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Actividad de plenos

16/09/2019 PLENO 16 DE SEPTIEMBRE DE 2019

SÉPTIMO.- APROBACIÓN PROVISIONAL DE LAS ORDENANZAS RELATIVAS A PRECIOS PÚBLICOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2020.-

Por el Sr. Secretario General, se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Economía, Hacienda, Empleo, Formación, Desarrollo Económico, Comercio y Agroindustria por la que se propone la aprobación provisional de las Ordenanzas Fiscales relativas a los precios públicos para el ejercicio económico 2020.

Seguidamente, se formula la votación de las enmiendas del grupo municipal de Izquierda Unida, número 13, 14 y 15, ambas inclusive, cuyo tenor literal es el siguiente:

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DIRIGIDOS, POR USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES Y OTROS PROVENIENTES DEL AGENCIA PÚBLICA ADMINISTRATIVA LOCAL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES (ORDENANZA Nº 34)

Enmienda 13.-Se propone la sustitución de la palabra “podrá” por “deberá” dentro de las bonificaciones en el siguiente párrafo: “Esta bonificación, con carácter excepcional, podrá legar hasta el 100% sobre el precio de abonado con tarifa reducida, por situación calamitosa o de precariedad económica familiar. Esta situación debe estar informada por los Servicios Sociales Municipales”.

POR LA PRESTACIÓN DE CURSOS Y TALLERES DE FORMACIÓN Y ESPECTÁCULOS, VIAJES CULTURALES Y VISITAS AL MUSEO DE LA RINCONADA.

Enmienda 14.-Se propone la supresión del párrafo: “los anteriores beneficios fiscales no se aplicaran a los espectáculos de entrada única”, entendiendo que el Ayuntamiento debe bonificar en todo caso a las familias que no disponen de los recursos necesarios para acceder al derecho universal que todos deberíamos tener a la cultura, y que se adecúen a la situación de “familia desfavorecida” reconocida por asuntos sociales como tal. No significa esto que no se pague a las compañías el precio estipulado, sino que éste, hasta su totalidad, sea asumido por el consistorio y no por los propios usuarios.

Enmienda 15.-Se propone la modificación de la relación del callejero estructurado y aprobado por el Consistorio para la tributación municipal con el fin de incluir en la primera categoría (de mayor tributación) a aquellas empresas que tienen una mayor facturación entendiendo que la aportación de tributos debe ser mayor en proporción a unos mayores beneficios económicos de las mismas.

El Resultado de la votación de las enmiendas de izquierda Unida, número 13 y 14 es el siguiente:

- Votos a Favor: 3 (1 I.U, 1 mixto Popular y 1 mixto Ciudadanos)

- Abstención: 1 (mixto Podemos)

- Votos en Contra: 16 (16 PSOE)

El Resultado de la votación de la enmiendas de izquierda Unida, números 15 es el siguiente:

- Votos a Favor: 1 (1 I.U)

-Abstención: 1 ( 1 mixto Podemos)

- Votos en Contra: 18 (16 PSOE, 1 mixto Popular y 1 mixto Ciudadanos)

Seguidamente, se somete a votación las propuestas del equipo de gobierno sobre las Ordenanzas municipales referidos a los precios públicos, para su aplicación en el ejercicio económica 2020, con el siguiente resultado:

- Votos a Favor: 20 (16 PSOE, 1 IU) y (3 grupo mixto)

Visto todo lo cual, se acuerda por unanimidad los miembros asistentes que componen el Ayuntamiento Pleno el siguiente acuerdo:

Primero.- Aprobar Provisionalmente las siguientes Ordenanzas relativas a los Precios Públicos Municipales, para su aplicación para el año 2020, desestimando las enmiendas presentadas por el grupo municipal de Izquierda Unida:

– Ordenanza reguladora de precio público por la prestación de servicio de fotocopiadora en la Biblioteca Municipal.

– Ordenanza reguladora de Precio Público de la prestación del servicio de campamentos de Verano.

– Ordenanza reguladora de Precio Públicos por prestación por parte del P.M.J de los servicios de Escuelas Deportivas, Cursos de Natación, uso del pabellón cubierto y Estadio Municipal de Deportes y Polideportivo.-Ordenanza reguladora de precio público del servicio de la guardería infantil.

– Ordenanza reguladora de precio público por la prestación de cursos y talleres de formación y espectáculos y viajes culturales y visitas al museo de La Rinconada.

– Ordenanza reguladora de precio público de Servicio de Ayuda a Domicilio.

– Ordenanza reguladora de precio público del Servicio de Teleasistencia domiciliaria.

– Ordenanza reguladora de precios públicos por utilización de la Emisora Local para emisión de anuncios.

Segundo.- Someter el expediente a trámite de información pública, durante el plazo de treinta días hábiles, mediante la inserción del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, Tablón de Edictos, Portal de la Transparencia y un periódico de los de mayor circulación de la provincia, al objeto de que puedan presentarse reclamaciones y sugerencias al mismo.

En caso de que no se presenten alegaciones, el acuerdo provisional se considerará aprobado definitivamente.

Tercero.- Publicar el texto íntegro de las modificaciones de las ordenanzas fiscales, en el Boletín Oficial de la Provincia, para su entrada en vigor.

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