15/06/2012 PLENO ORDINARIO 15 DE JUNIO DE 2012
QUINTO. APROBACIÓN INICIAL DE ADDENDA AL ACUERDO DE GESTIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO Y PROMOCIONES INMOBILIARIAS DE SEVILLA, "PRIMSA S.L" PARA LA MODIFICACIÓN DE LOS PROYECTOS SAN JOSÉ NORTE.
QUINTO. APROBACIÓN INICIAL DE ADDENDA AL ACUERDO DE GESTIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA RINCONADA Y PROMOCIONES INMOBILIARIAS DE SEVILLA, "PRIMSA S.L" PARA LA MODIFICACIÓN DE LOS PROYECTOS DE REPARCELACIÓN Y URBANIZACIÓN DEL SECTOR SUO/SJ-1 SAN JOSÉ NORTE.
Por el Sr. Secretario General, se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo, a propuesta del Instituto Municipal de Planeamiento y Suelo, por la que se aprueba inicialmente la Addenda al acuerdo de gestión entre el Ayuntamiento y la empresa mercantil, "PRIMSA S.L", para la modificación de los proyectos de reparcelación y urbanización del Sector SUO/SJ1, "San José Norte".
Por el Sr. Secretario General, se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Urbanismo, a propuesta del Instituto Municipal de Planeamiento y Suelo, por la que se aprueba inicialmente la Addenda al acuerdo de gestión entre el Ayuntamiento y la empresa mercantil, "PRIMSA S.L", para la modificación de los proyectos de reparcelación y urbanización del Sector SUO/SJ1, "San José Norte".
Por la Sra. Concejal del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Doña Flora Rendón del Río se expone que de nuevo, se trae aquí, una Addenda a un convenio firmado en 2005, en este caso, para los desarrollos de San José Norte, firmado con la entidad PRIMSA S.L, y es la cuarta vez que se trae aquí a este plenario. En las otras ocasiones que se trajo esos convenios de ese sector, el motivo más importante era el retraso de los pagos a los que estaba obligado este promotor, y en definitiva ir retrasando el desarrollo y el pago en función de ese desarrollo urbanístico.
Con esta Addenda hay dos cuestiones fundamentales, en primer lugar, se elimina cualquier tipo de plazo establecido no solamente desde su origen sino también, incluso en la última Addenda del año 2010, en la que las cuatro fases a desarrollar, se establecían una temporalidad, especificándose por cada fase, cuando se debía desarrollar, ahora se trae aquí, el no poner tiempo al desarrollo de esos suelos, y en segundo lugar, que los pagos, se van a supeditar a ese desarrollo que no tiene tiempo, a excepción del comienzo de una de las fases, que se interpone doce meses, con la fase anterior.
Con esta Addenda hay dos cuestiones fundamentales, en primer lugar, se elimina cualquier tipo de plazo establecido no solamente desde su origen sino también, incluso en la última Addenda del año 2010, en la que las cuatro fases a desarrollar, se establecían una temporalidad, especificándose por cada fase, cuando se debía desarrollar, ahora se trae aquí, el no poner tiempo al desarrollo de esos suelos, y en segundo lugar, que los pagos, se van a supeditar a ese desarrollo que no tiene tiempo, a excepción del comienzo de una de las fases, que se interpone doce meses, con la fase anterior.
Teniendo en cuenta que la situación de ese convenio, no es la misma que la del anterior promotor, pues esta entidad ha ido abonando sus compromisos de pago, aun cuando también es cierto que no exista incumplimiento, porque antes le aprobamos esos aplazamiento de pagos. El siguiente pago, que era en septiembre de este año, se retrasa, de tal manera que los 2.700.000 €, que tenía que abonar esta entidad, queda aplazado, es entonces la cuarta vez que se trae aquí a este plenario, no habiendo incumplimiento porque ustedes le han aplazado el pago, tras la negociación con esta empresa promotora.
Consideramos, que existe una pérdida económica para este Ayuntamiento, pues no existe una compensación y el dinero se deprecia anualmente y los nueve millones de euros que quedan por ingresar por este convenio urbanístico, no son los mismos, en el año 2012 que en el año 2020, y en esas negociaciones, se podía haber arbitrado alguna medida para compensar al municipio. No se contraresta con herramientas. Se es comprensible demasiado con un sector empresarial, que también ha obtenido bastantes beneficios. En este sector inmobiliario, si no se ve el beneficio, no se entra y que recuerda los enormes beneficios obtenidos por este sector, a costa de fomentar esa burbuja inmobiliaria que ha provocado que muchas familias estén hipotecadas hoy, perdiendo sus viviendas, también en nuestro municipio, por los impagos y que en su momento se apostó por aquellas políticas. Entendemos que en su momento, no existió una competencia desde lo público, para tratar de paliar ésto, y que hoy que no existe incumplimiento, se le está dando tregua en el tiempo, para que esos suelos se puedan desarrollar. No se ve, pues esa compensación, que desde nuestro punto de vista, sería importantísima, necesaria y primordial.
Quizás esa zona, está en desarrollo, en cuanto a la primera fase, pero qué ocurre si el propietario deja de tener un interés en ésto y paraliza tanto la financiación como el desarrollo. Evidentemente el Ayuntamiento tiene herramientas, pero no se está tratando de compensar o paliar esta situación.
Nos habla de los desarrollos del Pago de Enmedio, y lo pone como ejemplo de la buena voluntad y buen hacer del equipo de gobierno, a la hora de incorporar esos suelos, como zona o área de oportunidad. Si ustedes no firman los convenios urbanísticos en el año 2005, no era necesario que el Pago de Enmedio, entrara como zona de oportunidad porque ya estaba para poderse desarrollar. Pero teta y sopa no caben en la boca, convenios urbanísticos que propiciaron la posibilidad de construir cinco mil viviendas y la actuación del Pago de Enmedio, con 4.500 viviendas, no lo permitía la Junta de Andalucía.
En definitiva, entendemos que en la negociación no se ha tratado de compensar a este Ayuntamiento, por la pérdida que efectivamente se ha producido con los retrasos de esos pagos, condicionándolo según el desarrollo urbanístico.
Por la Sra. Portavoz del Grupo Popular, Doña Virginia Pérez Galindo se expone que esta addenda a este convenio, la hemos diferenciado en el punto anterior, pues la situación económica de la anterior promotora va a ser mucho más compleja, a la hora de poder desarrollar los suelos, con independencia de que la carga permanece con los suelos y con la ficha del plan general. Y en cambio, nos encontramos con una Sociedad que está desarrollando los suelos, y que entendemos que ha tenido que hacer una reorganización del desarrollo que en un principio tenía previsto, cuando se firmaron los convenios allá por el año 2005. Las circunstancias económicas e inmobiliarias son diferentes, pues de hecho, se está urbanizando, no se construye vivienda, y se está vendiendo solares. En el convenio, una de las cargas que se indicaban, eran 12.000 €, por viviendas, ahora sería por solar.
Las circunstancias con el anterior promotor es diferente, pues por PRIMSA se ha abonado por un lado una parte importante del convenio, que han sido 12 millones de euros, que existe la posibilidad de desarrollo y que evidentemente por las circunstancias con las que nos encontramos, existe una posibilidad ajena a la voluntad de la misma Sociedad, al cumplimiento, sino es a cambio de otras condiciones. Se trae una nueva Addenda al convenio, y entendemos que se tiene intención y voluntad por el promotor no solo de los desarrollos de los suelos sino del cumplimiento de la Addenda, por eso, se viene negociando desde que empezaron los primeros problemas para cumplir los plazos en cuanto a los pagos.
Plazos si que existen, porque el Plan General, indica unos plazos, pues el plan de etapas se desarrolla en dos sexenios, y los plazos se deben respetar. Tenemos pues una herramienta recogida en el Plan General, que pese a que el grupo popular, no estaba de acuerdo con el planeamiento, si existe esa herramienta y esos mimbres para esos cestos. Se es generoso, y que en este caso, es necesario ser generoso con este promotor, porque entendemos que los desarrollos urbanísticos de la parte norte de San José, depende en gran medida, de esta circunstancia.
Por el S. Concejal Delegado de Urbanismo, Don Francisco Manuel Díez Pineda, se expone que explicara el contexto por el que se mueve el convenio firmado en su momento, con el grupo PRIMSA, para los desarrollos de San José Norte. La justificación de esta Addenda , se encuentra en que el Ayuntamiento, se ha beneficiado tremendamente en la obtención de los pagos de las cargas urbanísticas, cuando el promotor solo ha podido urbanizar la primera fase de esta urbanización, sin que las circunstancias del mercado inmobiliario y la crisis económico, le han impedido materializar sus beneficios de esta actuación urbanística. Ha abonado 12.74000 € de euros, con lo que se han financiado sistemas generales y dotaciones locales, que han benefiado al resto del municipio. PRIMSA ha ejercido su responsabilidad, abonando las cargas urbanística cuando le correspondía pagar. Quedan por abonar 9.300.000 €, cuya efectividad era en septiembre de 2012, y en septiembre de 2013, y relativos al cierre del mismo convenio.
El objeto, tras la negociación, con este promotor y de la propia Corporación, es que el desarrollo de las fases de este sector, se está viendo tremendamente afectado, por la crisis del sector inmobiliario. Y lo que contempla nuestro convenio, de cargas por valor de 12 mil euros por vivienda se circunscribe ahora mismo, a 12mil euros por solar. No existe capacidad de promocionar viviendas privada en ese sector. Por tanto, en acto de responsabilidad, el gobierno municipal entiende de otorgarle un hito temporal, siendo consciente de que ha habido un cumplimiento exhaustivo del convenio, y a esa segunda fase del convenio, que se situaba en septiembre de 2012, le daremos la temporalidad que significa que se hará efectivo su exigencia en el momento en que la tercera fase de la urbanización de las cuatro existente, tenga capacidad para desarrollarse. Y el compromiso de abono de lo que queda de deuda, 9.300.000 €, se hará al inicio de la tercera fase, teniendo pendiente el desarrollo de la cuarta fase. Tenemos la garantía de que este promotor ha pagado hasta la fecha doce millones de euros.
Además incorporamos en esa Addenda no sólo la temporalidad de los pagos, sino la modificación del proyecto de urbanización del sector reformado, mediante acuerdo de Junta de Gobierno Local, incluyendo en esa primera fase, una manzana que inicialmente se previó en la segunda fase de la esa urbanización. También se modifica el proyecto de reparcelación reformado, en 2010, para adecuarse a la modificación de la ordenación pormenorizada ya aprobada inicialmente y se retrasa la fecha del pago de las cargas como antes he mencionado.
Se dice por Izquierda Unida, que el dinero se deprecia, y ya le he contestado que los desarrollos urbanísticos llevan implícito estas cargas en el tiempo y manteniendo, cosa que no ha sido fácil, con estos tiempos de crisis del sector inmobiliario, los 12 mil euros por viviendas construidas y de 90 €, por metro cuadrado de techo edificado en suelo terciario.
Por la Sra. Concejal del grupo municipal de Izquierda Unida, Doña Flora Rendón del Río se expone que evidentemente en su momento, se firma este convenio urbanístico, y que existe un incumplimiento de una obligación de ingresos económicos, que no es gratuita para nada, y que en su momento, significó para ese promotor, una lotería, como fué la calificación de unos suelos, y que el firmante de esos convenios, la promotora PRIMSA, iba obtener cuantiosos beneficios. Por ello, se estipuló los 12 mil euros por vivienda, y que en su momento dijimos que ese dinero que va a pagar el promotor va a repercutir en el precio de la vivienda. Y esa es la pescadilla, que se mueve la cola. Ha sido esa parte de la burbuja inmobiliaria.
Hoy se nos dice, que ha habido unos cumplimientos, con unos ingresos económicos para el Ayuntamiento, y cuando ustedes firmaron esos convenios, el objetivo era desarrollarlos y cumplir con el mismo. Aquí se ha traído el aplazamiento en varias ocasiones. Qué ha ocurrido con esos ingresos, pues que se han gastado en cuestiones que no eran competencia municipal. Se ha construido una Casa-Cuartel, cuyo proyecto ha costado seis millones de euros, y ejecutado finalmente en 4 millones de euros. Se ha construido un centro de Salud, que tampoco es competencia municipal. La financiación de los Ayuntamientos, le correspondía en general, una pequeña porción de la tarta, y con el boom inmobiliario, este ayuntamiento como otros, se subió a ese desarrollo urbanístico, y los suelos de ese convenio, otro gallo hubiera cantado, si en lugar en esa negociación a través del pago de cuantías económicas, se hubiera llevado otro tipo de negociación. Se debería haber negociado por suelo, y este Ayuntamiento, como parte pública, hubiera podido actuar, y hacer competencia a lo privado y con ello dar respuesta a la demanda de vivienda en nuestro municipio, a precios más razonable. Y no a 40 o 45 millones de pesetas la vivienda, porque eso es insostenible, y hoy tenemos la consecuencia de aquello, hipotecas expres o precios desorbitados, que hoy, no tienen ese valor de mercado, esas viviendas. El Ayuntamiento, como actuación pública, hubiese hecho la competencia al privado.
Y el Ayuntamiento, a parte de la pérdida, por la depreciación económica del dinero, está viendo una zona que no se está desarrollando urbanísticamente . Solo se desarrolla una primera fase de la urbanización pero cuanto algo se aprueba para que se desarrolle, lo suyo, es que se desarrolle cuanto antes, porque la contraprestación económica o la obtención de suelo que marca la ley, el ayuntamiento está dejando de perder eso, si esos suelos no se desarrollan.
En este caso, no vemos una compensación para nuestro Ayuntamiento, y se está teniendo bastante comprensión con la parte privada que por otro lado, no hubiera invertido sino tiene conocimiento de que va a obtener beneficios.
Nuestro posicionamiento al igual que el punto anterior, no vamos hacer corresponsable de aquella gestión que se hizo en su momento, y nuestro posicionamiento será la abstención a esta Addenda a este convenio.
Por el Sr. Concejal Delegado de Urbanismo, Don Francisco Manuel Díez Pineda, desconoce lo que dice cuando habla de competencia a lo privado, y nunca vamos a mantener competencia, desde punto de conflicto con los promotores privados de viviendas. Siempre seremos compatible con lo privado, y tenderá lazos de unión y colaboración con los promotores, para permitir los desarrollos urbanísticos previstos en el Plan General, de forma conjunta. No planteamos pues competencia con el privado, cada uno está posicionado en el contexto que le corresponde.
Por supuesto, que este convenio, no es gratuito, y no sabe lo complicado que es negociar, en defensa de valores que se sitúan en el contexto económico en donde se sitúa. Nos dice usted, la afección de esos convenios al precio y le pregunta en qué momento, pues este momento si es temporal. Ahora ha estallado la burbuja inmobiliaria, y existe precariedad económica para financiar la urbanización , de hecho este promotor, está siendo fiscalizado en cuanto a sus pagos, por parte de la entidad financiera que le garantiza la financiación de la urbanización de la primera fase.
Por la Sra. Portavoz del Grupo Socialista Doña Raquel Vega Coca se expone que Izquierda Unida ha utilizado el concepto de generosidad en cuanto a los promotores, el concepto es equivocado, pues la filosofía de los convenios permanece intacta, y el Ayuntamiento no perdona ni un sólo euro, a ningún promotor y aquí nadie se va a ir de rosita. Es una solución inteligente y apropiada, pues la coyuntura económica ha cambiado, pues nada tiene que ver la situación económica de hoy, con la que existía en el año 2005, pues incluso España ha tenido que ser rescatada. Todas esas variables, se deben tener en cuenta, a la hora de transmitir toda la verdad sobre esta addenda.
El ayuntamiento y el gobierno no están hipotecados, la postura hipotecada la tiene Izquierda Unida que para defender los argumentos de entonces nos trae una retahila que se mete en recovecos y en laberintos, para demostrar después, bastante superficialidad en su línea argumental. Da que pensar, que Izquierda Unida, no tiene los pies en la tierra, ni es consciente de las dificultades que atraviesa en este momento, con determinadas cuestiones, como las que hemos podido comprobar. Nos acusaron entonces de planteamientos economicistas y ahora se le da la vuelta, y ellos son los que tienen esos planteamientos, pues ahora lo que le más importa es la rentabilidad económica, de los convenios. En su momento, dijeron que los convenios no tenían una rentabilidad social, y ha mencionado que se ha destinado parte de este dinero, para construir la Casa Cuartel. Y eso es una falsedad de la Sra. Rendón.
En relación a los convenios, le puedo referir algunas actuaciones, de importante valor para la ciudadanía, como ha sido la ampliación del Parque del Majuelo, infraestructuras educativas, el propio Pago de Enmedio, para el desarrollo de una realidad que ya disfruta el ciudadano. La política urbanística y las grandes actuaciones en materia de obra pública, son de los aspectos mejor valorado por los ciudadanos-as de La Rinconada, y así lo dicen todos los sondeos realizados. Otras de las actuaciones beneficiadas, las obras del Arroyo Almonazar, que es una de las actuaciones mejor valorada por los ciudadanos, y que ha sido financiada gracias a la política que usted considera nefasta de los convenios urbanísticos. El plan de instalaciones deportivas, también ha sido financiada por los convenios. El deporte está también bien valorada por los ciudadanos, y discrepan de sus planteamientos.
Considero, de alguna manera, que falta estudio, falta situarse en la realidad en la que vivimos, falta conocer los esfuerzos que ese propietario que ha desembolsado doce millones de euros, en relación a San José Norte, ha realizado, como le ha explicado el Sr. Delegado de Urbanismo, destacando que está realizando una importante inversión, paralela a la carretera Sevilla-Brenes, para el abastecimiento de agua potable y saneamiento de esa urbanización y que permitirá arreglar algunas situaciones de inundaciones relacionadas con la urbanización del Mirador, y que también es importante, para nuestros vecinos.
Lo expuesto, demuestra, que apostamos por el interés general, que anteponemos siempre lo social, y que anteponemos siempre las prioridades de nuestros vecinos.
Por el Sr. Alcalde se expone que en el debate de este punto, en el que se han extendido en sus intervenciones, denota la diferencia de modelo urbanísticos entre el equipo de gobierno y el grupo municipal de Izquierda Unida. Su discurso está totalmente alejado a la realidad, por eso cuando gobiernan, les cuesta tanto adoptar decisiones y espera que por el bien de todos y de la estabilidad en el gobierno, cambien de chips. Deberán entender que una cosa es la teoría y su discurso que no se sabe que quieren decir y otra la práctica. Espera que este discurso alejado de la realidad, sea por desconocimiento, pero llevan aquí muchos años, para no alegar esta circunstancia, lo que considero que lo que quieren ustedes es confundir. Han usado términos como “trato de favor”, “quién asume las responsabilidades”, “generosidad”, “se contenta a los privados”, “esto es una tregua”, “quién compensa al Ayuntamiento de La Rinconada”, “le podíamos haber hecho la guerra al privado”. Nosotros, no le hacemos la guerra al privado, ni vamos a competir con ellos. Nosotros nos dedicamos a trabajar desde lo público, en lo que es competencia municipal y a crear condiciones para que el sector privado, pueda funcionar en la localidad y pueda generar riqueza y empleo. Es el sector privado el que tiene que generar empleo, y en este tema en el sector inmobiliario.
Por qué no se han traído antes los convenios, porque ha habido voluntad. Llevamos cinco años trabajando con este sector económico y vemos voluntad de los promotores en hacer cosas. Hemos visto a la mercantil “Vía Torneo”, para hacer viviendas protegidas, o traer una empresa para hacer un geriátrico, en esos suelos, o traernos a un empresario, para desarrollar la parte terciaria de esos suelos, o con voluntad de hacer la parte de la ronda de La Rinconada, que le corresponde. Y todos esos proyectos, han chocado con un tema de financiación.
Cuando se habla de San José Norte, más allá de las inversiones que hemos podido realizar con esos recursos que han venido de los convenios urbanísticos, a nadie se le puede negar que el empresario está urbanizando, pero es que sin vender nada, sigue invirtiendo dos millones de euros en un colector. Y eso, como mínimo tiene que ser valorado y tiene que haber una Administración que sea sensible, ante determinados empresarios que quieren seguir invirtiendo en La Rinconada, y que tiene dificultades.
Tal como se explicó en la Junta de Portavoces, el convenio con Vía Torneo, no podía hacerse en dación en pago, porque el suelo está hipotecado, pues era nuestra primera opción, antes de relantizar los pagos y desarrollos urbanísticos pendientes. Y posiblemente este promotor, tenga problemas con determinadas entidades financieras. En el caso de PRIMSA, ha puesto todos los recursos que disponía, en esos desarrollos urbanísticos. Que a ustedes no les vale, que el global del grupo PRIMSA, que tenía que poner 21 millones de euros, por la recalificación de suelo y por el convenio urbanístico, haya puesto 12 millones de euros, y que el Ayuntamiento lo ha destinado a todos los equipamientos que la Sra. Vega ha explicado en su intervención. A nosotros, nos parece un esfuerzo importante, en los momentos que corren. Que el tema de Vía Torneo, le vamos a dar una oportunidad de cara al futuro, se le va a dar una oportunidad. Pero no es cierto, que no haya plazo, pues existe una vigencia del Plan General, que es la que marca los plazos. Deben ser consciente de que existe una crisis económica brutal, que lo mejor trae como consecuencia que estos convenios no hayan de pagarse en euros.
Estamos ante un difícil coyuntura económica, en el que el Ayuntamiento ha sido sensible, que firmó en el año 2005, unos determinados convenios urbanísticos, en función de una coyuntura, y que hoy, seis años después, la coyuntura ha cambiado y se debe adaptar a los tiempos, y sin perder ninguno de los derechos, que el Ayuntamiento de La Rinconada, tiene y tenía. No se le exonera a nadie, de un solo euro, sino que se condiciona o se marca el ritmo en función, de los desarrollos. Antes que sigan los desarrollos estos empresarios tendrán que pagar las cantidades estipuladas en los convenios urbanísticos firmados. Es más lógico coger este camino, que el de solicitar esas cantidades por vía ejecutiva, que van a terminar con embargos, y que podemos volver a la pescadilla qu se mueve la cola.
La filosofía de los convenios urbanísticos, no es otra que el que este gobierno socialista, tiene un proyecto urbanístico para La Rinconada, que está intacto y equilibrado, que traía como consecuencia el desarrollo de tres sectores privados y un gran sector público. Nadie tiene dudas, y es absurdo lo que plantean de que apostamos por los convenios urbanísticos en perjuicio del Pago de Enmedio. El Pago de Enmedio, hoy por hoy es el único suelo que tiene este municipio, con capacidad de otorgar licencias de obras, con una inversión de Emasesa, adjudicada días pasados en comisión ejecutiva. Quien le va a creer que apostamos por Vía Torneo o San José Norte y no por el Pago de Enmedio. Su discurso se le cae, nosotros siempre hemos apostado por un proyecto que está intacto, de equilibrio privado con lo público. Nadie duda que el proyecto público del Pago de Enmedio, es una realidad. Ustedes no se sumaron a este proyecto de Pago de Enmedio, porque nos querían imponer un proyecto alternativo. Con tres concejales quería imponer su modelo contra la voluntad mayoritaria del municipio.
Se plantearon unos equilibrios, que como consecuencia derivaron en unos convenios urbanísticos, que decían que la riqueza que se genere por los desarrollos de esos suelos, se reparta. El sector privado gana dinero, que para eso invierten y el sector público recibe parte de esas plusvalías para que se puedan ejecutar dotaciones públicas, equipamientos y servicios públicos. Con esos convenios, se resuelve el reparto de cargas y beneficios. Por elló, cómo vamos a forzar la máquina en San José Norte, cuando la filosofía con los que nace los convenios urbanísticos, no se ha llevado a cabo, porque allí no se ha vendido una casa. Cómo vamos a forzar a Vía Torneo, que es un campo lleno de hierba, motivado por la coyuntura económica, forzar a un empresario, y llevarlo hasta las últimas consecuencia cuando el proyecto urbanístico no se ha producido. Este Ayuntamiento lo gobierna, gente con coherencia, que es capaz de aplicarle objetividad a las cosas, y trasladar los efectos de los convenios, en función de la coyuntura económica. Por eso, se debe recomponer, sin que exista merma económica para el Ayuntamiento.
Nos hablan los dos grupos, de la palabra “generosidad”, y se pregunta cúal es la generosidad, adaptar un convenio a la situación actual. Queremos que estos proyectos salga para adelante, y que esos proyectos, tendrán a medio plazo dificultades para su pleno desarrollo. Hemos visto en estos últimos cinco años, voluntad de los empresarios, de avanzar, pero que han chocado con la misma piedra. Espera de su sensatez, pues el Ayuntamiento ha ingresado, por estos convenios más de 13 millones de euros, que se ha invertido en la escena urbana.
No se puede poner en tela de juicio, con los informes sociológicos y encuestas que disponemos, en que los ciudadanos del municipio valoran la prestación de servicios públicos, el nivel del equipamiento existente, en el que no se puede poner en tela de juicio el concepto de sostenibilidad en el municipio. Hemos sido capaces de ir prestando servicios nuevos a los nuevos residentes del municipio, sin que se va mermado los servicios públicos que se prestaba a la gente que ya vivían aquí. Estamos ante el mejor ayuntamiento de la Provincia, en cuanto a saneamiento de sus cuentas, o de su coyuntura económica, siendo a su vez uno de los mejores municipios, en materia de prestación de servicio. Tenemos un nivel de equipamiento ejemplar, tanto educativo, sanitario, deportivo, cultural, en el ámbito del desarrollo económico.
Tras el oportuno el debate, se procede a la votación, con el siguiente resultado:
Votos a Favor: 14 (14 PSOE)
Abstención: 7 (4 P.P y 3 I.U)
Votos a Favor: 14 (14 PSOE)
Abstención: 7 (4 P.P y 3 I.U)
Visto que por los servicios jurídicos municipales y el promotor de la actuación SUO/SJ-1 "SAN JOSÉ NORTE", se ha redactado una Addenda al Acuerdo de gestión entre el Ayuntamiento de La Rinconada y PRIMSA, S.L, para la modificación de los proyectos de reparcelación y urbanización del sector SUO/SJ-1 "San José Norte".
Que a través de ésta Addenda se modifica el contenido del acuerdo de 18 de marzo de 2010 suscrito entre el Ayuntamiento de La Rinconada y Primsa, S.L. y D. Dionisio García Berbel, por el que se modificaba el plan de etapas del sector, se establecían unas nuevas fases para la urbanización, se resolvía el problema del deslinde la de vía pecuaria Cordel de Brenes y se rectificaban las cantidades a abonar en los plazos previstos en la segunda Addenda, de 17/12/2007, al Convenio Urbanístico de fecha 18/10/2005.
Visto que en la citada Addenda se recoge en su contenido:
-La modificación del Proyecto de Urbanización del sector, anteriormente reformado mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 15 de junio de 2010, incluyendo en la primera fase una manzana que inicialmente se previó en la segunda fase, la obligación de inicio de una fase en el plazo de doce meses desde la fecha de finalización de la anterior, y la revisión del plan de etapas del sector.
- La modificación del Proyecto de Reparcelación, reformado antes el 15 de junio de 2010, para adecuarse a la ordenación pormenorizada que resulta del anexo de la revisión del PGOU de 2007, instrumentalizada a través de un Plan Parcial.
- El aplazamiento de las fechas de vencimiento previstas para el pago de las cantidades derivadas del Convenio Urbanístico de 18 de octubre de 2005, revisadas antes mediante la segunda Addenda a dicho convenio, de 17 de diciembre
Visto que por el representante legal de la empresa Mercantil PRMSA S.L, ha mostrado su conformidad al contenido de la citada Addenda al Acuerdo de gestión entre el Ayuntamiento de La Rinconada y PRINMSA S.L, para la modificación de los proyectos de reparcelación y urbanización del sector SUO/SJ-1 "San José Norte".
Visto que el contenido de la addenda cumple con lo dispuesto en el artículo 95 de la LOUA, ya que se determinan las condiciones y los términos de la gestión y ejecución del planeamiento urbanístico en vigor.
-La modificación del Proyecto de Urbanización del sector, anteriormente reformado mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 15 de junio de 2010, incluyendo en la primera fase una manzana que inicialmente se previó en la segunda fase, la obligación de inicio de una fase en el plazo de doce meses desde la fecha de finalización de la anterior, y la revisión del plan de etapas del sector.
- La modificación del Proyecto de Reparcelación, reformado antes el 15 de junio de 2010, para adecuarse a la ordenación pormenorizada que resulta del anexo de la revisión del PGOU de 2007, instrumentalizada a través de un Plan Parcial.
- El aplazamiento de las fechas de vencimiento previstas para el pago de las cantidades derivadas del Convenio Urbanístico de 18 de octubre de 2005, revisadas antes mediante la segunda Addenda a dicho convenio, de 17 de diciembre
Visto que por el representante legal de la empresa Mercantil PRMSA S.L, ha mostrado su conformidad al contenido de la citada Addenda al Acuerdo de gestión entre el Ayuntamiento de La Rinconada y PRINMSA S.L, para la modificación de los proyectos de reparcelación y urbanización del sector SUO/SJ-1 "San José Norte".
Visto que el contenido de la addenda cumple con lo dispuesto en el artículo 95 de la LOUA, ya que se determinan las condiciones y los términos de la gestión y ejecución del planeamiento urbanístico en vigor.
Visto que los nuevos plazos para el abono de las cantidades pendientes en concepto de cargas urbanísticas cumple con lo dispuesto en el art. 30 de la LOUA y se justifica en la adaptación de las obligaciones de pago a las circunstancias actuales del sector inmobiliario.
Visto que la addenda tendrá, a todos los efectos, carácter jurídico administrativo. Su negociación, tramitación, celebración y cumplimiento se regirá por los principios de transparencia y publicidad.
Visto que la Addenda deberá ser sometida antes de su firma a información pública por un plazo de veinte días y el acuerdo de aprobación del acuerdo será publicado por el Ayuntamiento de La Rinconada tras su firma en los términos previstos en el artículo 41.3 de la LOUA. Dicho acuerdo, junto con el convenio, se incluirán en el Registro Público de Convenios Urbanísticos.
Visto todo lo cual, se acuerda por mayoría absoluta de los miembros asistentes que compone el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar inicialmente la Addenda al acuerdo de gestión entre el Ayuntamiento de La Rinconada y la empresa mercantil, Promociones Inmobiliarias de Sevilla, "PRIMSA S.L", para la modificación de los proyectos de Reparcelación y Urbanización del Sector SUO/SJ-1 "San José Norte".
Los otorgantes del convenio, son la empresa mercantil PRIMSA S.L, propietaria de los suelos incluidos en el ámbito de actuación del sector y este Ayuntamiento.
El ámbito del convenio, abarca la superficie que ocupa el sector SUO/SJ-1 "San José Norte", del documento de la revisión del Plan General de ordenación Urbanística de La Rinconada, cuyo texto refundido fue aprobado el 17 de Junio de 2007. BOP número 274 de 26 de noviembre de 2007.
El objeto del convenio, se detalla en las cláusulas primera a la cuarta, ambas inclusive, y se concreta en la modificación del proyecto de urbanización reformado del sector, aprobado por acuerdo de Junta de Gobierno Local, de fecha 15 de junio de 2010, y por el que se incluirá en la primera fase de ejecución de esta urbanización, una manzana que inicialmente estaba prevista ejecutar en la segunda fase. Igualmente se determina que la segunda y sucesiva fases deberán iniciarse en el plazo máximo de 12 meses desde la fecha de finalización de las obras de la anterior fase. En la modificación del proyecto de reparcelación, aprobado por acuerdo de Junta de Gobierno Local de 15 de junio de 2010, para recoger las obligaciones derivadas de este convenio, y de la modificación puntual de la ordenación pormenorizada de este sector, que actualmente se está tramitando y finalmente se acuerda un nuevo calendario de pago, de las cantidades pendientes de abonar a este Ayuntamiento, en concepto del convenio urbanístico de planeamiento de 18 de octubre de 2005, y revisadas mediante una segunda addenda a dicho convenio, de fecha 17 de diciembre de 2007.
El plazo de vigencia del convenio se establece desde la entrada en vigor de esta Addenda hasta la ejecución de la última fase de la urbanización del sector SUO/SJ-1 "San José Norte".
Segundo. Someter el expediente a trámite de información pública, por plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la inserción del anuncio en el BOP, en la pagina web municipal y en el tablón de anuncios.
Tercero. Para el caso, de que no hubiera alegaciones al expediente, este acuerdo se entenderá adoptado de forma definitiva.
Cuarto. Dar cuenta de este acuerdo, al Sr. Interventor, Sr. Tesorero y a la empresa mercantil, PRIMSA S.L, para su debido conocimiento y efectos oportunos.
Visto que la Addenda deberá ser sometida antes de su firma a información pública por un plazo de veinte días y el acuerdo de aprobación del acuerdo será publicado por el Ayuntamiento de La Rinconada tras su firma en los términos previstos en el artículo 41.3 de la LOUA. Dicho acuerdo, junto con el convenio, se incluirán en el Registro Público de Convenios Urbanísticos.
Visto todo lo cual, se acuerda por mayoría absoluta de los miembros asistentes que compone el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar inicialmente la Addenda al acuerdo de gestión entre el Ayuntamiento de La Rinconada y la empresa mercantil, Promociones Inmobiliarias de Sevilla, "PRIMSA S.L", para la modificación de los proyectos de Reparcelación y Urbanización del Sector SUO/SJ-1 "San José Norte".
Los otorgantes del convenio, son la empresa mercantil PRIMSA S.L, propietaria de los suelos incluidos en el ámbito de actuación del sector y este Ayuntamiento.
El ámbito del convenio, abarca la superficie que ocupa el sector SUO/SJ-1 "San José Norte", del documento de la revisión del Plan General de ordenación Urbanística de La Rinconada, cuyo texto refundido fue aprobado el 17 de Junio de 2007. BOP número 274 de 26 de noviembre de 2007.
El objeto del convenio, se detalla en las cláusulas primera a la cuarta, ambas inclusive, y se concreta en la modificación del proyecto de urbanización reformado del sector, aprobado por acuerdo de Junta de Gobierno Local, de fecha 15 de junio de 2010, y por el que se incluirá en la primera fase de ejecución de esta urbanización, una manzana que inicialmente estaba prevista ejecutar en la segunda fase. Igualmente se determina que la segunda y sucesiva fases deberán iniciarse en el plazo máximo de 12 meses desde la fecha de finalización de las obras de la anterior fase. En la modificación del proyecto de reparcelación, aprobado por acuerdo de Junta de Gobierno Local de 15 de junio de 2010, para recoger las obligaciones derivadas de este convenio, y de la modificación puntual de la ordenación pormenorizada de este sector, que actualmente se está tramitando y finalmente se acuerda un nuevo calendario de pago, de las cantidades pendientes de abonar a este Ayuntamiento, en concepto del convenio urbanístico de planeamiento de 18 de octubre de 2005, y revisadas mediante una segunda addenda a dicho convenio, de fecha 17 de diciembre de 2007.
El plazo de vigencia del convenio se establece desde la entrada en vigor de esta Addenda hasta la ejecución de la última fase de la urbanización del sector SUO/SJ-1 "San José Norte".
Segundo. Someter el expediente a trámite de información pública, por plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la inserción del anuncio en el BOP, en la pagina web municipal y en el tablón de anuncios.
Tercero. Para el caso, de que no hubiera alegaciones al expediente, este acuerdo se entenderá adoptado de forma definitiva.
Cuarto. Dar cuenta de este acuerdo, al Sr. Interventor, Sr. Tesorero y a la empresa mercantil, PRIMSA S.L, para su debido conocimiento y efectos oportunos.