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15/04/2008 PLENO ORDINARIO DE 15 DE ABRIL DE 2008

PUNTO DÉCIMO. APROBACIÓN CONVENIO URBANÍSTICO DE PLANEAMIENTO DE AMPLIACIÓN POLÍGONO INDUSTRIAL LOS ESPARTALES.

Por el Sr. Secretario General, se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo, a propuesta del Instituto Municipal de Planeamiento y Suelo, por la que se propone la aprobación inicial de convenios urbanísticos de planeamiento, suscritos con varios propietarios, para el desarrollo del Plan de Ordenación del  Territorio de la Aglomeración Urbana de Sevilla, así como la realización de las políticas y actuaciones de  interés general en suelos productivos.
 
 Por el Sr. Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Don José Guerra Moreno, expone que no comparte el análisis del Sr. Alcalde, en la incidencia del valor de la vivienda, por la firma de convenios urbanísticos. Esta figura legal, tiene su justificación, cuando existe problemas en la gestión del planeamiento. En el convenio, que ustedes llevan a aprobación, no vemos que exista problemas con la propiedad, y que afecta a una serie de suelos, que han quedado fuera de planeamiento, por voluntad del equipo de Gobierno. No alegamos en el documento de la revisión, los crecimientos industriales en el entorno de la A-4, por cuanto entendemos que es una área de oportunidad. Si nos opusimos por excesiva, el crecimiento industrial, del Cáñamo V.
 
 Ahora, nos propone la firma de dos convenios urbanísticos, para ampliar la zona industrial de la A-4, y bajo el paraguas del POTAU. El crecimiento, se os va de las manos, por cuando el plan subrregional va a legitimar crecimientos, que excedan de los porcentajes legales dispuestos en la norma 45. Nosotros, no apoyamos la firma de estos convenios, porque somos críticos, tampoco lo vamos a votar en contra, porque entendemos que es un área de Oportunidad. Tampoco compartimos la cláusula dispuesta en los mismos, relativo a la eficacia de los convenios, en el sentido de que cuando se apruebe el POTAU, que legitimaría esta actuación, se haría necesario, una modificación puntual del documento de revisión, que requiere un trámite de información pública, para que cualquier colectivo, asociación o interesado pudiera presentar alegaciones o sugerencias, y con la cláusula de eficacia de los convenios, no se podría alterar los consensuado con los propietarios, por lo que se estaría coartando la participación ciudadana, y el derecho a que sean tenidas en cuenta sus alegaciones, en esta zona de crecimiento, para la ampliación del Polígono Industrial, de los Espartales.
 
 Por la Sra. Portavoz del Grupo Popular, Doña Virginia Pérez Galindo, expone que se trae para su aprobación dos convenios urbanísticos, que posibilitaría, el desarrollo de un área de oportunidad, recogido en el documento del POTAU, para la ampliación del actual Polígono Industrial de "Los Espartales". Valoramos positivamente estos crecimientos industriales. En cuanto al contenido de los convenios, que son muy similares, a los ya aprobados aquí anteriormente, suponen que más del cincuenta por ciento de la superficie, pasaría a propiedad municipal,. Respetamos a la autonomía de la voluntad de ambas partes, pero nuestro posicionamiento, será la abstención, por cuanto existían algunas partes de los convenios, que no compartíamos.
 
 Por el Sr. Concejal delegado de Urbanismo, Don Cristóbal Blázquez Sánchez, explica que el equipo de gobierno, presentó una alegación, para que la zona comprendida entre el Polígono de San Nicolás y el Polígono Los Espartales, fuera clasificada por el POTAU, como área de oportunidad empresarial, y así ya viene recogido en el documento de avance, y que ha estado en información pública. Aquí, es donde se demuestra que defendemos el interés general, pues de una superficie total de 106 hectáreas que tiene la actuación, pasaría a ser de titularidad municipal por el convenio, el 54 por ciento total de la superficie o lo que es lo mismo, de los 583.000 metros cuadrados de edificabilidad, nos correspondería el 54 por ciento. Y este convenio, se supedita a la aprobación del POTAU, que legitimaría la actuación. Es evidente, que el privado, deba establecer una serie de cláusulas, que le garantice el cumplimiento de lo pactado. Así en la cláusula novena, nos dice, que si como consecuencia del acto de aprobación del planeamiento, por parte de la administración competente, conlleva, una alteración de la edificabilidad prevista en el convenio, en más de un veinte por ciento, se deberá revisar el convenio. Y esto, es lo más lógico, pues si no se entrega el producto, no se puede exigir su cumplimiento a la otra parte. De tal manera que si no se respeta los 269 mil metros cuadrado de edificabilidad que les correspondiera a los propietarios, por la primera opción, dispuesta en el convenio, se tendría que volver a negociar, para restablecer las condiciones pactadas.
 
 En definitiva, la bondad del convenio, va a suponer que se pueda desarrollar los suelos encuadrados en el área de oportunidad, dispuesta en el POTAU, y que se incorporaran al planeamiento municipal, mediante su modificación, y que tengamos la propiedad de 69 mil metros cuadrados, o 323 metros cuadrados de techo edificable
 
 Por el Sr. Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Don José Guerra Moreno, explica que la intervención del Sr. Blázquez, nos da la razón, de hacia dónde vais en cuestiones Urbanismo. Es cierto, que ustedes plantearon alegaciones al POTAU, en ese sentido, pero se pregunta, por el motivo, por el que no se incluyó esa superficie, en el documento de la revisión del Plan General. Por otro lado, su grupo, entiende que cuando se apruebe el POTAU, habrá de integrar esos suelos, en el documento de la revisión del Plan General, mediante una modificación del mismo documento. Es una muestra de su improvisación en temas urbanísticos. Nosotros apostamos en la revisión, por los crecimientos industriales, en el entorno de la A-4, y ustedes además, apostaron por el Cáñamo V. Esa es nuestra
 
crítica, de no tener claro el Urbanismo en este municipio. Pese a que somos críticos con los convenios, no lo votamos en contra, porque coincidimos en los crecimientos industriales del área de oportunidad en el entorno de la A-4- Pero tampoco lo votamos a favor, por la cláusula de eficacia de los convenios, que impediría que un tercero, pueda introducir modificaciones al planeamiento, y no sólo al veinte por ciento, de edificabilidad, a la que usted se ha referido. Si Izquierda Unida, alegará, en el trámite de información pública a la modificación del documento de revisión, para incorporar al planeamiento a estos suelos, ustedes votarían en contra, porque han conveniado con los propietarios, la edificabilidad y otros parámetros. Igual sucedería con cualquier persona o colectivo que alegara. Se estaría coartando pues, la participación ciudadana, del proceso de incorporación de estos al planeamiento, una vez que se apruebe el POTAU.
 
 Por el Sr. Concejal delegado de Urbanismo, Don Cristóbal Blázquez Sánchez, expone, que para Izquierda Unida, hacemos planeamiento, cuando incorporamos el Cáñamo V, y ellos votaron que no, y no planeamos, cuando no metimos estos crecimientos industriales, en la zona Oeste de la SE-40. La realidad, es distinta, y surge desde la oportunidad que nos blinda el POTAU, que posibilita, que los suelos empresariales, en el entorno de la zona Oeste de la futura SE40, que fueron clasificados por exigencias de la norma 45 del POTA, como no sectorizados, se puedan incorporar al planeamiento. En nuestras alegaciones, ya no sólo se referían a estos suelos no sectorizados, sino a otras 200 hectáreas, clasificados como no urbanizables en el documento de la revisión, que quedarían incorporadas como zona de oportunidad empresarial. A eso, no se le puede calificar de política Urbanística clara, de donde no saber, a donde se va, como ha afirmado el Sr. Guerra. Con estas alegaciones, nos va a posibilitar disponer 250 hectáreas, en el entorno de la A-4, además, de disponer de la zona industrial del Cáñamo V. Con la firma de estos convenios, se va a conseguir, que de las 106 hectáreas de actuación, el 54 por ciento sea de titularidad pública, ya sea municipal, o de su Sociedad. Nada tiene que ver la firma de estos convenios, con el derecho que tiene las personas o colectivos, que tengan intereses legítimos y presenten alegaciones en el proceso de planeamiento, por cuanto siempre, tendrán la salvaguarda de la Justicia. Izquierda Unida, no ha tenido la gallardía política, de apoyar estos convenios, que benefician al interés público.
 

 Seguidamente, se somete a votación, esta propuesta con el siguiente resultado:
 
 Votos a Favor: 15 (15 PSOE)
 Abstenciones: 5 (3 P.P y 2 I.U)
 

 Visto que el 1 de Abril de 2008, se ha formalizado convenio urbanístico para facilitar la formulación y ejecución de una innovación del Plan General de Ordenación Urbanística de La Rinconada, para el desarrollo del Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Sevilla, así como la realización de las políticas y actuaciones de interés general en suelo productivos, con Doña Fátima, Doña Begoña y Doña Victoria Medina Atienza y como Don Fernando del Río Medina, y que tiene por objeto regula la colaboración entre las partes con al finalidad de procurar y asegurar, en el marco de la planificación territorial del planeamiento general de La Rinconada, el correcto desarrollo urbanístico de los terrenos identificados en el plano adjunto que se acompaña al convenio, (Ficha POTAU, Área de Oportunidad, "Ampliación del Polígono Industrial Los Espartales", perteneciente a la familia "Medina Atienza", con destino a la satisfacción de las necesidades suelo para actividades productivas.
 

 Visto que el 1 de Abril de 2008, se ha formalizado convenio urbanístico para facilitar la formulación y ejecución de una innovación del Plan General de Ordenación Urbanística de La Rinconada, para el desarrollo del Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Sevilla, así como la realización de las políticas y actuaciones de interés general en suelo productivos, con Don Alfredo Santiago Cubas, y que tiene por objeto regula la colaboración entre las partes con al finalidad de procurar y asegurar, en el marco de la planificación territorial del planeamiento general de La Rinconada, el correcto desarrollo urbanístico de los terrenos identificados en el plano adjunto que se acompaña al convenio, (Ficha POTAU, Área de Oportunidad, "Ampliación del Polígono Industrial Los Espartales", perteneciente a D. Alfredo Santiago Cubas, con destino a la satisfacción de las necesidades suelo para actividades productivas.
 
 Visto lo dispuesto en el artículo 30 de la LOUA, que regula la formalización de convenios urbanísticos de planeamiento.
Visto todo lo cual, se acuerda por mayoría absoluta de los miembros asistentes que componen el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar provisionalmente convenio urbanístico para facilitar la formulación y ejecución de una innovación del Plan General de Ordenación Urbanística de La Rinconada, para el desarrollo del Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Sevilla, en lo referido al área de Oportunidad, "Ampliación del Polígono Industrial Los Espartales",  así como la realización de las políticas y actuaciones de interés general en suelo productivos, suscrito  con Doña Fátima, Doña Begoña y Doña Victoria Medina Atienza y como Don Fernando del Río Medina.
Segundo. Aprobar provisionalmente convenio urbanístico para facilitar la formulación y ejecución de una innovación del Plan General de Ordenación Urbanística de La Rinconada, para el desarrollo del Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Sevilla, en lo referido al área de Oportunidad, "Ampliación del Polígono Industrial Los Espartales",  así como la realización de las políticas y actuaciones de interés general en suelo productivos,  suscrito con Don Alfredo Santiago Cubas.
Tercero Someter estos documentos, a trámite de información pública, por periodo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOP, a efectos de reclamaciones y sugerencias.
Cuarto. En caso de que no se presenten alegaciones y sugerencias al mismo, se entenderá, este acuerdo adoptado de forma definitiva, ordenándose su publicación en el BOP, en los términos indicados en el artículo 30.4 de la LOUA, previo depósito en el Registro Municipal de Convenios Urbanísticos.
Quinto. Dar cuenta de este acuerdo a los propietarios que han formalizado los correspondientes convenios urbanísticos de planeamiento.
 

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