con el servicio de urgencia de los Centros de Salud que puede darse el caso que los pacientes tengan que esperar ser atendidos cuando exista otro paciente en la consulta. En el caso de los incendios ocurre lo mismo, cuando existen dos incendios a la misma hora se debe poner los medios de forma que planificada teniendo en cuenta los medios disponibles.

También ganamos en seguridad jurídica tal como nos indico el Sr. Secretario en la prestación del servicio por ello hemos sido los principales impulsores de este nuevo sistema operativo de bomberos en la Provincia siempre hemos apostado por este sistema consorcial a diferencia de otros municipios de igual o mayor población que han apostado por tener un cuerpo propio de bomberos a diferencia de nuestro modelo en el que los bomberos profesionales pertenecen a un ente supramunicipal al actuar en un territorio que va mas allá de nuestro termino municipal.

Nuestro papel en este convenio es sufragar parte de los costos económicos de este servicio dando respuesta a la competencia municipal de extinción y prevención de incendios por tener una población mayor de 20.000 habitantes damos solución a una situación que nos preocupaba al inicio de la legislatura y que ahora nos preocupa menos pero aun nos ocupa pues estamos a mitad de camino del escenario ideal que queremos definir en este servicio.

Tras el oportuno debate, se procede a a votación de esta propuesta con el siguiente resultado:

Voto a Favor: 19 (15 PSOE, 2 La Rinconada, Sí se Puede, 1 IU y 1 Grupo mixto)

Visto que con fecha 18 de julio de 2018 se firmó entre la Diputación Provincial de Sevilla y el Ayuntamiento de La Rinconada, un “Convenio de Colaboración entre la Diputación de Sevilla y el Ayuntamiento de La Rinconada en desarrollo de Programa Operativo 2018 del Sistema de Bomberos de la provincia de Sevilla”, en donde se preveía que la Diputación Provincial dotaría con DOS Bomberos funcionarios el servicio y que la contribución económica del Ayuntamiento seria de 150.000 euros anuales como colaboración en la financiación de los gastos ocasionados por el Servicio Público Provincial de Prevención y Extinción de Incendios.

La Diputación suministraría al Parque de Bomberos Municipal material de intervención correspondiéndole al Municipio de La Rinconada hasta un máximo de 3.868,69 euros/año. También se estimó que la cuota proporcional del seguro de accidentes colectivo, que le correspondía al Parque de La Rinconada, sería como máximo de 195,73 euros.

Visto que en la misma fecha de la firma del Convenio anterior, el Consorcio para la Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de la Provincia de Sevilla obtuvo la tarjeta acreditativa del Número de Identificación Fiscal. Por eso, el oficio de remisión (registro de entrada: 5461/2019), en el que se nos envía para su aprobación un nuevo Convenio de Colaboración (Programa Operativo 2019), se firmaría con el Sr. Presidente de la Excma Diputación Provincial en nombre de la Diputación Provincial y en nombre del Consorcio para la Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de la Provincia de Sevilla.

Visto que este nuevo Convenio para la anualidad 2019 especifica que el Ayuntamiento de La Rinconada se integra en la Zona Operativa 1, Margen derecho del Guadalquivir y que acepta la integración del Parque de Bomberos Municipal en la Dirección Operativa del Servicio de Bomberos de la Provincia de Sevilla, asumiendo los protocolos de actuación y circulares operativas que de la misma dimanen.

Las diferencias con el que Convenio firmado en el año 2018 son de tipo económico básicamente, dado que la Diputación Provincial se obliga a mantener el funcionamiento del Parque Municipal con la dotación de TRES Bomberos funcionarios para atender las obligaciones que se derivan del Programa Operativo 2019 (además de esto, hay diferencias de poca importancia en cuanto a las cantidades previstas para material de intervención, que ahora pasan de 3868,69 euros/año a un máximo de 3.736,80 euros/año y Prima de Seguro que pasa de 195,73 euros/año a 260,98 euros /año).

Con el Convenio de colaboración se nos remite un Informe del Director de Servicios Públicos Supramunicipales, en el que se justifica la necesidad de incrementar la dotación de dos a tres funcionarios de guardia en los Parques de Carmona, Mairena del Alcor y La Rinconada, dado que estos tres Municipios dan servicio a un total de 8 Municipios de una población de 161.054 habitantes y con más de 1.600 km² de superficie a atender, siendo tanto La Rinconada como Carmona, los Parques territoriales que tienen más actividad del sistema, por encima de Parques como Écija, Sanlúcar La Mayor o Lebrija, donde sus dotaciones en ningún momento están por debajo de tres efectivos de guardia.

En el Informe del Técnico de la Diputación se hace una valoración de la inversión a realizar para aumentar el mínimo a tres efectivos en los Parques de Carmona, Mairena del Alcor y La Rinconada.

Como consecuencia de lo anterior, el Convenio de colaboración que ahora se nos remite fija la aportación del Ayuntamiento de La Rinconada en la cantidad de 240.000 euros/anuales, pagaderos en cuatro trimestres, a razón de 60.000 euros /trimestre

La Secretaría General informa favorablemente la aprobación del Programa 2019 del Sistema de Bomberos de la Provincia de Sevilla de fecha 2 de mayo.

Consta en el expediente, Memoria justificativa del convenio de colaboración conforme a lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico de las Administración Públicas.

Visto la competencia sobre la prevención y extinción de incendios es municipal en virtud de lo previsto en el artículo 25.2 Ð de la Ley 7185, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. En el caso de los Municipios de población superior a 20.000 habitantes, el artículo 26.1 c) de la LBRL, establece el servicio de prevención y extinción de incendios como uno de los servicios mínimos obligatorios para estos Municipios. En todo caso, en virtud del artículo 36.1.a) de la LRBRL es una competencia propia de Diputación la coordinación de los servicios municipales entre sí para la garantía de la prestación integral y adecuada a que se refiere el apartado a) del número 2 del artículo 31.

Visto que los convenios de colaboración se rigen por lo dispuesto en los artículos 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (en adelante, LBRL), 30.6 del Real Decreto Legislativo 78111986, de l8 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local (en adelante, TRRL), 83 de la Ley 512010, de l l de junio, de Autonomía Local de Andalucía (en adelante, LAULA) y 47 a 53 de la Ley 4012015, de I de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante, LRJSP).

La suscripción de convenios deberá mejorar la eficiencia de la gestión pública, facilitar la utilización conjunta de medios y servicios públicos, contribuir a Ia realización de actividades de utilidad pública y cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera (artículo 48.3 de la LRJSP), lo que debe quedar acreditado en el expediente.

De acuerdo con el artículo 48.7 de la LRJSP, "cuando el convenio instrumente una subvención, deberá cumplir con lo previsto en la Ley 38/2003, de I7 de noviembre, General de Subvenciones y en la normativa autonómica de desarrollo que, en su caso, resulte aplicable".

Visto que el artículo 49 de la LRJS establece el siguiente contenido mínimo de los convenios:

a) Sujetos que suscriben el convenio y la capacidad jurídica con que actúa cada una de las partes.

b) La competencia en la que se fundamenta la actuación de la Administración Pública, de los organismos públicos y las entidades de derecho público vinculados o dependientes de ella o de las Universidades públicas.

c) Objeto del convenio y actuaciones a realizar por cada sujeto pala su cumplimiento, indicando, en su caso, la titularidad de los resultados obtenidos.

d) Obligaciones y compromisos económicos asumidos por cada una de las partes, si los hubiera, indicando su distribución temporal por anualidades y su imputación concreta al presupuesto correspondiente de acuerdo con lo previsto en la legislación presupuestaria.

e) Consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por cada una de las las partes y, en su caso, los criterios para determinar la posible indemnización por el incumplimiento.

f) Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. Este mecanismo resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto de los convenios.

g) El régimen de modificación del convenio. A falta de regulación expresa la modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.

h) Plazo de vigencia del convenio teniendo en cuenta las siguientes reglas:

Los convenios deberán tener una duración determinada, que no podrá ser superior a cuatro años, salvo que normativamente se prevea un plazo superior.

En cualquier momento, antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales o su extinción.

Respecto a la tramitación, el ar1ículo 50 de la LRJSP prevé que será necesario que cada convenio se acompañe de una memoria justificativa donde se analice su necesidad y oportunidad, su impacto económico, el carácter no contractual de la actividad en cuestión, así como el cumplimiento de lo previsto en esta Ley.

El artículo 51 prevé que el incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.

El artículo 52 establece que "el cumplimiento y la resolución de los convenios dará lugar a la liquidación de los mismos con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes".

El artículo 53 prevé que "dentro de los tres meses siguientes a la suscripción de cualquier convenio cuyos compromisos económicos asumidos superen los 600.000 euros, estos deberán remitirse electrónicamente al Tribunal de Cuentas u órgano externo de fiscalización de la Comunidad Autónoma, según corresponda."

Finalmente, los convenios deberán sel publicados en el portal de transparencia conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley 1912013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, así como el artículo l5 de la Ley 112014 de Transparencia Pública de Andalucía, sin perjuicio de la posible publicación, con carácter facultativo o en su caso con carácter preceptivo si la normativa sectorial así lo dispusiera, en el Boletín Oficial que corresponda.

El objeto de este convenios se contiene en su cláusula primera, consistiendo en la colaboración de las entidades locales en la prestación del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios en la provincia de Sevilla, a través de la red Provincial del Sistema de Bomberos de la Provincia de Sevilla, conforme a las cláusulas establecidas.

Se desprende que la organización del servicio municipal se integrará en una de las Áreas Operativas de Intervención, colaborando con los parques de bomberos existentes en la misma, asumiendo así mismo una serie de obligaciones para garantizar la adecuada prestación del servicio. Por su parte, Diputación destaca la previsión de asistencia económica a los parques de bomberos municipales, el suministro de material y la impartición de cursos de formación.

En la cláusula sexta se regula la vigencia del convenio hasta el 31 de diciembre de 2019. Respecto de la eventuales prórrogas que se prevén, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la LRJSP antes aludido, deberá precisarse que las prórrogas no podrán exceder de cuatro años.

Visto que el art. 26 de la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias de Andalucía, establece la posibilidad de que los municipios de población inferior a 20.000 habitantes, dispongan de un servicio propio de prevención y extinción de incendios. Dicha posibilidad se configura como obligación para los municipios de población superior a 20.000 habitantes. Estos deberán prestar el servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento, según la estructura que se determina reglamentariamente, ya sea directamente por el Ayuntamiento, o bien a través de una entidad local de carácter supramunicipal en la que podrá participar la Diputación Provincial.

Visto que el art. 57 de la LBRL, así como el art. 47 de la Ley 40/2015 de 1 de Octubre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, contemplan a los convenios como instrumentos reguladores de los acuerdos de cooperación económica, técnica y administrativa, de las Administraciones Públicas.

Visto que también el art. 30.6 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, del TRLL, recoge entre las formas posibles, de cooperación de la Diputación, la suscripción de Convenios Administrativos.

Y visto por último, el art. 83 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, establece que las provincias, los municipios y las entidades de cooperación territorial, podrán celebrar convenios entre sí, o con la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la más eficaz gestión y prestación de servicios de su competencia, señalándose su finalidad y contenido mínimo.

Visto que el Pleno Municipal es el órgano legalmente competente para ello, conforme al art. 22 de la Ley de Bases de Régimen Local.

Visto todo lo cual, se acuerda por unanimidad de los miembros que compone el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:

Primero.- Aprobar convenio de colaboración entre el Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento y el Ayuntamiento de La Rinconada, en materia de prevención y extinción de incendios, en desarrollo del Programa operativo 2019, del Sistema de Bomberos de la Provincia de Sevilla, remitido por el Área de Servicios Públicos y Supramunicipales de la Diputación de Sevilla, el día 09 de abril de 2019 registro de entrada 5461/2019, con la precisión de que la aportación municipal al convenio, será de 240.000 € anuales, y los efectivos por turno, serán de tres Bomberos funcionarios, dos de ellos en régimen de guardia localizadas y una voluntaria de la Diputación Provincial para atender el cumplimiento de las obligaciones que se derivan del Programa Operativo 2019. Si no hubiera posibilidad de realizar la guardia voluntaria, ya sea por falta de voluntarios o de cumplimiento de la legalidad laboral vigente, la dotación de la guardia será de dos bomberos funcionarios.

Segundo.- Autorizar el Sr. Alcalde, para que proceda a la formalización del correspondiente convenio de colaboración

Tercero.- Dar cuenta de este acuerdo a la Excma. Diputación Provincial de Sevilla, al Sr. Interventor y al Sr. Tesorero para su debido conocimiento y efectos oportunos.

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