SAC
Servicio de Atención a la Ciudadanía

Ayuntamiento

Actividad de plenos

17/04/2006 PLENO ORDINARIO DE 17 DE ABRIL DE 2006

PUNTO NOVENO. MANIFIESTO DE LA COORDINADORA DE VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL.

Por el Sr. Alcalde, se expone que se va a proceder a debatir y votar un manifiesto de la Coordinadora de la Vivienda de Protección oficial, presentado el pasado 14 de Marzo de 2006.

Por el Sr. Portavoz del grupo municipal de Izquierda Unida, Don José Guerra Moreno, señala que la aplicación de la Ley 13/2005, de 11 de Noviembre, de medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo, ha creado alarma social, entre los propietarios de las viviendas de protección oficial, a tal efecto mantuvimos una reunión con la Asociación de La Rinconada, quien nos manifestó sus inquietudes, esperando que con el desarrollo reglamentario de la ley, pueda poder solución a sus problemas. Espera que este reglamento tenga  como base la lucha contra la especulación, y que de solución a los problemas planteados por esta asociación. Por ello su grupo apoya el manifiesto. Por último quiere realizar una crítica a la Junta de Andalucía, por no hacer cumplir la normativa vigente en las viviendas protegidas, anterior a esta Ley.

Por la Sra. Portavoz del grupo Popular, Doña Virginia Pérez Galindo, expone que el origen del problema denunciado por estas asociaciones, se debe a la aprobación de la Ley 12/2005, que aplica una serie de medidas de retroactividad y unas normas de desclasificación de las viviendas protegidas, que causan inseguridad jurídica de los propietarios de las viviendas protegidas. Por ello se crea esta plataforma de afectados, exigiendo de la Junta de Andalucía, que adopte medidas para evitar perjuicios, para ello piden el apoyo de este manifiesto, que su grupo apoya.

Por el Sr. Portavoz del grupo municipal socialista, Don Francisco Javier Fernández de los Ríos Torres, a través de la asociación, se mantuvo una reunión con los responsables locales y regionales de la plataforma, en la que expusieron sus argumentos, presentando este manifiesto. Se les dijo que se apoyaría el mismo, señalando que se había votado en contra de una moción popular, por considerar la misma como partidista.

El grupo socialista, apoya el contenido de la Ley de medidas para la vivienda protegida y el suelo, pues es una ley que no exenta de problemática, es valiente y progresista, y que intenta poner en valor la vivienda protegida, evitando su especulación. La ley era necesaria para luchar contra el fraude, imponiendo una serie de controles y límites. No se puede confundir al propietario de una VPO  con un especulador, nada tiene que ver. Por ello su grupo va a apoyar este manifiesto, con algunas matizaciones.

Es obvio que la ley, tiene algunas lagunas, que pueden ser salvadas por vía reglamentaria. Se debe hacer autocritica, pues la Junta de Andalucía, no ha aplicado con rigor la normativa existente hasta la fecha, por otro lado, no se ha contado con la opinión mantenida por la FAMP, y además no se contempla cierta casuística, como el caso de las familias numerosas, que quieren mejorar sus viviendas. La ley es un buen instrumento para combatir el fraude y la especulación, y termina con la ambigüedad.

En cuanto al manifiesto, su grupo lo apoya, pero con una serie de matizaciones, en primer lugar se debe eliminar en el segundo folio, primer párrafo, la siguiente referencia, "así es que quedaría por responder a una vieja pregunta de San Agustín, "Quitada la justicia, ¿Qué otra cosa son los reinos sino grandes latrocinios?. Su grupo considera que el texto normativa puede tener errores, pero bajo ningún concepto se puede acusar de hurtar o robar algo. Creo que eso no responde a la filosofía de la asociación.

Por otro lado, en cuanto a la retroactividad, se añade al último párrafo, lo siguiente, "de tal manera que se regule la vivienda protegida de forma clara, razonable, digna y justa y se contemplen soluciones adecuadas a las situaciones derivadas de su futura aplicación".

En definitiva la Ley es necesaria y valiente, y su objetivo es evitar la especulación y el fraude de las viviendas protegidas.

Por el Sr. Portavoz del Grupo Municipal de Izquierda Unida, Don José Guerra Moreno, expone que su grupo apuesta por la vivienda protegida, y por una ley que luche contra la especulación, esperando que desde el reglamento, se pueda dar solución al 80 o 90 por ciento de los casos planteados por la plataforma. No está de acuerdo con la afirmación de que es una Ley valiente, si es necesaria y agradece la autocritica realizada por el Sr. Fernández, respecto al papel de la Junta de Andalucía, que no ha sido riguroso a la hora de aplicar la normativa vigente.

Por la Sra. Portavoz del Grupo Popular, Doña Virginia Pérez Galindo, expone que la postura de su grupo, es apoyar el manifiesto, para que el desarrollo reglamentario de la ley, aclare las lagunas de la ley sobre la retroactividad y la desclasificación de vivienda protegidas, y pueda dar solución a este problema. En cuanto a las matizaciones del grupo socialista, entiende que el texto de la plataforma no se puede alterar, sin su conformidad, por lo que no está de acuerdo. Su grupo apoya el manifiesto sin enmiendas.

Por el Sr. Portavoz del Grupo socialista, Don Francisco Javier Fernández de los Ríos Torres, expone que es una ley valiente y progresista, cuyo principal objetivo es el control de la especulación y fraude en las viviendas protegidas. Su grupo apoya ese manifiesto presentado por la plataforma, pero con las matizaciones expuestas anteriormente, que en absoluto desvirtúan el fondo de lo planteado, por ello le gustaría que el grupo popular apoyara estas matizaciones.

Por el Sr. Alcalde, expone que su grupo va a apoyar un manifiesto, libre y sin ataduras políticas, que ha sido respaldado por los grupos popular y socialista en el Ayuntamiento de Sevilla, a una moción presentada por el partido andalucista. Su grupo tiene libertad para analizar el documento y presentar matizaciones. Que no cambia el fondo y si la forma. Las leyes están para cumplirlas o modificarlas. Espera que con el reglamento, se solucione los problemas planteados con la retroactividad de la ley, estudiando la casuística y se  de solución al 80 0 90 por ciento de los casos planteados por la asociación. Por otro lado la plataforma no tendría inconveniente en aceptar el apoyo del manifiesto con estas matizaciones.

Seguidamente se somete a votación, este acuerdo, con el siguiente resultado:

Votos a Favor: 20 (16 PSOE, 2 P.P y 2 I.U).

Visto todo lo cual, se acuerda por unanimidad  de  los veinte miembros asistentes,  el siguiente manifiesto, presentado por la Asociación para la defensa de los propietarios de VPO-Andalucía, con las matizaciones expuestas por el grupo municipal socialista:

"El BOJA de  21 de noviembre de 2005 publica la  Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo. El impacto que ha causado en la Sociedad está mas que justificada, pues la Ley afecta a cientos de miles de andaluces en algo tan importante como la vivienda, que constituye en muchos casos el único patrimonio de las familias trabajadoras.

Lo que pretende la Ley, según la exposición de motivos, es reforzar el cumplimiento de la función social que corresponde a las viviendas protegidas, finalidad más que loable a la vista  de las irregularidades cometidas en su  venta y utilización, facilitadas por la desidia de la Administración en la aplicación de la normativa existente. Pero ocurre que la nueva Ley, contradictoria e imprecisa, deja mucho que desear, habiendo rpoducido de manera inmediata una paralización total del sector.

Tal vez para un observador externo resulte difícil de entender, pero esta Ley ha generado en el propietario de una vivienda protegida un cóctel de sentimientos de irrealidad, incertidumbre, de pérdida y engaño todos ellos en respuesta a una serie de evidencias de la Ley que, contrariamente a lo que debería ser, es confusa, inestable, retroactiva, de cumplimiento incierto y, algunas veces, contradictoria. En el fondo, los propietarios, ni saben a que atenerse ni han podido predecir en modo alguno la acción pública sufriendo todas las penalidades  que la inseguridad jurídica lleva aparejadas.

Por este procedimiento, la acción política puede ser desarrollada a través de normas complejas y confusas a la vez que, con su correspondiente equipamiento de tribunales, funcionarios y sanciones pueden ser empleadas para la opresión de muchas familias trabajadoras, propietarias de viviendas protegidas, cuyo apoyo no le resulta imprescindible. Estos ciudadanos no encuentran en este sistema jurídico nada que los llame a la lealtad, sino únicamente cosas que temer.

El endurecimiento del régimen sancionador, y las disposiciones restrictivas en la capacidad de disponer que la ley prevea, no están justificados por el fin declarado de la misma.  En el régimen jurídico anterior ya existen medidas de control que no han sido aplicadas por la Junta de Andalucía de manera consistente y regular por lo que no puede afirmarse que este régimen sancionador anterior sea ineficaz, es que simplemente no se ha aplicado, al no haber cumplido la Junta de Andalucía con su obligación en tal sentido.

Las ideas de progreso, mejora social y solidaridad legitiman los cambios del derecho que impidan la petrificación del mismo. No obstante, todo cambio provoca una confrontación con situaciones anteriores, totalmente olvidadas e ignoradas, ya que la Ley no ha tenido en cuenta las circunstancias en las que los propietarios adquirieron sus viviendas a precio en condiciones similares al de mercado, y una inseguridad jurídica cierta, por lo que se debe fijar  un límite a las nuevas leyes que no es otro que el mantenimiento de la paz social.

En la actualidad, miles de propietarios de VPO ya organizados e informados son conscientes e las repercusiones de esta Ley y ven en peligro su bien más preciado, que es su vivienda. Asimismo son conscientes de una actuación de la Junta de Andalucía que, en modo alguno, viene a reconocer que la vivienda pertenece a su propietario y que las míseras ayudas que se concedieron en su momento no justifican las limitaciones y cargas que imponen a cambio , así es que quedaría por responder a una vieja pregunta  de San Agustín "Quitada la justicia ¿qué otra cosas son los reinos sinos grandes latrocinios?

Como consecuencia de la sensación de pánico y la alarma social creada por la Ley, los propietarios aprecian en la descalificacion voluntaria su única salida legítima, aquella que reconoce la propiedad de la vivienda y el libro ejercicio de todos los derechos asociados a ella.

Pensamos que si el acogerse a este régimen de protección es voluntario, es posible su renuncia. Tan voluntario debe ser incorporarse al sistema de protección establecido para estas viviendas, como abandonar este sistema protectivo y sus limitaciones. Limitar esta opción sería una trampa contraria al principio de buena fe que, las Administraciones Públicas deben respetar en su actuación.

Por tal motivo exigimos que las solicitudes de descalificación voluntaria, sean aprobadas, sin más requisito que la devolución de las ayudas obtenidas, a no ser que se pueda demostrar un daño a tercera persona, específico, concreto y no genérico, sin que quepan argumentaciones como la de que el interés público exige el mantenimiento en el mercado de un volumen de viviendas protegidas, que hagan frente a la amplia demanda existente de dichos tipos de vivienda, lo que haría siempre ilusoria la posibilidad de descalificación mientras la Administración no ponga en el mercado más VPO tal y como es su obligación.

Asimismo consideramos que es necesaria una regulación general de la descalificación, teniendo en cuenta además todos los casos especiales.

Una de las consecuencias de la nueva legislación, ha sido la devaluación de la Vivienda Protegida, o cual debe ser subsanado mediante una modificación de la norma que permita una valoración justa de las Viviendas, que incluya conceptos como mejoras, gastos financieros, etc., teniendo en cuenta la escasez existente de Vivienda Protegida como alternativa de compra.

Finalmente, consideramos injustificadas las medidas con carácter retroactivo establecidas en la Ley 13/2005 y la Orden que la desarrolla, exigiendo que la aplicación de estas normas se haga sobre las viviendas que sean calificadas provisionalmente a partir de la entrada en vigor de la citada Ley."

Y no habiendo más asuntos que tratar y siendo las once  horas y veinte minutos del día al principio indicado, el Sr. Presidente da por terminada la sesión, de la que se extiende la presente Acta, que deberá firmar, conforme a lo establecido en el art. 110 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 20 de noviembre de 1986, conmigo el Secretario que certifico.

Este sitio web usa cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y recoger información sobre su navegación. Si pulsa "aceptar" o continúa navegando consideraremos que admite el uso e instalación en su equipo o dispositivo. Encontrará más información en nuestra Política de Cookies.