16/09/2010 PLENO ORDINARIO 16 DE SEPTIEMBRE DE 2010
SEXTO.- APROBACIÓN DE LA SOLICITUD DE LA JUNTA DE ANDALUCÃA DE LA PARTICIPACIÓN DE ESTE AYUNTAMIENTO EN EL FONDO DE PARTICIPACIÓN DE LAS ENTIDADES LOCALES.
Por el Sr. Secretario General, se da cuenta del dictamen favorable de la Comisión Informativa de Hacienda, por la que se solicita a la Comunidad Autónoma de Andalucía, la participación de este Ayuntamiento, en el Fondo de Participación de las entidades locales, con efectos a partir del 1 de Enero de 2011, conforme a la disposición adicional segunda de la Ley 6/2010.
Por el Sr. Concejal del grupo municipal de Izquierda Unida, Don Antonio Torres Carnerero, expone que nos encontramos ante un cambio de normativa de la Junta de Andalucía, y que regula una de las formas de financiación de las Haciendas Locales. Se sustituye los fondos de nivelación, por la participación de los entes locales, en los tributos obtenidos por la Comunidad Autónoma de Andalucía. Esto significa que la entidad autonómica va a destinar a financiar a este ayuntamiento, seis millones de euros, tal como se nos informó en la comisión informativa. Consideramos, que estas cantidades, dada la situación económica de los Ayuntamientos, es insuficiente, pero ahora no es el momento de valorar una ley que ya está aprobada en el Parlamento Andaluz. Por ello, no tenemos problemas en apoyar y adherirnos a este nuevo fondo autonómico, pues se pasa de percibir medio millón de euros, a un millón de euros. Aun sido escasa la cuantía a entregar por la Junta, es un beneficio de todos modos, para la Hacienda Municipal, y que a la postre beneficie a todos los ciudadanos, nuestro voto será favorable.
Por la Sra. Concejal del grupo popular, Doña Antonia María Mestre, expone que nos encontramos con Ley 6/2011, que regula la participación de los entes locales, en los tributos de la comunidad autónoma de Andalucía, fue publicado en el BOJA número 133, y el objeto de la normativa, es regular la colaboración financiera de la comunidad autónomas con las entidades locales, a través de la participación de estas en los recursos económicos de la Junta de Andalucía, sobre la base de los principios de eficiencia, equidad, corresponsabilidad fiscal y lealtad institucional. Este fondo tiene carácter incondicionado, y finalidad es apoyar a las Haciendas Locales andaluzas, y cubrir los servicios básicos que se prestan de los municipios. Como el primer ejercicio de aplicación de este fondo, será el año próximo, se debe aprobar una solicitud de adhesión, para lo cual se requiere acuerdo plenario, con el quórum de la mayoría absoluta. Se debe solicitar antes del 30 de octubre, para poder tener efecto, desde el uno de enero. Como pensamos que toda esta participación, es beneficioso para la Hacienda Municipal, vamos a votar a favor.
Por la Sra. Concejal delegada de Hacienda, Doña Pilar García Extremera, explica que el principio de suficiencia financiera de los ayuntamientos, está regulado tanto en la Constitución como en nuestro Estatuto de Autonomía. Este principio, establece que las entidades locales, ha de disponer de recursos financieros suficientes, para el desempeño de las competencias que tienen atribuidas. Esos recursos han de venir de sus recursos propios, así como de la participación en los ingresos del Estado y de las Comunidades Autónomas. En definitiva, se trata de aportarles a los ayuntamientos, los recursos suficientes financieros, para que puedan prestar los servicios básicos, a los ciudadanos-as, dentro del ámbito de sus competencias. Dentro de esta colaboración con los municipios, el Gobierno andaluz ha participado de esa política, a través de los fondos de nivelación, que para el municipio de La Rinconada, ha supuesto para el año 2009, 604.000 €. El importe para el 2010, está pendiente de confirmación, pero nuestras estimaciones, nos indica, que estará en los 760.000 €. Bajo este campo normativa, se aprueba en este ejercicio, la Ley reguladora de la participación de las entidades locales, en los tributos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, unido a la Ley de Autonomía Local, en la que se establecía las competencias. Con esta Ley, se abre un nuevo modelo local, fijando las competencias de los 771 municipios andaluces, y a su vez, dotándolas de una financiación incondicional Y ello, se consigue con la creación de un fondo, compuesto por distintos impuestos recaudados por la comunidad autónoma, entre los que se encuentra el impuesto de sucesiones, o el de transmisiones patrimoniales, y actos jurídicos documentados. Este fondo, se distribuye en primer lugar por la población, y después se usa otras variables, como la dispersión de la población, o la superficie de cada una de los municipios. Parte de una dotación, de 420 millones de euros, para el ejercicio 2011, y se irá incrementando hasta el 2014, a razón de 60 millones de euros, hasta alcanzar los 600 millones de euros. A partir del año 2015, tendrá un funcionamiento similar, a la participación de los municipios en los tributos del Estado, haciendo en primer lugar una estimación, y luego sus correspondientes estimaciones. En todo caso, la Ley contempla el mantenimiento del status quo de los municipios, es decir que por acogerse a esta Ley, en ningún caso va a recibir menos fondos, que ha recibido por el fondo de nivelación, en el ejercicio 2009.
Hemos recibido una comunicación de la Dirección General de Relaciones Financieras, con las entidades locales, por la que se establece el importe que percibiríamos para el año 2011, 1.605.138,81 €. Hemos ido más allá, y acudiendo a los técnicos del área de Tesorería, se nos informa que para el año 2012, este fondo se incrementa a 1.843.000 €, para el 2013, en 2.081.000 € y para el año 2014, 2.319.000 €.
El motivo de traer este punto a pleno, se debe a que la disposición final segunda incorporando una de las enmiendas que propuso la FAMP, se establece el carácter voluntario, es decir la adscripción voluntaria de este fondo. Es necesario un acuerdo plenario, con el quórum de la mayoría absoluta, para poder percibir estos fondos en el año 2011, y esto se debe hacer antes del 30 de octubre.
La ley, contempla grandes voluntades, y para nuestro municipio, va a suponer pasar de percibir 600.000 € a cobrar un millón de euros más.
Por el Sr. Alcalde, cierra el turno de intervenciones, y pone en valor lo pionero y vanguardista de esta Ley. Con independencia de los debates sobre la deuda histórica que mantiene la Junta, con este ayuntamiento con los Ibis de su parque de viviendas, y que prestemos competencias que no nos corresponde, y esos argumentos están bien encaminados, pues tienen más base política que jurídica, debemos valorar este importante esfuerzo económico de la Junta con los municipios andaluces Es la única comunidad autónoma española, que ha puesto sobre la mesa, una Ley de apoyo a los entes locales. La Rinconada, va a sumar de cara al año que viene, de 600.000 € a más de 1.600.000 €. Y eso, gracias a la voluntad del gobierno socialista de Andalucía. Me hubiera gustado que los 600 millones de euros, que se van a conseguir en el año 2014, me hubiera gustado que se hubiera alcanzado esa cantidad, en la primera anualidad, pero existe voluntad política hacia los ayuntamientos, de haber puesto sobre la mesa, una Ley, que incrementa los fondos, y ya todos los municipios disponen de la misma carta aquí recibida, comunicando cuando les corresponde, para el año que viene. Nos encontramos con una Ley, que no es fija, que podrá ser modificada en el tiempo, y que ningún ayuntamiento va a renunciar, sea cual sea su color político. Se debe pues poner en valor el trabajo y la voluntad política de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en favor de los municipios, y máxime desde la llegada del Sr. Griñán.
Tras el oportuno debate, se procede a la votación, con el siguiente resultado:
Votos a Favor: 21 (15 PSOE, 3 P.P y 3 I.U)
Visto la Ley 6/2010, de 11 de junio, reguladora de la participación de las entidades locales en los tributos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuyo objeto es regular la colaboración financiera de la Comunidad Autónoma de Andalucía con las entidades locales de su territorio, a través de la participación de estas en los tributos de la misma. A tal efecto, se crea un Fondo de Participación de las entidades Locales en los tributos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Este fondo, tienen carácter incondicionado, y el primer ejercicio de aplicación, será el año 2011.
Visto que la disposición adicional segunda, de la citada Ley, dispone que una vez publicada esta ley, los municipios que deseen participar en el Fondo, con efectos a partir de 1 de enero de 2011, deberán solicitarlo antes del 30 de octubre de 2010, mediante escrito de la persona titular de la alcaldía del ayuntamiento con el acuerdo por mayoría absoluta del Pleno de la Corporación Local.
Visto todo lo cual, se acuerda por unanimidad de los miembros que compone el Ayuntamiento Pleno, el siguiente acuerdo:
Primero. Solicitar a la Comunidad Autónoma de Andalucía, la participación de este Ayuntamiento, en el Fondo de Participación de las entidades locales, con efectos a partir del 1 de Enero de 2011, conforme a la disposición adicional segunda de la Ley 6/2010.
Segundo. Autorizar al Sr. Alcalde, para la suscripción de la correspondiente solicitud, y para cuantas gestiones sean necesarias para la ejecución de este acuerdo.
Tercero. Dar cuenta de este acuerdo, a la Dirección General de Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, al Sr. Interventor y al Sr., Tesorero, para su debido conocimiento y efectos oportunos.