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Servicio de Atención a la Ciudadanía

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Actividad de plenos

19/10/2021 PLENO ORDINARIO 16 DE SEPTIEMBRE

SÉPTIMO.- ADJUDICACIÓN DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO EN EL MUNICIPIO DE LA RINCONADA.

Por el Sr. Secretario se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Educación, Igualdad y Política Social, por el que se propone la adjudicación de la contratación para el Servicio de Ayuda a Domicilio a adjudicar por Procedimiento Abierto, sujeto a Regulación Armonizada, a la empresa CLECE S.A. por ser la que empresa que ha presentado una ofertas más ventajosa, teniendo en cuenta la relación calidad- precio de la misma.

Por el Sr. Concejal no adscrito, Don Luis Silva García, expone que estamos ante una propuesta meramente técnica, en la que los grupos municipales poco tienen que opinar. Los técnicos municipales que son cualificados, han comprobado que se ha seguido el procedimiento. Ya nos pronunciamos en su momento sobre los baremos que han servido de criterios de adjudicación del servicio de ayuda a domicilio. He revisado la documentación y considero que se ha seguido el baremos dispuesto en el pliego, para adjudicar este contrato.

Por el Sr. Concejal del grupo mixto popular, don Juan Pedro Molina López, expone que este servicio de ayuda a domicilio es esencial para nuestros mayores, y que una vez cumplido el contrato, se hace necesario aprobar la nueva contratación y cuya propuesta de adjudicación, es la misma empresa que prestaba el anterior servicio, con unos buenos resultados. El pliego supone una mejora del servicio, pues se unifica los servicios de ayuda a domicilio municipal y el financiado por la Ley de la Dependencia, Se garantiza la subrrogación de los trabajadores de la otra empresa. La empresa propuesta cumple con los requisitos técnicos para prestar el servicio conforme al pliego de condiciones y es la que tiene más puntos, respecto a los criterios de selección. Por lo tanto apoyamos la adjudicación del servicio de ayuda a domicilio a favor de Clece S.A. Valoramos las mejoras de los medios con la que van a contar los trabajadores, como las sillas de ruedas y elevadores para prestar el servicio de forma menos penosa. El contrato tendrá una duración de dos años, con posibilidad de prórroga, por otros dos. No tenemos nada que objetar.

Por la Sra. Concejal del grupo mixto ciudadanos, Doña Elisabeth Niza Millán expone que tras las proposiciones presentadas en el procedimiento abierto para la adjudicación de este servicio de ayuda a domicilio la conclusión de la mesa de contratación según los trámites legales es la adjudicación a la Empresa Clese S.A. Mi respaldo a esta adjudicación.

Por el Sr. Concejal del grupo municipal de Izquierda Unida, Don Ignacio Ruiz González, expone que en principio, estamos en desacuerdo hasta con el propio titulo del punto a tratar.

Para IU es inaceptable que se contraten los servicios públicos a empresas privadas, como es inaceptable que se comercialice con este indispensable servicio de ayuda a domicilio.

Para prestar la mayor calidad posible en las atenciones a las personas dependientes y poder actuar en las actividades básicas de la vida diaria de las personas en situación de dependencia y sus familias, se necesita una firme convicción y coherencia política en la defensa de los servicios públicos y en su fortalecimiento. Y eso solo es posible desde la gestión directa del servicio.

Nosotros, no les quepa duda, seguiremos defendiendo lo obvio, lo razonable, lo socialmente justo, por mucho que nos llamen comunistas y revolucionarios, que evidentemente lo somos.

Las mujeres y hombres de IU, seguiremos proclamando que la gestión directa, desde el Ayuntamiento, del SAD, no es más cara, todo lo contrario, y sobre todo seguiremos afirmando que con la gestión directa de los servicios públicos se asegura mejor prestación al usuario y sus familias, como también a las propias trabajadoras que lo desarrollan.

Ya que las únicas reglas que debe cumplir este servicio, son las del beneficio social general y no las reglas del mercado y los beneficios, que aplican las empresas a las que ustedes les adjudican los servicios públicos.

Porque si obvio, que si este servicio es prestado por una empresa privada y todos sabemos que esta pretenderá obtener su margen de ganancias de estos recursos públicos y que ese margen de ganancia solo se puede obtener de los recortes en el propio servicio y de los recortes en las condiciones laborales de las trabajadoras... porque no puede sacarlo de otro sitio...

¿Por qué se contratan los servicios públicos municipales a estas empresas y no se gestionan y aplican directamente desde lo público, sin necesidad de gastar el dinero de todos en conseguir ese margen de ganancias, ni necesidad de aplicar esos recortes?

Como hemos dicho repetidamente, los servicios públicos son para lo que son, y solo pueden tener un beneficio: prestar servicios a la ciudadanía para mejorar sus vidas y asegurar el bienestar social general y no para el beneficio empresarial ni para comercializar con los derechos de la ciudadanía.

Por tanto, si las empresas privadas que hacen negocios con estos servicios, como es el caso que nos ocupa de la prestación del SAD, si estas empresas no mejoran las prestaciones al usuario ni las condiciones de las trabajadoras ¿Qué beneficio busca el Equipo de Gobierno con la comercialización del SAD, como con los demás servicios privatizados en nuestro municipio? ¿Qué aportan estas empresas al desarrollo y prestación de estos servicios?

Sin duda, hay dos aspectos importantes que destacar en esta cuestión: en primer lugar está la liberación, que se asegura el Equipo de Gobierno, de la responsabilidad social con las trabajadoras, al arrojarlas a las inaceptables reglas laborales que imponen estas empresas y de las que, de esta forma, ya no se tendrán que responsabilizar.

Y en segundo lugar, es un mecanismo con objetivos financieros, muy útil, para la consecución de sus anunciados superávits presupuestarios, al no computar como gastos generales y traspasarlos al apartado de contrataciones. Dos cuestiones sin beneficio social general para la población.

Pero si, de veras, el Equipo de Gobierno ha apreciado ventajas, que nosotros desconocemos, en esta comercialización de un servicio imprescindible, puede enumerarlas ahora.

Pero también hay un aspecto muy peligroso, y necesario denunciar, en esta lógica capitalista de hacer negocios con los recursos de los servicios públicos: las empresas; las empresas que consiguen estos contratos y su modelo de gestión para obtener el máximo de beneficio; que en este caso solo se puede obtener de los propios recursos públicos destinados a un servicio público, de los recortes en la prestación de ese servicio y de los recortes en las condiciones laborales de las trabajadoras, como ya hemos dicho anteriormente.

Y precisamente ese es el modelo de funcionamiento de CLECE; la empresa de Florentino Pérez a la que ustedes pretenden hoy adjudicarles el contrato del SAD. Una empresa con multitud de denuncias por deficiencias e incumplimiento en la prestación del SAD, que ustedes les quieren adjudicar en nuestro pueblo, y por la explotación laboral a la que somete a las compañeras trabajadoras que realizan este trabajo.

Pero como nosotros no queremos que el dinero público termine en manos de empresarios explotadores, seguiremos combatiendo contra esta práctica capitalista de hacer negocio con los recursos públicos.

Nos negaremos a que se negocie con los derechos de las personas y con los recursos de todas y todos.

Porque ante las privatizaciones de los servicios públicos y sus consecuencias, las mujeres y hombres de la izquierda transformadora seguiremos denunciando y oponiéndonos a que los recursos públicos terminen en paraísos fiscales, como en el caso de FERROVIAL, o para fichar a Mbape u otra estrella del fútbol, como en el caso de CLECE y Florentino Pérez.

Por el Sr. Concejal delegado de Educación, Don Antonio Marín Luque, expone que este punto es necesario aprobarlo por Pleno, porque la legislación de contratos públicos así lo exija, pese a que se basa en un informe técnico de adjudicación.

No se pone sobre la mesa lo que implica el pliego que se aprobó en su momento, por este Pleno, pues estamos adjudicando el servicio de ayuda a domicilio, después de un proceso largo de varios meses de contratación. Por Izquierda Unida, se hace una intervención sesgada, poniendo en tela de juicio sobre la honorabilidad de los técnicos que han baremado las ofertas, porque se dice que se hace negocios con los recursos municipales. Se ha abierto un proceso limpio, transparente, en el que se cumple la normativa según la Ley de Contratos del Sector Público. Otra cuestión es la valoración política que tenemos sobre los criterios de adjudicación dispuesto en una Ley que no fue aprobada por mi partido. Consideramos que no solo cabe criterios objetivos para adjudicar esta clase de servicios y con el criterio económico de la oferta como criterio predominante.

Es injusto afirmar que nosotros estamos colaborando en la explotación de los trabajadores, cuando podíamos haber buscado criterios económicos en exclusividad para adjudicar el servicio, que era la reducción precio hora, cuyo precio viene tasado por la propia Junta de Andalucía. A mayores estamos poniendo a pulmón más de 225.000 €, para complementar a los usuarios dependientes que no tienen asignadas aún el recurso de la Ley de la Dependencia. Hemos preferido cambiar la modulación de ese pliego, para conseguir mejores condiciones a los usuarios a través de ayudas técnicas y que indirectamente mejoran a la salud laboral de las trabajadoras afecta al servicio. Existe además, una incorporación de horas adicionales de formación, para esas empleadas y dos días adicionales de permisos.

No olvidemos que el beneficio que obtiene la empresa, está contemplado el propio pliego, y se fija el porcentaje conforme a la Ley de Contratos. Por tanto no puede decir que estamos explotando laboralmente a las trabajadoras, pues se le aplica el convenio colectivo del sector.

Su propuesta no es otra que presta el servicio desde lo público y con personal de plantilla, y al respecto, pese a estar en contra de lo que dispone la Ley, ésta impide crear nuevas plazas, pues así lo dispuso un partido de derecha que nos ha gobernado. Su objetivo era la privatización de los servicios públicos. En nuestro caso, no existe privatización, sino gestión indirecta a través de empresa, de un servicio público, por cuanto los usuarios y usuarias se determinan por la Ley de la Dependencia, según un informe social de una empleada municipal, sin que la empresa tenga nada que opinar. La empresa, actúa, donde nosotros le indicamos. La prestación de este servicio de ayuda a domicilio es muy compleja y necesita mucha versatilidad y plasticidad en los servicios que es imposible cumplir con la rigidez que funciona las pautas de la función pública.

Además esas trabajadoras pueden complementar sus trabajos en el municipio con otras tareas que le surjan en otros municipios donde esta empresa presta el servicio de ayuda a domicilio.

Usted no habla con las trabajadoras del servicio, y están satisfecha con la empresa de servicio.

El servicio de ayuda a domicilio, por tanto, se presta de forma óptima, así lo concluye las encuestas que se hace a las familias de usuarios; las trabajadoras están contentas con el desarrollo de su trabajo; el pliego no establece como criterio preferente, la oferta económica, sino las mejoras sociales y de la propia prestación del servicio. El objetivo final, es que todas las personas que necesiten el servicio de ayuda a domicilio, tengan asegurado el servicio. No hacemos negocio con este servicio, más bien lo contrario, le ponemos dinero encima. Es uno de los buques insignias de la política social que llevamos a cabo desde este Ayuntamiento. Le informa que desde el área de Formación y Empleo, se lleva años, dando formación a personas desempleadas para que se formen en esta especialidad laboral y puedan insertarse laboralmente.

Le recuerda que en el anterior gobierno de la ciudad de Madrid, gobernada por Manuela Carmena, no municipalizó este servicio de ayuda a domicilio y se la adjudicó a Clece. El contrato vigente asciende a 190 millones de euros. Son los agentes sociales los vigilantes para controlar el cumplimiento de la normativa laboral de los trabajadores de estas empresas de servicios.

Hacen demagogia con su discurso en contra de estos contratos de servicios que favorecen a personas que encuentran trabajo en este sector de la dependencia.

Por el Sr. Concejal no adscrito, Don Luis Silva García, explica que estamos tratando una adjudicación a una empresa del servicio de ayuda a domicilio, conforme a un informe técnico que elabora la mesa de contratación conforme a los criterios de selección del pliego de condiciones y al respecto nada tenemos que objetar, pues la empresa elegida cumple con los requisitos técnicos exigidos. Otro tema, es la discusión sobre el modelo de gestión de los servicios públicos que no estamos tratando ahora.

Por el Sr. Concejal del grupo mixto popular, Don Juan Pedro Molina López, está de acuerdo con la exposición del Sr. Silva, no estamos tratando de adjudicar un servicio, y no del modelo de gestión público o privado del servicio de ayuda a domicilio. Se aprobó un pliego de cláusulas administrativas, en la que se unificó el servicio de ayuda a domicilio, y en el que se introdujo unas mejoras técnicas respecto al actual servicio así de las condiciones sociales y formativas de las trabajadoras. Y dimos nuestro apoyo.

Este servicio de ayuda a domicilio, lo usan muchos vecinos y vecinas del municipio, y gracias a ello, muchas personas que son cuidadoras, pueden ir a trabajar o hacer sus labores personales necesarias. Sería deseable que puedan cobrar más salario, pues es un trabajo humano bastante duro. Realizan un trabajo y una labor social enorme. Pero las condiciones salariales y laborales que ofrece la empresa, cumple con la Ley y el convenio colectivo.

Por el Sr. Concejal del grupo municipal de Izquierda Unida, Don Ignacio Ruiz González, expone que lo relevante de este asunto, es la prestación del servicio, que es un derecho que tienen las personas, pero existen dos opciones de prestar este servicio, la gestión directa e indirecta. En vuestras mentalidades de escudero de la Patronal, estáis desechando la primera opción. Todos habéis tenido el mismo razonamiento de que ahora se aprueba la adjudicación del contrato de ayuda a domicilio.

Y respecto a lo expuesto sobre las contrataciones que hace la empresa contratista, Clece, se pregunta si no es cierto, que tienen presentado denuncias por incumplimiento y mal desarrollo del servicio de ayuda a domicilio, o por vulneración de los derechos laborales.

La Ley permite que se pueda prestar este servicio directamente.

Por otro lado, no he dicho que ustedes estén comercializando con este tipo de contratos de servicios, pero es claro que quien está comercializando son estas empresas y ustedes son escuderos de esas empresas en vez de la mayoría social trabajadora. Si se gestiona directamente, todos los recursos van directamente a financiar el servicio, con la gestión indirecta, parte de los recursos van destinado a pagar beneficios a la empresa. Se hace negocio con los recursos públicos, para prestar los servicios públicos.

Por el Sr. Concejal delegado de Educación, Don Antonio Marín Luque, expone que el proceso de contratación del servicio ha durado meses, y se han presentado 7 empresas, y la que mejor puntuación ha obtenido conforme a los criterios marcados en el pliego. Este pliego ha sido elaborado pensando en la ciudadanía y las propias trabajadoras, pues tiene ofertas adicionales que mejoran el servicio y los derechos laborales y sociales de ellas. Clece ha sido la empresa ganadora de la licitación. Y por cierto es la empresa que ahora viene prestando el servicio de ayuda a domicilio sujeto a la Ley de dependencia, y que las trabajadoras del servicio que son del municipio están satisfechas. Si se municipala el servicio, esas trabajadoras no podían acceder directamente a ser empleadas municipales, pues deben superar un proceso selectivo, tras la incluirlo las plazas en una oferta publica de empleo.

La gestión de este servicio la llevamos directamente, y quien se pone en contacto con las usuarios y usuarias del servicio de ayuda a domicilio y sus familias, somos nosotros, como Administración titular del servicio.

Tuvimos el servicio municipal de ayuda a domicilio, con personal contratado por el propio Ayuntamiento, y tuvimos que cambiar el modelo de gestión del servicio, por cuanto la incorporación de trabajadoras al servicio requería agilidad y máxime para cubrir bajas, provocada por ser un trabajo duro, tanto físico como psíquico, que acarrea gran absentismo. Por eso, hemos apostando en el pliego, por valorar la adscripción de medios materiales que ayuden a la labor que hacen las trabajadoras, como camas articuladas o grúas.

Vende su argumentario teórico, y no analizan lo que ha pasado con el Ayuntamiento de Madrid, cuando gobernaba Manuela Carmena, quien opto finalmente por adjudicar el servicio precisamente a la empresa Clece, precisamente por las dificultades para municipalizar esta clases de servicios. Pero es que el Ayuntamiento de los Palacios, también tiene adjudicado este servicio a la misma empresa. Nosotros seremos exigentes para que esta empresa, cumpla escrupulosamente con el pliego y con el convenio colectivo que se ha negociado con los sindicatos. Y vamos a estar encima para que cumplan todas las mejoras del servicio a la que se han comprometido en su oferta y que el servicio esté bien ejecutado. Eso no es privatizar un servicio publico. Su modelo de gestión planificada de lo público ha fracasado. No todo puede ser prestado desde lo público y tenemos que adaptarnos a la realidad de cada servicio. Le recuerdo que lo relevante ha sido la apuesta del partido socialista impulsando la Ley de la Dependencia. No pueden demonizar un servicio de ayuda a domicilio que es excepcional. Las trabajadoras adscrita al servicio municipal de ayuda a domicilio serán subrrogada por la empresa que ha ganado la contratación, unificando el servicio en un solo contrato. Y tenemos la certeza de que las trabajadoras de Clece están contentas y satisfecha con las condiciones la laborales que tienen con la empresa. Si tienen esa empresa denuncia de otras trabajadoras, tienen sus herramientas legales para defender sus derechos, pudiendo ir a la jurisdicción laboral para defender sus derechos.

El pliego ha sido diseñado para garantizar la mejora del servicio de ayuda a domicilio y para mejorar las condiciones laborales de las trabajadoras. El beneficio legal que le corresponde a la empresa es de menos de un euro, por hora prestada y se van a prestar más de 120.000 horas, anuales. Las familias deben estar tranquilas pues el servicio seguirá prestándose con total normalidad, pues las actuales trabajadoras seguirán prestando su gran trabajo, del que yo personalmente, las felicito.

Por el Sr. Alcalde, recuerda al Sr. Ruiz, que el Alcalde del Ayuntamiento de Los Palacios, es de su organización política, y además es su representante en la FAMP y según su argumentario, esa persona, no representa a la izquierda transformadora. El 18 de febrero de 2021, salió una noticia en la página web de ese Ayuntamiento en el que se informa que la empresa Clece, es nueva adjudicataria del servicio municipal de ayuda a domicilio, y para el Sr. Alcalde, esta adjudicación nos transmite mucha tranquilidad, al tratarse de una empresa importante en el sector y que tiene una buena trayectoria en las buenas prácticas en atención a personas dependientes como con su plantilla. Desde el Ayuntamiento, hemos realizado un seguimiento exhaustivo de la entidad, porque hablamos de un contrato que sobrepasa los 2.2000.000 €, para 165.000 horas de atención, a 262 vecinos y vecinas del municipio y una relación laboral con 114 en plantilla y que se ha subrogado en su totalidad. Y puede comprobar que el sabe que no puede cargar al capítulo I de su Ayuntamiento, con 114 trabajadores, cuando tiene 35 policías locales. Ningún ayuntamiento, salvo los pequeños, se ha planteado gestionar ese servicio de ayuda a domicilio con su propio personal.

Nosotros nos reunimos mensualmente con el Comité de Empresa de esas trabajadoras, conformado por CCOO y UGT, y conociendo la adjudicación del servicio con Clece, le pedimos su opinión de cómo iba el servicio que prestaba esa misma empresa y cómo funcionaban y me dijeron claramente que esa empresa, le generaba calma y tranquilidad y que están satisfechas.

Lo importante, además de la satisfacción de las trabajadoras del servicio, es que se cree empleo, consolidándolo, y que los usuarios del servicio y familias están contentas con el servicio, como se constata con las encuestas de evaluación del servicio.

La plantilla municipal, siguiendo sus recomendaciones, tendría mil personas, y eso es inviable económicamente y supondría una ruptura de los equilibrios económicos que debemos tener para prestar servicios públicos de calidad. Y ese servicio de calidad no está en cómo se presta sino cual es la calidad de ese servicio que se presta, Las tres escuelas infantiles municipales funcionan bastante bien y no existe ninguna garantía de que el servicio funcionara mejor, si se prestara por medios propios municipales. Supervisar un servicio público en municipios de población como el nuestro es más fácil que prestarlo, y en este supuesto, de ayuda a domicilio, existe buena valoración de los usuarios y satisfacción de las trabajadoras. Pero además existe un concurso público para seleccionar a la empresa contratista, en el que se ha presentado 7 empresas, y que en base a un informe técnico teniendo los criterios marcados en el pliego de cláusulas, ha propuesto la adjudicación a la empresa Clece. Y no existe intervención política en la propuesta de contratación.

Izquierda Unida, donde gobierna, hace lo mismo y lo no que propone el grupo municipal. Y cuando uno gobierna, como es el caso de Los Palacios, tiene que hacer que las cosas funcionan, pues tiene responsabilidad, y tiene que buscar mecanismo para que los servicios se presten con calidad.

Respecto al contrato de ayuda a domicilio, estaremos en contacto continuado con el Comité de Empresa, y si hubiera cualquier incidencia e incumplimiento de las condiciones laborales de las trabajadoras aplicaríamos el contrato, que establece causas para resolverlo.

Es falso el argumento utilizado, de que remunicipalizar un servicio, conllevaría que 90 trabajadoras fueran nombradas funcionarias directamente, y que se usa para enturbiar las relaciones de las trabajadoras con el Ayuntamiento. No se puede con la legislación vigente, incrementar capítulo I ni tampoco pueden entrar directamente a trabajar a cargo de ese capítulo. Nuestro modelo de gestión de los servicios públicos funciona y es aceptado por la ciudadanía, cuando acuden a las urnas.

Seguidamente, se somete a votación, la citada propuesta, con el siguiente resultado:

Votos a Favor: 18 (15 PSOE, 2 grupo mixto y 1 concejal no adscrito)

Votos en Contra: 2 (2 I.U.)

Visto el expediente de contratación para el Servicio de Ayuda a Domicilio a adjudicar por Procedimiento Abierto, sujeto a Regulación Armonizada.

Visto que por acuerdo del Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 15 de abril de 2021, se aprobó el pliego de clásulas administrativas y prescripciones técnicas para la contratación del servicio de ayuda a domicilio en el municipio de La Rinconada, por procedimiento abierto, sujeto a regulación armonizada.

Visto que con fecha 19 de mayo de 2021 se ha procedido a la apertura de las ofertas presentadas por las siguiente empresas:


LICITADOR: G90431883 ASOCIACION DE CUIDADORAS DE ATENCION SOCIAL

LICITADOR: A80364243 CLECE S.A.

LICITADOR: B14515936 INEPRODES S.L.

LICITADOR: B56074289 LIFECARE ASISTENCIA INTEGRAL SL

LICITADOR: F23322472 MACROSAD SCA

LICITADOR: A27178789 OHL SERVICIOS - INGESAN

LICITADOR: B53977013 PROTECCIÓN GERIÁTRICA 2005, S.L.

Visto que por la Mesa se acuerda que por Técnico competente se emita informe de valoración, al objeto de que por la Mesa se acuerde propuesta de adjudicación a la empresa que presente la oferta más beneficiosa teniendo en cuenta su relación calidad/precio.


Visto que con fecha 12 de julio de 2020 se publica en la PCSP informe técnico sobre las ofertas presentadas, estableciéndose la siguiente puntuación :

CLECE INGESAN SOCIAL MACROSAD INEPRODES LIFE CARE PROTECCIÓN GERIÁTRICA ASOCIACION DE CUIDADORAS DE ATENCION SOCIAL

PROPUESTA ORGANIZATIVA

Define fases 0.625 0.625 0.625 0.625 0 0 0

Define modelo/metod 0.625 0.625 0.625 0 0.625 0.625 0

Prestaciones 0.625 0.625 0 0 0 0 0.625

Línea de atención telef 0.625 0.625 0.312 0.625 0.625 0.625 0

Software de gestión 0.625 0.625 0.625 0.625 0.625 0.625 0.625

Control presencia 0.625 0.625 0.625 0.625 0.625 0.625 0.625

Recursos materiales 0.625 0.625 0.625 0.625 0.625 0.625 0.625

Evaluación periódica 0.625 0.625 0.625 0.625 0.625 0.625 0.625

TOTAL CRITERIO 5 5 4.06 3.75 3.75 3.75 3.125

CLECE INGESAN SOCIAL MACROSAD INEPRODES LIFE CARE PROTECCIÓN GERIÁTRICA ASOCIACION DE CUIDADORAS DE ATENCION SOCIAL

PROTOCOLOS

Alta e inicio servicio 0.25 0.25 0.25 0.25 0.25 0.25 0.25

Esquema 0.25 0.25 0 0 0.25 0 0

Bajas 0.25 0.25 0.25 0.25 0 0.1 0

Esquema 0.25 0.25 0 0 0 0 0

Seguimiento 0.25 0.25 0.25 0.25 0.25 0.25 0.25

Esquema 0.25 0.25 0 0 0.25 0 0

Evaluación 0.25 0.25 0.25 0 0.25 0.1 0

Esquema 0.25 0.25 0 0 0.25 0 0

Ausencias 0.25 0.25 0.25 0.25 0.25 0.25 0.25

Esquema 0.25 0.25 0 0 0.25 0 0

Resolución emerg. 0.25 0.25 0.25 0.25 0.25 0.1 0.1

Esquema 0.25 0.25 0 0 0.25 0 0

Atención a q y r 0.25 0.25 0.25 0.25 0.25 0.25 0.1

Esquema 0.25 0.25 0 0 0.25 0 0

Actuación incidencias 0.25 0.25 0.25 0.25 0.25 0.1 0.1

Esquema 0.25 0.25 0 0 0.25 0 0

Coord. interna y exter. 0.25 0.25 0.25 0.25 0.25 0.1 0.2

Esquema 0.25 0.25 0 0 0.25 0 0

Sustituciones personal 0.25 0.25 0.25 0.25 0.25 0.25 0.1

Esquema 0.25 0.25 0 0 0.25 0 0

TOTAL CRITERIO 5 5 2.5 2.25 4 1.75 1.35

EVALUACION

Qué evalúa y formas 0.5 0.5 0.5 0.5 0.5 0.25 0.5

Niveles de evaluación 0.5 0.25 0.5 0.25 0 0.25 0

Indicadores 0.5 0.25 0.5 0.5 0.5 0.25 0.25

Herramientas 0.5 0.5 0.5 0.5 0.5 0.5 0.25

Frecuencia 0.5 0.5 0.5 0.5 0.25 0.5 0

TOTAL CRITERIO 2.5 2 2.5 2.25 1.75 1.75 1

QUEJAS Y RECLAMAC.

Define las etapas 0.5 0.5 0.5 0.5 0.25 0.25 0

Medios presentación 0.5 0.25 0.25 0.25 0.10 0.25 0.25

Notif., registro, anális, 0.5 0.25 0.5 0.5 0.25 0.25 0

Tiempo de respuesta 0.5 0.25 0.5 0 0.25 0.25 0

Estudio/informe glob. 0.5 0.5 0.5 0.25 0.25 0.25 0

TOTAL CRITERIO 2.5 1.75 2.25 1.5 1.10 1.25 0.25

ESTRUCTURA ORGAN.

Estructura empresa 0.5 0.5 0.5 0.5 0.5 0.5 0

Estructura SAD 0.5 0.5 0.5 0.5 0.5 0.5 0.25

Funciones personal 0.5 0.5 0.5 0.5 0.5 0.5 0.5

Cualificación personal 0.5 0.5 0.5 0.5 0.5 0.5 0.5

Organigrama 0.5 0.5 0.5 0.5 0 0.5 0.5

TOTAL CRITERIO 2.5 2.5 2.5 2.5 2 2.5 1.75

FORMACIÓN

Detección necesidades 0.5 0.5 0.5 0.5 0.5 0.5 0.5

Teleformación/a dist. 0.5 0 0.5 0.5 0.5 0.5 0

Duración/microformac 0.5 0.25 0.5 0.5 0.5 0 0

Evaluación impacto 0.5 0 0 0.5 0.5 0.5 0.5

CLECE INGESAN SOCIAL MACROSAD INEPRODES LIFE CARE PROTECCIÓN GERIÁTRICA ASOCIACION DE CUIDADORAS DE ATENCION SOCIAL

Contenido plan 0.5 0.5 0.5 0.5 0.5 0.5 0.5

TOTAL CRITERIO 2.5 1.25 2 2.5 2.5 2 1.5

TOTAL VALORACIÓN 20 17.50 15.81 14.75 15.10 13 8.97

Vistas las puntuaciones obtenidas por las empresas en cuanto a los criterios valorados mediante aplicación de fórmulas:


1.- ASOCIACION DE CUIDADORAS DE ATENCION SOCIAL

1. Extensión de la jornada. Número de horas ofertadas 1000

2.- Servicios Complementarios profesionales. Número de horas ofertadas 625

• Ayuda para Transporte para el personal auxiliar Ayuda de transporte 75 euros/mes

• Formación . Horas de formación adicionales a las establecidas en Convenio : 68

5.- Incremento del número de días de libre disposición para el personal auxiliar sobre lo estipulado en Convenio Número de días…... 2

6.- Ayudas técnicas

SILLAS DE RUEDAS

15 AL AÑO

COLCHONES ANTIESCARAS

20 AL AÑO

GRÚAS 150 KG CON ARNÉS

15 AL AÑO

CAMAS ARTICULADAS

20 AL AÑO

ELEVADORES WC

15 AL AÑO


7 . Programa de Ayuda a Familiares Cuidadores

3 grupos entre 5 y 10 personas de 20 horas/año

2.- CLECE S.A.

1. Extensión de la jornada. Número de horas ofertadas 1000

2.- Servicios Complementarios profesionales. Número de horas ofertadas 625

3.-Ayuda para Transporte para el personal auxiliar Ayuda de transporte 75 euros/mes

4.- Formación . Horas de formación adicionales a las establecidas en Convenio : 175

5.- Incremento número de días de libre disposición para el personal auxiliar sobre lo estipulado en Convenio. Número de días 2.

6.- Ayudas Técnicas

SILLAS DE RUEDAS

15 AL AÑO

COLCHONES ANTIESCARAS

20 AL AÑO

GRÚAS 150 KG CON ARNÉS

15 AL AÑO

CAMAS ARTICULADAS

20 AL AÑO

ELEVADORES WC

15 AL AÑO


7 . Programa de Ayuda a Familiares Cuidadores

3 grupos entre 5 y 10 personas de 20 horas/año

3.- INEPRODES S.L.

1. Extensión de la jornada. Número de horas ofertadas 1000

2.- Servicios Complementarios profesionales. Número de horas ofertadas 625

3.- Ayuda para Transporte para el personal auxiliar Ayuda de transporte 75 euros/mes

4.- Formación . Horas de formación adicionales a las establecidas en Convenio : 100

5.- Incremento del número de días de libre disposición para el personal auxiliar sobre lo estipulado en Convenio Número de día….. 2

6.- Ayudas Técnicas

SILLAS DE RUEDAS

15 AL AÑO

COLCHONES ANTIESCARAS

20 AL AÑO

GRÚAS 150 KG CON ARNÉS

15 AL AÑO

CAMAS ARTICULADAS

20 AL AÑO

ELEVADORES WC

15 AL AÑO


7 . Programa de Ayuda a Familiares Cuidadores

3 grupos entre 5 y 10 personas de 20 horas/año

4.- LIFECARE ASISTENCIA INTEGRAL SL

1. Extensión de la jornada. Número de horas ofertadas 1000

2.- Servicios Complementarios profesionales. Número de horas ofertadas 625

3.- Ayuda para Transporte para el personal auxiliar Ayuda de transporte 20 euros/mes

4.- Formación . Horas de formación adicionales a las establecidas en Convenio : 100

5.- Incremento número de días de libre disposición para el personal auxiliar sobre lo estipulado en Convenio Número de días 2.

6.- Ayudas Técnicas

SILLAS DE RUEDAS

15 AL AÑO

COLCHONES ANTIESCARAS

20 AL AÑO

GRÚAS 150 KG CON ARNÉS

15 AL AÑO

CAMAS ARTICULADAS

20 AL AÑO

ELEVADORES WC

15 AL AÑO


7 . Programa de Ayuda a Familiares Cuidadores

3 grupos entre 5 y 10 personas de 20 horas/año

5.- MACROSAD SCA

1. Extensión de la jornada. Número de horas ofertadas 1000

2.-Servicios Complementarios profesionales. Número de horas ofertadas 625

3.-Ayuda para Transporte para el personal auxiliar Ayuda de transporte 30 euros/mes

4.- Formación. Horas de formación adicionales a las establecidas en Convenio : 35

5.- Incremento del número de días de libre disposición para el personal auxiliar sobre lo estipulado en Convenio Número de días….2

SILLAS DE RUEDAS

15 AL AÑO

COLCHONES ANTIESCARAS

20 AL AÑO

GRÚAS 150 KG CON ARNÉS

15 AL AÑO

CAMAS ARTICULADAS

20 AL AÑO

ELEVADORES WC

15 AL AÑO


7 . Programa de Ayuda a Familiares Cuidadores

3 grupos entre 5 y 10 personas de 20 horas/año

6.- OHL SERVICIOS – INGESAN

1. Extensión de la jornada. Número de horas ofertadas 1000

2.- Servicios Complementarios profesionales. Número de horas ofertadas 625

3.-Ayuda para Transporte para el personal auxiliar Ayuda de transporte 60 euros/mes

4.-Formación . Horas de formación adicionales a las establecidas en Convenio : 60

5.- Incremento del número de días de libre disposición para el personal auxiliar sobre lo estipulado en Convenio Número de días…. 2

6.- Ayudas técnicas

SILLAS DE RUEDAS

15 AL AÑO

COLCHONES ANTIESCARAS

20 AL AÑO

GRÚAS 150 KG CON ARNÉS

15 AL AÑO

CAMAS ARTICULADAS

20 AL AÑO

ELEVADORES WC

15 AL AÑO

SILLAS DE RUEDAS

15 AL AÑO

COLCHONES ANTIESCARAS

20 AL AÑO

GRÚAS 150 KG CON ARNÉS

15 AL AÑO

CAMAS ARTICULADAS

20 AL AÑO

ELEVADORES WC

15 AL AÑO


7 . Programa de Ayuda a Familiares Cuidadores

3 grupos entre 5 y 10 personas de 20 horas/año

7.- PROTECCIÓN GERIÁTRICA 2005, S.L.

1. Extensión de la jornada. Número de horas ofertadas 1000

2.- Servicios Complementarios profesionales. Número de horas ofertadas 625

3.-Ayuda para Transporte para el personal auxiliar Ayuda de transporte 0 euros/mes

4.-Formación . Horas de formación adicionales a las establecidas en Convenio : 0

5.- Incremento número de días de libre disposición para el personal auxiliar sobre lo estipulado en Convenio Número de días 0

6.- Ayudas Técnicas.

SILLAS DE RUEDAS

15 AL AÑO

COLCHONES ANTIESCARAS

20 AL AÑO

GRÚAS 150 KG CON ARNÉS

15 AL AÑO

CAMAS ARTICULADAS

20 AL AÑO

ELEVADORES WC

15 AL AÑO

SILLAS DE RUEDAS

15 AL AÑO

COLCHONES ANTIESCARAS

20 AL AÑO

GRÚAS 150 KG CON ARNÉS

15 AL AÑO

CAMAS ARTICULADAS

20 AL AÑO

ELEVADORES WC

15 AL AÑO

7 . Programa de Ayuda a Familiares Cuidadores

3 grupos entre 5 y 10 personas de 20 horas/año

EMPRESAS Oferta técnica Oferta económica Total puntuación

CLECE S.A. 20 80 100

INEPRODES S.L. 14,75 74,64 89,39

OHL SERVICIOS - INGESAN 17,50 69,29 86,79

ASOCIACION DE CUIDADORAS DE ATENCION SOCIAL 8,97 72,36 81,33

LIFECARE ASISTENCIA INTEGRAL SL 15,10 65,47 80,57

MACROSAD SCA 15,81 62,50 78,31

PROTECCIÓN GERIÁTRICA 2005, S.L. 13 50 63


Visto lo anteriormente expuesto la Mesa de Contratación acuerda proponer a la empresa empresa CLECE, S.A., por haber presentado la propuesta más ventajosa, teniendo en cuenta la relación calidad / precio de su oferta.

Vistos los antecedentes expuestos, así como la propuesta de adjudicación, y en uso de las competencias conferidas al Ayuntamiento Pleno conforme a la dispone la Disposición Adicional Segunda de la LCSP 2017 y una vez acreditada la presentación de la documentación solicitada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 150 apartado 2 de la LCSP, se acuerda por mayoría absoluta de los miembros asistentes que compone el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:

Primero.- Adjudicar el contrato de Servicio de Ayuda a Domicilio a adjudicar por Procedimiento Abierto, sujeto a Regulación Armonizada a la empresa CLECE S.A. por ser la que empresa que ha presentado una ofertas más ventajosa, teniendo en cuenta la relación calidad- precio de la misma.

Segundo.- Notificar la adjudicación de acuerdo al artículo 151.3 de la LCSP y proceder a la publicación en el perfil del contratante del Órgano de Contratación, ubicado en la Plataforma de Contratación del Estado, así como en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Tercero.- Procédase a la formalización del contrato. Dada cuenta que este contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran los quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores o desde que se dicte resolución con el levantamiento de la suspensión del acto de adjudicación. Transcurrido este plazo, los servicios dependientes del órgano de contratación requerirán al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días, contados desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento.

Cuarto.- Dar cuenta de este acuerdo a la empresa adjudicataria, a las demás empresas que han participado en el proceso de contratación así como a la Intervención y Tesorería de Fondos, a los efectos consiguientes.

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